Hace pocos días entregue unos informes
Periciales, donde hago el análisis técnico científico y forense de unos
informes periciales dados por un Psiquiatra en un caso de Abuso sexual, así como
siempre los he presentado y el Abogado Defensor me comento que el Juez no quería
aceptar mi informe, ya que yo era Psicólogo y el informe era de un Psiquiatra
por lo tanto, no podía dar mi opinión, sin embargo los acepto ya que el
Tribunal Superior le ordeno recibir este tipo de informes porque eran
conducentes, esto derivado de otro caso.
La posición del Juez en este caso, en primera
instancia podría ser adecuada, sin embargo, le asiste falta de conocimiento
dentro del tema sobre quien puede ser un Perito en cualquier caso; si mal no
recuerdo un Perito, según el Código de Procedimiento Penal, es una persona que
tiene conocimientos en un tema en particular, sea especializado en el tema (no
dice que sea académica) o que tenga, tenga una profesión o que empíricamente sea
reconocido en el tema a tratar, esto quiere decir que las personas con un
conocimiento especifico pueden actuar como Peritos.
La Disonancia del Juez esta en que plantea que
los Psiquiatras deben ser “cuestionados” por los mismos Psiquiatras y no por Psicólogos,
como quien dice, zapatero a tus zapatos; sin embargo, en el caso específico de
los Psiquiatras y Psicólogos, la cosa no es tan fácil, empezando que los
Psiquiatras son Médicos con especialización en Psiquiatría y los Psicólogos somos
Profesionales de la conducta, quiere decir, nosotros estudiamos cinco años
sobre la conducta humana y ellos solo hacen una especialización de tres años.
En este punto no pretendo descalificar a los Psiquiatras, sin embargo, ellos
trabajan mucho mas el campo de la Salud Mental y nosotros enfatizamos en la
Conducta humana y en la Conducta llamada Anormal o también los llamados Trastornos
Mentales, siendo así, podemos dar nuestra opinión Pericial sobre el tema
tratado por ellos.
Para aclarar el asunto, el Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia, por allá en el año de 2009,
unificaron el Protocolo de Valoración Forense y lo denominaron “Protocolo de Valoración
Psiquiátrica y Psicológica Forense”, quiere decir que se utilizan los mismos procedimientos
para hacer las valoraciones y por ende los mismos principios Científicos para
ello.
Bajo este principio los Psicólogos y
Psiquiatras al usar los mismos conocimientos, pueden dar sus opiniones en el ámbito
forense, ya que se usan los mismos parámetros y referentes científicos, así como,
el Manual Diagnostico y Estadístico de Enfermedades Mentales o el denominado
CIE- 11, que es un compendio de la clasificación de enfermedades a nivel
mundial, siendo así y por ser aceptado internacionalmente estas clasificaciones
en Salud y Salud Mental, ¿Por qué un Psicólogo no puede analizar o refutar un
concepto de un Psiquiatra?.
Los Psicólogos y Psiquiatras somos reconocidos
como Personal de la Salud en Colombia e inclusive muchos Psicólogos trabajan en
el ámbito de la Salud Mental, en el Área Clínica y también el área de la salud,
hacen valoraciones Clínicas, Diagnósticos, hacen Terapia, en fin, muchas
acciones en Salud para colocar un ejemplo, durante la Pandemia se trabajo con
Pacientes con COVID, se ha trabajado con Pacientes con Cáncer, los Psicólogos podemos
hacer Programas de Prevención en Salud, yo, por ejemplo, estuve realizando por allá
en el año de 1990, programas de prevención sobre VIH-SIDA, inclusive, yo realice
una profundización en el Área Clínica en mi universidad de tres semestres en
esa área e hice practicas en un sitio llamado Teletón, reconocido como centro
de rehabilitación de Discapacitados donde había pacientes con lesiones físicas y
traumas físicos, los cuales fueron tratados de forma integral y yo era parte de
ese grupo interdisciplinario, muchos Psicólogos trabajan en Hospitales, Clínicas,
en fin, sin que sean discriminados por su profesión y no ha pasado nada., Yo trabaje
cerca de 20 años en el área clínica y he tenido pacientes con adicciones, con
abuso sexual, maltrato, violencia Intrafamiliar, y muchos casos de
esquizofrenia, Depresión, Ansiedad, Fobias, realice cientos de exámenes mentales,
Valoraciones Psicológicas, terapias de todo tipo, y en el ámbito Forense he
realizado cientos de Valoraciones a Victimas, acusados, etc., inclusive en la casación
33833 de 2010 de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia se tuvo en
cuenta mi experticia, junto con los de la Medica de Medicina Legal en cuanto a
la tasación del daño en una victima de lesiones personales, yo sin ser medico
pude determinar el daño en su vida de relación y daños morales, en fin, los psicólogos
incursionamos en el ámbito de la salud y no necesitamos ser médicos para
comprender ciertas patologías dentro del ámbito de la salud.
No es nueva esta posición de los jueces, pero también
no es nueva tampoco en el mismo gremio de Psicólogos y Psiquiatras, ya he
tenido amargas experiencias con el Colegio Colombiano de Psicólogos a través de
su Tribunal de Ética, ya que he sido “investigado” por realizar un análisis de
un concepto de Psiquiatría en la cual estaba calificado para realizarlo, pero según
ellos, no podía realizarlo o algo así. Así mismo, me acuerdo en una Audiencia
que fui solicitado en sala para asesorar a la defensa en un interrogatorio,
esto de acuerdo al artículo 396 del Código de Procedimiento Penal y en la
Audiencia de Juicio Oral la Fiscal se opuso a mi presencia ya que consideraba
que yo como Psicólogo no podía intervenir a pesar de haber sido aceptado en la
Preparatoria, al fin el juez reviso todo y me acepto, pero me dijo que solo podía
hablar de Psicología, entonces, antes de empezar le solicite que me aclarara
los límites de mi intervención y me respondió “señor Psicólogo, usted debe
suscribirse a lo de la Psicología”, yo le respondí: “Señor Juez, La Psicología es
una Ciencia que estudia el comportamiento humano en todos sus aspectos… ¿Cuál es
mi limite?... Se quedo pensativo y me dijo que podía actuar de acuerdo con mis
conocimientos…
Volviendo al encabezado de mi artículo… ¿Son
los Jueces quienes determinan la idoneidad del Perito?, Ellos determinan en
preparatoria quienes pueden actuar como Peritos?, ¿Es una cuestión de
Profesiones o de Conocimientos científicos?, Si hablamos de opinión Pericial,
¿Un Psicólogo, no puede dar la opinión sobre lo dicho en un caso, aunque tenga
conocimiento sobre este tema?...
Quiero aclarar que cuando lo llaman a uno,
como asesor o Perito en un caso, por ejemplo, de Abuso Sexual, lo llaman por su
Conocimiento en Abuso Sexual, y no específicamente en Psicología del Abuso
Sexual o en solo lo que es una Valoración Psicológica, esto es mas complejo de
lo que se plantea; ¿Si se han dado cuenta que en ningún momento he dicho que he
refutado a ningún Psiquiatra o Medico u otro profesional?, es pues porque yo no
refuto, sino que yo hago un análisis de lo que dice el profesional, solo eso,
un análisis acorde a los procedimientos Técnicos o Científicos y es legal
realizar esos análisis, el encabezado de todos mis informes dice “informe
Pericial” y al final digo que ese informe es la base de opinión pericial de
acuerdo al articulo 415 del Código de Procedimiento Penal.
Volviendo a los Jueces y Fiscales e inclusive
defensores, y no pudiésemos sino interrogar a los Psiquiatras u otro
profesional con uno de la misma profesión… No seria que esos jueces, fiscales,
defensores, procuradores y demás… ¿Estarían impedidos?, Pues claro, ya que
ellos no estarían calificados para hacer las preguntas al profesional, ni podrían
cuestionarlo siquiera…
He visto a Jueces que miran el internet para
hacerme las preguntas y me cuestionan sobre temas que ni siquiera tienen que
ver sobre el caso, me evalúan como si yo estuviera en un examen de Psicología,
no digo que son todos, pero si sucede con mucha frecuencia.
Para terminar, si es un Caso de Violencia
Intrafamiliar, Abuso Sexual, Valoración Psicológica o cualquier caso de
competencia del Perito, este puede dar su “Opinión Pericial” y esto es legal
dentro del Ámbito Jurídico, además, la idoneidad del Perito se acredita en el
Juicio Oral y no en la preparatoria y menos por el Juez de la causa. Si mi opinión
Pericial ha sido tenida en cuenta legalmente en docenas de casos, que han
llegado a tribunales superiores, tribunales administrativos, Juzgados, en
Casaciones ante la Corte Suprema de Justicia… ¿Por qué no puedo actuar en casos
en primera instancia, si tengo el conocimiento según mi experiencia?
Para Reflexionar …
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense
investigacionescriminales@yahoo.com