domingo, 11 de diciembre de 2016

La investigación del delito de Abuso Sexual en Colombia: Una reflexión.

En estos días se ha hablado del delito sexual en Colombia debido a la lamentable muerte y abuso de una menor presumiblemente por parte de un prestigioso arquitecto de una familia prestante bogotana; se ha escrito y hablado del asunto en forma abundante sobre el tema e inclusive se revive la propuesta de ley sobre cadena perpetua e inclusive la pena de muerte para “violadores” y asesinos de menores o niños y niñas para evitar dichos delitos; me he puesto a la tarea de recoger dicha información que dan los medios e inclusive colocar en el face mi opinión al respecto y debido a ello he decidido hacer la presente reflexión.

En primer lugar, quiero aclarar algunos aspectos que me parecen importantes resaltar de este tema y son: ¿Esas estadísticas que muestran sobre niños y niñas abusadas son en verdad abusos reales?; ¿la investigación del delito sexual en niños y niñas, realmente se hace?; ¿el número de pedófilos en Colombia que muestran los medios de comunicación (480.000) realmente existen? En segundo lugar, quiero reflexionar sobre si ¿en realidad las victimas anunciadas en los medios realmente son víctimas de un abuso sexual o hay una situación de pseudo- victimas debido a diferentes factores que no tienen que ver con el abuso?

Empezare por el principio, como saben soy perito forense en casos de abuso sexual desde el 2005 en el ámbito del Sistema Penal Acusatorio y antes de ello integre y coordine un equipo que realizo intervención y prevención en Bogotá con una entidad del distrito de la Violencia Intrafamiliar, Maltrato Infantil y Abuso Sexual en varias localidades del Distrito en el marco de la ley 294 de 1996.

Por lógica no digo en ningún momento que existe el abuso sexual en niños y niñas, pero para aclarar hay que determinar primero que es abuso de acuerdo a las leyes y el código penal y medicina legal coinciden en determinarlo como: “los actos de usar a un menor para el disfrute erótico o sexual de un adulto sin el consentimiento del mismo” y se dividen en actos sexuales abusivos y acceso carnal entre los más importantes; viéndolo de esta forma, ¿toda denuncia realizada es un abuso sexual?, las estadísticas usadas por los medios se basan en “denuncias” que se hacen a las diferentes Instituciones como Fiscalía, ICBF, Policía, Medicina legal, y por ello me pregunto ¿toda denuncia es un abuso?... Pues de acuerdo a mi experiencia, un gran porcentaje de denuncias NO llegan a ser Abuso Sexual, ya que algunas son archivadas, Precluidas, son falsas denuncias o simplemente son interpretaciones erróneas de un abuso sexual; Es interesante denotar que las instituciones no tienen unificada la información sobre los supuestos abusos y cada una maneja sus propias “estadísticas”; Como vemos, las estadísticas sobre abuso no son concordantes con la realidad del verdadero abuso en Colombia.

Ahora bien, ¿Qué pasa con la investigación del delito sexual?, pues siendo sincero en Colombia NO existe la Investigación de los delito, ya que la Fiscalía y la Policía Judicial se limita solo a llevar un supuesto “testimonio” de los menores o denunciantes sin que existan verdaderas “pruebas” del supuesto hecho, quiere decir que en realidad solo se tiene un relato a lo cual hay que creer ya que el menor o su denunciante lo dice, esto hace que los jueces den dictámenes basados en creencias y no en hechos; Además de ello, los Fiscales dejan la carga de la prueba a los psicólogos y psicólogas  de algunas instituciones para que determinen si hubo o no abuso, y lo más curioso es que se preocupan por darle validez a un testimonio y no valoran Psicológicamente a las supuestas víctimas, O sea que en última instancia NO se valora el abuso.

Pasando al tema de los pedófilos ¿será que en Colombia realmente existen tantos pedófilos?, nada más lejos de la realidad, técnicamente existen muy por debajo de esa cifra de pedófilos reconocidos por sus crímenes, entre ellos Garavito, López, Camargo, que hicieron historia en la criminalidad de nuestro país; para determinar que un sujeto es pedófilo se le debe realizar una Valoración que determine dicha conducta o trastorno y no suponer que el individuo la tiene porque está acusado de abusar de un niño o niña.

Para seguir con mi reflexión, me pregunto: ¿todos los menores que aparecen como víctimas, realmente lo son? ....  Pues en realidad No, ya que muchos de ellos en realidad no han sido abusados y sin profundizar en el tema muchos jueces, magistrados de los tribunales y de la Corte Suprema de Justicia se han pronunciado sobre falsos positivos de Abuso Sexual y han determinado que no han sido abusados en realidad……  

Realmente ¿Qué pasa con esas pseudo-victimas?... la realidad en mi opinión es que son “victimas” creadas por las instituciones y que por su negligencia al evaluar y determinar el abuso sexual las “señalan” de victimas sin serlo, causándole un grave daño al libre desarrollo de su personalidad, ya que han sido intervenidas hasta terapéuticamente por psicólogos y psicólogas sin que tengan ninguna característica de victimas…. Para reflexionar…

Para aclarar cómo se hacen las Valoraciones de las supuestas víctimas haré un recuento de como lo hacen las instituciones de acuerdo a las solicitudes de la fiscalía:

§  Medicina legal: Le solicitan si el relato del menor es creíble, test de personalidad, si el niño o niña es “tocado”, y en pocas ocasiones si el menor presenta un cuadro clínico que determine un abuso.
§  CAIVAS: Esta es una dependencia adscrita a la Fiscalía que le solicitan algunas peticiones como la anterior, pero usualmente solo se limitan a realizar entrevista forense sin que eso sea una valoración de abuso, hay que recalcar que no tienen la función de peritos forenses.
§  CTI: En la unidad de delitos sexuales o los investigadores solo realizan la entrevista judicial y de pronto forense, pero nunca evalúan el abuso sexual, hay que recalcar que no tienen la función de peritos forenses.
§  ICBF: Les solicitan realizar entrevista o valoración psicológica o en su defecto entrevista forense, mas sin embargo, no evalúan el presunto abuso sexual y por ende tampoco son peritos forenses.
§  Asociación Creemos en ti: Es una institución adscrita al ICBF que supuestamente evalúa a los niños y niñas con una “prueba2 o protocolo llamado CET que nadie conoce pero que según ellos “evalúa” el abuso sexual.
§   Fundación Afecto: Es una institución adscrita al ICBF que supuestamente evalúa a los niños y niñas con una “prueba proyectiva” llamada el “Árbol de Achicoria” que supuestamente evalúa el abuso sexual y se basa en que a los niños “hay que creerles, porque ellos siempre dicen la verdad” … sin comentarios.

Como vemos, en Colombia muy poco de valoración de las víctimas y sí mucho de evaluar o basarse en protocolos que no tienen ninguna validez y confiabilidad científica.

Considero que solo Medicina Legal es la entidad idónea para valorar a las víctimas, sin embargo, en sus conceptos NO se comprometen a determinar el supuesto abuso……

Para reflexionar solamente: Es necesario unificar criterios en el tema de Abuso Sexual y en verdad sacar a ciertas instituciones del ámbito de la investigación, ya que están creando un caos y victimizando o revictimizando a los niñas y niños como víctimas, …. sin serlo; así mismo tener claridad de lo que realmente es abuso sexual y que es un agresor sexual…….

Mi madre (q.e.p.d.) decía una frase que decía: “muchas manos en el caldo lo dañan” …. Creeré que tenía la razón…

Nota: Este artículo es escrito derivado de mi experiencia como perito forense en casos de abuso sexual y refleja mi derecho de opinión contemplado por la Constitución Política de Colombia.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

investigacionescriminales@yahoo.com

domingo, 4 de diciembre de 2016

Los asesinos en Masa, en Serie y en serio en Colombia: Una reflexión.

Hoy se cumplen 30 años de un episodio que marco en Colombia una modalidad que no se conocía de un asesino y es el asesino en masa; el 04 de diciembre de 1986 fue el escenario de una masacre perpetrada por un veterano de guerra llamado Campo Elías Delgado, el cual protagonizo una masacre de personas, empezando por su madre, unas vecinas y los asistentes a un conocido restaurante italiano en Bogotá llamado Pozzeto (todavía existe), este asesino mato a sangre fría a aproximadamente 17 personas y dejó heridas a unas 15, el número de víctimas reales no se saben, ya que en el intercambio de disparos dentro del restaurante también hubo de la Policía hacia el local, al responder a un llamado de auxilio y sus balas al parecer mataron a algunas personas; este asesino se le domina en masa ya que en un solo episodio mata varias personas que pueden ser determinadas al inicio, pero que involucra después personas al azar, este pues es el más conocido en Colombia, sin embargo, no es el único, aunque no se les ha dado trascendencia, existen muchos asesinos en masa ya que las masacres realizadas por los paramilitares, los guerrilleros en Colombia, delincuentes y narcos, pueden denominarse asesinatos en masa y sus perpetradores denominados asesinos en masa; Como vemos, en Colombia tenemos historial de asesinos desde que tenemos historia moderna, muchos asesinos fueron producto de la denominada Violencia, periodo crítico del país donde surgieron los famosos bandoleros y las sangrientas luchas políticas en Colombia.

En Colombia también es conocido el asesino serial, el cual según la definición es un asesino que se caracteriza por realizar asesinatos en varios periodos de tiempo y que lleva cierta premeditación y búsqueda de la situación para cometer el hecho; el más representativo es Luis Alfredo Garavito llamado la Bestia, ya que asesinó a 170 niños aproximadamente después de abusar de ellos sexualmente, al parecer es asesino serial más conocido, sin embargo, es lejos el ser más prolífico, ya que existe otro llamado Pedro Alfonso López denominado el Monstruo de los Andes quien asesinó niñas en Colombia, Ecuador y Perú; También encontramos a unos menos prolíficos como Daniel Camargo, violador y asesino que mató unos 71 niños y Manuel Octavio Bermúdez denominado el Monstruo de los cañaduzales quién mató aproximadamente 34 menores…… Como vemos el asesinato en Serie y en Masa tiene muchos hechos que tienen relevancia en Colombia, ya que a través del tiempo se han protagonizado casos lamentables que no quisiéramos haber vivido los colombianos.

Al parecer los asesinos en serie son los nombrados, pero en mi concepto tenemos muchos más asesinos, como los sicarios de Colombia donde esta Jhon Jairo Velásquez, alias Popeye, el cual cometió cientos de asesinatos a nombre del cartel de Medellín, lo mismo que Pablo Escobar que también asesinó a muchas personas en el País. También tenemos un poco de asesinos que matan civiles y personas indefensas debido a la delincuencia y a la violencia política.

Como vemos la historia de Colombia está llena de asesinatos que han dejado huella en el mundo de la criminalidad y, desafortunadamente no hemos estudiado bien dicho fenómeno a fondo para entender porque sucede dicha conducta, ahora que viene el postconflicto en nuestro país vamos a destapar realmente quienes son los asesinos desconocidos que han matado a cientos de personas en el marco de la Violencia y el mal llamado Conflicto Armado, que no es más que una cadena de muertes, torturas, y violaciones de derechos humanos, creo que se sumarán muchos a la lista de los conocidos y nombrados anteriormente…… ¡Para reflexionar…!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

miércoles, 30 de noviembre de 2016

Decisiones Judiciales basadas en conjeturas Clínicas: Una Reflexión.

En días pasados estuve como perito en un juicio oral de un caso de supuesto abuso sexual de una chica y quedé sorprendido por la forma en que se abordó el caso por parte del Juzgado y la Fiscalía, donde a todas luces se violaron todos los presupuestos de debido proceso y apreciación de la prueba.

Para ilustrar el caso, es de una chica que dice que en una fiesta con algunos compañeros de colegio y esto hace ocho años cuando tenía 17, sin embargo, ella no denuncio el hecho sino a los cuatro años de sucedido, ya que se dio cuenta que había sido abusada…, después que se dio cuenta de este hecho reporta que fue a la fiesta y estuvo con consentimiento con uno de los muchachos de la fiesta y reporta que estuvo tomando trago y que después de ello tres chicos la accedieron sin su consentimiento; el relato a todas luces se notaba incoherente, con lagunas mentales y pocas descripciones del asunto.

Dentro de las “pruebas” de la Fiscalía se encontraba la historia clínica de la chica realizada por una Psicóloga de una EPS, y que iba a ser “sustentada”  por la suscrita; dentro de la audiencia de juicio oral encontramos que la Psicóloga se presentó, se le indago sobre lo que había realizado en su proceso terapéutico y determino que la chica tenía un trastorno mixto de Depresión y Ansiedad sin una causa especifica o no clara, bueno, lo curioso es que la chica fue a la EPS después de poner la denuncia y cuando pasaba una situación particular que la estaba afectando; dentro del desarrollo de las pregunta se le indago a la Psicóloga si este trastorno diagnosticado era derivado de una situación de abuso y ella dijo que no, se le pregunto sobre si evaluó el presunto abuso y dijo que no, sin embargo la Juez, al final le pregunto que si era derivado de un abuso y la psicóloga dijo que no podía especificar, la juez siguió insistiendo a que fue a la consulta y la psicóloga dijo que la chica “reportaba” que había sido abusada hacia 4 años (no dio detalles del abuso); cabe resaltar y es que el Fiscal y la juez obligaron a la psicóloga a revelar el secreto profesional ya que le dijeron a la paciente en plena sala que le autorizaba a revelar el secreto profesional y que tenía que decir lo dicho en consulta….. Grave, muy grave la situación.

Cuando yo pase me descalificaron como perito y “determinaron” que solo me presentaba como psicólogo y no como Perito (¿?) y bajo argucias de la Fiscalía y de la juez y la poca pericia (por no decir nula) del abogado defensor evitaron que yo declarara y me presionaron para revelar el secreto profesional, a lo cual no cedi… Lo interesante del asunto es que el Fiscal me presionaba a que le revelara el contenido de mis entrevistas realizadas a familiares y al acusado y que yo tenía la obligación de entregársela para que la analizara la Fiscalía, lo tenaz es que la juez estuvo de acuerdo. Todos sabemos que esa información no se puede revelar y que esta acción se llama constreñimiento a testigo, adicionalmente me descalificaron como perito sin ningún argumento legal; Aquí hubo algo que me dejo perplejo, y es que el contenido de las entrevistas de la psicóloga no se la dieron a la defensa y las validaron en juicio y no tuvimos oportunidad de conocerlas y si rechazaron mis informes periciales conocidos, porque no presente los contenidos de los mismos porque no revele el secreto profesional…….

La verdad, no quiero hacer mucho análisis de la situación, pero la juez condeno al citado acusado, “porque comprobó” que el trastorno de Ansiedad y Depresión era derivado de un abuso sexual (no evaluado) , y que no fue diagnosticado como tal……. Para reflexionar….

La verdad, es la primera vez que solidarizo con una Psicóloga en una Audiencia ya que fue presionada a decir algo que no le constaba, y revelar el secreto profesional bajo el constreñimiento de un Fiscal y una Juez parcializada y poco objetiva que cuando anuncie que no revelaba el secreto profesional, me miro de forma despectiva y se sonrió…. ¡!! En la sentencia me nombro y dijo que yo tenía que haber revelado el secreto profesional y que como no era mi “paciente” no tenía que guardarlo, desconociendo las leyes al respecto y especialmente al artículo 74 de la Constitución Nacional.

Yo sé que muchos psicólogos y psicólogas revelan el secreto profesional con el respaldo de una entidad privada llamada Colegio Colombiano de Psicólogos y el Tribunal de Ética creado por ellos, sin embargo, me mantendré firme y mi cabeza en alto en el respeto de los derechos humanos fundamentales de las personas … he dicho

Nota: este artículo es escrito derivado de mi experiencia como perito y es reflejo de mi opinión como profesional experto en abuso sexual; este articulo tiene el fin de ilustrar a los interesados en el ámbito forense y tiene fines académicos. Esta cobijado por la Constitución Nacional, en su parte sobre la libertad de expresión u opinión.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

jueves, 24 de noviembre de 2016

La Evidencia Científica en la Investigación Forense del Abuso Sexual en Menores: Una Reflexión

En días pasados fui contactado por un grupo de abogados que me solicitaron una investigación de un supuesto Abuso Sexual de un grupo de menores de entre 3 y 5 años de edad en un jardín infantil por parte de su cuidador o profesor; Lo interesante del asunto es que fue solicitado a través de los abogados, ya que los padres de los menores les solicitaron dicha investigación, debido a que las autoridades competentes no hicieron ninguna acción al respecto.

Se aceptó la misión de trabajo y se procedió a realizar las investigaciones forenses y las valoraciones de los menores a través de una Psicóloga experta en abordar estos menores presuntamente abusados y al mismo tiempo se realizaron labores de campo para determinar el presunto abuso sexual a dichos menores, donde se realizaron entrevistas forenses a los padres, y conocedores de la situación; el asunto fue muy complejo ya que toco entrevistar docenas de personas para lograr el objetivo.

El requerimiento fue interesante, ya que se me solicito, además de evaluar el presunto abuso de los menores y sus secuelas, se debía hacer un Perfil Psicológico del presunto Abusador; La verdad nunca había realizado conjuntamente las dos valoraciones, pero la experiencia fue muy interesante.

Me base en los Protocolos de Medicina Legal para realizar las evaluaciones Forenses, así mismo, tuve en cuenta las normas para la realización de la investigación forense en Colombia, de la misma manera, los procedimientos básicos en la realización de Perfiles Criminales o Psicológicos, con todo y ello se realizó un estudio científico sobre el asunto de acuerdo a los resultados de los procedimientos realizados, todo esto en el marco de la Ética, respeto de los derechos humanos, y de la aplicación de los conceptos científicos validados por la comunidad forense y en general la ciencia.

Los resultados no se hicieron esperar ya que se logró el objetivo y se pudo determinar que los menores fueron expuestos a situaciones que se definen como Abuso Sexual en las leyes colombianas y que el cuidador presenta un perfil clásico de pedófilo o Agresor Sexual.

Algo que me causó sorpresa, es que en la investigación realizada me allegaron documentos donde las autoridades competentes tenían conocimiento de lo sucedido e inclusive valoraron a los menores y demás, pero decían que NO tenían evidencia de los abusos…… La verdad no puedo entender como la infraestructura del estado no puede realizar adecuadamente una investigación de este tipo de acontecimientos afectando sustancialmente los derechos fundamentales de unos niños y sus familias.

Se preguntaran ustedes ¿cuál es la base de la evidencia científica en este caso? ……..  ¡pues sencillo!......, la afectación que los menores tuvieron de vivir esa situación en particular, la cual fue contrastada con un análisis longitudinal de la situación de los menores…. Y al mismo tiempo observar las características de conducta del agresor, las cuales correspondían a un Pedófilo, de acuerdo a lo determinado en el DSM-IV o V o las clasificaciones conocidas.

Quiero hacer una reflexión sobre el asunto, ya que en Colombia no se está evaluando la afectación de los menores en casos de abuso sexual, y es curioso, pero solo se centran los forenses y las autoridades en lo que puedan decir los menores y tratar de validar un supuesto testimonio, sin corroborar los supuestos hechos.

En verdad considero que es la mejor investigación forense que he realizado, ya que se dio la oportunidad de trabajar integralmente el aspecto forense, Psicológico, Criminalistico y Científico en un solo equipo y que se llevó a cabo con la rigurosidad científica que debe llevar una investigación de este tipo.

Sinceramente pienso con esta experiencia que el Estado debe cambiar su forma de abordar estas investigaciones ya que se deja mucho por hacer y al mismo tiempo se vulneran los derechos de los menores….

Nota: Este artículo se escribe con fines académicos o científicos para la comunidad forense que me sigue; los nombres, situaciones, personas, locación se mantendrá en estricta reserva ya que es parte de un procedimiento forense, que se aportara a las autoridades competentes.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

lunes, 21 de noviembre de 2016

¿Dictámenes, Peritajes, Conceptos o Pericias Forenses?: Una Reflexión

El ámbito Pericial es muy interesante y curioso, ya que al parecer puede ser cambiante en sus conceptos o mejor dicho pueden significar lo mismo, pero diferente. No sé, pero a veces encuentro muchos “conceptos” nacidos de no sé dónde, que al parecer tienen significancias diferentes, pero al mismo son iguales, mejor dicho, algo como lo surgido del congreso latinoamericano de Psicología Jurídica y Forense realizado la semana pasada en Bogotá: “Prácticas de Desparentalizacion en los conflictos Post Divorcio!, el progenitor manipulador, daño asumido por los hijos que poco a poco desvirtúan la figura del padre o la madre para su propio beneficio”, pues analizando el concepto, me puse a pensar…, no estarán hablando de ¿Alienación Parental?, estaba en contacto por face con una asistente al congreso y me ratifico que se refería a lo denominado Síndrome de Alienación Parental (Gardner, 1985)……

El día de hoy me hable con un abogado de un caso de presunto Abuso Sexual, ya que él había introducido unos dictámenes o conceptos periciales en la preparatoria realizada el día jueves anterior; se anunciaron varios dictámenes o conceptos que yo voy a realizar y paso algo curioso y es que la Fiscalía se opuso a los “dictámenes”, ya que argumenta que los “dictámenes” forenses solo los puede realizar Medicina Legal, esto ratificado por el Juez que dijo lo mismo; le pregunte entonces si se habían aceptado y me dijo que si, ¡pero como un concepto pericial!, ahora bien, ¿Qué es un dictamen pericial?, Pues de lo que yo sé, es un juicio u opinión de un experto o Perito, entonces, ¿que sería Concepto Pericial?, pues en mi humilde opinión, es el concepto de un experto o perito que ha sido solicitado por alguna de las partes; o sea que es lo mismo que dictamen … ¿o no..?.En el ámbito de la Psicología forense al parecer encontramos muchos conceptos que se inventan y al mismo tiempo se crean diferentes funciones de los peritos, tal como sucede en el presente caso; mi pregunta es ¿Cómo Perito Experto, como Perito Psicólogo, como Perito Forense, como dictaminador, Perito Testigo?, que alguien me ayude, la verdad para mi es solo una opinión pericial y ya….  y soy perito y ya!Yo se que muchos especializados en Jurídica y Forense dirán, que existe el Perito Experto, el Perito Testigo, el Perito… etc., sin embargo, en el Código de Procedimiento penal de Colombia, NO existe ninguna diferencia, ya que solo se especifica quienes son Peritos y como se presenta la base de “opinión pericial” …. O sea que la clasificación dada realmente NO existe……Dictámenes, conceptos, peritajes, etc., realmente son opiniones de expertos, conocedores del tema (artículo 406 C.P.P.) y no de una estratificación de “conocimientos” o títulos o funciones; además los peritos pueden ser de instituciones Públicas o Privadas o particulares, lo dice el mismo artículo….

 Para reflexionar, si yo doy un dictamen Pericial sobre un caso de Alienación Parental ¿sería un Perito ……. (¿??) ?, y si doy un concepto Pericial sobre: Prácticas de Desparentalizacion en los conflictos Post Divorcio, el progenitor manipulador, daño asumido por los hijos que poco a poco desvirtúan la figura del padre o la madre para su propio beneficio”, ¿que soy? … ¿Perito Experto aceptado como Doctorado en la Audiencia?, no sé, es lo mismo, creo que la influencia de los profesionales especializados en otros países, especialmente España, y Estados Unidos, está desvirtuando la función del Perito en Colombia, estamos supeditados a que nos den Conceptos extranjeros y no vemos las clasificaciones o conceptos determinados por Medicina Legal o el Código de Procedimiento Penal, o el Código Penal Colombiano…. Ojo Dictamen, Concepto, peritaje, es lo mismo en el ámbito Forense, ya que es una opinión de un PERITO…… ¡No se puede medir el conocimiento de un perito!, ni se puede clasificar!

Le pongo un ejemplo: ¿Quién puede medir mis conocimientos en Abuso Sexual o en Violencia?, No creo que nadie los pueda evaluar, ya que nadie puede entrar a medir esos conocimientos, y no hay pruebas para determinar ello…

Para reflexionar………………….


Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito (No sé si experto, testigo, o dictaminador forense)
Bogotá, Colombia.



viernes, 21 de octubre de 2016

Prevención del Abuso Sexual en menores: ¿Una Falacia?

En mi recorrido como Perito por los casos de abuso sexual en menores veo muchas cosas interesantes y una de ellas es que muchos de los chicos, reportan abuso después de haber visto un vídeo, película o haber asistido a una clase sobre prevención del abuso, es curioso, pero hasta ese momento no existía el abuso, pero a partir de allí si se configura el abuso…… Si nos ponemos a pensar y analizar el asunto ¿porque aparece el supuesto abuso a través de un video?  ¡... interesante el asunto…!

He manejado algunos casos que ameritan análisis y especialmente uno, en el cual un menor de 7 años “reporta” haber sido tocado por su tío según por lo que vio en un vídeo de prevención sobre el abuso mostrado por la psicóloga del colegio……. El señor fue detenido por abuso sexual ya que la psicóloga “detecto” el tocamiento…….

Conozco algunas Instituciones en Colombia como Fundación Afecto y la Asociación “Creemos en Ti” – que para mi concepto las peores instituciones en el manejo del abuso sexual- utilizan algunos vídeos o métodos de “prevención” del abuso sexual y que “ayudan” a los menores a detectar el supuesto abuso ….. Me parece preocupante la situación ya que dudo de la calidad de esos vídeos y por ende de su utilidad para prevenir el abuso sexual.

Empecemos por el principio, y es ……  ¿Qué es abuso sexual?, si lo tomamos según el concepto forense es “toda actividad sexual no consentida que tiene como fin satisfacción erótica del perpetrador o perpetradora o de terceras personas” ………. si nos ponemos a ver la definición es muy clara y determina que es el abuso sexual, sin embargo, he observado que en muchos de mis casos NO se evidencia una actividad sexual en si o que el presunto abusador tenga una satisfacción erótica derivada de su interacción con el menor y lo más preocupante es que el menor refiere hechos de hace varios años o como dicen “cuando yo era más chiquito” ……. Yo me pregunto ¿será verdad que fue abusado? O simplemente esta haciendo interpretaciones erróneas de lo que es abuso.

No conozco el vídeo que vio el menor de mi caso – lo vamos a solicitar como prueba- y tampoco conozco los vídeos que usan las psicólogas en los colegios, pero si conozco unos contenidos generales que hablan sobre el Abuso y se les dan a los niños como prevención del abuso….

Antes de analizar el asunto me pregunto ¿un niño de siete u ocho años tiene la madurez psicológica para comprender que es el abuso sexual?... Pues en verdad lo dudo mucho, en mi ejercicio como psicólogo yo he trabajado en muchos talleres y programas sobre la sexualidad e inclusive entrene profesores en un programa de post-grado realizado hace muchos años por la Universidad Los Libertadores sobre la educación de la sexualidad, he trabajado en varios programas de prevención del Abuso Sexual  e inclusive mis prácticas para optar como psicólogo las realice en Teletón en Rehabilitación sexual de discapacitados y a través de esa experiencia y practica me he dado cuenta que los menores en esa edad aun no comprenden su desarrollo sexual e inclusive no conocen que es un “ fin erótico” o una relación sexual en su cabalidad y menos quien es un agresor sexual o pedófilo; En verdad, antes de la prevención del abuso sexual se debe educar al menor en comprender su sexualidad y conocer todos los aspectos relacionados con ella……..

Retomando el tema del supuesto abuso derivado de ver estos vídeos, me doy cuenta que muchos de los supuestos abusos, no son tales, sino interpretaciones erróneas de situaciones cotidianas en la que el niño interactúa con sus allegados o personas cercanas…..

Unos de las cosas que siempre le dicen a los niños es que “si les molesta que los acaricien” o que si se sienten incómodos con algún tocamiento eso es abuso sexual…. Así mismo, les dicen que, si alguien los “toca” sin que ellos quieran, también lo es…. y algo más increíble que si no les gusta la forma en que alguien los bese en la boca o toque sus genitales también es abuso sexual…. Si miramos a ojo de buen cubero ¿será que todo lo que cite, es abuso sexual?..... Pues, no lo creo, hay un caso famoso en Colombia que llego a casación y el padre de una menor fue absuelto por el delito de actos sexuales abusivos, ya que la Corte Suprema de Justicia decidió que no existía el abuso sexual debido a que el padre no había tocado los genitales de su hija con fines sexuales o eróticos, sino que era por otras razones, para resumirles el padre estaba en conflicto con la madre de la menor y esta se quedaba ciertos fines de semana y en uno de ellos la menor fue bañada por el padre y detecto una pequeña infección en sus genitales a los cual le echo una crema para solventar la situación y por lógica la menor estaba irritada y con molestias y cuando llego donde su madre le reporto la situación de que el Papa le había tocado los genitales, a lo cual ella lo denuncio por “abusador sexual” y fue detenido y judicializado por la Fiscalia……

Tengo docenas de casos donde se habla del presunto abuso por parte de ciertos profesionales de psicología en colegios e instituciones donde se ha hecho una interpretación errónea del supuesto abuso, en la casación 40478 de 2015 de la CSJ, también se habla de la inexistencia del hecho ya que el reporte de la menor y la interpretación dada por dos psicólogas eran muy dudosas y no se comprobó el hecho.

Como vemos y según mi opinión presentar vídeos donde se les “muestran”   a los niños supuestas “conductas” indebidas puede crear confusión en ellos y generalizar un concepto en el que todo tocamiento es indebido…… Lo curioso es que si un niño se baña con la madre es correcto, pero si se baña con el padre es abuso sexual……. ¿será cierto?.

Para reflexionar, la educación sexual debe ser integral desde la infancia y a los menores se les debe dar lo que necesita en cada etapa de la vida en términos de su comprensión, no podemos seguir presentándole a los niños que todo es “malo” y que se deben cuidar de los adultos, no debemos olvidar que la interpretación del mundo de los niños es diferente al de los adultos…….. y que lo que sientan o digan es su visión según etapas de su desarrollo y que está influenciada por la información que obtiene; los adultos debemos ser muy cuidadosos en interpretar lo que dicen o sienten estos chicos a la luz de la ciencia y el sentido común, muy olvidado por estos días…… a veces pienso que muchos profesionales no saben que es Abuso Sexual…. o solo lo interpretan a su acomodo como la Psiquiatra Isabel Cuadros que promulga que todos los niños dicen la “verdad” sobre los abusos y dice, por ejemplo, que la alienación Parental no existe y que los que consideramos que si existe somos también abusadores y nos confabulamos para defender abusadores sexuales…. Me acuerdo que hace muchos años en una entrevista de CITYTV dicha “Psiquiatra” dijo que todos los hombres éramos potencialmente abusadores y que solo necesitábamos la oportunidad para manifestarlo…. Como quien dice, seremos juzgados por ser hombres y por manifestar nuestra sexualidad ……

He tenido docenas de casos donde las instituciones mencionadas han “dictaminado” el abuso sexual, pero que en primera, segunda y tercera instancia judicial se ha encontrado que el abuso NO existió…….. Para reflexionar.

Considero que esa prevención del abuso sexual a temprana edad es una falacia y se presta para confusiones y interpretaciones erróneas sobre el Abuso Sexual…….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.


Este artículo es escrito con base en mi experiencia y sobre hechos conocidos por mi como perito forense y es la libre expresión de mi opinión consagrada en la Constitución Política de Colombia.

lunes, 10 de octubre de 2016

La Valoración Forense en casos de Abuso Sexual en Menores: Una reflexión.

Estoy trabajando en un caso de abuso sexual como Perito donde la Fiscal aporta como pruebas la evaluación de Personalidad de la menor presuntamente abusada, en conjunto con una “evaluación” de la relación con el presunto victimario; así mismo, se aportó un examen mental de la menor.

La solicitud se la hicieron al ICBF de una región de Colombia, donde la Psicóloga de dicho Instituto realizo una valoración Psicológica a la menor que arrojo unos resultados interesantes para reflexionar; en primera instancia se aplicó el MMPI para lo de la personalidad y se le realizo un examen mental a la menor y aparentemente un estudio familiar y social; Bueno, el asunto es como bien curioso, ya que de acuerdo a lo que observo como perito para la Fiscalia las características de personalidad determinarían si la menor fue abusada o no, (¿?), pues eso creo, mirando bien el asunto es la única prueba que tiene la Fiscalía del caso, aparte de la versión de la menor……

Bueno, me puse a analizar el asunto y me pregunto ¿para qué quiere la Fiscalía una evaluación de personalidad?, ¿será que pretende comprobar el abuso a través de sus características de personalidad?... o pretende bajo un estudio forense….  ¿determinar su relación con el agresor?, la verdad queda uno como pensativo, llevo casi 30 años como Psicólogo clínico y 11 como Perito Forense y cada vez me sorprendo más….

Dentro del informe dado por la Psicóloga del ICBF encontré que realizo un examen mental, test de personalidad, recibió el testimonio y lo trascribió y determino que no conocía al supuesto agresor…. En el test describe como es la menor, y en el examen mental dice que no tiene ningún trastorno o problema psicológico y que es una niña normal; lo interesante es que deja abierta la situación sobre el testimonio de la menor diciendo que es coherente con un abuso sexual (¿? )….. Esto último no se le solicito, sin embargo, la psicóloga lo “aporto” en su informe.

Ante tal panorama y analizando el caso ¿será que la fiscalía podrá comprobar el abuso sexual, a través de dichas pruebas científicas? ……. la verdad, ¡lo dudo mucho y bastante…!, no creo que con ello compruebe absolutamente nada, mas allá de interpretar unos rasgos de Personalidad de la menor….

De acuerdo a lo que veo presentan a la Psicóloga como Perito y sus “dictámenes” como pericias forenses; lo interesante del asunto es que dicha Psicóloga y en general el ICBF no es idóneo para hacer Valoraciones Forenses e independientemente de todo, esta tampoco es una valoración forense; Aquí no se le solicito una Pericia que determinara el Abuso Sexual, ni tampoco las secuelas psicológicas del mismo, etc., etc., etc., o sea que dicha “Valoración” no tiene ningún objeto, ya que los resultados no arrojaron NINGUN dictamen de Abuso Sexual……….

Me pregunto: ¿Por qué las Psicólogas hacen esos dictámenes si no les corresponde hacerlo? …. ¿Qué relación hay entre personalidad y abuso sexual en una menor?, ¿no se supone que lo que se investiga es al agresor y no a la víctima? …… Bueno, en fin, ¿no se supone que el ICBF está para otra cosa y no la de investigar delitos sexuales o tener funciones forenses?

La verdad va a ser una experiencia muy interesante ir a esa audiencia, ya que tendré la oportunidad de conocer la relación entre personalidad de la víctima y el abuso sexual (es un sarcasmo) ……

Tenemos que reflexionar en cuanto a la Valoración Forense y las solicitudes de la Fiscalía, ya que caemos en unas situaciones que son ridículas y sin sentido, que no prueban nada y además revictimizamos a   los menores con valoraciones sin sentido.

Hay que aclarar que dicha Psicóloga hizo un estudio Forense que no fue solicitado por la Fiscalía, sin embargo, no se usaron los Protocolos de Medicina Legal para dichos conceptos.


Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

domingo, 18 de septiembre de 2016

Análisis de la conducta en el lugar de los hechos: Una reflexión.

En varias ocasiones he realizado peritajes de casos de homicidio, donde se me solicita que se determine el estado mental del acusado o acusada para alegar diferentes circunstancias como Defensa Propia desmedida, Inimputabilidad o la llamada Ira e Intenso Dolor; independientemente del asunto jurídico que se va alegar, el realizar un peritaje sobre la conducta de una persona, y especialmente del momento de los hechos, requiere mucho análisis y conocimientos de la conducta; El análisis de la escena y del hecho requiere no solo analizar la conducta instrumental sino la conducta demostrada y las motivaciones para realizar dicha acción; así mismo, se debe analizar el estado mental del sujeto en el momento de los hechos y las circunstancias del mismo.

He tenido la oportunidad de realizar peritajes en casos de homicidio y esos peritajes han sido bastante complejos, pero al mismo tiempo interesantes, ya que han sido un reto tanto en el ámbito de la Psicología, sino de la Criminalística, lo Forense y la misma Ciencia.

He tenido seis casos muy particulares que recrean este tipo de análisis y me gustaría darlos a conocer, a saber:

  • La abuela que aparentemente golpea a su hija con un chamizo de madera y ella cae y muere aparentemente del golpe propinado.
  • El militar que encuentra a su esposa en un motel con un individuo le dispara y lo mata.
  • El estudiante que estando tomando trago se enfrasca en una discusión con otro intoxicado resulta apuñaleando y matando al otro.
  • La señora que da muerte a su ex – pareja, cuando está siendo agredida por él, ella tiene un arma corto punzante y él no tiene ningún arma.
  • El señor que da muerte a su esposa, estando intoxicado por consumo de sustancias embriagantes y pierde la noción de los hechos.
  • El muchacho acusado de matar a otro en una riña, sin embargo no había evidencia directa de su acción homicida (hay un segundo caso que trabaje en las mismas circunstancias) pero fue detenido porque una persona lo “vio” atacándolo con un arma cortopunzante.

Como vemos son diferentes casos que determinan la muerte de varias personas, y que para lo cual,  la Fiscalía en todos los casos solicitaba un pena superior a veinte años como homicidio doloso y hasta agravado; en todos los casos hice un análisis Forense, Criminalístico, Psicológico y por consiguiente del lugar de los hechos y emití un concepto sobre el mismo que se introdujo dentro del proceso como parte de un experticio que fue aceptado en todos los casos.   Cada caso fue muy particular, ya que las circunstancias de Tiempo, Modo y Lugar de los Hechos eran totalmente diferentes y requerían una estrategia de manejo muy particular.

Se realizaron las Evaluaciones Psicológicas pertinentes a los y las acusadas y se pudo determinar el estado mental, tanto actual como en el momento de los hechos, así mismo, se realizó el estudio Forense y Criminalístico de cada caso analizando las características de la muerte y el escenario donde sucedieron.

Les contaría la historia de cada caso, pero en verdad no alcanza el espacio en mi artículo, pero puedo decir que en cada caso influyo mi concepto pericial como Experto Forense en la decisión del Juez, y las condenas solicitadas por la Fiscalía no se lograron y la defensa pudo alegar diferentes circunstancias que cambiaron la tipificación del delito.

El análisis de la conducta en el momento de los hechos es de vital importancia en la resolución de crímenes, especialmente homicidios, ya que las circunstancias de cada uno son particulares del caso y se deben tener en cuenta variables internas y externas, así mismo, estados mentales o psicológicos particulares, tales como, consumo de sustancias, trastornos temporales de consciencia, afectaciones por lesiones cerebrales, pérdida de control de impulsos, entre otros….  

Bueno, de pronto se quedaron intrigados por los resultados en cada caso, si me preguntan les responderé sus inquietudes…. Todo en honor a la Ciencia y la Justicia.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense, Perfilador e Investigador Criminal.
Bogotá, Colombia.

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