Dentro
del ámbito Colombiano y especialmente dentro del Sistema Penal Acusatorio, se
recurre a las Ciencias auxiliares para realizar Dictámenes o realizar Peritaciones
Forenses, entre ellas tenemos a la Medicina, la Psicología, la Física, la
Biología, etc.; estas ciencias son lo ideal para exista una sustentación
Técnica y Científica de los informes periciales; las personas que pueden
realizar un peritaje son los Profesionales en las diferentes áreas del
conocimiento, y en su defecto las personas con el conocimiento y la pericia
para hablar del tema. Como vemos son denominadas Ciencias y si tomamos una
sencilla definición de Wikipedia que refiero a continuación podemos observar
que la Psicología y las demás ciencias cumplen con dichos
requisitos:
“La
Ciencia (del latín scientia, que significa conocimiento), es el conjunto de
conocimientos estructurados sistemáticamente. La Ciencia es el conocimiento
obtenido mediante la observación de patrones regulares, de razonamientos y de
experimentación en ámbitos específicos, a partir de los cuales se generan
preguntas, se construyen Hipótesis, se deducen principios y se elaboran leyes
generales y sistemas organizados por medio del Método Científico. La Ciencia
considera distintos hechos, que deben ser objetivos y observables. Estos hechos
observados se organizan por medio de diferentes métodos y técnicas, (Modelos y Teorías),
con el fin de generar nuevos conocimientos. Para ello hay que establecer
previamente unos criterios de verdad y asegurar la corrección permanente de las
observaciones y resultados, estableciendo un método de investigación. La
aplicación de esos métodos y conocimientos conduce a la generación de nuevos
conocimientos objetivos en forma de predicciones concretas, cuantitativas y
comprobables referidas a hechos observables pasados, presentes y futuros. Con
frecuencia esas predicciones pueden formularse mediante razonamientos y
estructurarse como reglas o leyes generales, que dan cuenta del comportamiento
de un sistema y predicen como actuara dicho sistema en determinadas circunstancias”
Como
podemos ver la Psicología se basa en el método científico que consta de una
serie de pasos que se resumen dentro del Método Científico en la Observación,
Descripción, Hipótesis, Experimentación, Demostración o Refutación y
Contrastación, por lo tanto, al cumplirse estos requisitos se puede realizar un
peritaje o dar una opinión Pericial. En Colombia hay un Fenómeno que considero
es parte de la situación Forense planteada, y es si los conceptos son de
orientación, probabilidad, o certeza – está dentro del Código de Procedimiento
Penal – la pregunta a plantear es: ¿Cómo podemos aclarar esa situación
planteada para determinar estos tres aspectos?....
Mi labor
como perito implica realizar análisis de las diferentes situaciones presentadas
con relación de presuntas Victimas, Victimarios o situaciones particulares en
la comisión de un delito (análisis del lugar de los hechos), y dar un concepto
u opinión pericial para determinar aspectos de conductas o resultados de la
conductas que pueden generar una afectación a cualquiera de los involucrados
dentro de la misma situación.
Como
Perito Privado usualmente doy mi opinión sobre las pruebas que tiene la Fiscalía
de Colombia, lo que implica analizar Entrevistas Judiciales, Entrevistas
Forenses, Valoraciones Psicológicas, Valoraciones Forenses e inclusive testimonios
de las supuestas victimas y posibles victimarios.
En
muchas ocasiones he encontrado que se realizan entrevistas y estudios de la
conducta por parte de Psicólogos y se da una Impresión Diagnostica (Por ej:
Retardo mental leve) y con base en ello se determina que el menor fue abusado
sexualmente en incapacidad de resistir, a veces encuentro testimonios que “describen”
supuestos abusos sexuales y con solo la entrevista Psicológica o Forense se
determina que el menor fue abusado, ya que se considera que el mismo tiene
credibilidad en su relato; He encontrado que muchas veces esas opiniones no han
sido sustentadas con un estudio a fondo de la situación planteada ya que solo
se tienen informaciones parcializadas de los hechos.
Me
pregunto, ¿Uno como profesional puede determinar la incapacidad de resistir con
solo una impresión diagnostica sin corroborar por otros medios el supuesto
retardo leve observado a través de un examen mental?... Pues creo que es muy
aventurado hacerlo ya que la sola entrevista per se no seria suficiente para
determinar el retardo mental.
Les
coloco como referencia dos casos en los cuales sucedió esta situación; en los
dos se realizo una “impresión diagnostica” del supuesto retraso cognitivo, pero
no había un diagnostico que reflejara dicho trastorno en los menores – quiero aclara
que uno lo hizo una Psicóloga del ICBF y el otro un Psiquiatra Forense- yo
refute que la impresión diagnostica no determinaba la existencia del trastorno
y eso se controvirtió en las audiencias de Juicio Oral. Aduje entre otros que se debió aplicar las
pruebas psicométricas pertinentes para determinar el trastorno como era medir
el Coeficiente Intelectual y relacionarlo con el manejo de los menores de su
ambiente, etc., etc.,…… Bueno, además de otros aspectos. Como quien dice nunca
se corroboro científicamente el trastorno.
En mi condición
de Perito Privado tengo la oportunidad que se me dan los documentos y
evaluaciones, resultados, de todos los procedimientos que realiza la Fiscalía
para sustentar dichos argumentos y puedo además, entrevistar o evaluar a los
presuntos agresores, realizar entrevistas o valoraciones de personas que
conozcan a la supuesta victima y de los supuestos hechos y con todo ese
conjunto de información y resultados realizo mi opinión pericial según lo
requerido por la ley colombiana.
La ley colombiana
se basa en que las opiniones periciales deben darse bajo tres aspectos
fundamentales que son las siguientes: Opinión de Orientación Probabilidad o
Certeza.
De
acuerdo a mi experiencia como Perito Forense y mi labor como docente por muchos
años en esta área, podemos decir que si podemos dar opiniones de orientación,
probabilidad o de certeza. Pero hay que aclarar en la Audiencia cada una de las
opiniones. A continuación hare una breve descripción de cada uno de estos
aspectos.
Opinión de
Orientación: Es cuando un profesional da un concepto sobre alguna situación
planteada en una entrevista donde solo tiene una anamnesis y una sintomatología
general que le indican que puede tener determinada situación psicológica: En
este punto hay que aclarar que no aplica ninguna prueba psicológica o
contrastación real para comprobar dicha situación; a esto yo le llamo opinión
de orientación y en el ámbito forense se traduciría en decir “a mí me parece”,
“no he podido determinar dicha situación”, etc..
Opinión de
Probabilidad: La situación psicológica ha podido medirse de alguna
forma, por ejemplo, la utilización de pruebas que nos indican un posible
diagnostico o situación pero que no tenemos elementos suficientes o
contundentes para afirmar dicho diagnostico, ya sea por falta de información,
por tener información distorsionada o por lo increíble de la información dada
al profesional; Por ejemplo, los relatos de abuso sexual pueden estar
contaminados o ser creados y que la supuesta victima no tiene trastornos típicos
de ser abusada sexualmente.
Opinión de certeza:
En este punto, la certeza estaría dada por no solo la entrevista (observación),
sino la contrastación de la situación planteada con criterios validados
científicamente o con patrones reconocidos a través de investigaciones; en la
Psicología Clínica encontramos un Manual de Diagnostico reconocido como el
DSM-IV o el actual DSM-V, o el CIE-10; que nos indican que existen criterios
que nos dicen que tenemos la certeza del diagnostico o de nuestra opinión; si
partimos de esta premisa y realizamos entrevistas a familiares, a personas que
conozcan al entrevistado o en el campo forense de conocedores de un hecho; podríamos
corroborar nuestra hipótesis y a dar nuestra opinión de certeza.
A veces
he realizado valoración de acusados de abuso sexual en menores y he encontrado
que no tienen las características, o no cumplen los criterios de ser abusadores
sexuales conocidos o no cumplen los patrones conocidos o definidos en el
Manual DSM-IV en cuanto a la Pedofilia, así mismo, no presentan ninguna
conducta Social o en su entorno que indique dicha conducta de agresor; también
que no presentan factores o situaciones de trastorno Psicológico o de abuso
sexual, o de Maltrato o conflicto de pareja muy típicos de los agresores
sexuales; Así mismo, no se hallan diagnósticos sobre el Abuso o trastornos típicos
en las supuestas victimas.
Si esto
se plantea así, ¿podemos dar opiniones periciales de certeza, o solo de orientación
o probabilidad? … Pues claro que podemos dar opiniones o diagnósticos con
certeza pero esta opinión debe reunir los requisitos del rigor científico y técnico,
lo que no podemos es hacer Impresiones
diagnosticas aduciendo que me presenta rasgos de algo, o que le creemos al
menor con solo la versión de la supuesta victima, y presentarlos como una
certeza ya que esto conllevaría a inducir al error a los jueces y Fiscales y al
caso en particular, y muchas veces ver a una supuesta victima de abuso
sexual - …. ¡Que no lo es!, en victima
de un abuso ficticio… Para Reflexionar….
No hay
que olvidar que la Psicología Forense nace de la Psicología Clínica y también
de la Psicología Social y si conocemos los fenómenos subyacentes a la aparición
de la conducta trastornada, podemos determinar diagnósticos u opiniones
certeras. He escuchado algunos Psicólogos que pregonan que no se pueden dar
conceptos periciales con certeza, es preocupante esta posición, ya que le resta
credibilidad a la Psicología como ciencia ante los estrados Judiciales; si no
podemos hacer diagnósticos, conceptos o peritajes con certeza, ¿Cuál sería
la función del Psicólogo dentro del ámbito Clínico o Forense?... me pregunto: ¿La
Psicología Forense es diferente a la Psicología como Ciencia? …. o ¿La
Psicología es la Psicología?...
Como
vemos, no podemos especular con los Diagnósticos, o nuestras “impresiones” sin
al menos corroborar por algún medio dicho diagnostico…
La
Psicología es una Ciencia que puede auxiliar al Sistema Judicial de forma
científica y que puede realizar una labor equilibrada y seria para la
administración de Justicia.
Artículo
escrito por:
Ricardo
Alberto Suarez Castro
Psicólogo,
Perito Forense e Investigador Criminal
Director
Unidad Profesional Forense y de Peritazgo - MEDINET
Miembro
fundador Colegio Andino de Peritos e Investigadores Forenses
Correo
electrónico: investigacionescriminales@yahoo.com
Bogotá, Colombia.
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