miércoles, 11 de abril de 2018

Los Psicólogos o Peritos Forenses: ¿No guardan el Secreto Profesional? Una reflexión. Psicólogo Ricardo Alberto Suarez Castro.


El día de ayer estuve preparando una Audiencia con tres Abogados que me hicieron una especie de interrogatorio del caso que tenemos, en si me interrogaron sobre el estado mental de una persona que fue amenazada para que cometiera un delito (era cajero de un Banco) y entrego un Dinero; Dentro la charla con dichos abogados, una de ellas me dijo que si había llevado el contenido de las preguntas y las respuestas del señor valorado para analizarlas, le dije que eso no se podía hacer ya que estaban cobijadas por el Secreto Profesional, ella se quedó sorprendida por mi respuesta y me dijo que en las Audiencias se debe ventilar ese contenido y me dijo que los Psicólogos Clínicos debían guardar el secreto y los Forenses No, pues el que quedo sorprendido fui yo, analizare el tema.

Cuando uno es Perito y es Psicólogo se enfrenta a situaciones de controversia pero en este caso hay que delimitar esa controversia; En primer lugar y de acuerdo a la Constitución Nacional (Art. 74) se debe guardar el Secreto Profesional y de acuerdo a la Ley 1090 de 2006 (Psicología) también se debe guardar el Secreto Profesional (Artículos 23 y 25) o sea que los Psicólogos en general deben guardar el Secreto Profesional, parece repetitivo pero el secreto existe y hay que guardarlo; Bajo este punto de vista lo contenido en entrevistas, lo dicho al Psicólogo, etc., debe ser información reservada, confidencial, etc., y por lo tanto no se puede discutir, controvertir y menos darla a conocer, eso lo dice la ley y la Constitución.

Partiendo de estos Principios, ¿Por qué algunos Psicólogos (as) revelan el Secreto Profesional?, pues no sé, Parece ser que ellos creen que si un Fiscal, Juez, o Abogado les dicen que deben revelarlo, esto es lo que deben hacer ya que están envestidos de autoridad y el profesional se “puede” ver involucrado en un proceso de “desacato” o algo así… Nada más lejos de la verdad, de por sí que si lo revela está involucrado en un problema legal y ético…

Ahora bien, ¿Por qué los Psicólogos (as)  en los Informes Periciales revelan el Secreto Profesional?, por una simple razón … No saben elaborar un Informe Pericial, así como lo ven, NO saben realizar un informe, dictamen Pericial….

Pondré un ejemplo de un caso en el que estuve la semana pasada… resulta que una Psicóloga del ICBF con especialización en Derechos Humanos y en Forense y no sé qué más, ella entrega un informe de 20 folios y en algunos apartes trascribe lo dicho por la menor (¿?) y concluye que la menor reporta “sentirse mal por ….”  … No hizo ningún diagnóstico, ni nada pero concluyo que la víctima se sentía mal por el hecho (¿?)….  A la Psicóloga del ICBF le “solicito” la Fiscalía que se le hiciera un Examen Mental, evaluar secuelas del “Hecho” y cuál era la relación Victima - Victimario… jejeje (risa socarrona), No sé cómo con un examen Mental se puede determinar la relación Victima Victimario y las secuelas de un “Hecho”, pero bueno, ella lo “hizo”, jejeje (nuevamente risa socarrona), pues uso pruebas de Depresión, Ansiedad, NICHD, Etc., y concluyo que…. NO tenía Nada, No hizo un diagnóstico, y solo termino diciendo que la “victima” se sentía mal por el “hecho”….

¿Qué paso entonces?, ¿Porque digo que el informe está mal realizado?, sencillo, en un informe Pericial y de acuerdo al artículo 415 del Código de Procedimiento Penal, se debe entregar un RESUMEN o sea un SUMMARY en inglés, eso quiere decir que se hace un pequeño recuento de lo requerido por la pericia y ya…!....  ¿O no?, ¿porque trascribió lo dicho por la supuesta víctima?, Pues cometió una falta grave, primero no se le solicito ello y segundo no era materia de controversia dentro del informe…. ¿Porque revelo lo dicho por la victima?... ¿Tenía que hacerlo?, Pues no, y definitivamente NO…. Tenía que hacer un Examen Mental (No sé para qué quería la Fiscalía este examen mental), Valorar secuelas, y relación Victima-victimario (jejejeje risa socarrona)……   y no más…. No debía revelar el relato, tampoco entregar 20 folios de información, No sé, pero creo que muchos Psicólogos no saben que es un RESUMEN, veo que entregan folios y folios de descripciones, escalas, resultados, estadísticas, baremos, bibliografía, citas científicas, discusión forense (jejejeje risa socarrona), y conclusiones y recomendaciones…..  Ahora, no determino NADA y a la final esa “Opinión Pericial” técnicamente no sirvió de NADA…… Sin embargo, revelo el Secreto Profesional, hizo algo que no podía hacer, realizo mal el Informe Pericial… en fin.

No sé qué se está enseñando en las especializaciones Forenses pero veo que los Psicólogos “Forenses” especializados están fuera del contexto tanto del Jurídico, como de los procedimientos forenses… Las Universidades que hacen las especializaciones venden un programa que está supeditado a otros países y resulta que en Colombia debe estar todo ajustado a la Ley Colombiana, Protocolos de Medicina Legal, a la Constitución de Colombia y demás normas vigentes….

El Secreto Profesional NO se puede levantar por orden judicial, ni por ninguna autoridad, ni por el Comité de Bioética, ni por el Colegio Colombiano de Psicólogos,….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Bogotá D.C.

miércoles, 4 de abril de 2018

¿Psicólogos Forenses en el ICBF?, ¿El Colegio Colombiano de Psicólogos los acredita?: Una reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


El día de ayer estuve en una Audiencia de Juicio Oral en un caso de Abuso Sexual y dentro de mis pericias estaba una que realizaba un análisis Técnico, Científico, Forense y Psicológico de un “Informe Pericial” realizado por una Psicóloga del ICBF, el cual contenía una serie de “valoraciones”, cuadros, análisis Forense, conclusiones Forenses, sobre la presunta víctima, el cual, fue solicitado por la Fiscalía, al margen del caso analizare el procedimiento realizado por la Psicóloga a la luz del Ámbito Forense.

En principio quiero decir que el ICBF no tiene la función de realizar Pericias Forenses, y por lo tanto lo realizado por la Psicóloga no tiene validez de Pericia, ya que esto es competencia del Instituto de Medicina Legal, el cual tiene unos protocolos específicos para realizar las Pericias Forenses en Psicología o Psiquiatría, sin embargo, la Fiscalía presento dicha "Pericia" como parte de la valoración de la víctima en el presunto caso de abuso de una menor; la solicitud de la Fiscalía era que se le realizara un Examen Mental, Rasgos de Personalidad, Secuelas del hecho y relación Victima – Victimario, aunque no entiendo dicha solicitud a una Psicóloga del ICBF, dentro del ámbito forense podría tener sentido; analizare el asunto.

Al ver la “Pericia” se observa que tiene como 20 folios y una serie de información que se sale del contexto, ya que trae cuadros, resultados, análisis, discusión Forense, Conclusiones, etc., que de acuerdo al Código de Procedimiento Penal no es así la presentación, ya que se debe entregar un resumen como base de Opinión Pericial y eso se debe hacer…… ¡un resumen!, se observaba que no cumplía los protocolos de Medicina Legal y que tomo la decisión de aplicar una serie de Pruebas Psicométricas para determinar Ansiedad, Depresión, NICHD, y no sé qué más, creo que hasta una prueba de personalidad…..

Lo interesante del asunto es que no realizó ningún diagnóstico, dijo que no tenía Depresión, Ansiedad, etc., o sea No tenía secuelas de nada, ella no determino la relación de víctima- victimario ya que no evaluó al supuesto victimario y menos el abuso sexual, ahora, al final en las conclusiones dice que “según el relato de la menor se siente mal por lo que le pasó…..”, aunque no hay descripciones sobre el presunto abuso sexual se asumió que había estas situaciones; la menor no manifiesta interacciones o conductas eróticas con respecto al victimario, en fin no había una “opinión pericial” de nada….

La Fiscalía pretendía decir que la “perito” había determinado secuelas con la frase antes citada, sin embargo, en mi análisis y dando respuesta al interrogatorio dije que no existía ninguna valoración Forense y que eso no era una Pericia Forense, ya que no determino que la menor había sido abusada o algo así…..

Lo interesante del asunto es que el Fiscal hizo énfasis en los estudios de la Psicóloga y la “idoneidad” de la misma, esta se presenta como Psicóloga especializada en Forense, Derechos Humanos y que pertenecía al Colegio Colombiano de Psicólogos y esto la acreditaba como idónea para realizar Pericias; casi suelto la risa cuando el Fiscal dijo que estaba acreditada por COLPSIC para realizar la Pericia pero me contuve… ya que COLPSIC no tiene la autoridad para “acreditar a ningún psicólogo para ejercer la Profesión”, así de sencillo, NO tiene ninguna autoridad para calificar, acreditar o avalar ningún Psicólogo….. 

En el contrainterrogatorio el Fiscal me pregunto que si estaba inscrito en el Colegio de Psicólogos, dije que NO, el me pregunto que si me había registrado en la Secretaria de Salud para realizar la pericia… la verdad casi me toteo de la risa…. Bueno, en fin, él me dijo que la “perito” tenía especializaciones, estaba afiliada o acreditada con el COLPSIC, que ella había llevado una pericia de 20 folios, y que yo no había hecho un análisis de lo que ella había “valorado” y que mi pericia no tenía sino 3 paginas…..ah, y que yo no tenía especialización y no estaba acreditado para realizar pericias…..

Bueno, le explique al Fiscal que no necesitaba especialización, que no necesitaba estar afiliado o avalado por el Colegio Colombiano de Psicólogos, que podía realizar peritajes ya que la ley me lo permite y es parte del ejercicio de la profesión…. Ah y que no había encontrado NINGUNA opinión Pericial….. Ya que no había…!. No diagnosticó ninguna alteración Psicológica, no determinó ningún Abuso Sexual, no uso el protocolo de Medicina Legal, como quien dice…. No determinó NADA…

A propósito, me pregunto que como me acreditaba yo y demostraba mis conocimientos o experiencia en el campo, y le conté la historia de mi vida profesional, manejo de proyectos de prevención en violencia Intrafamiliar, Maltrato infantil, Abuso sexual, etc., etc., escribí un libro, etc., Docente universitario, etc., Miembro Fundador del Colegio Andino de Peritos e Investigadores Forenses, etc., Director de la Unidad profesional forense y de Peritazgo de MEDINET, etc., Casaciones de la Corte Suprema de Justicia con mis pericias, etc., Conceptos de Tribunales de Justicia, etc., docenas de casos de abuso sexual, etc., experticias en el Ecuador, en fin, un poco de humilde experiencia en casos de Abuso Sexual sin aval de COLPSIC o al margen de especializaciones, maestrías o doctorados en Abuso Sexual…..

Para reflexionar, las especializaciones ¿Hacen al Perito?, ¿Los Peritos deben ser avalados por el Colegio Colombiano de Psicólogos?, ¿si yo me desplazo a algún País o región en Colombia debo pedir permiso en la secretaria de salud del sitio o al Colegiado de Psicólogos?..... Pues NO a todo… No sé lo que expuso la Psicóloga en su intervención, pero si dijo que la menor tenía secuelas, si dijo que había una relación víctima- victimario, y si dijo que se debía estar acreditado con el Colegio de Psicólogos, pues faltó a la verdad, ya que en el informe no aparece nada de esto… Ahora, si analizamos el asunto lo que hizo fue una Valoración Psicológica sin ningún tinte Forense ya que no evaluó esta relación….

Para reflexionar…

Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal