domingo, 20 de diciembre de 2020

El Derecho Fundamental de las Personas a ser manipuladas. Un análisis. Ricardo Alberto Suarez Castro Perito Forense.

 


Este año es prolifero en situaciones particulares en cuanto lo que denominamos el control de las poblaciones, mucha gente considera que no hay un control mundial, pero se evidencia que si existe una especie de control del comportamiento humano en nuestros tiempos, y hare un análisis de la situación.

Empecemos por el Corona Virus, desde que empezó en China se realizó una cruzada Mundial para controlar la población con la “intención” de controlar un virus que técnicamente y humanamente no se puede controlar, no solo porque no se puede aislar a las personas de forma indefinida, sino por la Globalización que existe en el planeta y que genera millones de contactos diarios que pueden generar propagación de cualquier virus, sin embargo y según la OMS, OPS y demás Instituciones y gobiernos de Europa especialmente, decidieron aislar a la población en sus casas y decirles que si no lo hacían iban a morir; a casi un año de esa situación, esa táctica no ha servido para nada (algunos dirán que si para justificar esas decisiones), ya que el virus existe en la mayor parte de mundo y es incontrolable la propagación, así de sencillo, nos dijeron que no salieramos, que no saludáramos, que no trabajáramos, que no estudiaramos, que las transacciones no se hicieran sino por tarjetas de crédito o los Bancos virtualmente, también nos dijeron que no hiciéramos deporte, que no fuéramos a actividades recreacionales, deportivas, que no celebremos la Navidad, el Año Nuevo, en fin, que nos dejemos morir escondidos en nuestras casas, gracias a la depresión, Ansiedad, el estrés y la falta de actividad Social y Mental.

Si hacemos de nuevo un análisis, vemos que no se ha erradicado el virus, que no hay una vacuna efectiva, que el confinamiento no sirvió, que el distanciamiento selectivo tampoco, que la gente no se va a aislar indefinidamente y que a la final, todos estamos expuestos al virus y podemos morir eventualmente por el COVID 19.

Mi opinión sobre el asunto es que se manejado muy mal la dichosa crisis sanitaria, se ha tratado de controlar a la población de forma inadecuada para evitar lo inevitable, si se hubiese hecho cuarentena a las personas contagiadas desde el principio, seguramente el numero de contagiados hubiese sido menor, pero no, los mandaron a la casa a que contagiara a sus familiares y vecinos, esto contrariando los cánones de Manejo de estos virus dados por la misma OMS que dice que se debe hacer lo llamada prevención Primaria (esta en la página de ellos), pero bueno lo hicieron al revés, los contagiados al lado de la población no contagiada. Para la mayoría fue una adecuada decisión lo del confinamiento y están muy contentos con el resultado por lo visto, los que no se han contagiado dirán que se salvaron gracias a eso y los que no han muerto, dirán que también se salvaron gracias a Duque, Claudia López, la OMS, a Dios, a los pastores o curas religiosos, a los lideres del mundo, en fin, ahora debemos al parecer la salvación del mundo a las farmacéuticas que nos darán el maná de la salvación o vacuna que llaman.

Bueno, como mi intención no es analizar solo el cuento del virus, sino el derecho de las personas a dejarse manipular, he visto con total atención en las redes sociales gran información de youtuber, líderes religiosos, líderes políticos, líderes sociales, lideres étnicos, lideres económicos, entre otros,  que piensan que lo que dicen es lo cierto y que manipulan a la población de diferentes formas para conseguir sus fines de poder de forma directa o soterrada a través de controles de la conducta de la Población, mucha gente sin saberlo siguen y apoyan estas políticas o decisiones y creen que es lo mejor para si mismos y la población en general, seguramente mis lectores no son parte de esa población, pero he visto que muchas personas con estudios superiores defienden causas políticas sin sentido y crean como una especie de grupos donde defienden a capa y espada de un líder que no les brinda absolutamente nada en realidad.

En el Ámbito de la Psicología Social se encuentran muchas explicaciones científicas (aunque muchos no lo crean la Psicología es una Ciencia) sobre el control de las personas y los Fenómenos Sociales o Psicosociales subyacentes, así mismo, la misma Psicología del Consumidor, da muchas estrategias de como “convencer” a la gente para el consumismo de productos en general, en la primera se puede hablar de los tipos de estrategias o poderes que se pueden usar para manipular a la gente y que cambien su comportamiento social, estos poderes son, el poder coercitivo, el poder de información, el poder de recompensa, el poder del conocimiento, el poder legítimo y el poder de referencia, estos poderes usados de forma estratégica sirven para controlar las poblaciones de forma impresionante. Así mismo, dentro del Ámbito de la Psicología del Consumidor, se encuentran muchas formas de “manipular” la conducta de la población en cuanto a sus hábitos de consumo, puede ser a través del mercadeo o de la publicidad.

Como vemos, estamos supeditados a un control mundial de la población, no quiero decir nombres, pero es evidente que hay “lideres” políticos, militares, sociales, étnicos, religiosos y de diferente índole que imponen sus “pensamientos” de acuerdo con sus necesidades de poder.

He visto así mismo, que muchos líderes o gobernantes solo hablan sandeces y realizan promesas que no cumplen, e inclusive que ellos mismos incumplen y después salen a decir que los perdonen y la gente los disculpa, los perdona y no ha pasado nada, en verdad es para ponerse a pensar.

Como digo en el encabezado, todos tenemos el derecho a elegir quien nos manipula, así como tenemos el derecho a trabajar, a la salud, a la libre expresión, tenemos el derecho a creer, así esa creencia nos lleve a la destrucción o al caos.

En estos días hable con un Medico que esta trabajando en una UCI y me dio que la situación estaba grave en ellas, pero que no era porque la gente era indisciplinada e iba a reuniones sociales y demás, sino porque la gente no ha aprendido a tener precauciones reales para evitar el contagio, así mismo, me comento que el problema no es el contagio, sino la falta de sitios donde atender la población con el COVID 19, y que realmente la relación entre ocupación UCI vs Confinamiento no tiene sentido ni epidemiológico, ni científico. La propagación del virus no se da por ocupación de UCIs.

Si lo vemos de esta forma, en Bogotá se permite que la gente vaya en buses llenos, pero que no pueden entrar en un almacén sino dos o tres personas, o que la alcaldesa pone números aleatorios de personas que se pueden reunir, antes eran 49, pero como las UCIs están llenas, hay que bajarle a 10, es lo más ridículo que he visto en el manejo de la prevención de enfermedades, esto lo he dicho en varias ocasiones, sin embargo la gente me ha criticado por decir o supuestamente “minimizar” la situación.

Me acuerdo de que al principio de la Pandemia en Colombia una Psicóloga me dijo muy seriamente que iban a conformar un grupo para impedir la propagación del virus y que era necesario que la gente se quedara en casa (trabaja con el gobierno), y mire los resultados, cada vez hay más contagiados (la lógica estadística) y mas muertes (normal en una epidemia).

La información dada por gobernantes, lideres de cualquier tipo, Instituciones y especialmente de medios de comunicación, no necesariamente es la verdad absoluta o ni siquiera parcial

Hoy un amigo me puso un mensaje que me decía “Hola Richard, nos van a volver a encerrar para Navidad y Fin de Año”, le dije que por que decía eso y me respondió “lo escuché en las noticias de Caracol”, la verdad, sin comentarios.

El día de hoy habrá muchas personas en sus fincas, casas campestres, hoteles, playas, en fin, gozando de las fiestas de fin de año, porque tienen medios económicos para hacerlo, pero también habrá muchas personas que dependen del día a día para sobrevivir y no pueden confinarse indefinidamente, estamos en el caos económico mas grave de los últimos tiempos y no por culpa de la pandemia, sino del manejo negligente de la misma.

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Ricardo Alberto Suarez Castro

Perito Forense.

miércoles, 16 de diciembre de 2020

Álvaro Uribe ¿Un Genocida y Dictador? Un Análisis Forense. Perfilador Criminal Ricardo Alberto Suarez Castro.

Hace unos días leí una noticia sobre la muerte de un opositor del régimen de Irán, el cual fue ejecutado por orden del gobierno, me imagino que simplemente pensar diferente; coloque la noticia en Facebook y en mi WhatsApp, comente sobre el particular diciendo que esperaba que eso no llegara a suceder en nuestro País Colombia, ya que seria desastroso para nuestra sociedad, dentro de las respuestas que recibí, hubo una que me dejo sorprendido especialmente de quien provenía, un profesional que ha trabajado como contratista del Estado y que conoce bien la situación del País, sin embargo, me respondió “que en Colombia sucedía lo mismo y que éramos un país dictatorial donde Álvaro Uribe mandaba matar o ejecutar a sus opositores y que por ende el era un Genocida y dictador”, yo le dije que quería hacer un perfil de Uribe y me dijo que encontraría esa información en la JEP (que lo estaban investigando por ello), en algunas ONGs y en el Centro de Memoria Histórica creado hace unos pocos años, me di a la tarea de averiguar si eso era cierto y me encontré que nada de eso es verdad y que mi amigo debe presentar una percepción muy errada de Uribe.

Yo le comenté que dudaba que Uribe mandara a matar a sus opositores y que tuviera esa conducta como persona, sin embargo lo comparo con Hitler y con la matanza de los Judíos, pues bien, quiero analizar un poco sobre el tema y lo veré desde el punto de vista de la Perfilación Criminal.

Si tomamos el termino sencillo de dictador, se podría decir que es la persona que ostenta un poder absoluto y no esta supeditado a ninguna ley e impone su criterio a una población sometida y el genocida es una persona que comete actos de matar o asesinar a grupos de personas con el objeto de destruirlas por razones políticas, religiosas, sociales o étnicas especialmente, si juntamos estos dos conceptos con relación a Colombia y a Uribe, dudo que se aplique en nuestro medio.

En primera instancia, Colombia es un país democrático, donde existe una Constitución y unas leyes y normas que nos rigen y las personas podemos participar en los procesos democráticos y desde que me conozco no hemos tenido un dictador con poderes absolutos que rijan al Estado, si bien es cierto que ha habido violencia generalizada entre grupos políticos, no se puede hablar de poderes dictatoriales por algún grupo o persona sobre los otros grupos políticos o de otro orden.

En segunda instancia, Uribe fue elegido por voto democrático para presidente de Colombia y ejerció sus funciones de acuerdo a las normas establecidas para ello, esto quiere decir que había un poder ejecutivo, otro legislativo y otro Judicial que trabajaban mancomunadamente, ahora bien, si bien es cierto, que hubo asesinatos de personas, masacres, violencia a varios niveles en su mandato, eso es derivado de una Violencia que viene de vieja data, dada por diferentes grupos al margen del régimen establecido por el estado colombiano y se intervino para que prevaleciera la constitucionalidad, no quiere decir que este señor fuera un genocida y que diera la orden de matar a sus opositores o que destruyera algún grupo social o político como parte de sus poderes como presidente.

Dentro de mi investigación sobre si en la JEP (Justicia especial para la Paz), o en las ONGs, o en el Centro de Memoria Histórica hubiese información sobre actos cometidos por orden de Uribe para acabar con algún grupo en particular, la verdad no encontré ninguno, siendo objetivos la única investigación que se conoce es sobre que manipulo algunos testigos, pero de ahí en adelante, los que dicen que tiene cientos de investigaciones por falsos positivos, que es un paramilitar, que es un delincuente, etc., hay mucho trecho.

Los dictadores en general tienen un Perfil Criminal muy particular que refleja particularmente una personalidad Antisocial o Psicopática si se quiere decir, tienen poder absoluto y se perpetúan en el poder por encima de todo usando todos los medios para hacerlo y en este caso no veo que Uribe tenga ese perfil.

A veces hago comentarios en las redes sociales sobre el tema y es curioso, me han llamado Paraco, Uribestia y muchas cosas más, donde observo que la gente tiene una percepción errónea o distorsionada de la realidad tanto de muchos actores de la política nacional como de la violencia misma; observo también que las personas “defienden” a personajes que si son delincuentes o han cometido actos graves de violencia, como si fueran héroes, sin ir más allá personajes como Gustavo Petro (Guerrillero indultado), guerrilleros reinsertados, Pablo Escobar, y docenas de personajes que si cumplen con los requisitos de ser delincuentes natos y que crean desazón en la sociedad.

Hay personajes dedicados a crear Conspiraciones, a crear caos, violencia y demás, con el objeto de llegar al poder y desafortunadamente tienen muchos seguidores que secundan sus actos y esto amerita analizarlo a profundidad, aquí en Colombia hay mucha corrupción, se validan los actos de violencia y algo mas grave todavía y es que se señala a muchas personas de delitos graves sin tener ninguna prueba, investigación verdadera o información valida para señalarlos.

En mi devenir como Perito Forense he visto muchas falsas alegaciones o denuncias, muchos falsos positivos de diferentes Instituciones, he visto como se señala a los diferentes grupos o personas de cosas que no hacen, aquí se vulneran los derechos fundamentales de la gente sin que pase nada, pero eso sí, los que deben tienen una característica y es que señala a su opositor o contradictor de lo peor y lo hace en las redes sociales, esto esta enmarcado en lo que se denomina en la Psicología Social, la Teoría del Rumor y los que reciben la información distorsionada están enmarcados en lo llamado en la Teoría de la Atribución.

Pienso que hay mucha gente que tiene algo llamado el Pensamiento Distorsionado, el cual desvirtúa la realidad, pero que la persona cree que es verdad, así mismo, hay mucha actitud discriminatoria y de prejuicio que hace que veamos la realidad muy alejada de la misma realidad.

Nota: Quiero decir que soy apolítico, no sigo ningún líder, no creo en Dios, solo me guio por la Ciencia y mis valores como persona y el respeto hacia los Derechos Fundamentales de los demás.

Artículo escrito por:  

Ricardo Alberto Suarez Castro

Perfilador Criminal.


martes, 8 de diciembre de 2020

Psicólogos Forenses en Colombia, ¿No usan los Protocolos Forenses de Colombia? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.

 

En estos días he estado un poco ajetreado con algunos casos que he asesorado o he dado mi Opinión Pericial, especialmente sobre Informes Psicológicos de tanto Funcionarios de Instituciones del Estado, como de particulares  y en verdad he visto una constante y es que dichos Psicólogos no usan los protocolos de Medicina Legal y los Procedimientos para la presentación de informes periciales que exige el Código de Procedimiento Penal (CPP), sin entrar en discusiones sobre el tema, entrare a analizar dicho fenómeno que esta dejando en entredicho la Psicología Forense en nuestro Sistema Penal Acusatorio y en general en el ámbito Forense.

He encontrado informes que tienen un formato interesante, donde al parecer los profesionales “describen” con lujo de detalles entrevistas, procedimientos, tablas de puntuación de pruebas psicométricas, listas de chequeo, relatos, recomendaciones, conclusiones, en fin, una multitud de información que se allega a un “expediente” de docenas de folios y son tenidos como parte de la base de Opinión Pericial dentro de un proceso; esta multitud de información al parecer es la base de la opinión del profesional y demuestra que su peritaje esta argumentado adecuadamente ante la Ciencia o en lo Científico.

De acuerdo con lo que puedo observar, esto no cumple, ni los protocolos de Medicina Legal, ni los procedimientos de presentación de informes Periciales del CPP (articulo 415), en muchos casos son solo informes clínicos particulares o Institucionales que no reflejan la esencia de lo requerido en el Ámbito Forense.

Para ilustrar esto quiero colocar un par de Ejemplos que nos pueden dar luz de lo que yo percibo; el primero es la Entrevista y Valoración Psicológica que realiza el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) en casos de Violencia Intrafamiliar, Abuso Sexual o Maltrato Infantil, entre otras, ellos al parecer se rigen por un procedimiento NO forense para realizar unas valoraciones con un grupo de profesionales para lo denominado el “Restablecimiento de Derechos”  y hacen dicha Valoración Integral como si la persona fuese una víctima, sin investigar realmente si es cierto lo dicho por la supuesta victima y dan un concepto; el segundo ejemplo, son las entrevistas de CAIVAS o CTI, que le realizan los Psicólogos o Funcionarios de Policía Judicial a las supuestas victimas y se toman como parte de un proceso de Validación de un relato o testimonio y que al parecer es parte de una valoración Psicológica o para determinar credibilidad del testimonio, esto presentado en el juicio como parte de un testigo de referencia.

En el análisis que yo hago de los Informes (No los refuto en ningún momento) encuentro que hacen descripciones de la conducta de las supuestas victimas y apreciaciones sobre lo que les paso a dichas víctimas, pero que no son parte de una Valoración Forense en realidad, y si eso fuese así por solicitud de la Fiscalía, no usan los Protocolos o Procedimientos de Medicina Legal, que es la única Institución en Colombia que rige oficialmente el tema Forense en el País.

Mi pregunta, entonces es: ¿Si no se rigen por los Protocolos Forenses son Peritajes Forenses?, o, ¿Si no se rigen por los procedimientos del articulo 415, son base de Opinión Pericial?, pues no, ninguno de los dos, ya que lo que hicieron realmente son entrevistas Forenses y/o Judiciales y si al caso son Valoraciones Psicológicas Clínicas que no determinan ni la Violencia Intrafamiliar, ni el Maltrato, ni menos un Abuso Sexual, para ello se deben cumplir algunos procedimientos de manejo Forense para poder dictaminar cualquier situación de Abuso, a través de una Valoración que sea coherente con lo que le sucedió en realidad.

Voy a colocar un caso de presunto abuso sexual a varias menores que fue fallado en la última semana por un juez de provincia, donde no se presentaron a las menores al juicio, no se realizó ninguna investigación por parte de la Fiscalía en realidad (al parecer solo ubicó la casa donde pudo haber sucedido el hecho), llevo a una Medica no Forense a declarar al parecer sobre unas lesiones en los genitales de la menores, se llevo a una Psicóloga del ICBF para declarar la recepción de los testimonios, y a dos Funcionarios del CTI que “recepcionaron los testimonios” y eso fue suficiente para que el Juez condenara a 12 años de prisión al acusado aduciendo que estaba suficientemente probado, más allá de toda duda el hecho punible. Hasta aquí al parecer todo puede estar probado según el Juez, sin embargo, yo soy el Perito de la defensa, realicé entrevistas y Valoraciones Forenses, análisis de cada una de “pruebas” de la Fiscalía y di mi Opinión Pericial con respecto al caso y yo encontré que el acusado no tenia ese tipo de conductas, que no había relatos de abuso sexual comprobados y en fin que no existían indicadores del Abuso por parte del acusado.

El Juez les da credibilidad a los funcionarios del Estado, aduciendo que hicieron bien su trabajo, pero lo curioso aquí, es que la defensa, nunca tuvo las grabaciones de las entrevistas (no se entregaron dichas grabaciones), no fueron las menores al juicio, no hubo Valoraciones Forenses, y a la final lo que dijo fue que ¡yo no pude comprobar que el hecho no había sucedido!, cuando no me corresponde como Perito hacerlo, y que la carga de la prueba esta en manos de la Fiscalía y no de la Defensa; durante todo el sentido de fallo el juez se dedico a quitarme credibilidad y adicionalmente a cuestionarme como profesional científico, en su “disertación” hablo de la ciencia según Bunge, y cito a varios científicos de la Psicología descalificando mi intervención, esto es interesante ya que, el debe respetar mi opinión pericial, ya que fui el único perito acreditado en el Juicio y nadie me refuto (otro perito) lo que yo dije; inclusive el defensor de victimas dijo que mis procedimientos no eran adecuados, ya que había entrevistado familiares del acusado para obtener la información sobre el caso.

Ahora bien, sin entrar en discusiones polémicas; una valoración o entrevista realizada por un funcionario del Estado sin idoneidad Forense y sin presentar una base de Opinión Pericial de acuerdo con las normas vigentes en este ámbito, ¿es mas Valida que mi Opinión Pericial, teniendo en cuenta todos los Protocolos vigentes y procedimientos del CPP?, pues, ustedes mis lectores, sacaran su propia opinión. Lo mas curioso es que el mismo Juez dijo en la sentencia que ellos no contaban con expertos para evaluar el abuso, pero que eso no era óbice para que lo declarara culpable y que creyera en los funcionarios del estado….

Nota: En los informes Psicológicos que yo analizo, encuentro menciones de procedimientos y protocolos de España, Chile, México y de sus normas, pero muy poco sobre los Protocolos y Procedimientos de Colombia, muchas de las especializaciones o formaciones de Psicología Forense provienen de esos contextos y no de Colombia. Quiero aclarar que sido acreditado como Perito en docenas de casos Penales, Civiles, Administrativos y otros desde el año 2005 y tengo un conocimiento amplio en el ámbito Forense.

¡Para reflexionar…!

Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro

Perito Forense.


jueves, 26 de noviembre de 2020

El Secreto Profesional en Psicología en el Ámbito Forense. Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.

Hace unos días estuve en una Audiencia de reparación de victimas de un caso de un accidente de transito y llevaron a una Psicóloga, la cual llevo un informe pericial de una familiar de una victima de dicho accidente, dentro del desarrollo de la Audiencia le preguntaron a dicha profesional sobre el informe Pericial y dentro de esas preguntas le solicitaron que mostrara las respuestas a los test o pruebas de lo que había dicho la señora, entre ellas hubo una pregunta que me dejo pensativo y fue si había grabado las entrevistas o sesiones con la clienta, ella dijo que no, y el Juez siguió preguntando por cosas muy puntuales sobre lo que dijo la señora o como se sentía; en algún momento de la audiencia el Juez dijo que en estas Audiencias no existe la reserva del Secreto Profesional y que por lo tanto debía responder a todas las preguntas que se le hiciesen, ante eso quiero hacer una reflexión al respecto.

En anteriores ocasiones he tenido esa misma situación en casos de Violencia Intrafamiliar o Abuso Sexual y he tenido que mantenerme firme sobre el tema, recuerdo que hace unos meses una Juez me dijo que si no revelaba el Secreto Profesional no iba a tener en cuenta mi informe Pericial, y en serio que no lo tuvo en cuenta y condeno al acusado.

Me hago una pregunta y es ¿El Psicólogo (a), debe revelar el secreto Profesional?, pues yo mismo lo responderé, NO, el Psicólogo (a) no debe hacerlo, principalmente porque el articulo 74 de la Constitución Nacional de Colombia dice claramente que el Secreto Profesional NO puede ser revelado, adicionalmente en la ley 1090 de 2006 sobre el ejercicio Profesional de la Psicología, en sus artículos 2º. Numeral 5 sobre la confidencialidad; articulo 9º. Literal F guardar el Secreto Profesional; articulo 23, deber de guardar el Secreto Profesional; Articulo 25, sobre la información obtenida en un procedimiento no puede ser revelada a otros, aunque en este articulo hay una excepción en el literal b, esta excepción dice que cuando las autoridades lo soliciten, la información dada debe ser la estrictamente la necesaria; articulo 26 habla que las Instituciones u organizaciones que soliciten informes periciales deben estar sujeta a la confidencialidad de las mismas y no pueden difundirse por ningún otro medio.

De acuerdo con lo anterior ¿Se debe revelar el Secreto Profesional?, pues NO, esta muy claro el asunto, no hay razones ni jurídicas, ni de ninguna norma administrativa o de otro tipo; Ningún me ha dado razones para revelar el Secreto Profesional en una Audiencia y no lo he hecho a pesar de las presiones para hacerlo, pero veo que muchos de mis colegas si lo hacen y me parece grave la situación.

En el ámbito Forense me hacen solicitudes de Valoraciones de Victimas, de acusados, recojo información de familiares, conocidos del acusado que me sirven para realizar mis Pericias y con esta información llego a realizar mi Opinión Pericial, la cual la traduzco en un informe Pericial, que de acuerdo a las normas del Código de Procedimiento Penal se llama Base de Opinión Pericial, consagrado en el articulo 415 y dice claramente que debo entregar un resumen de mi pericia y que debo sustentar dicha opinión en una Audiencia oral; según mi entender y por simple lógica, no debo allegar mis escritos de la entrevista, no la debo grabar y menos entregar lo que me dijeron en las entrevistas que debo realizar a la Fiscalía o al juez para que las conozca, ya que esa información no es objeto de debate en ningún caso que yo tengo en ese ámbito.

Ahora bien, ¿si yo revelo el secreto profesional que pasaría?, pues sería grave y contra producente, ya que puedo estar incurso en una falta a la Ética, y más allá de eso, la información que yo de del acusado puede ser usada en su contra y vulnerar los derechos a guardar silencio, al debido proceso, entre otros derechos, así mismo pondría en riesgo el proceso ya que tendría que decir lo que me dijeron las diferentes personas en forma confidencial, o sea que, tendría muchos problemas éticos y hasta penales.

Yo al realizar un procedimiento, siempre debo pedir el consentimiento informado y les informo sobre la confidencialidad de la información que no será revelada, así mismo, les advierto que no será ventilada esa información de forma directa en una audiencia y que mi fin es hacer una valoración, perfil, concepto, peritaje, informe o resultado que esta consagrado en el articulo 3º. Literal m, de la ley 1090 de 2006, quiere decir que lo que prevalece es mi opinión pericial sobre la información y no la información, per se.

Los Fiscales y Jueces que revele lo contenido en las entrevistas, sin embargo, no lo hago, no hay razones, los fiscales y demás dicen que deben conocer esa información para ellos evaluarla, pero yo me pregunto ¿un juez debe “juzgar” la información?, ¿Cuál es el objetivo?, ¿ellos actúan como Psicólogos?, ¿ellos “deben” evaluar al Perito?, pues pareciera que quisieran hacer eso y esto no corresponde a la realidad, eso no pueden hacer ellos.

He encontrado que no se conoce la ley 1090 de 2006 por ningún operador de Justicia y eso porque los mismos Psicólogos, o no la conocen, o no se rigen por ella, o en su defecto no sustentan los argumentos para hablar sobre el tema. He encontrado “Informes Periciales” de hasta 60 folios, la verdad que no entiendo como un resumen de opinión pericial pueda tener tantos folios, pues yo diría que no es un resumen, sino un historial, y eso no es lo solicitado para entregar en la Audiencia, ni como base de Opinión Pericial. Adicionalmente a lo anterior dentro de la información dada por el Psicólogo sobre procedimiento, entregan una trascripción de lo que dijo la menor o la supuesta víctima, cuando en realidad no se debe hacer, preocupante el asunto.

Ustedes se preguntarán, ¿Por qué los Psicólogos (as) del ICBF, CAIVAS, CTI, Comisarias, transcriben la entrevista?, pues sencillo, porque esos informes no son de una base de opinión Pericial, sino de una Entrevista Forense, que muchas veces la presentan como una Pericia y le dan validez de prueba pericial, ¿vemos la diferencia?, una cosa es que un psicólogo (a) del CTI con funciones de Policía Judicial haga una entrevista Judicial para realizar la Investigación y otra que se le solicite un Peritaje Forense, aquí hay que diferenciar que es una entrevista Judicial, una entrevista Forense, una Valoración psicológica Forense y una Valoración Psicológica realizada a nivel Clínico, sin embargo, las Valoraciones psicológicas en general no deben contener sino el resultado de lo solicitado, así lo haga un Psicólogo (a) de Medicina Legal o cualquier otra Institución, las condiciones para hacer este tipo de intervenciones están en un acuerdo que suscribió Medicina Legal con varias Instituciones como Fiscalía, ICBF, y otros por allá en el año de 2013, o sea, ¡hace siete años!

Para terminar, es importante que prevalezcan los derechos de las personas de acuerdo con la Constitución Nacional, nadie puede vulnerar los Derechos Fundamentales de los acusados, victimas o involucrados en un hecho forense o judicial, me pregunto, ¿si un Periodista, Sacerdote, Investigador puede guardar el Secreto Profesional, porque un Psicólogo (a) debe revelarlo?, para reflexionar…

Nota: Si alguien quiere conocer el acuerdo de Medicina Legal sobre lo estipulado para estos procedimientos de los Psicólogos en estos casos, me puede escribir al correo investigacionescriminales@yahoo.com y yo a vuelta de correo les envió el documento, favor no enviar la solicitud por WhatsApp.

 

Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro

Perito Forense.

miércoles, 25 de noviembre de 2020

Las Falsas denuncias en Abuso Sexual y Violencia Intrafamiliar. Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.

Hace un par de días me llamo un amigo Periodista y me comento que en la W Radio están hablando sobre la Justicia en Colombia y uno de los temas era las Falsas Denuncias en Abuso Sexual (AS) y en Violencia Intrafamiliar (VIF), un tema en el cual he participado mucho, tanto en mi trabajo como Perito, como en mis comentarios e investigaciones; hoy hare una reflexión sobre ese tópico y contare mi experiencia en multitud de casos que he tenido.

Desde que incursione como Perito Forense en el año 2005, ya tenia conocimiento de los famosos Falsos Positivos en Abuso Sexual y/o Violencia Intrafamiliar, estos en realidad son mas conocidos en el Ámbito Forense que los de los paramilitares y los de Uribe, a diferencia que los montajes de los de AS o VIF, son un montaje muy sofisticado.

Por allá en el año 1996, empecé a trabajar en programas de Prevención en Violencia Intrafamiliar, Maltrato Infantil, Abuso Sexual y otros temas, en el marco de la Ley 294 de 1996 y empecé a percibir un fenómeno muy usual, el cual era que había un conflicto de Pareja y usualmente una separación, entonces aparecía una denuncia por Abuso Sexual y/o Violencia Intrafamiliar, lo cual me parecía muy curioso, porque no había indicios de ninguna de las dos situaciones, pero persistía la denuncia por parte de las mujeres que tenían ese conflicto; de acuerdo a mi experiencia son las mujeres las que hacen este tipo de denuncias y excepcionalmente los hombres, este fenómeno con el tiempo se llamó Síndrome de Alienación Parental (SAP), sin embargo, esta no es la única forma de los falsos positivos, sino una mas grave aun y es los montajes de las Instituciones del Estado, principalmente la Fiscalía y el ICBF, que contribuyeron para que se presentara un alto índice de falsos positivos, principalmente en AS.

Me acuerdo que hace muchos años tuve un caso de un Medico que fue denunciado por su ex esposa como 30 veces por todo tipo de situaciones, no solo denuncias a la Fiscalía, sino al Bienestar Familiar, a comisarias de familia, esto usando a sus dos hijas menores de victimas de ultrajes o abusos; también tuve un caso similar con un alto Funcionario del estado que tuvo similar suerte, donde tuvo denuncias a granel y que a través de los años pudo solventar con altos costos económicos, sociales, laborales y demás que afectaron la dinámica familiar, también conocí de un caso de un gran amigo mío muy cercano, periodista, que tuvo unas denuncias falsas y el proceso duro 11 años (la mayoría de estos casos pueden durar entre tres y cinco años en litigio) lo cual también tuvo muchas dificultades; así mismo cito otro caso de un supuesto intento de homicidio y de Violencia Intrafamiliar contra un Psicólogo, curiosamente estos dos últimos casos fueron denunciados por ex parejas Psicólogas, entre los casos de ahora tengo uno que una Psicóloga denuncia a un familiar de actos sexuales abusivos, hechos que al parecer sucedieron hace mas de 20 años; todos estos casos yo los he investigado y/o asesorado y se con certeza que son falsas denuncias, debido a mi investigación Forense y de por sí, los acusados han sido absueltos en diferentes instancias.

Empezare analizando el fenómeno del SAP, y este se generó en Colombia debido a una creencia de que toda declaración de un menor en Abuso Sexual o de maltrato era verdadera y no tenía discusión, y también porque las leyes colombianas favorecen a las mujeres y tampoco al parecer no tiene discusión, a propósito, ayer leí un articulo de un medio de comunicación en el cual el Fiscal General de la Nación decía que “el que se meta con una mujer, se mete con el Fiscal Barbosa”, comentario muy tendencioso y discriminativo de por sí; Las mujeres involucradas en estos casos manipulan a sus hijos en contra de sus parejas por varias razones, ya sea por razones económicas o por venganza, o como decimos en Colombia “para hacerle la vida imposible”, o simplemente para joderle la vida a la pareja. El procedimiento en estos casos es sencillo, hay un conflicto de pareja, y una de las formas de solucionarlo es denunciando a la pareja de abuso sexual o maltrato y en la Fiscalía o el ICBF, hacen la recepción del “testimonio” del menor o de la supuesta víctima y ya!, con eso es suficiente para que la Fiscalía impute cargo, acuse y se vaya a juicio, todo con la presunción de que el hecho sucedió y que hay que creer en los niños y las mujeres maltratadas…! Para el Juicio llevan a un Psicólogo (a) que entrevisto a el menor, ya sea del CTI (Funcionario Judicial), ICBF, o de alguna Institución como “Creemos en ti” que “validan” o determinan la “Veracidad” del “testimonio”  y listo para sentencia, usualmente condenatoria, la defensa no tiene oportunidades en primera instancia y toca llevar los casos a otras instancias; la justificación del Juez es siempre la misma, “yo le creo al menor” o “yo le creo a la Psicóloga”, fíjense que hable de la entrevista del menor y no de una Evaluación Forense del menor en Abuso Sexual o Maltrato.

Los otros falsos positivos, surgen de inadecuadas interpretaciones por parte de profesionales (Psicólogos) y personas cercanas al menor, que por cualquier comentario que hace el menor, por ejemplo, en el colegio, llega a oídos del profesor, luego de la psicóloga del colegio, luego de la Psicóloga del ICBF, luego de la entrevista con el Psicólogo del CTI, luego con la Valoración Medico Forense del menor, y eventualmente con una Valoración Psicológica Forense de Medicina legal, que dicho sea de paso solo dice que “la menor esta bien y no tiene trastornos derivados del Abuso, pero que su relato es coherente con abuso sexual”, en mi corta vida como perito (15 años) es raro ver una valoración real del Abuso Sexual, eso quiere decir que evalúan si la menor dice mentiras (sin técnicas para ello) o que la menor esta bien (¿?)…

Para resumir, en casos de Abuso Sexual, la Fiscalía NO investiga, no corrobora los hechos, no tiene testigos sino de oídas y solo las entrevistas, que a la final no sirven de nada, ya que son tomadas fuera del juicio y no son Valoraciones, sino Entrevistas Forenses o Judiciales que solo tienen como objetivo recopilar información sobre unos supuestos hechos; he visto que últimamente la Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado al respecto, pero hay mucha confusión, unos magistrados dicen que las entrevistas son válidas, otros que no, que lo que dicen los Psicólogos es válido, otros que son testigos de referencia y a la final para mi concepto ninguno tiene la verdad, ya que NO se hace Investigación real y menos Forense….

¡Para reflexionar ...!

Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro

Perito Forense


viernes, 20 de noviembre de 2020

Dia de la Psicología en Colombia. Una reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


Hoy es el día del Psicólogo en Colombia, pero yo digo que es el día de la Psicología como profesión, es un día para pensar en lo que hacemos los Psicólogos y de pronto evaluar nuestros logros o alcances dentro de nuestra profesión, hoy hablare de lo bueno y de lo malo que me ha pasado en el ejercicio de la profesión, también quiero reflexionar sobre el presente y futuro que estoy viendo en nuestra querida profesión.

En los años 80´ recién salido de presentar el Servicio Militar me presente a una naciente Universidad para la carrera de Psicología, me acuerdo que la sede era una pequeña casa, tal vez de estilo ingles que quedaba en el norte de Bogotá, por allá cerca del barrio el retiro, ahí inicie mi carrera en una escuela muy científica de corte Cognitivo Conductual, ahí pasaron mis primeros años de estudio y después nos pasamos a otra casa cerca de ahí, donde culmine mis estudios por allá en el año 87; hice practicas en Teletón con personas con discapacidad Física y trabaje en el área de Sexualidad; después de egresado empecé a trabajar en mi propio consultorio y desde ahí estoy ejerciendo mi profesión desde el campo Clínico, Social, Organizacional y finalmente Forense.

La Psicología en Colombia ha evolucionado mucho desde que yo estudie, yo me forme con una visión científica gracias a la visión de mi universidad y desde allí forje mi presente como Psicólogo; a través de los años se adquiere mucha experiencia y se viven muchas situaciones interesantes, las cuales voy a rememorar un poco; siempre trabaje en diferentes frentes de la Psicología, dure como 20 años atendiendo consulta Clínica y Sexológica, también incursione en el área de Riegos Profesionales, también fui docente en varias Universidades tanto en Pregrado como Posgrado, así mismo he incursionado en el campo de la Psicología Social en proyectos de Violencia Intrafamiliar, Maltrato Infantil, Abuso Sexual, consumo de sustancias y similares; Hace quince años estoy en el Ámbito Forense donde combino mi Profesión con la Investigación Criminal y el Peritaje Forense, en el cual me encuentro de lleno trabajando en la actualidad.

En mi trasegar como Psicólogo he tenido muchas satisfacciones, entre ellas haber escrito un libro, haber participado en la elaboración de unas cartillas, he realizado muchos proyectos sobre temas de Prevención Primaria, secundaria y terciaria en temas de salud tanto Física como Mental también he participado en Proyectos de Prevención de la Violencia, en el programa de reinserción dentro del conflicto armado, he aparecido como Perito en conceptos de Corte Suprema de Justicia y Tribunales de Justicia en Colombia, además he sido Perito en Ecuador.

La verdad he tenido muchas satisfacciones con mi profesión, pero también he tenido muchos sinsabores y lamentablemente ha sido con los colegas dentro de mi profesión y con las mismas instituciones de Psicólogos y los Psicólogos de las Instituciones del Estado, la verdad ha sido hasta jarto el asunto, aunque siempre me la he llevado bien con mis colegas a nivel personal, desde que incursione en el ámbito Forense las cosas no ha sido precisamente color de rosas.

Desde la aparición de la ley 1090 sobre el ejercicio de la Psicología han surgido muchos roces entre los Psicólogos, se han conformado sindicatos, asociaciones o colegiados que pretenden ser los rectores de Psicología y esto a creado muchas controversias y desunión entre los Psicólogos, especialmente y lo digo con conocimiento de causa con el Colegio Colombiano de Psicólogos – COLPSIC – a la cual pertenecí hace muchos años y de la cual me retire por no estar de acuerdo con sus políticas  de manejo de la Psicología en general, aunque tengo por ahí una mención de reconocimiento en mi labor en el área forense por esa Institución -dado por ellos mismos- difiero en muchos aspectos en su percepción de como enfocar la Psicología como ciencia en Colombia, ellos pretenden ser los que determinan como debe ser la Psicología como Ciencia y determinar las directrices del trabajo del Psicólogo y en verdad no tienen esa facultad para ello, esto de acuerdo con la ley 1090 de 2006, si bien es cierto que la ley dice que deben crear y establecer el Tribunal de Bioética de la profesión y en ese marco debe actuar, no COLPSIC, sino como un tribunal independiente, ellos lo manejan como si el Tribunal fuese parte del Colegiado, esto también acorde a una sentencia Constitucional donde se separa las funciones de COLPSIC y del tribunal de Ética.

Desde que empecé como Perito he tenido que controvertir a Psicólogos, instituciones, peritajes forenses y demás, he tenido serias dificultades con ellos, ya que he sido cuestionado por realizar mi trabajo de forma autónoma y de acuerdo a las reglas planteadas no solo en la ley de la Psicología, como las normas establecidas por el Código de Procedimiento Penal, el Código General del Proceso y demás normas, como las establecidas por Medicina Legal y Ciencias Forenses para realizar peritajes forenses. He sido “investigado” por COLPSIC por realizar un peritaje en un caso de un supuesto abuso sexual, donde di mi opinión cumpliendo las normas de la Ética y los procedimientos legales para ello, sin embargo COLPSIC determino que con mi concepto había “rotulado” a una persona y la había afectado, todo esto sin comprobar, ni la rotulación, ni la afectación; también he sido investigado porque supuestamente controvertí a una Psiquiatra de Medicina Legal y según ellos, no tenia sustentación mi concepto, sin ellos conocer ni siquiera el caso a profundidad y en la audiencia de “descargos” pretendieron que yo revelara el secreto profesional del caso, algo que ningún Juez, Magistrado o cualquier Institución me ha obligado a hacerlo, y que considero que ellos tampoco pueden hacerlo.

En cuanto a ese punto quiero aclarar que estoy sujeto al Tribunal de Ética ya que por ley debo hacerlo, pero esto se refiere a Conductas claras a la falta de la Ética y estas conllevan a una actuación premeditada o dolosa para afectar a una persona o un profesional, también para afectar un procedimiento que pueda estar realizando, ya sea por falta de conocimiento en la materia o por utilizar técnicas inadecuadas para el mismo.

Llevo 30 años de Psicólogo y siempre he cumplido con las reglas y normas del ejercicio de mi profesión, he sido felicitado en varias ocasiones por mi trabajo, he tenido reconocimientos por mi labor forense a través de Sentencias de la Corte Suprema de Justicia, de Tribunales de Justicia, ya que han tomado en cuenta mis experticias para sus decisiones, me siento muy bien con ello, ya que es la satisfacción del deber cumplido, la verdad me siento orgulloso de ser Psicólogo, quiero mucho mi profesión, ya que me ha formado como mejor persona al servicio de la sociedad, seguiré en esa labor hasta que me muera y seguiré siempre actualizándome y trabajando para las victimas, para los acusados, para la sociedad en general cuando requieran mis conocimientos y mi experiencia.

Para mi concepto COLPSIC debe cambiar su enfoque de la Psicología como ciencia, desafortunadamente se convirtió en un ente inquisidor que no respalda a los Psicólogos y que a la final no debe cuestionar la labor de los Psicólogos, ya que esto le corresponde al Tribunal de Ética cuando haya una clara violación a la Ética establecida en la Ley 1090 de 2006.

He conocido casos de Psicólogos que han sido “investigados” porque dan una declaración en Televisión, otros que han sido realizado un procedimiento y que de acuerdo con ello dan un concepto, sin embargo, el Tribunal los investiga porque consideran que no era el adecuado. Existe una cacería de Brujas dentro del gremio de Psicólogos y eso es nefasto para la profesión y para la imagen del Psicólogo en nuestro medio, he escuchado comentarios de Abogados, usuarios, Jueces, Fiscales que lo dejan a uno pensativo de lo que piensa la gente de algunos psicólogos y de la misma profesión.

Quiero aclarar también que no estoy generalizando a todos los de COLPSIC, o a personas en particular, solo hablo de lo que conozco por mi experiencia y espero que sea una critica constructiva y no una situación para crear un enfrentamiento con mis colegas. 

La Psicologia es una Ciencia que tiene mucho futuro en Colombia y puede aportar mucho a nuetra convulsionada Sociedad, esta para grandes cosas y debemos trabajar unidos para que cambiemos algunas cosas que nos afectan a todos.

Este articulo fue escrito con mi Derecho Constitucional a la libre expresión y esta basado en mis experiencias como profesional de la Psicología.

Para Reflexionar …

Articulo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro

Psicólogo de Profesión.


jueves, 19 de noviembre de 2020

Informe Pericial errado… ¿Decisión Judicial errada? Una Reflexión. Ricardo Alberto Suarez Castro. Perito Forense.

Ayer revisando algunas sentencias de la Corte Suprema de Justicia que me llega, había una en particular que me llamo mi interés, ya que se refería a lo denominado Peritaje y su posible falta de argumentación o sostenibilidad científica y como puede hacer que esto haga que se tome una decisión errada en materia Judicial; hare una reflexión al respecto, ya que es muy frecuente el yerro en el ámbito Psicológico con respecto a las opiniones periciales.

Hace poco casualmente fui llamado para asesorar una audiencia de reparación de victimas de un accidente de transito en un caso civil y me pidieron que analizara un informe Pericial realizado por una Psicóloga con especialización en Psicología Jurídica y candidata a doctorado, con experiencia de 12 años en este campo, tome el asunto ya que me manifestaron que a las victimas del accidente y familiares ya se le habían indemnizado por parte de las aseguradoras y demás, pero que los familiares de unas victimas fatales solicitaron otra indemnización por traumas Psicológicos causados por la pérdida de sus familiares.

Realicé el análisis de lo realizado por la profesional y como es mi trabajo como Perito di mi concepto sobre el asunto, pero mi papel no era refutar, ni contradecir en si el dictamen, sino analizar su validez en el requerimiento y yo actúe en la Audiencia como asesor de la Defensa y dueño del automóvil que causo el accidente; mi labor en si era direccionar al abogado para las preguntas sobre el informe Pericial presentado, como esto es materia civil, es el Juez quien hace las preguntas primero y después las partes pueden participar en un interrogatorio, en esencia es el juez quien dirime el asunto de acuerdo a su entender…

El asunto empezó con la presentación del informe de la profesional y en términos generales el Juez pregunto que había realizado, métodos y resultados, ya que debido a ello él toma la decisión de la cuantía de daño Moral y demás, el cual estaba en juego en esa presentación; el juez hizo sus preguntas y le cedió la palabra al abogado de la defensa y el le dijo que si le permitía que yo le hiciera las preguntas a la Perito, lo cual accedió y oh, resulte haciendo el interrogatorio y manejando la audiencia parcialmente… un honor y compromiso que en mis 15 años de Perito, nunca había tenido, ya que es inusual que esto se haga de esa forma… Pero el Juez es el que manda y yo obedecí…!

Pregunte sobre el objetivo de su pericia, su diagnóstico, que instrumentos uso y demás, a lo cual se empezó a enredar el asunto, ya que ella dijo inicialmente que había evaluado los daños y perjuicios y después dijo que lo que había evaluado era el estado mental de la señora que estaba en discusión, yo me centre en el diagnóstico, ya que me parecía que estaba errado de acuerdo a las normas de la evaluación de víctimas, esto debido que se hizo un diagnostico del DSM 5 de Estrés Postraumático, pero la persona evaluada, ni estuvo involucrada en el accidente, ni observo el accidente, ni vivió ningún hecho traumático que se determina en el DSM 5 como parte de el diagnostico del EPT, adicionalmente no presentaba, ni pesadillas, ni recuerdos del accidente, ni nada referido a ello; ella presentaba síntomas depresivos y un mal manejo del duelo que no ha superado aparentemente (el hecho sucedió en el 2015), sin embargo la profesional determino que tenia EPT, ya que la hija de la señora había muerto en el accidente y que según su concepto esto era situación de discapacidad permanente que nunca se podía superar, ya que no podía reponer nunca la presencia de la hija (¿?); Sin entrar en discusiones largas, el EPT no contempla el duelo no superado, como parte de la definición, por lo tanto, el diagnostico realizado no tiene sustentación científica en realidad, así mismo, la señora no vivió ninguna situación traumática directa del accidente, e inclusive ella nunca fue al sitio y se enteró 12 horas después del mismo, si bien es cierto que tiene un trastorno emocional debido a la perdida de su hija, podemos encontrar que puede ser otra condición psicológica y no EPT; esto lo digo ya que al evaluar a la paciente, la evaluó con el cuestionario de Depresión de Beck, y le evaluó Autoestima (¿?) y aplico al parecer una batería de test para severidad de síntomas de Estrés …

Prácticamente determino que nunca podía superar la muerte de la hija y que esto la había afectado en su vida social, laboral, etc., etc., como vemos el Diagnostico es determinante según la Profesional, pero para mi concepto confundió de forma directa un duelo mal elaborado con un trauma Psicológico de un evento que no vivió la evaluada.

Yo le pregunte sobre los síntomas del Estrés a la profesional y no me indicó ninguna, aunque si dijo sobre la depresión, pero nada más; lo que no entendí fue porqué le evaluó Autoestima como parte del diagnóstico del Estrés Postraumático, todavía tengo esa inquietud; debido a que mi participación fue realmente limitada, el juez le pidió explicación sobre si lo que había era científico y ella dijo que si, que se había basado en el DSM5 – a pesar que el manual habla sobre la excepción del duelo – y que tenia EPT…

Mi trabajo es ser imparcial y objetivo, por lo tanto, no voy a discutir lo dicho por la profesional, cada cual como considera sus cosas, pero de acuerdo a mi conocimiento, este diagnóstico esta errado y fuera del contexto científico y de sustentación teórica y práctica, yo realice en hace como 10 años un concepto sobre daños morales y mi revisión de todo fue minuciosa sobre las afectaciones que tenia la victima del accidente de tránsito, a todo nivel y di un diagnóstico  sobre los traumas Psicológicos presentados, esto dio pie a la Casación 33833 de 2010, donde se dio un monto por esos daños morales o perjuicios en la víctima, esto en materia penal, hay que aclarar que la victima que yo evalué, si vivió el accidente, quedo incapacitada por meses, sufría de dolor crónico diagnosticado por Medicina Legal y todo lo demás, si es de su interés puede consultar dicha casación.

Las Pericias Forenses deben ajustarse a un contexto especifico de unos hechos o situaciones vividas por las victimas y no podemos ajustar diagnósticos para que aparezcan traumas inexistentes, de pronto alguno de ustedes me dirán que se actuó con falta de ética por parte de la profesional, no la juzgare, en verdad, tampoco tomare ninguna acción con respecto a ello, ya que es una responsabilidad de ella, pero si pienso que algo no estaba funcionando bien en ese caso, y les cuento algo curioso y es quien me contrató y dueño del carro que conducía un conductor, es Psicólogo y muy entendedor de estos temas…

Todavía no se ha tomado ninguna decisión por parte del Juez, espero que se haya dado cuenta de la situación sobre el Peritaje presentado, pero para la defensa quedo claro el error de la perito de la victima y se basara en ello para los alegatos de conclusión.

Para reflexionar...


Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro

Perito Forense.

viernes, 6 de noviembre de 2020

La Defensa en el Sistema Penal Acusatorio en Colombia. Una Reflexión. Ricardo Alberto Suarez Castro.

Dentro de estas restricciones con respecto a la llamada Pandemia, el Sistema Penal Acusatorio entró en la Virtualidad, la cual, acabo con el sistema publico y abierto de los procesos, o sea, ya solo se conectan los participantes al juicio y pare de contar, se acabaron las posibilidades de asesoría a la defensa de parte de los Peritos en la Audiencia (articulo 396 del Código de Procedimiento Penal), no hay posibilidades de hablar por parte de los Peritos y los Abogados de la Defensa, mejor dicho existen muchas restricciones para la defensa, ya que es obligada a presentar sus testigos a como de lugar de forma impersonal y por medios virtuales que fallan constantemente, esas sesiones mas parecen sesiones de espiritismo, que audiencias de juicio oral, ya que toca invocar a todos los presentes de forma virtual.
Voy a hablar hoy de la defensa del acusado en los procesos penales y que se está haciendo, tanto en la Defensoría del Pueblo, como por parte de los Defensores llamados de “confianza” o defensores privados; en días pasados me llamaron para un caso donde la hermana de un acusado me comentó que su hermano había sido acusado de actos sexuales abusivos con una menor de 9 años, lo que ella llamo que lo habían acusado por “manosear” a dicha menor, tuvieron un abogado de la Defensoría y un Abogado de confianza, al parecer le dijeron al acusado que se declarara culpable y que eso le salía la pena, “por ahí por tres años” y saldría libre, ya que la “Psicóloga de la Fiscalía, al parecer ya tenía el hecho probado”, como ven esta fue la asesoría técnica de  los Abogados y de acuerdo a mi conocimiento es un engaño total, ya que el declararse culpable no rebaja la pena en Colombia y menos iría a pagar tres años, ya que la pena mínima por actos sexuales abusivos es de mínimo 9 años, el acusado le dijo al abogado que él no había tocado a la niña, pero el insistía que era menor declarase culpable para evitar que al perder el Juicio se le podía aumentar la pena; esta situación es el reflejo de lo que sucede a menudo en los casos penales en Colombia, no solo en los delitos sexuales, sino en homicidios y demás, todo se negocia, se rebaja, se concilia, y en fin, pocos casos llegan realmente a un juicio que realmente se determine una justicia equilibrada.
Teniendo este panorama observamos que la defensa de los acusados en realidad es precaria y solo se basa en lo que pueda gestionar el Abogado de la Defensa, sin embargo, he escuchado una frase frecuentemente y es “¡es que tengo abogado, pero el no ha hecho nada…!”, al parecer algunos Abogados no le informan a sus clientes los procedimientos o estrategias de manejo que se van a realizar para cada caso y eso hace que queden a la deriva los acusados y en un limbo jurídico de información.
Pero bueno, ¿Qué pasa con la Defensa en sí?, pues de acuerdo con mi conocimiento, creo que falta mucha asesoría en cuanto a lo que se puede hacer en un caso por parte de la defensa; he encontrado particularmente en casos de supuesto Abuso Sexual que los abogados me dicen: “Doctor, tranquilo, solo se ha hecho imputación, esperemos que dice la Fiscalía y después hablamos y armamos el caso”, o, “creo doctor, que voy a necesitar un peritaje suyo, pero esperemos que dice la Psicóloga de tal Institución”, o también “esperemos que encuentra el investigador de la Fiscalía” , como vemos, en estas frases se refleja lo que es común y es “esperar” que es lo que hace la Fiscalía y no tomar una iniciativa que tiene la defensa para poder hacer su propia investigación.
La defensa y el acusado, tiene los mismos derechos que cualquier otro actor de un proceso penal, ya sea en el campo de la investigación del delito, como de la investigación Forense en los temas científicos, o sea que la defensa puede contar con Investigadores, Peritos y asesores en cualquier área del conocimiento que le ayuden a manejar cada caso en particular, pero en muchos casos, no se le dice al imputado que tiene esas posibilidades y se rigen a lo que dice solamente la Fiscalía, Medicina Legal, el ICBF, o la Psicóloga del pueblo, inclusive lo que dice Instituciones como las EPS y demás.
No niego que existen muchos equipos de profesionales o auxiliares de Justicia que asesoran a los abogados, pero en la generalidad es evidente que no se cuenta con un equipo de auxiliares por parte de la defensa, y si lo necesitan depende mas del acusado pedirlo, que del abogado ofrecerlo como parte de su metodología de trabajo.
En general, no se inicia la investigación del supuesto delito por parte de la defensa sino mucho después de la imputación y la mayoría de las veces después de la acusación, ya cuando la Fiscalía en Teoría ha consolidado sus pruebas, tanto documentales, como testimoniales y la defensa depende de lo que hizo la Fiscalía y no de lo que pudo hacer la defensa para recopilar pruebas del no hecho…. Para la muestra un botón…!
Alguna vez fui contratado por un abogado que curiosamente fue alumno mío en una escuela de Criminalística donde dicte clases en el campo de la investigación Judicial, creo que le dicte perfilación criminal, me contrataron por mis conocimientos en investigación Criminal y la Criminalística y se realizo el levantamiento de la escena de los hechos (era un homicidio), se realizaron las llamadas labores de vecindario, se realizaron filmaciones, así mismo, realice , análisis de los resultados de Medicina Legal y concluí que el muchacho detenido no había sido el que mato al occiso, sino era otro que no estaba detenido; en otra ocasión, también hice lo mismo en un caso de una riña, en la cual murió un mesero por una puñalada y la fiscalía tenia a un detenido que no fue el que realizo el homicidio; esto se hizo paralelo a la investigación de la Fiscalía y nos fue bien, ya que con mi trabajo y el alegato del abogado, pudimos aclarar estos dos homicidios, inclusive se pudo ver que la Fiscalía no hizo bien su trabajo y que la defensa si lo hizo bien.
Es muy desafortunado que muchas veces no se cuente con un equipo de asesores o auxiliares para la defensa, pero creo que muchos abogados se limitan a hacer un trabajo jurídico, de negociación y no se le brinda lo pertinente y adecuado para una buena defensa, si bien es cierto que los delitos se cometen, pero no todo es negociación, he tenido casos de Homicidio que han quedado en Inimputabilidad o en Homicidio simple o defensa propia….  Solo con un buen manejo pericial y una buena asesoría Pericial.
Bueno, creo que la gente me reconoce como Psicólogo y por mis casos de Abuso Sexual, quiero aclararles que la Psicología es simplemente mi profesión, pero esto no me hace Perito como tal, es solo parte de mi formación profesional, tengo las capacidades para hacer análisis criminalísticos, de hacer la investigación Criminal, de hacer la investigación Forense y de hacer inclusive valoración de Victimas, Perfilación Criminal, a propósito de la perfilación, mi querida amiga la doctora Chacón, me propuso que le hiciera un perfil de una estafadora, que ha engañado a docenas de personas en varias zonas del País ….!
La defensa tiene muchas oportunidades para realizar su trabajo, sin embargo, se esta desaprovechando de forma sustancial, se esta quedando limitada a un alegato de contradicción, no propone mucho y a veces no propone nada y generalmente sale perdiendo, ya que muchos abogados me dicen: “doctor, ese Juez me va a condenar a fulanito, es que le tiene ganas” y frases así, eso quiere decir que no confían en sus propios argumentos y en su propia defensa…
Para reflexionar …
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e investigador Criminal.

investigacionescriminales@yahoo.com 

miércoles, 4 de noviembre de 2020

¿Lo Jurídico lejos de lo Científico? Una reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.

Dentro del ámbito de la Pericia Forense, se encuentra uno muchas cosas que lo dejan a uno pensando de cómo solucionarlas, definitivamente no todo este dado en el mundo de lo Forense y de lo Jurídico, a veces yo pienso que van por el mismo camino y no precisamente cogidos de la mano, sino mas bien como de lejitos y haciéndose guiños, esos guiños a veces son solo eso, puras miradas para convencer, sin convencer….


El día de ayer me llamaron dos personas para que les ayudara en un par de casos y me causo curiosidad ya que quienes me remitían estos casos eran Psicólogas, una de ellas con especialización en Jurídica y la otra de corte Clínico, me gustaron las remisiones ya que muy profesionalmente le dijeron al cliente que ellas no podían asumir los casos ya que sabían que no tenían experiencia en este tipos de procesos, como son los de actos sexuales abusivos con menor de 14 años,  independientemente de todo hable fue con los clientes que necesitan mis servicios y yo les dije en que podía colaborarles y la verdad quede pensativo con una de las solicitudes, ya que encontré una serie de irregularidades que habría que analizarlo adecuadamente.
 
A grandes rasgos el Abogado del acusado le dijo a mi cliente que la Psicóloga de la Fiscalía (no hay función de Psicología en la Fiscalía) le había dicho que el hecho había sucedido de acuerdo a una evaluación que ella había realizado y que si no se declaraba culpable le aumentaban la pena o algo así, dijo así mismo, que si no se declaraba culpable había que contratar una Psicóloga para determinar si eso era cierto… Para pensar…!
 
Sin entrar a discutir sobre la función de los Psicólogos en General y su función en un proceso, creo que la situación planteada en el campo jurídico y lo científico esta muy alejado en Colombia, en el caso planteado los Psicólogos de la Fiscalía no son los que determinan la ocurrencia del hecho y de por sí, tampoco ningún Psicólogo lo puede hacer, solo lo puede decidir los jueces teniendo en cuenta las pruebas allegadas al mismo; he visto muchas solicitudes de abogados que son descabelladas y que no se pueden hacer, también he visto conceptos de jueces y magistrados que están fuera de la realidad científica y hasta jurídica.
 
Hace pocos días tuve una audiencia donde el Juez me resulto “evaluando” como Psicólogo y sin mediar palabra cogió el DSM5 para preguntarme sobre ese libro, me dijo que la Psicología había nacido primero que yo, me comparo con otros Psicólogos y en general trato de decir que la Psicología no era una Ciencia y que yo podía estar equivocado con mis conceptos científicos, bueno, esto según el…
 
Ya estoy aburrido que me pregunten si la Psicología es una ciencia exacta, que si mi concepto es científico, que se Freud dijo, esto o aquello o que dijo Vicente Garrido o el Colegio Colombiano de Psicólogos sobre un tópico en especial, la Psicología es una Ciencia, utiliza el Método científico y mientras se utilice el conocimiento aceptado por la comunidad científica (nosotros los psicólogos) es valido el asunto, los conceptos científicos son lo que rigen el mundo y especialmente la conducta humana, es conocimiento puede cambiar debido a muchos factores sociales, ambientales, culturales, etc., pero ese conocimiento sigue valido hasta que no haya otro concepto, teoría que explique mejor una conducta de un individuo, todos los Psicólogos tenemos la formación que se requiere para ejercer nuestra profesión y nadie nos puede evaluar en ese sentido, para eso tenemos un estudio y nos dieron un grado, ni siquiera COLPSIC, puede evaluar a ningún Psicólogo, ni decirle como debe hacer un procedimiento, evaluación o cualquier acto dentro del ejercicio de su profesión, otra cosa es que el Profesional cometa que va contra la ETICA y el adecuado ejercicio de la profesión, pero estos actos dolosos de mala conducta son diferentes a los dados por el ejercicio propio de la profesión y serian investigados no por COLPSIC, sino por el tribunal de Bioética que fue creado con base en la ley 1090 de 2006 y no por los estatutos de COLPSIC.
 
Volviendo al tema de lo Jurídico y a lo Científico, se da uno cuenta que los conceptos Jurídicos a veces van en contravía de los conceptos científicos y coloco un ejemplo que se me plantea a menudo y es, yo considero que todo abusador de niños menores de 12 años son Pedófilos, ya que según el DSM5 (Manual de Trastornos Mentales)considera que la Pedofilia se caracteriza por la atracción sexual en menores de edad, especialmente menores de 12 años y Medicina Legal en sus conceptos Científicos dice que el Abuso Sexual se da cuando un individuo mayor tiene satisfacción erótica con un menor de edad o sea que es un individuo que le gustan los niños en términos de deseos sexuales, no se cómo más explicarlo, además es muy simple el concepto, partiendo de esa base yo realizo una valoración del acusado en términos científicos observando si tiene ese gusto por los infantes a nivel erótico y de acuerdo a los criterios dados por el DSM5 encuentro que no le gustan los niños y menos se satisface con ellos eróticamente, entonces por lógica no es Abusador Sexual, sin embargo, para los Fiscales, Jueces y Magistrados les es difícil entender este concepto y muchas veces omiten esta pericia en sus decisiones ya que no creen en mi argumento.
 
Aquí no estoy diciendo nada nuevo en cuanto a la conducta Pedofílica, no me la invente yo, no es un nuevo concepto, no es una teoría sin comprobar, en fin, es un concepto sencillo avalado por la Ciencia, entonces ¿porque para los jueces no es válido?  …
 
Coloquemos otro ejemplo y es el del delito de Feminicidio, Jurídicamente se está tomando en delitos donde se asesina a la mujer por parte de su pareja por diferentes factores especialmente pasionales y de acuerdo con los conceptos que conozco en el ámbito de la Psicología Social y la misma definición o etimología de la palabra es un acto que se realiza en contra de la mujer, por el hecho de su condición de mujer, o sea, que odia a las mujeres, que les tiene aversión, o que considera a las mujeres son inferiores y demás y no porque tenga celos o simplemente sea su pareja y termine asesinándola, para mi concepto esto es un homicidio que puede ser con agravantes y demás, pero nunca un Feminicidio …
 
Ahora hablemos por ejemplo de la discriminación, este concepto hasta en las redes sociales se habla con frecuencia y jurídicamente de este tema y la Ley 1482 de 2011 consagra lo que es discriminación y se fundamenta en la protección de los derechos de las personas, comunidades o razas o pueblos que pueden ser vulnerados por actos de racismo o discriminación, así mismo la Corte Constitucional en la sentencia T-1090 de 2005 dice que la discriminación como “un acto arbitrario dirigido a perjudicar a una persona o grupo de personas con base principalmente en estereotipos o perjuicios sociales, por lo general ajenos a la voluntad del individuo, como son el sexo, la raza, el origen nacional o familiar, o por razones irrelevantes para hacerse acreedor de un perjuicio o beneficio como la lengua, la religión o la opinión política o filosófica”, y resulta que dentro del ámbito de la Psicología Social se difiere en algunas cosas ya que el concepto de Discriminación son las acciones dirigidas para afectar a ciertos grupos (no individuos) por razones de su raza, sexo, religión, ideología, etc., como quien dice se habla de grupos que se forman para afectar otros grupos por alguna de la anteriores razones, uno de los casos de Discriminación más grande es el Apartheid en Suráfrica, o el famoso Ku Klus Klan en Norteamérica o los Neonazis en algunas partes del mundo, si vemos la realidad en Colombia no conozco grupos formados expresamente para afectar a otros grupos como los anteriores citados, aquí cabe determinar que se está confundiendo el termino Discriminación (Actos) con el Prejuicio (actitudes) frente a ciertas personas por su raza u otro motivo; para colocar un ejemplo sencillo, hace unos días la Alcaldesa de Bogotá dijo a los medios que “se debían deportar a los venezolanos que cometen delitos en Colombia”, a mí me parece que tiene razón en que se haga esto, ya que es un mecanismo normal para su expulsión del País, sin embargo, todo el mundo le dijo Xenofóbica, que estaba discriminando, etc., y eso no es así, el termino xenofóbico, inclusive no existe técnicamente ya que se confunde con un concepto psicológico que es la Fobia y la cual se define como un temor intenso, aunque el termino Psicológico difiere del sentido de la palabra que conocemos, se ha aceptado como también el odio o aversión que se tiene a una cultura o Pueblo, y esto esta relacionado con la Xenofilia que es la admiración por la cultura y demás de otros pueblos o razas, en fin, se difiere en los conceptos de alguna u otra forma.
 
La verdad, a veces creemos que los conceptos científicos, especialmente de la Psicología, son afines a los Jurídicos, sin embargo, en la realidad no es así, a mí me impacta muchísimo que los Fiscales, Jueces, Magistrados en sus sentencias, sin que se haya discutido esto en las audiencias por psicólogos, determinen que es lo correcto o que no lo es en un concepto científico y traen a colación en sus sentencias autores sacados de internet o ciertos textos científicos para sustentar sus decisiones, cuando no les corresponde a ellos darles la validez científica del concepto, sino que corresponde a los peritos que argumentan en la audiencia de juicio oral su posición científica; Ni siquiera el Colegio Colombiano de Psicólogos puede determinar que es científico o no, ya que se supone que lo que diga el Psicólogo tiene una base científica y en la Psicología hay diferentes escuelas, enfoques que difieren en su contenido.
 
No entiendo con esto porque las cortes o los tribunales “deciden” que es lo científico en una sentencia, o porque omiten un concepto de un Perito, simplemente porque leyeron otra posición en un libro y consideran que es lo correcto. Creo que aquí cabe el dicho popular que reza así: “Zapatero a tus zapatos”. Tengo que decir que no solo estos términos son los únicos, también hay otros como la alienación parental, la identidad de Género, etc., que son discutibles en los estrados judiciales
 
El conocimiento es universal y no se suscribe solo a las reglas de la sociedad, sino a principios científicos que deben ser argumentados de forma sencilla para la comprensión de un tema en especifico y en el campo forense se da para dar una Opinión Pericial de forma objetiva e imparcial.
 
Para reflexionar …
 
Articulo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense.