jueves, 18 de abril de 2019

¿Alienación Parental o Maltrato Infantil?: Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días estuve valorando un caso típico del Síndrome de Alienación Parental y vi un fenómeno interesante que persiste en todos mis casos en que intervengo y es que aparte del hecho de la Alienación, está el hecho del maltrato Psicológico a los menores de edad por parte del Alienador en la Valoración que realicé me centre más en los efectos dados a la menor (4 años) y en el Padre Víctima que en realidad en la Conducta de la Alienadora; la Alienadora lo denunció por Maltrato, Abuso Sexual, ejercicio inadecuado de la Custodia, y hasta intento de rapto, en fin, lo típico, sin embargo, Salió avante en estos casos y ahora se está viendo otras situaciones que ameritan atención y es la situación del menor y el padre víctima de ello.

La madre es renuente a dejarlo ver a pesar del régimen de visitas; ha sido instada a dejar ver a la menor, tiene orden de arresto, multas, en fin, pero no ha pasado nada; es interesante como los operadores Judiciales no pueden hacer nada al respecto, ya que no cumple ninguna sanción por el ejercicio arbitrario de la custodia.

Ha pasado el asunto por Fiscalía, ICBF, Comisarías, CAIVAS, Medicina Legal, en fin, lo normal en ello, sin embargo el señor no puede ver a su hija y sufre los efectos de esas situación, pero pensemos, ¿Cómo esta psicológicamente la menor derivado de esta situación?, pues nadie reporta nada, las instituciones se encargan de evaluar a los adultos, que si están aptos para la custodia, entrevistan a la menor, pero esto no pasa de una mera entrevista y no da ningún resultado y la menor sigue con su drama de la relación de la pareja.

¿Cómo nadie ha valorado el maltrato a que ha sido sometida la menor y al padre de la misma?, Pues es porque a nadie se le ocurre, ni a los del ICBF, ni a Medicina Legal, ni a la Fiscalía, ni a la Comisaría de Familia, ni a los de CAIVAS, DIJIN, SIJIN, CTI, a nadie…. Me acuerdo en otro caso que el Juzgado pidió a Medicina Legal que evaluará un caso de Alienación Parental y le respondieron que no estaban en capacidad de hacerlo ya que no había Peritos para eso……

Resulta que las consecuencias de la Alienación Parental es un Maltrato Infantil grave que está tipificado hasta en el DSM-V, sin embargo la gente se centra es en término Alienación Parental (acciones de adultos) y no en el trastorno derivado (secuelas en los menores y víctimas); Para mi concepto la Alienación es un caso de Maltrato Psicológico y tiene consecuencias graves en la conducta de los menores, altera el libre desarrollo de la personalidad, afecta el Bienestar de los menores, genera problemas emocionales y de relación con sus padres, en fin, muchas secuelas graves….

La Alienación Parental es un Maltrato evidente contra los menores de edad…. Hay que denunciarlo. 

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com

domingo, 14 de abril de 2019

Pericias Forenses ¿Levantar el secreto profesional? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En días pasados tuve tres audiencias de Juicio Oral el mismo día y en verdad fue muy interesante ya que alcance a asistir a las tres y se manejo el asunto como se necesitaba; en la primera audiencia llegaba el Abogado de la defensa desde Santa Marta y la audiencia era para escucharme como perito de la defensa, yo ya no me presento como Perito Psicólogo, sino como Perito experto y así me acreditaron dentro de la Audiencia, yo realice unas pericias que curiosamente no las aceptaron en la Audiencia Preparatoria, pero pude introducir dos que fueron aceptados; Dentro de la presentación del informe el abogado introdujo el informe que hice sobre el análisis de la entrevista realizada a la menor por parte del CTI, sin embargo la Fiscal del caso se opuso a esa presentación ya que adujo que esa entrevista no se había presentado dentro del juicio, se discutió el asunto y al fin se llego al punto que no se iba a presentar ese informe y si uno sobre el Perfil Psicológico del acusado.

Empecé explicando los objetivos de la Pericia, Procedimientos, técnicas y conclusiones, de acuerdo al artículo 415 del Código de Procedimiento Penal  la base de Opinión Pericial se debe entregar un resumen y sustentar dicho informe en la Audiencia, hasta ahí todo iba bien; la fiscal en el contrainterrogatorio no me discutió los resultados o conclusiones sino la forma en que los hice y me pareció interesante ya que ella misma dio oportunidad de aclarar muchos asuntos relacionados con dicho informe.

Uno de los puntos importantes era que porqué yo no había anexado las entrevistas realizadas, o sea el contenido de las mismas para que la Fiscalía las conociera, le respondí que el contenido era parte del Secreto Profesional (Articulo 74 de la Constitución Nacional) y que no tenía que entregárselas a ella, ella insistió que yo debía haberlas anexado y me hizo una pregunta que me dejo pensativo y fue: ¿Usted porqué no hizo el procedimiento de levantamiento del Secreto Profesional? …. Yo le explique que el Secreto Profesional no se levantaba y que era mi Obligación guardarlo… en fin, hubo discusión, explicaciones, etc….. al fin no revele la información requerida por la Fiscalía y para rematar me pregunto que si mi pericia tenia grado de Orientación, Probabilidad o Certeza, le conteste que era de certeza… N hizo más preguntas. Yo sabia porque me hizo esa pregunta y me alegro mucho que la hiciera, ya que existe el convencimiento que los peritos NO podemos dar conceptos de certeza.

Ahora bien, ¿Debo revelar el Secreto Profesional? Pues NO, ¿Debo levantar el secreto profesional?, Pues NO, y si lo tengo que hacer ¿cómo se levanta el Secreto Profesional?, Ni idea… Me pregunto ¿Debo entregarle a la Fiscalía información para que sea usada en contra de mi cliente?, ¿La Fiscalía debe analizar mis entrevistas?, si la base de Opinión Pericial es un resumen de lo realizado, ¿Porque debo entregar lo que se dijo en las entrevistas? ....

La Opinión Pericial es un concepto que sale de un Perito y que de acuerdo con análisis da como resultado una conclusión, es una OPINIÓN del perito sustentada por el conocimiento de lo que es solicitado, ¡como tal es sencillamente lo que PIENSA el Perito y ya…!

La Fiscal me cuestionó que, porque no había entrevistado otras personas, hecho otros procedimientos, etc., No entiendo cual era su fin, sin embargo, no respondí a esas preguntas. La decisión de entrevistar o el procedimiento es una decisión del Perito de acuerdo con su conocimiento y discutir eso con un Fiscal es ponerse en una posición de desgaste que solo le aporta al Perito.

Para reflexionar sobre el asunto sobre el Secreto Profesional me acuerdo de que alguna vez le solicite al Colegio Colombiano de Psicólogos que investigara a una Psicóloga del CTI ya que esta se presentaba como Psicóloga y daba un concepto sobre la entrevista de la menor y revelaba su contenido, quede sorprendido con la respuesta y si mal no recuerdo el Ps. Gerardo Hernández dijo que en el ámbito Forense y por ordenes de las autoridades se debía levantar el Secreto Profesional (¿?), ¿será que si?... lo interesante del asunto es que dicha funcionaria NO actuaba como Psicóloga sino como Investigadora criminalística con funciones de Policía Judicial, o sea que a pesar de que era Psicóloga, no ejercía esa función dentro del proceso … o sea lo de levantar el secreto profesional en un procedimiento sin actuar como Psicóloga, pero diciendo que lo es ¿Qué seria?... ¿Porqué el Colegio de Psicólogos dice sobre ese levantamiento del Secreto Profesional si la Constitución obliga guardar el Secreto Profesional?

Para seguir reflexionando sobre el asunto, una Juez en una sentencia de primera instancia me compulso copias al Colegiado porque tuve la OSADIA de dar un concepto de certeza sobre un caso y este colegiado me realizo una investigación y en ella me preguntaron sobre cómo había llegado a esa conclusión; les dije como había llegado a esa conclusión y me inquirieron para que les dijera sobre qué base lo había hecho, les dije que con lo conocido por mi dentro del proceso, me instaron a que dijera cual era ese conocimiento y mi respuesta fue tajante…. Secreto Profesional…… ¿Debo revelarle al colegiado información privilegiada para que me investiguen? … Pues NO, ¿Por qué el Colegiado me insta a revelar el Secreto Profesional si al hacerlo cometo una falta a los derechos fundamentales de mi cliente y a la misma Ética de mi profesión?... ¿Sera que los Psicólogos estamos siendo investigados por guardar el secreto profesional y por dar conceptos de certeza? … Preocupante…

Uno de los informes que siempre hago es el Perfil del agresor, realizo entrevistas, visita a la cárcel, entrevisto conocidos y familiares del acusado, etc., y luego comparo esa información con respecto a criterios científico como los conceptos de Pedofilia contemplado en el DSM-V, y demás material científico del Ámbito Forense y si no cumple los criterios de ser un Pedófilo, por ejemplo, y según la Ciencia ¿No puede decir que no es un Pedófilo?... Ahora, si me preguntan que x persona evaluada por mi presenta un Trastorno por Ansiedad y después de mirar los criterios científicos y resulta que lo tiene, ¿No puede decir con certeza que si lo tiene o que no lo tiene?... Pues claro que puedo hacerlo….

Yo he visto en informes de algunos profesionales que dicen que no tiene tal conducta, pero que no se descarta que la tenga (¿?), como quien dice ¡No, pero sí! yo no puedo decir “me parece que probablemente tiene una depresión”; veo muchos Psicólogos que revelan absolutamente todo lo que dicen los menores, señalan a los victimarios, escriben folios y folios de información, hacen análisis forenses y  concluyen: “la menor tiene coherencia en su relato, externa, interna, validez, ......... ” todo esto con solo la entrevista a la menor, sin investigar realmente el caso…..

Seguiré siendo cuestionado en las audiencias, sin embargo, se que estoy haciendo bien las cosas, para la muestra están las casaciones 29117 de 2008 sobre un caso de Abuso Sexual; Casación 33833 de 2010 sobre Valoración de víctimas; Casación 40478 de 2015 sobre Abuso Sexual en donde la Corte Suprema de Justicia denota que el acusado no tenia perfil de Pedófilo o agresor sexual; también mis conceptos han servido para que los tribunales de Bogotá, Cundinamarca hayan tomado sus decisiones. Les recomiendo también que conozcan el concepto del Tribunal Superior de Bogotá con ponencia del Magistrado Jorge Enrique Vallejo Jaramillo del 05 de marzo de 2010 donde se determino la Prevalencia del Derecho Sustancial sobre la Base de Opinión Pericial del Perito en Audiencia, básicamente se refiere a que la Fiscalía pretendía coartar mi oportunidad de declarar en Audiencia mi concepto Pericial.

Las personas que quieran conocer las sentencias de la corte y demás lo pueden hacer ya que son publicas…..

Dato curioso, cuando la casación 33833 de 2010 se publicó en la corte suprema, COLPSIC en su pagina publico dicha casación y en lugar de mi nombre que aparece allí le pusieron unas xxxxxx, No quiero saber en verdad porque lo hicieron, son documentos públicos que no pueden ser modificados…. Sin comentarios. Bueno, es curioso, también tengo una mención de reconocimiento a mi labor en el ámbito colegial del área Forense dado por COLPSIC, curioso ¿Verdad...?

Como siempre, Para reflexionar…….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com


lunes, 8 de abril de 2019

Abuso Sexual en Menores, ¿Creer en ti, es una Valoración Forense? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días he estado muy ocupado en varios casos de Abuso Sexual en Menores, donde la Fiscalía está presentando unas “valoraciones” y “pruebas” de posible Abuso, muchas de esas “valoraciones” son elaboradas por la Asociación “Creemos en Ti”, hoy respondí a una petición de un abogado sobre esa Institución y sus procedimientos en casos de Abuso Sexual.

De acuerdo a mi experiencia en Abuso Sexual como profesional (20 años) y como Perito Forense (14 años) la Valoración del Abuso Sexual se determina como las secuelas que son evaluadas en un menor donde presenta ciertas características de alteración de la conducta derivada de un presunto hecho de Abuso Sexual, los Psicólogos en realidad no podemos determinar el hecho sino las secuelas o efectos psicológicos del mismo.

Esta Institución hace un proceso de “intervención” en menores abusados, pero lo curioso es que NUNCA es evaluado el presunto Abuso Sexual, sino que se hace la intervención derivada de una remisión y de solamente creer que el menor ha sido abusado y sin más preámbulos se hace la “terapia”.

Me parece muy grave el asunto, sin embargo, en el medio “terapéutico” se acepta esta intervención como válida y la Institución dice que su “valoración” (que no hacen) es respaldada por la Universidad de San Buenaventura (que no es cierto) y una Prueba CET (que no existe) respaldada y registrada en el Ministerio del Interior (¿?), adicionalmente dicen que tienen un protocolo para “evaluar” el Abuso Sexual que esta validado o respaldado por el Colegio Colombiano de Psicólogos, la verdad esto muy preocupado por esa situación ya que ese tal Protocolo se parece mucho al Protocolo SATAC (reevaluado y fuera de uso) y que además no es una prueba para Valorar o Evaluar el Abuso Sexual.

¿Creer es una premisa o principio científico?, ummmm no sé,  según Creemos en ti, COLPSIC avala ese Protocolo, no me meteré en esa discusión pero lo que diga COLPSIC al respecto no tiene nada o poca  de credibilidad para mí, de por si considero que COLPSIC no puede determinar que es Científico o que no lo es, la Ciencia no puede ser manejada por unos pocos y menos en el Ámbito Forense.

Preocupante de verdad que se presente esta situación, no puedo CREER que el ICBF tenga a esta Institución como parte de su grupo de intervención en el restablecimiento de Derechos de los Menores; lamentable que la Fiscalía CREA que esta Institución es la Medicina Legal del Abuso Sexual en Menores; lamentable que hagan “prevención” del Abuso Sexual, enseñándole de forma distorsionada a los niños que todo tocamiento es Abuso Sexual creando falsas víctimas de Abuso Sexual y Falsos positivos de delitos inexistentes.

Para reflexionar…
¡No a la  manipulación de los menores en el tema sexual!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal

jueves, 4 de abril de 2019

Abuso Sexual: ¿El Testimonio de un Menor es prueba del hecho? Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


Ayer estuve como asesor en un caso de presunto abuso Sexual donde al parecer un menor fue abusado en un supermercado, un señor al parecer le bajo el pantalón para tocarle las nalgas; entramos a la Audiencia y se inició el Juicio, la Fiscal dijo su Teoría de Caso y anuncio que tenía como testigos al menor, la madre, un guarda de seguridad del almacén, un patrullero, la grabación de las cámaras de seguridad, el médico forense, en fin, todo armado para pelear el caso, sin embargo, la Fiscal le dio un giro radical al asunto y en el momento de presentar sus pruebas …….. ¡renunció a todas ellas! ….. Sorprendente, ¿verdad? Si, renuncio a todas ellas.

Se preguntarán las razones por las cuales la Fiscal tuvo para renunciar a sus pruebas y la resumiré en forma muy corta, el menor no fue a la Audiencia…. Así de sencillo, NO fue a la Audiencia,….. La Madre del menor y el Menor no fueron localizados o simplemente no fueron; La Fiscal Adujo  que al no ir el menor las demás pruebas eran de referencia y que no valía la pena hacerlas valer en el juicio ya que no determinaban el Abuso, interesante, ¿verdad?.

Desde que conocí el caso le dije al Abogado que en mi concepto no veía un caso de Abuso sexual y que Fiscalía no me parecía que tuviera pruebas, pero como siempre hay que esperar con que sale la Fiscalía y a la final ella lo que hizo fue renunciar a toda acción probatoria. Ustedes se preguntaran ¿Y las demás pruebas o testimonios?... miraremos uno por uno.

L   -La madre del menor no estaba presente en el momento de los hechos.
    -   La guarda de seguridad no vio la acción.
   -El Patrullero llegó después del supuesto hecho.
l    -El Médico Forense no comprobó el acceso o el tocamiento.
    -El video al parecer no mostraba ninguna acción de abuso o era de muy baja calidad.

Si lo vemos de forma objetiva, realmente estos testigos ¿vieron algo?, Pues no, lo dijo la Fiscal, eran testimonios de Referencia y no tenían validez para condenar; Ahora bien, si el menor hubiese ido y hubiese contado lo que le paso, ¿Esa acción era un abuso sexual tipificado como delito?, Pues no es muy claro, ya que la acusación era al parecer Acceso Carnal o en su defecto actos sexuales abusivos (No recuerdo bien), si al parecer le bajó un poco los pantalones, no hubo ninguna acción erótica o tocamiento de tipo sexual, o sea que técnicamente no hubo un Abuso Sexual, para mi concepto no pasaría más allá de un tocamiento indebido y no un Abuso Sexual, en Adultos se dice que serían Injurias por Vía de Hecho, un “delito” que no tiene cárcel y no deja de ser una situación incómoda o de mal gusto.

Yo pienso ¿Si un individuo toca una menor indebidamente merece irse a la cárcel 12 años?, No se, eso me parece exagerado teniendo en cuenta que la intención puede ser de afecto o circunstancial y no de satisfacción erótica, Muchos dirían que deberían darle Cadena Perpetua (Yohana Giménez, hija de Gilma Giménez), deberían Castrarlo, paredón, Pena de Muerte, hace poco me entere que en Brunei hay Pena de Muerte para las relaciones homosexuales y el adulterio, además que esa muerte es por apedreamiento o sea muy cruel……. ¿Aquí también llegaremos a eso?.

El testimonio de los menores per se tampoco son válidos ya que la versión del menor debe validarse ante unos verdaderos hechos de contenido sexual o una acción erótica que debe ser interpretada a la luz de la tipificación de un delito y a las secuelas dejadas en la victima. Los testimonios de los menores usualmente están sesgados por el tiempo, por las entrevistas realizadas al mismo, por la manipulación de los adultos, en fin, por diferentes factores.

Bueno, les cuento el final del caso, resulta que la Fiscal renuncio al caso, el ministerio publico apoyo el asunto, la defensa no se opuso, NO HABIAN PRUEBAS, el Juez realizo el proceso, Alegatos, sentencia, por lógica por sustracción de materia se pidió la Absolución y se Absolvió, a pesar que el Juez no estaba de acuerdo con ello, ya que dijo en su sentencia de 10 minutos que esa acción era grave, execrable, en fin, dijo que había presunción de inocencia, bla, bla, bla, dijo que la Fiscalía no había podido probar nada, pero dejo la sensación que no le gusto el asunto y que el hecho de pronto si había sucedido.

El juicio duró una hora, absolución y todo solucionado, el desgaste del aparato Judicial y en fin, acusación sin pruebas que terminan en absolución perentoria; No es la primera vez que me pasa, ya he estado en estas audiencias, ahora hasta los Fiscales están renunciando a testimonios de Psicólogas, Psiquiatras, Terapeutas de Creemos en Ti, ICBF, ya que no dejan de ser testigos de referencia, o sea, la Fiscalía esta ahora comprobando los hechos y no guiándose en creencias….

¡No a la manipulación de los menores en el tema Sexual!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com

miércoles, 3 de abril de 2019

Abuso Sexual en menores VS Pedofilia: Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


Estaba viendo un programa periodístico en CNN sobre la Pedofilia en la Iglesia Católica y había unos invitados que me dejan pensativos, ya que se observaban sacerdotes, periodistas y contradictores de la iglesia; durante el programa observe que se decía que la Pedofilia era un problema estructural de la Iglesia Católica ya que no abordaba el concepto de la Sexualidad en su doctrina, o a la vez la "Pederastia" era derivada del Celibato, en fin, al parecer también se criticaba que la Iglesia Católica encubría los actos de Abuso Sexual ante el mundo, quede pensativo ya que el contexto del Abuso Sexual no es un problema religioso y la Pedofilia (No pederastia) tampoco es una situación estructural de la Iglesia Católica o de alguna religión.

Cuando se habla de menores de 12 años en términos de Abuso Sexual se refiere a acciones eróticas por parte de adultos los cuales son considerados Pedófilos, estos Pedófilos por su denominación son personas que tienen su preferencia sexual enfocada en menores imberbes o sin desarrollo de sus características sexuales, estos pueden ser niños o niñas que no tienen físicamente características físicas totalmente desarrolladas, así mismo, esta preferencia está clasificada científicamente como un Trastorno Mental, o sea que los Pedófilos son personas con un Trastorno Mental.

Desde el 2005 he trabajado en casos de Abuso Sexual como Perito Forense, sin embargo, desde el año 1990 he trabajado en el ámbito sexual tanto en la Terapia como en lo Académico y dentro de ese contexto he podido distinguir claramente que la aparición del Abuso Sexual (AS) en menores de 12 años solo está dado en personas con trastorno Pedofilico, o sea debe ser Pedófilo para tener esas conductas de preferencia sexual, de acuerdo a mi visión la persona debe expresar conductas eróticas las cuales le dan satisfacción de sus deseos sexuales, ante esto siempre he Valorado la Pedofilia en mis usuarios para determinar si tienen ese trastorno o si presentan características de ser Pedófilos.

La Pedofilia no es un problema de la Iglesia Católica, no es un Problema del Celibato, no es un problema de Educación Sexual, No es un Problema de Genero, No es un Problema Político o Jurídico, realmente es un tema de una conducta desviada que es individual con respecto a una preferencia sexual de algunos hombres y mujeres hacia los niños y niñas.

Para determinar si existe el Abuso Sexual en los niños y niñas, se debe Valorar si el supuesto agresor tiene Pedofilia o cumple algunos de los criterios de la Pedofilia para determinar sus preferencias Sexuales, así mismo, si presenta algunas situaciones que hayan influido en la aparición de la conducta, tales como, haber sido abusado, presentación de situaciones de aprendizaje inadecuado de la sexualidad, observación de conductas en otras personas que abusan de niños y niñas.

La Pedofilia y el Abuso Sexual de Menores van de la mano, no concibo que una persona sin Pedofilia sea una agresor sexual de un menor, ya que esa conducta no es ocasional sino una preferencia sexual determinada, las personas en lo general no prefieren a los niños como su objetivo erótico y por lógica no son Pedófilos. Tampoco concibo que un menor no tenga una secuela o Huella Psicológica del trauma y sea considerada una víctima.

Es curioso pero la mayoría de las denuncias que se hacen de Pedofilia se realizan años posteriores a los supuestos hechos donde en términos Forenses y de Investigación del Delito NO se puede comprobar el hecho, ahora las interpretaciones del mismo se basan en un vago recuerdo de una supuesta situación y en una interpretación libre de Personas involucradas, Psicólogos, Investigadores; Durante mi vida como perito he valorado docenas de acusados de Abuso Sexual y en ninguna de mis valoraciones he encontrado un Pedófilo, sin embargo, en algunas investigaciones de víctimas de Abuso Sexual si he encontrado el Perfil del Pedófilo que se ha determinado como tal.

No todo acusado de Abuso Sexual es un Pedófilo, algunos lo serán, pero hay que determinar si su conducta corresponde realmente a esta clasificación de Conducta desviada y si no es así, difícilmente se podría decir que es un abusador sexual de menores. Quiero aclarar que hay conductas de Abuso Sexual en menores derivadas de situaciones o alteraciones de conductas específicas como el consumo de sustancias, alteraciones temporales de la conciencia, entre otras, que es necesario que sean diagnosticadas para aclarar lo que pasó.

¡No a la manipulación de los niños en el tema sexual!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com

martes, 2 de abril de 2019

Abuso Sexual en Menores, ¿Se debe enseñar a los niños a prevenirlo? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En días pasados en un Programa de Televisión presentaron el tema del Abuso Sexual en menores y como remate presentaron a un profesor de un Colegio que “enseñaba” a menores a que no los tocaran o mejor que no se dejaran tocar su cuerpo; hoy mi sobrino (de treinta y tantos años) me envió en el Facebook una cartilla donde “enseñan” a niñas infantes a “NO” dejar tocar su cuerpo por nadie; Conozco a una Institución llamada “Creemos en Ti” que hace “terapia” a niños abusados y a todos les enseña a no dejarse tocar por los adultos, les muestran unos videos donde cualquier tocamiento al menor es un abuso; he visto entrevistas de Psicólogas e Investigadores Judiciales que le dicen a los niños que si NO les gusta que alguien los toque deben denunciar porque eso es Abuso Sexual, en fin, parece que se les enseña a los menores a determinar que los tocamientos son Abuso Sexual.   

Hace unos días salí en el programa 4 caminos de RCN Televisión, hablando sobre que los menores no saben que es Abuso Sexual, ya que no tienen conocimiento sobre lo que es ese concepto, y menos cuando le dicen o le “enseñan” a que si la tocan es Abuso Sexual, yo me pregunto: ¿Un niño de 7 años puede distinguir que es Abuso Sexual?... ¡Pues NO….! Él no puede distinguir la intencionalidad de un tocamiento o si es de afecto o erótico…. El hecho que no le guste una caricia del tío no implica que este siendo Abusado Sexualmente.

Empecemos por la definición Forense del Abuso Sexual, Según Medicina Legal de Colombia, es la conducta erótica ante menores de edad con el objetivo del placer ante el adulto o de terceros… Como quien dice, el agresor debe sentir el placer erótico para que se tipifique la conducta punible…. Muchas Psicólogas dicen que darle un beso en la boca a un niño es Abuso Sexual, no sé porque algunas psicólogas hacen una tipificación de conductas supuestamente eróticas que pueden ser simplemente expresiones de afecto.

Voy a hacer un recuento de casos que yo tengo o he tenido donde confunden a los niños sobre el Abuso:

·         Un señor de edad (74 años) en su casa viendo televisión con sus nietas y unas vecinitas de 8 y 9 años, el sienta a una de ellas en las piernas ya que estaban viendo una película de Halloween, el le da un abrazo y le da un beso en la frente, el es acusado de Abuso Sexual, a los dos años lo absolvieron, ayudo mi concepto para ello.
·         Un padre baña a su hijo de 4 años cuando está en la casa, cuando el niño llega donde la mama le dice que le toco los genitales y ella lo denuncia por Abuso Sexual, está en la cárcel por ello.
·         Un docente de colegio le da un beso en la frente a una niña de 9 años porque ganó el año, está detenido en una cárcel desde hace un año por Abuso Sexual.
·         Una niña de 12 años va a una tienda de la esquina se roba unas golosinas, el tendero de 67 años la pilla y le da una palmada en la cola por su acción; fue acusado de Abuso Sexual, este caso en particular determino la Casación 29117 de 2008, donde yo fui el Perito que determino la absolución del señor y que se tuviera en cuento lo llamado Injurias por vías de hecho.

En fin, tengo como 180 casos similares donde a los niños les han dicho que tocarlos es Abuso Sexual, Las mamas también creen que lo es, pero lo más preocupante es que muchos Psicólogos y especialmente Psicólogas no tienen ni idea que es Abuso Sexual en el contexto Forense y Penal….

Estoy en total desacuerdo en los procedimientos de enseñanza de la “prevención” del Abuso Sexual, este NO se puede prevenir y menos en niños de edades tempranas, ni siquiera un adulto puede prevenir un asalto sexual; un niño debe conocer la sexualidad de forma adecuada, un niño debe poder expresar sentimientos, si los educamos para que no los toquen o a desconfiar hasta de sus padres, tendremos niños con traumas psicológicos graves, tendremos niños que no van a desarrollar su sexualidad adecuadamente, tampoco su relación social.

Debemos tener en cuenta que el Abuso Sexual es una situación eventual y no general, es una en un millón o más, los agresores sexuales no pululan en las calles, los docentes no son abusadores, los curas tampoco lo son, los padrastros tampoco, los hombres NO somos potencialmente abusadores… En fin, enseñar a un niño a distinguir a un abusador NO funciona en realidad… Los niños y niñas NO saben o entienden que es una INTENCION EROTICA en un tocamiento….., Mi ex esposa durante mucho tiempo besaba a mi hijo en la boca.. ¿Es una abusadora sexual y pedófila?.... Para nada…. Pero bueno, alguna dirá que sí y debe ir a la cárcel.

La educación Sexual de un niño debe ser positiva en explorar su sexualidad, de cuidar su cuerpo, conocer sus sentimientos, de ser un ente social, de conocer las relaciones con otros y no una fuente de temor a los adultos, de represión de sentimientos, de aislamiento social, en fin, de muchos conflictos.

Yo me pregunto ¿qué ha pasado con esos niños que les hicieron prevención del abuso sexual y fueron tratados en la Asociación Creemos en ti” o Fundación Afecto por un supuesto Abuso y después un Juez de la República ha dicho que no fueron víctimas de un abuso?, o sea que ellos creen haber sido abusados y no lo fueron, todo porque hay que creer en el niño y lo que dice es una interpretación de una situación en términos de Abuso Sexual,… sin serlo?.

He estado en casos que han pasado por la Corte Suprema de Justicia, Tribunal de Bogotá y Cundinamarca, Meta sobre casos de Abuso Sexual y todos los han absuelto con base y mis conceptos y los alegatos de los abogados, me preocupa que entrenemos a los niños a ejercer una inadecuada sexualidad y un inadecuado conocimiento de la misma…

Como anécdota me acuerdo que una vez salió en Citytv la Psiquiatra Isabel Cuadros de la Fundación Afecto diciendo que “todos los hombres en el fondo y cuando teníamos la oportunidad éramos abusadores …” , , además ella solo dice que los que hablamos de Alienación Parental encubrimos a Pedófilos…. sin comentarios

¡No más manipulación de niños en el tema sexual! ….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com