En mi
experiencia Perito Forense especialmente en casos de abuso sexual (Llevo 10
años) he realizado cientos de pericias en abuso sexual y realmente ha sido un
trabajo enriquecedor bajo el punto de vista profesional y han servido para
aclarar diferentes casos en ese campo del ámbito penal; Mis conceptos han
servido para las decisiones de los tribunales de Justicia y hasta en la Corte
Suprema de Justicia de Colombia; Hay muchas formas de hacer Pericias en
Colombia, ya que al parecer cada Perito Psicólogo tiene su propia forma de
hacerlas y asi mismo, las Instituciones tienen su propia metodología que a
veces no es la adecuada.
En
Colombia hay dos formas básicas de Abuso Sexual en menores según el Código
Penal, que son los actos sexuales abusivos y el acceso carnal; como su nombre
lo indica en el primero se limita a tocamientos o acciones hechas con el menor
para placer erótico de posible victimario y el segundo es un acceso físico no
consentido con fines eróticos; podemos observar que bajo el punto de vista Psicológico
Forense el perito debe hacer un abordaje de la presunta víctima en términos de
secuelas o afectaciones de las mismas y pueden determinar si existen aspectos
conductuales o psicológicos de un abuso sexual o en términos simples deben
determinar si existe el abuso sexual bajo el punto de vista científico y en
este caso bajo el punto de vista Psicológico; Debe presentar su concepto de opinión
pericial (o sea lo que opina el perito con su conocimiento) y sustentar ello en
audiencia de juicio oral ante el juez que juzgara de acuerdo a su “sana critica”.
La
pregunta a plantearse es ¿Cómo aprecia un juez realmente una opinión pericial
de un psicólogo?..... Pues es una situación muy intrincada y de difícil claridad….
Tratare de colocar unos ejemplos para entenderlo.
En
estos días estuve en dos casos muy particulares y realice pericias en ambos
donde “determine” que de acuerdo a los análisis científicos y técnicos realizados
no encontraba evidencia Psicológica o alteraciones de un posible abuso sexual.
En
uno de los casos analice lo evaluado a la presunta víctima por tres Psicólogas
y de acuerdo a mi opinión pericial encontré que no existía ninguna evidencia de
abuso sexual dentro de los resultados de las profesionales – una de ellas Psicóloga
Forense de Medicina Legal- la juez me escucho sin interrupciones y hizo muchas
anotaciones sobre lo que yo argumente; Yo no valore o entreviste a la menor ya
que ya se había hecho y me base en lo encontrado dentro de las conclusiones de
las profesionales; en este caso se absolvió al acusado de forma absolutoria ya
que no había sino el dicho de la menor y “referencias” de un relato de abuso
sexual o tocamientos y la Fiscalía nunca comprobó el supuesto hecho. En el caso
presente otras pericias que determinaban el perfil Psicológico del acusado en términos
de que no era un Pedófilo. Se podría decir que la juez se basó en mi opinión pericial
ya que desestimo las de las demás Psicólogas.
En el
otro caso también presente un informe sobre el mismo tema donde una Psiquiatra
forense dio un informe sobre un presunto abuso sexual en términos de acciones
de tocamientos y donde dijo no haber evaluado al menor (tenía dos años) sino se
basó en la versión de la madre (que en audiencia se retractó y dijo que fue un
montaje en contra del acusado), y tampoco pudo evaluar el presunto abuso ya que
no había una versión concreta del mismo; yo intervine en la audiencia
expresando mi opinión pericial sobre que no encontraba evidencia de un abuso
sexual, y que considera que no había un abuso sexual; Se me pregunto que si tenía
certeza de que no había abuso y dije que tenía certeza de ello ya que no había evidencia
de que hubiese sucedido: En este caso la juez condeno y lo mas interesante en
que en la sentencia me cita de forma descalificadora diciendo que tuve la “osadia”
de haber dicho que con certeza que no existía un abuso sexual y dice que debe
ser “investigada” mi actitud y mi informe pericial.
Bueno,
como ven la misma afirmación tuvo efectos contrarios en las dos jueces, aunque
los casos son diferentes son similares sus características ya que en ninguno se
evaluó ”psicológicamente” a las víctimas y más bien, yo si evalué integralmente
el caso y evalué a los acusados e hice entrevistas para determinar el asunto.
Los
peritos somos objetivos e imparciales – hablo por mi solamente- y damos nuestra
opinión pericial; en el caso del cuestionamiento de la juez por decir sobre mi
certeza ella me pregunto ¿que si había evaluado al menor, yo le dije que no, y
cuestiono algo así, ¿como si no había evaluado al menor entonces porque decía que
no había sido abusado? ….. La juez fue muy agresiva conmigo en ese contexto y
no acepto mi opinión, pero bueno, son gajes de oficio… Lo interesante es que la
Psiquiatra tampoco evaluó al menor pero si le creyó..(¿?)…… ¡Que paradoja!
Me
pregunto ¿Los peritos no podemos dar nuestra opinión en términos de certeza?,
¿si yo soy un experto en abuso sexual no puedo dar mi opinión pericial?, ¿será
que los jueces son los que saben cómo se hace una valoración psicológica forense?
…. Son muchas preguntas en realidad, pero lo deja a uno pensando el asunto…
Los
jueces no aprecian de la misma forma las pericias debido a que median muchos
aspectos como su Actitud ante el tema, su religión o su posición frente a temas
como el abuso sexual…. En muchos de mis casos no se han tenido en cuenta en
primera instancia mi opinión, pero en los tribunales o en la Corte Suprema de
Justicia si se han tenido en cuenta…. Para reflexionar………..
Artículo
escrito por:
Ricardo
Alberto Suarez Castro
Psicólogo,
Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá,
Colombia
3 comentarios:
Dr. Una pregunta en temas de tocamientos indebidos en menores de edad (hechos realizados cuando tenia 8 años pero le "cuenta" a la madre cuando tenia 14) que pruebas periciales se deberian solicitar realizar a la supuesta agraviada y a los padres de esta si se tiene que el acusado niega los hechos y alega venganza por parte de los denunciantes.
Dr. Una pregunta en temas de tocamientos indebidos en menores de edad (hechos realizados cuando tenia 8 años pero le "cuenta" a la madre cuando tenia 14) que pruebas periciales se deberian solicitar realizar a la supuesta agraviada y a los padres de esta si se tiene que el acusado niega los hechos y alega venganza por parte de los denunciantes.
Los tocamientos indebidos no existen en realidad; existe el abuso sexual o actos sexuales abusivos con fines eróticos; Los relatos de niños que dicen haber sido "tocados" años atrás realmente no son validos y es solo una version sin ninguna credibilidad; usualmente son montajes y falsas alegaciones
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