miércoles, 28 de octubre de 2015

Entrevista Judicial Psicológica: ¿Un fraude Pericial en casos de Abuso Sexual en menores?

Los casos de Abuso Sexual de Menores de edad son siempre un dilema dentro de la investigación Judicial y de forma paralela la realización de Peritajes Forenses requiere de un procedimiento que cumpla los requisitos de Ley para que sirva como elemento Probatorio en los procesos de dichos casos.

En Colombia existen varios Protocolos Forenses para abordar a las presuntas víctimas de supuestos Abusos Sexuales, los cuales contienen los procedimientos básicos de cómo realizar las entrevistas, las valoraciones y en fin el procedimiento Legal y Forense que se debe tener en cuenta para presentar una opinión pericial. Así mismo, dentro del ámbito de la investigación los investigadores que tienen funciones de Policía Judicial tienen algo llamado Metodología del caso, en la cual tienen sus procedimientos de como intervenir en el mismo, donde se incluyen entrevistas Judiciales o Forenses y labores de vecindario, entre otras.

Parece que todo está bien en cuanto a los Procedimientos en casos de Abuso Sexual, pero para analizar a fondo en la Fiscalía General de la Nación en Colombia y especialmente en las Unidades de Delitos Sexuales del CTI (Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía), al parecer no se cumplen dichos protocolos o mejor dicho, “diseñaron” sus propios procedimientos, sin tener en cuenta realmente aspectos técnicos o científicos.

De acuerdo a lo que conozco en dichas unidades se “inventaron” algo llamado “Entrevista Judicial Psicológica”, (me imagino que por iniciativa de la Psicólogas Derly Garcia y Angelica Villamil, entre otras psicólogas encargadas de la investigación de casos de abuso sexual y que tienen como función la de la investigación criminalística, pero que sin embargo, realizan las entrevistas antes citadas) que las muestran los Fiscales como pericias forenses en las audiencias de acusacion
. En mi recorrido como Perito y en mis lecturas sobre los casos de Abuso Sexual y el material técnico o científico, nunca había escuchado la técnica o la entrevista judicial psicológica en ningún procedimiento de investigación judicial.

Bueno, como siempre he dicho los colombianos somos muy creativos y en este caso creo que es uno de esos casos, he observado que estas investigadoras del CTI (hablo de todas) usan o usaron esta “técnica” para determinar un supuesto abuso y se presentaba a las psicólogas como “peritos” (ojo, no como investigadoras) y daban su “opinión pericial” con la cual han condenado muchos acusados.

Pero en que consiste una ¿“Entrevista Judicial Psicológica” y que sustento Técnico o Científico tiene o mejor dicho que “validez” científica tiene?, bueno, no sé, pero tratare de explicar de acuerdo a mi experiencia con esos informes de investigación.

En primera instancia se supone que la función de la Fiscalía es la de Investigación de los delitos y por lo tanto la entrevista que realiza es una entrevista Judicial, para determinar Tiempo, Modo y Lugar de los supuestos hechos y con base en ello realizar la investigación del supuesto delito; eso creo que se debe hacer por mis conocimientos de Investigación Criminal que tengo; En el caso particular de estos  funcionarios judiciales en los casos le agregaron el aspecto psicológico, o sea que además de averiguar lo que sucedió, evaluaban el estado mental del menor y de pasadita determinaban los trastornos Psicológicos del mismo e inclusive la credibilidad del testimonio,…… ¡todo esto con la entrevista realizada por el funcionario!... esa práctica la hizo la Psicóloga Orbegozo de la DIJIN y varios Psicólogos (as) adscritos a estas instituciones  Muchos de ustedes creo que se quedaron sorprendidos, ¿verdad? , pues leyeron bien, realizan una entrevista y determinan el supuesto abuso (sin investigar, solo con la entrevista), determinan Estado Mental, credibilidad del testimonio (dicen que es creíble el testimonio del menor, como dice la Ps. Villamil porque según Piaget los niños en esa edad no mienten…), y al parecer presentan esta entrevista como una valoración Psicológica Forense y entregaban el informe que los fiscales los “introducen” como Prueba Pericial y presentaban a la funcionaria como PERITO experta.

Como vemos, no se sabe si lo que hicieron fue una Entrevista Judicial (esa es la que deberían hacer) o Forense, o Valoración Psicológica, o Valoración Psicológica Forense, o determinar la credibilidad del testimonio (la doctora Orbegozo decía incluir la técnica CBCA, sin que se mostraran resultados), en fin, ¿qué es la entrevista Judicial Psicológica, entonces? , viendo el asunto no es nada, ya que no mide nada Judicial, no mide nada forense, no mide nada psicológico y no determina ninguna credibilidad del testimonio; ¿Por qué no mide nada?, sencillo, es una entrevista judicial que su objetivo es la de “recopilar” información sobre los supuestos hechos y debe registrarse como entrevista judicial o si se quiere forense y la única utilidad que tiene es esa…. La de obtener información y en términos de prueba no pasa de ser un testimonio de referencia que no tiene valor PROBATORIO.

¿Por qué digo que esas entrevistas son un fraude pericial?, sencillo!!... porque no son PERICIAS y no prueban NADA de los Hechos y los introducen como PERICIAS que no existen. Bueno, les dejo a mis lectores el análisis y reflexión sobre el asunto.

Para reflexionar, reflexionar y reflexionar…….

Quiero aclarar que no conozco la técnica de Entrevista Judicial Psicológica como tal en ningún ámbito Forense o de Psicología, si alguien conoce este sustento técnico y científico y validez de esta técnica, por favor hacérmelo saber y me retractare de todo lo dicho …

Nota: la información mostrada en este artículo está basada en casos reales ventilados en audiencias públicas y derivados de informes del CTI, DIJIN o SIJIN de Colombia.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

Este artículo es escrito usando mi derecho de opinión consagrado en la Constitución Política de Colombia y esta basado en mi experiencia como Perito Forense en casos en donde intervengo y de lo conocido en dicho medio.


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