Dentro del ámbito de la Pericia Forense, se encuentra uno muchas cosas que lo dejan a uno pensando de cómo solucionarlas, definitivamente no todo este dado en el mundo de lo Forense y de lo Jurídico, a veces yo pienso que van por el mismo camino y no precisamente cogidos de la mano, sino mas bien como de lejitos y haciéndose guiños, esos guiños a veces son solo eso, puras miradas para convencer, sin convencer….
miércoles, 4 de noviembre de 2020
¿Lo Jurídico lejos de lo Científico? Una reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.
El día de ayer me llamaron dos personas para que
les ayudara en un par de casos y me causo curiosidad ya que quienes me remitían
estos casos eran Psicólogas, una de ellas con especialización en Jurídica y la
otra de corte Clínico, me gustaron las remisiones ya que muy profesionalmente
le dijeron al cliente que ellas no podían asumir los casos ya que sabían que no
tenían experiencia en este tipos de procesos, como son los de actos sexuales
abusivos con menor de 14 años, independientemente de todo hable fue con los
clientes que necesitan mis servicios y yo les dije en que podía colaborarles y
la verdad quede pensativo con una de las solicitudes, ya que encontré una serie
de irregularidades que habría que analizarlo adecuadamente.
A grandes rasgos el Abogado del acusado le
dijo a mi cliente que la Psicóloga de la Fiscalía (no hay función de Psicología
en la Fiscalía) le había dicho que el hecho había sucedido de acuerdo a una evaluación
que ella había realizado y que si no se declaraba culpable le aumentaban la
pena o algo así, dijo así mismo, que si no se declaraba culpable había que
contratar una Psicóloga para determinar si eso era cierto… Para pensar…!
Sin entrar a discutir sobre la función de los Psicólogos
en General y su función en un proceso, creo que la situación planteada en el
campo jurídico y lo científico esta muy alejado en Colombia, en el caso
planteado los Psicólogos de la Fiscalía no son los que determinan la ocurrencia
del hecho y de por sí, tampoco ningún Psicólogo lo puede hacer, solo lo puede
decidir los jueces teniendo en cuenta las pruebas allegadas al mismo; he visto
muchas solicitudes de abogados que son descabelladas y que no se pueden hacer, también
he visto conceptos de jueces y magistrados que están fuera de la realidad científica
y hasta jurídica.
Hace pocos días tuve una audiencia donde el
Juez me resulto “evaluando” como Psicólogo y sin mediar palabra cogió el DSM5
para preguntarme sobre ese libro, me dijo que la Psicología había nacido
primero que yo, me comparo con otros Psicólogos y en general trato de decir que
la Psicología no era una Ciencia y que yo podía estar equivocado con mis
conceptos científicos, bueno, esto según el…
Ya estoy aburrido que me pregunten si la Psicología
es una ciencia exacta, que si mi concepto es científico, que se Freud dijo,
esto o aquello o que dijo Vicente Garrido o el Colegio Colombiano de Psicólogos
sobre un tópico en especial, la Psicología es una Ciencia, utiliza el Método científico
y mientras se utilice el conocimiento aceptado por la comunidad científica (nosotros
los psicólogos) es valido el asunto, los conceptos científicos son lo que rigen
el mundo y especialmente la conducta humana, es conocimiento puede cambiar
debido a muchos factores sociales, ambientales, culturales, etc., pero ese
conocimiento sigue valido hasta que no haya otro concepto, teoría que explique
mejor una conducta de un individuo, todos los Psicólogos tenemos la formación que
se requiere para ejercer nuestra profesión y nadie nos puede evaluar en ese
sentido, para eso tenemos un estudio y nos dieron un grado, ni siquiera COLPSIC,
puede evaluar a ningún Psicólogo, ni decirle como debe hacer un procedimiento, evaluación
o cualquier acto dentro del ejercicio de su profesión, otra cosa es que el
Profesional cometa que va contra la ETICA y el adecuado ejercicio de la profesión,
pero estos actos dolosos de mala conducta son diferentes a los dados por el
ejercicio propio de la profesión y serian investigados no por COLPSIC, sino por
el tribunal de Bioética que fue creado con base en la ley 1090 de 2006 y no por
los estatutos de COLPSIC.
Volviendo al tema de lo Jurídico y a lo Científico,
se da uno cuenta que los conceptos Jurídicos a veces van en contravía de los
conceptos científicos y coloco un ejemplo que se me plantea a menudo y es, yo
considero que todo abusador de niños menores de 12 años son Pedófilos, ya que según
el DSM5 (Manual de Trastornos Mentales)considera que la Pedofilia se caracteriza
por la atracción sexual en menores de edad, especialmente menores de 12 años y
Medicina Legal en sus conceptos Científicos dice que el Abuso Sexual se da
cuando un individuo mayor tiene satisfacción erótica con un menor de edad o sea
que es un individuo que le gustan los niños en términos de deseos sexuales, no
se cómo más explicarlo, además es muy simple el concepto, partiendo de esa base
yo realizo una valoración del acusado en términos científicos observando si
tiene ese gusto por los infantes a nivel erótico y de acuerdo a los criterios
dados por el DSM5 encuentro que no le gustan los niños y menos se satisface con
ellos eróticamente, entonces por lógica no es Abusador Sexual, sin embargo,
para los Fiscales, Jueces y Magistrados les es difícil entender este concepto y
muchas veces omiten esta pericia en sus decisiones ya que no creen en mi
argumento.
Aquí no estoy diciendo nada nuevo en cuanto a
la conducta Pedofílica, no me la invente yo, no es un nuevo concepto, no es una
teoría sin comprobar, en fin, es un concepto sencillo avalado por la Ciencia,
entonces ¿porque para los jueces no es válido? …
Coloquemos otro ejemplo y es el del delito de
Feminicidio, Jurídicamente se está tomando en delitos donde se asesina a la
mujer por parte de su pareja por diferentes factores especialmente pasionales y
de acuerdo con los conceptos que conozco en el ámbito de la Psicología Social y
la misma definición o etimología de la palabra es un acto que se realiza en
contra de la mujer, por el hecho de su condición de mujer, o sea, que odia a
las mujeres, que les tiene aversión, o que considera a las mujeres son
inferiores y demás y no porque tenga celos o simplemente sea su pareja y
termine asesinándola, para mi concepto esto es un homicidio que puede ser con
agravantes y demás, pero nunca un Feminicidio …
Ahora hablemos por ejemplo de la discriminación,
este concepto hasta en las redes sociales se habla con frecuencia y jurídicamente
de este tema y la Ley 1482 de 2011 consagra lo que es discriminación y se
fundamenta en la protección de los derechos de las personas, comunidades o
razas o pueblos que pueden ser vulnerados por actos de racismo o discriminación,
así mismo la Corte Constitucional en la sentencia T-1090 de 2005 dice que la discriminación
como “un acto arbitrario dirigido a perjudicar a una persona o grupo de
personas con base principalmente en estereotipos o perjuicios sociales, por lo
general ajenos a la voluntad del individuo, como son el sexo, la raza, el
origen nacional o familiar, o por razones irrelevantes para hacerse acreedor de
un perjuicio o beneficio como la lengua, la religión o la opinión política o filosófica”,
y resulta que dentro del ámbito de la Psicología Social se difiere en algunas
cosas ya que el concepto de Discriminación son las acciones dirigidas para
afectar a ciertos grupos (no individuos) por razones de su raza, sexo, religión,
ideología, etc., como quien dice se habla de grupos que se forman para afectar
otros grupos por alguna de la anteriores razones, uno de los casos de Discriminación
más grande es el Apartheid en Suráfrica, o el famoso Ku Klus Klan en Norteamérica
o los Neonazis en algunas partes del mundo, si vemos la realidad en Colombia no
conozco grupos formados expresamente para afectar a otros grupos como los
anteriores citados, aquí cabe determinar que se está confundiendo el termino Discriminación
(Actos) con el Prejuicio (actitudes) frente a ciertas personas por su raza u
otro motivo; para colocar un ejemplo sencillo, hace unos días la Alcaldesa de Bogotá
dijo a los medios que “se debían deportar a los venezolanos que cometen delitos
en Colombia”, a mí me parece que tiene razón en que se haga esto, ya que es un
mecanismo normal para su expulsión del País, sin embargo, todo el mundo le dijo
Xenofóbica, que estaba discriminando, etc., y eso no es así, el termino xenofóbico,
inclusive no existe técnicamente ya que se confunde con un concepto psicológico
que es la Fobia y la cual se define como un temor intenso, aunque el termino Psicológico
difiere del sentido de la palabra que conocemos, se ha aceptado como también el
odio o aversión que se tiene a una cultura o Pueblo, y esto esta relacionado
con la Xenofilia que es la admiración por la cultura y demás de otros pueblos o
razas, en fin, se difiere en los conceptos de alguna u otra forma.
La verdad, a veces creemos que los conceptos científicos,
especialmente de la Psicología, son afines a los Jurídicos, sin embargo, en la
realidad no es así, a mí me impacta muchísimo que los Fiscales, Jueces,
Magistrados en sus sentencias, sin que se haya discutido esto en las audiencias
por psicólogos, determinen que es lo correcto o que no lo es en un concepto científico
y traen a colación en sus sentencias autores sacados de internet o ciertos
textos científicos para sustentar sus decisiones, cuando no les corresponde a
ellos darles la validez científica del concepto, sino que corresponde a los peritos
que argumentan en la audiencia de juicio oral su posición científica; Ni
siquiera el Colegio Colombiano de Psicólogos puede determinar que es científico
o no, ya que se supone que lo que diga el Psicólogo tiene una base científica y
en la Psicología hay diferentes escuelas, enfoques que difieren en su
contenido.
No entiendo con esto porque las cortes o los
tribunales “deciden” que es lo científico en una sentencia, o porque omiten un
concepto de un Perito, simplemente porque leyeron otra posición en un libro y
consideran que es lo correcto. Creo que aquí cabe el dicho popular que reza así:
“Zapatero a tus zapatos”. Tengo que decir que no solo estos términos son los únicos,
también hay otros como la alienación parental, la identidad de Género, etc., que
son discutibles en los estrados judiciales
El conocimiento es universal y no se suscribe solo
a las reglas de la sociedad, sino a principios científicos que deben ser
argumentados de forma sencilla para la comprensión de un tema en especifico y
en el campo forense se da para dar una Opinión Pericial de forma objetiva e
imparcial.
Para reflexionar …
Articulo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense.
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