jueves, 1 de octubre de 2015

La Opinión Pericial en Colombia: Orientacion, Probabilidad o Certeza.



Dentro del ámbito Colombiano y especialmente dentro del Sistema Penal Acusatorio, se recurre a las Ciencias auxiliares para realizar Dictámenes o realizar Peritaciones Forenses, entre ellas tenemos a la Medicina, la Psicología, la Física, la Biología, etc.; estas ciencias son lo ideal para exista una sustentación Técnica y Científica de los informes periciales; las personas que pueden realizar un peritaje son los Profesionales en las diferentes áreas del conocimiento, y en su defecto las personas con el conocimiento y la pericia para hablar del tema. Como vemos son denominadas Ciencias y si tomamos una sencilla definición de Wikipedia que refiero a continuación podemos observar que la Psicología y las demás ciencias cumplen con dichos requisitos: 

“La Ciencia (del latín scientia, que significa conocimiento), es el conjunto de conocimientos estructurados sistemáticamente. La Ciencia es el conocimiento obtenido mediante la observación de patrones regulares, de razonamientos y de experimentación en ámbitos específicos, a partir de los cuales se generan preguntas, se construyen Hipótesis, se deducen principios y se elaboran leyes generales y sistemas organizados por medio del Método Científico. La Ciencia considera distintos hechos, que deben ser objetivos y observables. Estos hechos observados se organizan por medio de diferentes métodos y técnicas, (Modelos y Teorías), con el fin de generar nuevos conocimientos. Para ello hay que establecer previamente unos criterios de verdad y asegurar la corrección permanente de las observaciones y resultados, estableciendo un método de investigación. La aplicación de esos métodos y conocimientos conduce a la generación de nuevos conocimientos objetivos en forma de predicciones concretas, cuantitativas y comprobables referidas a hechos observables pasados, presentes y futuros. Con frecuencia esas predicciones pueden formularse mediante razonamientos y estructurarse como reglas o leyes generales, que dan cuenta del comportamiento de un sistema y predicen como actuara dicho sistema en determinadas circunstancias”

Como podemos ver la Psicología se basa en el método científico que consta de una serie de pasos que se resumen dentro del Método Científico en la Observación, Descripción, Hipótesis, Experimentación, Demostración o Refutación y Contrastación, por lo tanto, al cumplirse estos requisitos se puede realizar un peritaje o dar una opinión Pericial. En Colombia hay un Fenómeno que considero es parte de la situación Forense planteada, y es si los conceptos son de orientación, probabilidad, o certeza – está dentro del Código de Procedimiento Penal – la pregunta a plantear es: ¿Cómo podemos aclarar esa situación planteada para determinar estos tres aspectos?.... 

Mi labor como perito implica realizar análisis de las diferentes situaciones presentadas con relación de presuntas Victimas, Victimarios o situaciones particulares en la comisión de un delito (análisis del lugar de los hechos), y dar un concepto u opinión pericial para determinar aspectos de conductas o resultados de la conductas que pueden generar una afectación a cualquiera de los involucrados dentro de la misma situación.

Como Perito Privado usualmente doy mi opinión sobre las pruebas que tiene la Fiscalía de Colombia, lo que implica analizar Entrevistas Judiciales, Entrevistas Forenses, Valoraciones Psicológicas, Valoraciones Forenses e inclusive testimonios de las supuestas victimas y posibles victimarios.

En muchas ocasiones he encontrado que se realizan entrevistas y estudios de la conducta por parte de Psicólogos y se da una Impresión Diagnostica (Por ej: Retardo mental leve) y con base en ello se determina que el menor fue abusado sexualmente en incapacidad de resistir, a veces encuentro testimonios que “describen” supuestos abusos sexuales y con solo la entrevista Psicológica o Forense se determina que el menor fue abusado, ya que se considera que el mismo tiene credibilidad en su relato; He encontrado que muchas veces esas opiniones no han sido sustentadas con un estudio a fondo de la situación planteada ya que solo se tienen informaciones parcializadas de los hechos.

Me pregunto, ¿Uno como profesional puede determinar la incapacidad de resistir con solo una impresión diagnostica sin corroborar por otros medios el supuesto retardo leve observado a través de un examen mental?... Pues creo que es muy aventurado hacerlo ya que la sola entrevista per se no seria suficiente para determinar el retardo mental.

Les coloco como referencia dos casos en los cuales sucedió esta situación; en los dos se realizo una “impresión diagnostica” del supuesto retraso cognitivo, pero no había un diagnostico que reflejara dicho trastorno en los menores – quiero aclara que uno lo hizo una Psicóloga del ICBF y el otro un Psiquiatra Forense- yo refute que la impresión diagnostica no determinaba la existencia del trastorno y eso se controvirtió en las audiencias de Juicio Oral.  Aduje entre otros que se debió aplicar las pruebas psicométricas pertinentes para determinar el trastorno como era medir el Coeficiente Intelectual y relacionarlo con el manejo de los menores de su ambiente, etc., etc.,…… Bueno, además de otros aspectos. Como quien dice nunca se corroboro científicamente el trastorno.

En mi condición de Perito Privado tengo la oportunidad que se me dan los documentos y evaluaciones, resultados, de todos los procedimientos que realiza la Fiscalía para sustentar dichos argumentos y puedo además, entrevistar o evaluar a los presuntos agresores, realizar entrevistas o valoraciones de personas que conozcan a la supuesta victima y de los supuestos hechos y con todo ese conjunto de información y resultados realizo mi opinión pericial según lo requerido por la ley colombiana.

La ley colombiana se basa en que las opiniones periciales deben darse bajo tres aspectos fundamentales que son las siguientes: Opinión de Orientación Probabilidad o Certeza.

De acuerdo a mi experiencia como Perito Forense y mi labor como docente por muchos años en esta área, podemos decir que si podemos dar opiniones de orientación, probabilidad o de certeza. Pero hay que aclarar en la Audiencia cada una de las opiniones. A continuación hare una breve descripción de cada uno de estos aspectos.

  Opinión de Orientación: Es cuando un profesional da un concepto sobre alguna situación planteada en una entrevista donde solo tiene una anamnesis y una sintomatología general que le indican que puede tener determinada situación psicológica: En este punto hay que aclarar que no aplica ninguna prueba psicológica o contrastación real para comprobar dicha situación; a esto yo le llamo opinión de orientación y en el ámbito forense se traduciría en decir “a mí me parece”, “no he podido determinar dicha situación”, etc..

  Opinión de  Probabilidad: La situación psicológica ha podido medirse de alguna forma, por ejemplo, la utilización de pruebas que nos indican un posible diagnostico o situación pero que no tenemos elementos suficientes o contundentes para afirmar dicho diagnostico, ya sea por falta de información, por tener información distorsionada o por lo increíble de la información dada al profesional; Por ejemplo, los relatos de abuso sexual pueden estar contaminados o ser creados y que la supuesta victima no tiene trastornos típicos de ser abusada sexualmente.

   Opinión de certeza: En este punto, la certeza estaría dada por no solo la entrevista (observación), sino la contrastación de la situación planteada con criterios validados científicamente o con patrones reconocidos a través de investigaciones; en la Psicología Clínica encontramos un Manual de Diagnostico reconocido como el DSM-IV o el actual DSM-V, o el CIE-10; que nos indican que existen criterios que nos dicen que tenemos la certeza del diagnostico o de nuestra opinión; si partimos de esta premisa y realizamos entrevistas a familiares, a personas que conozcan al entrevistado o en el campo forense de conocedores de un hecho; podríamos corroborar nuestra hipótesis y a dar nuestra opinión de certeza.

A veces he realizado valoración de acusados de abuso sexual en menores y he encontrado que no tienen las características, o no cumplen los criterios de ser abusadores sexuales conocidos o no cumplen los patrones conocidos o definidos en el Manual DSM-IV en cuanto a la Pedofilia, así mismo, no presentan ninguna conducta Social o en su entorno que indique dicha conducta de agresor; también que no presentan factores o situaciones de trastorno Psicológico o de abuso sexual, o de Maltrato o conflicto de pareja muy típicos de los agresores sexuales; Así mismo, no se hallan diagnósticos sobre el Abuso o trastornos típicos en las supuestas victimas.

Si esto se plantea así, ¿podemos dar opiniones periciales de certeza, o solo de orientación o probabilidad? … Pues claro que podemos dar opiniones o diagnósticos con certeza pero esta opinión debe reunir  los requisitos del rigor científico y técnico, lo que no podemos es  hacer Impresiones diagnosticas aduciendo que me presenta rasgos de algo, o que le creemos al menor con solo la versión de la supuesta victima, y presentarlos como una certeza ya que esto conllevaría a inducir al error a los jueces y Fiscales y al caso en particular, y muchas veces ver a una supuesta victima de abuso sexual  - …. ¡Que no lo es!, en victima de un abuso ficticio…  Para Reflexionar….

No hay que olvidar que la Psicología Forense nace de la Psicología Clínica y también de la Psicología Social y si conocemos los fenómenos subyacentes a la aparición de la conducta trastornada, podemos determinar diagnósticos u opiniones certeras. He escuchado algunos Psicólogos que pregonan que no se pueden dar conceptos periciales con certeza, es preocupante esta posición, ya que le resta credibilidad a la Psicología como ciencia ante los estrados Judiciales; si no podemos hacer diagnósticos, conceptos o peritajes con certeza, ¿Cuál sería la función del Psicólogo dentro del ámbito Clínico o Forense?... me pregunto: ¿La Psicología Forense es diferente a la Psicología como Ciencia? …. o ¿La Psicología es la Psicología?...

Como vemos, no podemos especular con los Diagnósticos, o nuestras “impresiones” sin al menos corroborar por algún medio dicho diagnostico…  

La Psicología es una Ciencia que puede auxiliar al Sistema Judicial de forma científica y que puede realizar una labor equilibrada y seria para la administración de Justicia.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Director Unidad Profesional Forense y de Peritazgo - MEDINET
Miembro fundador Colegio Andino de Peritos e Investigadores Forenses
Correo electrónico: investigacionescriminales@yahoo.com
Bogotá, Colombia.

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