Estoy trabajando en un caso de abuso sexual como Perito donde la Fiscal aporta como pruebas la evaluación de Personalidad
de la menor presuntamente abusada, en conjunto con una “evaluación” de la relación
con el presunto victimario; así mismo, se aportó un examen mental de la menor.
La solicitud se la hicieron
al ICBF de una región de Colombia, donde la Psicóloga de dicho Instituto
realizo una valoración Psicológica a la menor que arrojo unos resultados
interesantes para reflexionar; en primera instancia se aplicó el MMPI para lo de la personalidad
y se le realizo un examen mental a la menor y aparentemente un estudio familiar
y social; Bueno, el asunto es como bien curioso, ya que de acuerdo a lo que
observo como perito para la Fiscalia las características de personalidad determinarían
si la menor fue abusada o no, (¿?), pues eso creo, mirando bien el asunto es la
única prueba que tiene la Fiscalía del caso, aparte de la versión de la menor……
Bueno, me puse a analizar
el asunto y me pregunto ¿para qué quiere la Fiscalía una evaluación de
personalidad?, ¿será que pretende comprobar el abuso a través de sus características
de personalidad?... o pretende bajo un estudio forense…. ¿determinar su relación con el agresor?, la
verdad queda uno como pensativo, llevo casi 30 años como Psicólogo clínico y 11
como Perito Forense y cada vez me sorprendo más….
Dentro del informe dado por
la Psicóloga del ICBF encontré que realizo un examen mental, test de
personalidad, recibió el testimonio y lo trascribió y determino que no conocía al
supuesto agresor…. En el test describe como es la menor, y en el examen mental
dice que no tiene ningún trastorno o problema psicológico y que es una niña
normal; lo interesante es que deja abierta la situación sobre el testimonio de
la menor diciendo que es coherente con un abuso sexual (¿? )….. Esto último no
se le solicito, sin embargo, la psicóloga lo “aporto” en su informe.
Ante tal panorama y
analizando el caso ¿será que la fiscalía podrá comprobar el abuso sexual, a través
de dichas pruebas científicas? ……. la verdad, ¡lo dudo mucho y bastante…!, no
creo que con ello compruebe absolutamente nada, mas allá de interpretar unos rasgos
de Personalidad de la menor….
De acuerdo a lo que veo
presentan a la Psicóloga como Perito y sus “dictámenes” como pericias forenses;
lo interesante del asunto es que dicha Psicóloga y en general el ICBF no es idóneo
para hacer Valoraciones Forenses e independientemente de todo, esta tampoco es
una valoración forense; Aquí no se le solicito una Pericia que determinara el
Abuso Sexual, ni tampoco las secuelas psicológicas del mismo, etc., etc., etc.,
o sea que dicha “Valoración” no tiene ningún objeto, ya que los resultados no
arrojaron NINGUN dictamen de Abuso Sexual……….
Me pregunto: ¿Por qué las Psicólogas
hacen esos dictámenes si no les corresponde hacerlo? …. ¿Qué relación hay entre
personalidad y abuso sexual en una menor?, ¿no se supone que lo que se
investiga es al agresor y no a la víctima? …… Bueno, en fin, ¿no se supone que
el ICBF está para otra cosa y no la de investigar delitos sexuales o tener funciones
forenses?
La verdad va a ser una
experiencia muy interesante ir a esa audiencia, ya que tendré la oportunidad de
conocer la relación entre personalidad de la víctima y el abuso sexual (es un sarcasmo)
……
Tenemos que reflexionar en
cuanto a la Valoración Forense y las solicitudes de la Fiscalía, ya que caemos
en unas situaciones que son ridículas y sin sentido, que no prueban nada y además
revictimizamos a los menores con
valoraciones sin sentido.
Hay que aclarar que dicha Psicóloga
hizo un estudio Forense que no fue solicitado por la Fiscalía, sin embargo, no se usaron los Protocolos de Medicina Legal para dichos conceptos.
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez
Castro
Psicólogo, Perito e
Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.
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