domingo, 28 de agosto de 2016

La guerra de los Psicólogos Jurídicos o Forenses especializados vs Independientes dentro del Peritaje Forense en Colombia: Una reflexión.

En estos días tuve un poco de actividad académica en el Ámbito de la Psicología Forense que resulto muy fructífera en experiencias y situaciones que me pusieron a reflexionar sobre el ejercicio de la labor del Perito en nuestro medio: Hace poco publique una reflexión sobre el asunto de cómo es de difícil la labor del perito, pero a partir de estas experiencias académicas me di cuenta que es aún más complejo el asunto. El día viernes estuve dictando una charla ante los defensores públicos de Boyacá y el día sábado (ayer) asisti a un Simposio de Neuropsicología Forense en la Universidad Konrad Lorenz de la cual soy egresado.

El día 26 fui invitado por la Defensoría del Pueblo de Boyacá a dictar una charla o capacitación sobre un tema muy álgido y es la prueba o las Pericias Psicológicas en casos de Abuso Sexual de Menores, donde se iba a reflexionar sobre el tema como aporte a los Defensores Públicos en sus procesos, la idea era socializar  una casación donde se absolvió a un condenado por dicho delito derivado de unas pericias mías con respecto a que no existía el supuesto abuso sexual y que el señor no era un agresor sexual y que tampoco existía evidencia del supuesto abuso, esto basándome en una evaluación forense exhaustiva y realizando un análisis de una “sospecha” de abuso sexual de dos Psicólogas que “evaluaron” el abuso… En términos generales se planteó en la charla sobre los peritajes realizados por psicólogos en general y se vieron las diferencias entre Valoración y Entrevista Forense y en qué consisten los Peritajes y como se presentan para la audiencia de Juicio Oral y la verdad resulto muy fructífera la actividad, ya que estaba ante los defensores públicos del departamento de Boyacá; hubo mucho interés en mi trabajo y mi  conocimiento sobre el tema, que tiene una trayectoria de 11 años en el ámbito Forense en las cuales he podido tener unos logros que han creado jurisprudencia en el ámbito Jurídico. Para reflexionar un poco sobre el asunto quiero decir que uno como profesional de la Psicología puede ejercer la Función de Perito en cualquier ámbito forense, quiero aclarar que no tengo especialización, ni maestría, ni doctorado en Forense ya que no es necesaria para ser Perito Forense de acuerdo a las leyes Colombianas.

El día 27 asistí a un simposio sobre Neuropsicología Forense en la Universidad Konrad Lorenz en el marco de un curso sobre dicho tema que se realizó en la especialización de Psicología Forense, el tema muy interesante  en realidad y digamos apasionante en su contexto, la primera ponente una experta en dicho campo donde hablo sobre las repercusiones de las lesiones en el comportamiento humano y en ámbito forense para propiciar fallos judiciales. La segunda ponencia también muy interesante sobre el mismo tema y se habló sobre la conducta de los criminales y sus problemas Neurológicos y sus implicaciones en la determinación de su estado mental donde diferentes factores químicos u hormonales pueden alterar la conducta de las personas; este tema es interesante y a lo largo de mi carrera he realizado cientos e inclusive miles de diagnósticos en este campo, ya que tengo el entrenamiento y el conocimiento antes como Psicólogo Clínico en ejercicio y ahora en el campo forense donde se han llevado al estrado mis opiniones periciales que han dado pie a sentencias de la Corte Suprema de Justicia como en el caso de Valoración de daño moral o Psicológico (casación 33833 de 2010) que cambio la forma de evaluar dicho daño y es referente para los abogados para hacer sus demandas en casos de victimas en procesos penales o civiles.

La “Psicóloga” Carolina Gutiérrez de Piñeres realizo la segunda ponencia y dentro de su exposición dijo algo que realmente me dejo sorprendido y que genero mi rechazo y es que dijo “que solo los Psicólogos Forenses o neuropsicologías forenses podían dar esos esas opiniones periciales”, enfatizó en que “si un Psicólogo conocía las pruebas neuropsicológicas y las aplicaba NO era suficiente para poder hacer una pericia y que se necesitaba capacitación en el área forense para poder hacer esas pericias…….”. En el momento de las preguntas le hice una que pretendía aclarar el asunto sobre quién podía dar esos conceptos forenses diciéndole que yo era perito y que no tenía ninguna especialización, Maestría o Doctorado y daba esos conceptos periciales y me respondió que era “una irresponsabilidad dar esos conceptos sin estar capacitado para ello” e hizo un comentario que me dejo más atónito todavía y fue “que no es suficiente 5 años de estudios para ejercer la profesión sino que hay que hacer doctorados para poder dar conceptos”  inclusive dijo que veía que psicólogos ejercían la clínica ….. sin tener un posgrado en Clínica….!!; esa señora estaba aterrada de como los Psicólogos y Psicólogas en Colombia podían ejercer su profesión……. Sin tener un doctorado como ella….!

Para reflexionar sobre el asunto y con cabeza fría: ¿será que se necesita ser especializado en Forense para dar peritajes forenses?, pues no, en el Código de Procedimiento Penal dice que puede ser Perito cualquier profesional capacitado y acreditado su título por el Ministerio de Educación…… Me parece irrespetuoso la actitud de dicha profesional, que además me respondió de forma grosera, ya que en dicho simposio me tildo de irresponsable ante los asistentes y me descalifico como profesional sin ningún argumento ni constitucional, jurídico o ético que diga que no puedo ejercer mi profesión de Psicólogo, he visto que es la posición también del Colegio Colombiano de Psicólogos (asociación privada sin poderes de representación ante el estado) y al parecer ahora la posición de mi querida universidad, ya que dicha Psicóloga al parecer es docente de allí.

Soy respetuoso de las personas, las leyes, de la sociedad, de las Instituciones y de mis conciudadanos, nunca he obrado mal, ni he ejercido mi profesión de forma antiética (así algunos no lo crean) siempre estoy bajo el escrutinio de abogados en mis actuaciones y se dan bajo la legalidad de mis presentaciones en estrados judiciales contemplando las normas de respeto a mi opinión como profesional y la ley, No puedo ser vilipendiado como una persona antiética en un ámbito académico donde considero se respetan los derechos fundamentales de las personas; me siento irrespetado por la Institución y querida Universidad por esta situación, soy una persona imparcial y objetiva y no quiero entrar en agravios, pero veo que algunos psicólogos Forenses e instituciones Universitarias se les olvido leer la Constitución Nacional y las normas o leyes de la Republica donde tiene uno el derecho a ejercer su PROFESION de acuerdo a las normas vigentes del país.

Me queda la satisfacción que soy reconocido en el ámbito Forense y Judicial tanto en Colombia como en el Ecuador (donde he ejercido el rol de perito en casos de abuso sexual), pero me queda el sinsabor de los Psicólogos(as) que ejercen la función Pericial o Forense; Considero definitivamente que el Conocimiento Científico no se adquiere solo con títulos de Doctorado, sino con la capacidad intelectual de las personas, su experiencia y su aplicación en la solución de problemas; realmente no ha sido la primera vez que me pasa esto, ya que he sido tratado de Pedófilo, incompetente y hasta empírico por curiosamente Psicólogas especializadas y doctoradas en lo Forense. Quiero aclarar que NO pertenezco, ni al gremio de los Psicólogos Forenses, ni al Colegio Colombiano de Psicólogos, ni a la Fundación Universitaria Konrad Lorenz donde simplemente soy un egresado más de dicha Institución, soy una persona independiente que simplemente ejerce su querida profesión y de eso vivo…….

Nota: Este artículo está escrito con mi Derecho Fundamental de la libre expresión u opinión consagrado en la Constitución Política de Colombia; refleja mi pensamiento sobre el tema; las situaciones o personas nombradas son reales.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.


Nota: El título obtenido por mí es válido en Colombia para ejercer la Profesión de Psicólogo y se me permite hacer Peritajes, conceptos, opiniones de acuerdo a mi conocimiento, esto de acuerdo a las leyes colombianas…… 

domingo, 21 de agosto de 2016

El difícil trabajo del Psicólogo Forense en Colombia: Una reflexión.

En mi trasegar como Perito Psicólogo Privado desde que se instauro el Sistema Penal Acusatorio he tenido situaciones que definitivamente han sido toda una odisea para ejercer mi función como experto en temas de Psicología, dentro de mi trabajo me enfrento a controversias sobre mis peritajes, y controversias con los Fiscales y curiosamente con Psicólogos que trabajan en diferentes Instituciones del Estado, todo esto es parte de mi trabajo y en verdad son gajes de oficio; Sin embargo no todo es color de rosa en el desarrollo de mi trabajo ya que no solo uno se enfrenta a situaciones naturales dentro de un proceso, sino a situaciones inusuales e incomodas donde sale uno irrespetado o insultado por lo que dice dentro de los juicios y fuera de ellos. Lo curioso del asunto es que ese irrespeto se está dando por Psicólogos y Psicólogas que han realizado comentarios e insinuaciones que rayan en la calumnia y la Injuria, y que hace que escriba este articulo con el objeto de reflexionar sobre el asunto.

Hace tiempo que trabajo como perito en casos de presuntos Abusos Sexuales  en menores  y debido a ello mis experticias se dan de acuerdo a un riguroso trabajo de Investigación Forense donde el fruto final es mi concepto científico sobre el asunto, el cual sustento en las audiencias de juicio oral y después publico mis impresiones sobre el caso para aportar esa experiencia a los demás colegas y amigos míos; Bueno, resulta que a través de las redes y correos electrónico he recibido insultos sobre mis conceptos u opiniones dadas e inclusive se duda que sea psicólogo o que se me llame Perito; Quiero comentarles que según la Ley Colombiana soy Psicólogo que puedo realizar Peritajes en Psicología y de acuerdo a mi conocimiento, por lo tanto puedo ejercer como perito y dar mis opiniones científicas sobre diferentes asuntos.

Para remitirme un poco a las situaciones incomodas he recibido comentarios diciendo que yo no soy Psicólogo Forense y que soy un empírico, debido a que no tengo especialización en Psicología Jurídica y Forense, o master en lo mismo o no soy candidato a doctor en psicología forense, así mismo, que no tengo la idoneidad para ello; Bueno, lo curioso del asunto es que me lo envían “colegas” que tienen esos títulos ( no hablo de todos los “doctorados” en esa rama de la Psicología), También de forma reiterativa se me cuestiona en audiencias y en las redes esa situación, denigrando de mi buen nombre y de mi conocimiento sobre algunos temas de forma irrespetuosa. 
  
Hace unos días escribí un artículo en mi Blog sobre el Síndrome de Alienación Parental, el cual para mi concepto, existe dentro del ámbito forense y considero que se encuentra en muchos casos en los cuales trabajo desde hace 11 años de experiencia forense y una ONG que al parecer trabaja sobre el tema de la violencia de Genero y “protección” de los niños hizo un comentario a través de una Psicóloga diciendo palabras desobligantes que me dejaron pensativo y que describiré de forma sintética; Dijo que como podía yo decir que era perito, que el SAP no existía y no estaba aceptado en la comunidad científica, que Gadner era un Pedófilo reconocido y remato diciendo que se esperaba de los niños de Colombia si estaban en mis manos, insinuando que yo pensaba como un pedófilo o que lo era; esto no solo me ha sucedido ahora, sino desde hace mucho tiempo donde he sido señalado como defensor de pedófilos o abusadores sexuales y cuestionado por mi trabajo en términos de manchar mi nombre; me acuerdo hace algunos años que pertenecía a COLPSIC y en una reunión del área de Psicología Jurídica y Forense hable sobre el SAP y que tenía un caso y necesitaba asesoría pero lo que respondieron dos de los Psicólogos era que yo era utilizado como “idiota útil” por el Padre de las menores para actuar en contra de su pareja…. Bueno, sin más comentarios….

A través de mis experticias he logrado que la Justicia colombiana se pronuncie en varios casos de falsas alegaciones sobre Abuso Sexual en Menores, que incluyen casos en  casación y de tribunales de Bogotá y Cundinamarca; Yo me pregunto: ¿Si en tribunales o dentro de un proceso se puede determinar que el menor ha sido manipulado para decir que ha sido abusado por parte de un miembro de una pareja en contra del otro y no es así, No es un caso de SAP?.... Pues no solo las parejas manipulan a los menores, sino muchas psicólogas y psicólogos que en las entrevistas manipulan los relatos… Solo basta con mirar el programa de “Séptimo día” para darse cuenta como hacen las entrevistas Forenses…….  

Solo para reflexionar, ¿Por el hecho que trabajo para casos de acusados que presuntamente son abusadores sexuales u homicidas de sus parejas, o pedófilos mi conducta es indignante y de tercera categoría? …… ¿Debo ser tratado de forma irrespetuosa por parte de instituciones o colegas o autoridades solo porque trabajo para la defensa?....

Seguiré con la frente en alto defendiendo mis derechos fundamentales y los de mis clientes que me consultan y ni siquiera siento lastima por la conducta de esas personas que denigran de mí, soy un profesional a carta cabal; de pronto algunos se preguntaran que porque no denuncio eso al Tribunal de Ética de los Psicólogos, y responderé que no confió en dicho tribunal, y personalmente no me siento respaldado por el, y considero que no representa la defensa de mis derechos como profesional; mas parece un tribunal sancionatorio que de Ética.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia


Este articulo refleja mi libre expresión de pensamiento consagrada en la Constitución Nacional de Colombia; los hechos son reales y basados en mi experiencia como perito; no se mencionan nombres por respeto a las personas, aunque ellas no respeten.

lunes, 15 de agosto de 2016

La Ética en Psicología: Una reflexión…

En estos días estuve como ponente en un Seminario por MEDINET sobre el uso del Cannabis en el área de Salud Mental, que de acuerdo a la Ley y las disposiciones Legales como la ley 30 de 1986 y la ley 1787 de 2016 permiten el uso del principio activo de la cannabis (THC, CBD) para fines Médicos y Científicos; En general, se podría decir que el uso para fines terapéuticos de THC se puede realizar previa regulación del Estado de acuerdo a las leyes vigentes; Nosotros como Psicólogos proponemos alternativas de intervención en ciertos trastornos mentales que eventualmente  pueden ser tratados con sustancias derivadas del THC para su bienestar y recuperación de la Salud y Bienestar General como lo dice la Ley 1616 de 2013, sin embargo, en dicho seminario me hicieron un par de preguntas sobre el asunto que trate de aclarar en su momento y es ¿los psicólogos podemos utilizar dichos medicamentos o sustancias en nuestros pacientes?, y ¿Los Psicólogos podemos medicar?....

Se planteó una situación interesante que piso los terrenos de la Ética,  de los Derechos Humanos y también en el Ámbito Constitucional; Alguna de las asistentes comento algo sobre el Colegio de Psicólogos sobre el asunto y se comentó también sobre el tribunal de Ética o llamado Deontológico creado a partir de la Ley 1090 de 2006 para el ejercicio de la Psicología y su manejo ético; Yo respondí al interrogante de los asistentes diciéndoles que a los Psicólogos no nos tenían prohibido utilizar sustancias en nuestros tratamientos y tampoco consideraba que el Colegio de Psicólogos se pudiese pronunciar al respecto, ya que no era competente.

Surgió de todos modos la inquietud sobre el asunto sobre lo que es medicar y plantee que muchos Psicólogos usan esencias florales, o reducción controlada de consumo en adictos  sugiriendo disminución de dosis en sus intervenciones, o la metadona para usos terapéuticos entre otras; volvió a surgir el asunto de que los psicólogos no pueden medicar porque serían sancionados por el Tribunal de Ética y respondí que el Tribunal, ni el Colegio Colombiano de Psicólogos pueden sancionar a ningún Profesional porque pueda usar una sustancia legal para su intervención terapéutica… y la razón es muy clara, Ninguna Ley en Colombia PROHIBE expresamente que un Psicólogo pueda usar sustancias para el tratamiento terapéutico de sus pacientes.

Reflexionemos sobre el asunto…! La ley 1090 de 2006 en ninguna no se menciona que no se pueda usar sustancias para los tratamientos de pacientes, La ley 1616 de 2013 sobre Salud Mental, tampoco lo prohíbe expresamente y la ley sobre el uso de la cannabis tampoco la prohíbe con fines terapéuticos, ya que de por si la ley dice que los fines del uso de la sustancia THC es Médico y Científico y si vemos la Ley 1090 de 2006 (Psicología)  dice en su artículo 9º, literal a dice que debemos ser considerados profesionales científicos ….. Bueno, siendo así el asunto, ¿Quién determina esa situación? … Pues la Ley y no COLPSIC o el Tribunal de Ética, ya que dicho Tribunal NO tiene la Facultad de hacerlo en términos de decisiones de los Derechos de los Psicólogos en el ejercicio de su profesión….

El asunto de la Ética está enmarcada en el Ámbito Constitucional y en las Leyes dictadas por el Estado Colombiano y mientras se delimite en esos parámetros seria ETICO y LEGAL, la actuación del Profesional: Como quien dice: Los Derechos del Psicólogo y de sus usuarios están enmarcados en la Constitución Nacional y no en las Interpretaciones etéreas de un Código de Ética que no es conocido en el ámbito de la Psicología y que no es constitucional…… He visto que al parecer el Tribunal de Ética o sea sus Magistrados hacen una particular interpretación de los Derechos y las Leyes muy por fuera del Contexto Constitucional y de un criterio Jurídico fuera del contexto de las leyes que rigen nuestro ordenamiento Jurídico.

Me pregunto: ¿Si un psicólogo usa una sustancia placebo, o metadona, u otra sustancia para pacientes adictos, será que están faltando a la Ética?.... Pues NO, ya que lo que rige la actuación del Profesional es el principio Científico en Pro del Bienestar del usuario y su finalidad es lícita y contemplada  por la LEY, por lo tanto su actuación es correcta.

Pondré unos ejemplos de esas interpretaciones “magistrales” del Tribunal de Ética:

·         El concepto del Tribunal que dice que los Psicólogos (as) que son funcionarios públicos pueden revelar el secreto profesional ante casos Judiciales ….. Algunos Psicólogos que trabajan como entrevistadores de casos judiciales y revelan el Secreto Profesional cuando el artículo 74 de la Constitución Nacional dice que debe guardar el mismo y los artículos 23 y 25 de la ley 1090 de 2006 dice que debe guardar el secreto profesional….. sin más comentarios…
·         El concepto del Tribunal que para una Valoración de un menor se tiene que tener el consentimiento de ambos padres del mismo, si no es una falta a la ética; todos sabemos que la ley contempla que uno solo de los padres puede dar el consentimiento…. Sin comentarios…
·         El concepto del tribunal sobre un diagnostico que realiza un Psicólogo y que supuestamente afecto al diagnosticado, pero que nunca se observó esa afectación dentro de un proceso judicial…, sin comentarios, ya que el Psicólogo puede realizar Diagnósticos (Artículo 3º de la ley 1090 de 2006 literal m), y puede sustentarlos de acuerdo a su conocimiento…

No pondré más ejemplos, ya que son innumerables, pero observo que el concepto de ETICA o Conducta adecuada es diferente según dicho Tribunal con respecto a lo que es una actuación correcta según la Constitución y la Ley….

Sinceramente habría que evaluar la situación, ya que se está creando una cacería de brujas y una sensación de persecución al profesional porque hace su trabajo, no olvidemos que debemos cumplir la ley y si NO lo hacemos tendremos nuestras sanciones, pero el Tribunal de Ética se debe regir por la Constitución Nacional y las leyes y no por interpretaciones  erróneas de la conducta del profesional…… En el campo Jurídico y Forense ve uno casos de Psicólogos de la Instituciones que se saltan las leyes y no pasa nada…..

Para reflexionar………….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

miércoles, 10 de agosto de 2016

Las Creencias vs los Hechos en casos de Abuso Sexual en Menores: Una reflexión.

En los procesos penales en general y los procesos de Abuso Sexual en menores siempre se tienen testimonios de las partes llámense presuntas victimas, victimarios, testigos, Peritos, etc., sin embargo, ¿como podemos saber que los anteriores están diciendo la verdad sobre un hecho?... y  ¿Cómo puede un juez determinar la Credibilidad de un Testimonio?... Bueno, se supone que debe haber un relato coherente, lógico y especialmente que sea acorde a unos hechos claros y que realmente hayan sucedido; Como quien dice, lo narrado debe ser coherente con una situacion que sucedió realmente dentro de un contexto de Tiempo, Modo y lugar según el requerimiento Jurídico y de Investigación.

En estos dias salio una sentencia de la Corte Suprema de Justicia (47124 de 13/07/2016) donde se habla del testimonio de los menores y dice que el supuesto relato debe ser corroborado, ya que no es creíble per se ya que puede haber manipulación, ser fantasioso o simplemente ser una mentira.

¿Esto realmente sucede en nuestro ámbito Judicial, o sea, que se investigue si el hecho sucedió realmente?.... Resulta que todavía hay Jueces que se guían o creen en el testimonio y no tienen en cuenta sino ello para condenar y se basan en lo que yo llamo en creencias, y lo que denomino como sentencias Judiciales basadas en creencias..... 

Ahora bien, ¿como toman decisiones judiciales de condena sin pruebas reales del hecho?. La respuesta obvia es que se basan en criterios Jurídicos (no científicos, ni técnicos), y de pronto en conceptos dados por funcionarios públicos con funciones de “peritos” que dicen que el relato es coherente y que corresponde a un abuso sexual, sin que se hagan Valoraciones Forenses que determinen el posible abuso; Bueno… aquí hay una disyuntiva, ¿en los casos de abuso sexual los peritos de Medicina Legal, y los funcionarios del ICBF, CTI, DIJIN SIJIN, etc., realizan valoración de Credibilidad del Testimonio, como para determinar al menos esa COHERENCIA de que hablan?........ La respuesta definitivamente es NO. Estos funcionarios se limitan a realizar una entrevista judicial o Forense, o un examen Mental, en algunos casos, pero no determinan la Credibilidad de un testimonio; Si no hay comprobación de los hechos y el testimonio no ha sido corroborado ........¿Entonces, como toman las decisiones los jueces?.... Bueno, la respuesta podría ser simple y es que se basan en lo que llamamos un sistema de creencias. Las creencias según muchos Teóricos de la Psicología Social son “posiciones o actitudes que se tienen frente a un objeto social”, que traducido en términos generales, es como "yo pienso que son las cosas" o "así las veo", o "es mi opinión", y esto es derivado de la experiencia personal o emocional de las personas; Ante esta situación y mirando los cimientos de la Psicología social especialmente expuesta por Aroldo Rodríguez, Byrne, Dollard y Miller, entre otros, nos encontramos con un panorama en que se observa que los jueces definitivamente toman decisiones jurídicas basados en creencias- “yo le creo al menor”…….. “yo le creo al perito de Medicina Legal, o del funcionario del CTI, SIJIN, DIJIN, ICBF,….. Porque muestran credibilidad”.
Este sistema basado en creencias utilizado en el ámbito jurídico, implica que las decisiones judiciales no están cimentadas en los argumentos Científicos, Técnicos, Forenses, o Psicológicos, sino en normas jurídicas, sin ninguna sustentación que determine su veracidad; Los jueces dicen que se basan en sentencias de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, o en apreciaciones como las de la senadora Gilma Jiménez, o de la retrograda Psiquiatra Isabel Cuadros, o los Psicólogos  de la Asociación "Creemos en Ti" e inclusive Psicólogas del ICBF, Comisarias de Familia,  que dicen que los niños dicen la verdad...... ¡no se en que se basan!. En fin todos los Psicólogos que trabajamos en serio en el Ámbito Forense sabemos que los menores pueden mentir, ser influenciados, ser manipulados, o en su defecto pueden crear un hecho que no existió o en términos simples crear una fantasía..

Bueno, digamos que se realiza la valoración de Credibilidad del Testimonio, a través de las técnicas existentes en el ámbito de la Psicología ..... ¿esto indica que el hecho.... sucedió?... pues tampoco, porque lo que mide es un nivel de credibilidad y esto es probabilístico, nunca mide los hechos. Los hechos se determinan por labores de investigación Judicial basada en aspectos criminalisticos y Forenses.
Mi pregunta es.... ¿los conceptos Judiciales o las sentencias emitidas solo por una creencia se ajustaría a determinar la ocurrencia de un hecho y la culpabilidad de una persona?.... Yo diría tajantemente que no, esto debido a que estas sentencias no sustentan la existencia del hecho, sino la CREENCIA de que sucedió y por ende esa creencia determina una supuesta victima (sin serlo) y un supuesto victimario (sin serlo). Lo preocupante es que le hacen un daño psicológico grave a las supuestas victimas y mandan a la cárcel a inocentes.

Es increíble la falta de preparación y de criterio de los jueces, que inclusive, en algunos casos en que la fiscalía no aporta pruebas, ni sus peritos pueden determinar daños psicológicos o credibilidad, descartan las intervenciones de los peritos, y terminan diciendo "que le creen al menor" y eso es suficiente para condenar; Así mismo, en muchas ocasiones, descartan de plano la intervención de peritos expertos de la defensa con el argumento que el perito no evaluó al menor, sino al supuesto victimario, o que tiene mas credibilidad un funcionario publico que un profesional privado… ??????? … esto se ha presentado en varias sentencias de primera instancia, en las que jueces con argumentos risibles aplican la justicia.
Vuelvo a un comentario de un caso de abuso sexual en el cual intervine como Perito donde un juez dice que le cree al menor de un hecho que sucedió cinco años atrás; la madre denuncio el presunto hecho porque se soñó que habían violado su hijo y el día siguiente le dio una paliza hasta que el menor dijo que si; la Psicóloga del ICBF, dijo en cuanto al testimonio del menor: “en aras de la buena fe, hay que creer en el testimonio del menor  y el señor tal abuso del mismo”… Lo dijo en el informe "pericial" y lo sentenciaron a la cárcel ¡!!!!!!...... Yo me imagino el trauma del menor, que por un sueño de su mama haya sido violado y un Juez haya corroborado la versión, junto con una perito Psicóloga del ICBF, que nunca utilizo ninguna técnica de valoración del Testimonio, ni ninguna técnica de entrevista Forense. Esto verdaderamente es preocupante..

Tenemos que cambiar la actitud frente a los procesos penales, ya que los mismos exigen rigurosidad en la investigación y en el aporte de pruebas periciales validas y no caer en las especulaciones o en creencias que no tienen fundamento científico.
Traigo a colación el comentario hace algunos años realizado por una Psiquiatra llamada Isabel Cuadros en un programa de Televisión que dijo: “que todos los hombres éramos unos pervertidos y que solo era que se nos diera la oportunidad y lo demostrábamos”. Esto en el sistema de creencias representa un sentido de atribución que dice que todos los hombres somos pervertidos, ademas afirma que los niños SIEMPRE dicen la Verdad y que debemos creerles.......!

Este articulo refleja mi Pensamiento como persona libre en un país democrático  donde se tiene el derecho a la opinión.

Articulo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro 
Psicologo, Perito Forense e Investigador CriminalBogota, Colombia

investigacionescriminales@yahoo.com 

jueves, 4 de agosto de 2016

Valoración Psicológica Forense del Abuso Sexual en Menores: Una Reflexión.

En estos días he estado en varias audiencias de Juicio Oral y como es sabido me especializo en casos de Abuso Sexual, especialmente de menores, y he actuado en unos 200 casos desde que entre como Psicólogo Forense al Sistema Penal Acusatorio desde el año 2005; la verdad la experiencia siempre ha sido interesante, he “aprendido” y visto muchas cosas en cuanto a la Investigación del Delito Sexual y también  en cuanto a la Valoración Forense del Abuso Sexual.

A través del tiempo he visto que el Instituto de Medicina Legal ha creado una serie de Reglamentos o Protocolos para el abordaje de las presuntas víctimas de Abuso Sexual y su consiguiente Valoración Forense especialmente en los campos de la Psiquiatría y Psicología; Los Psicólogos y Psiquiatras Forenses cumplen una función muy importante en la investigación del delito sexual ya que son los encargados de valorar las secuelas del Abuso Sexual o en su defecto el mismo abuso sexual y presentan sus informes como parte del material probatorio en la audiencia de Juicio oral. La labor del Psicólogo es realmente evaluar a la víctima y realizar un diagnóstico sobre su estado mental después del presunto hecho y determinar las secuelas del mismo.

Lo anterior parece lo normal en un caso de Abuso sexual, sin embargo, en la realidad suceden cosas muy diferentes a lo esperado en un caso de abuso sexual; como dije en Medicina Legal existen unos protocolos de Evaluación y resulta que no se cumplen en su mayoría, y además las solicitudes a Medicina Legal no se refieren al Abuso Sexual, sino a otros aspectos que dejan una inquietud de cómo se maneja la Investigación del Abuso Sexual; En estos días estuve en un caso de Abuso Sexual y la Fiscalía llevo a una Psicóloga de una Institución privada que realizo una Valoración Psicológica de la menor y a un Psiquiatra de Medicina Legal que evaluó a la menor de acuerdo a la solicitud realizada por la Fiscalía;  hasta ahí todo va normal, sin embargo, el caso es bien particular y sus pericias también.

En síntesis al parecer una menor con retardo mental leve reporta haber sido “abusada” por un profesional de la Salud de la Institución donde se encuentra en Intervención Terapéutica, al profesional se le arresta y se le acusa de acceso carnal en incapacidad de resistir (por su retardo cognitivo), como vemos, un caso bien compleja, pero lo que declaran los profesionales es algo interesante, pues se supone que el Psiquiatra debía hablar sobre el Abuso Sexual y sus traumas y la Psicóloga también debía hablar sobre su valoración realizada; pues lo que se encontró es que NINGUNO de los Profesionales EVALUO el Abuso Sexual… Así como leen, ninguno lo valoro, el Psiquiatra valoro el Retardo Mental y la coherencia del testimonio y la Psicóloga le realizo un seguimiento del supuesto abuso y al parecer “valido” el relato de la menor sin realmente realizar ninguna valoración real con técnicas propias para ello.

En el momento de la audiencia se le pregunta al Psiquiatra si había valorado el Abuso Sexual y dijo que no, ya que la solicitud había sido que si la menor tenía algún retraso cognitivo y si su relato era coherente (¿?) con un abuso y la Psicóloga respondió que había realizado una Valoración Psicológica, pero que tampoco evaluó el Abuso Sexual; Como vemos los testimonios “periciales” de la Fiscalía no tenían nada que ver con el proceso, ya que el hecho de que se valorara el retardo o a la menor en general, no determinaba nada con respecto al presunto abuso y tampoco incidía en nada en la toma de decisión del juez.

¿Por qué sucede esta situación?...... Pues, considero que se está asumiendo que lo que dicen los menores es cierto y que fueron abusados y no se necesita realizar ninguna valoración al respecto y cualquier profesional puede dar un concepto cualquiera para validar ese relato; Como quien dice, no se necesita sino un relato y ya, todos para la cárcel….. No entiendo porque la Fiscalía no pide la valoración de la víctima en términos del Abuso Sexual y tampoco entiendo como Medicina Legal no valora obligatoriamente a toda presunta víctima de abuso sexual en ese contexto. Dentro de las intervenciones no se evidencio que la menor hubiese sido abusada y se creo muchas dudas sobre el relato…….. La Psicóloga no hizo ningún diagnostico en realidad y se limitó a trascribir la historia clínica sesión por sesión; La verdad no sé qué está pasando en la Psicología Forense o en la valoración Forense pero hay “pericias” que no tienen nada que ver con el caso. He visto como Psicólogos valoran el ambiente familiar, la situación académica, como esta de amiguitos, que materia le gusta a la menor en lugar de evaluar el presunto Abuso Sexual.



En Colombia está sucediendo algo particular y es que en casos de Abuso Sexual de Menores se asume que el relato es suficiente y que hay que CREER en lo que dicen los menores, ¡¡¡sin necesidad de investigar……!!!! Bueno, vuelvo a preguntar: ¿Qué pasa con la Psicología Jurídica y Forense?..... ¿Se estará dedicando a valorar bajo el punto de vista clínico y no en el Forense?, o se estarán dedicando a “validar” testimonios con el CBCA, con los Muñecos Anatómicos, con los test proyectivos, con interpretaciones etéreas de una situación de abuso; Me causa mucha curiosidad los análisis de caso de algunos Psicólogos Forenses en su “Teoría de Caso” donde hacen unas especulaciones e interpretaciones que de verdad lo pone a uno a reflexionar. La verdad parece un cuento de Julio Verne…….  Me acuerdo de un caso donde la menor NUNCA dijo, menciono, hablo sobre el presunto Abuso Sexual y la Psicóloga del ICBF “interpreto” ese SILENCIO como “UN MECANISMO DE DEFENSA” que tenía la menor y que le impedía hablar de lo que sucedió, pero que si había sido ABUSADA……. Bueno, en verdad no se si reírme o preocuparme de que se piense y actué así, creo que debo preocuparme ya que con ese CONCEPTO ESPECULATIVO y poco SERIO se CONDENO al acusado.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, D.C., Colombia