Por estos días tuve varios casos de
presuntos Abusos Sexuales y de los cuales, dos particularmente me llamaron la atención, más
bien tres que me dejaron inquietud de cómo se maneja el asunto de la
investigación de los Delitos Sexuales por parte de la fiscalía, ya que no
existe la investigación del Delito o el hecho como tal, sino que se basan en
suposiciones, en creencias o especulaciones de hipótesis alternativas sin
ningún sustento Técnico o Científico que pretenden comprobar un hecho sin tener
pruebas del mismo.
Cuando habla uno de Investigación,
uno siempre sabe que eso es una herramienta muy importante para la ciencia y
para comprobar HECHOS que han sucedido o podrán suceder, en el campo de la Criminalística se supone que se hace una recolección de la información, se hacen
hipótesis, se corrobora con la contrastación de los elementos de prueba y ya…
se comprueba la teoría de caso, la cual hace la Fiscalía. A mí me parece
perfecto todo este planteamiento, pero en la realidad, eso no funciona así, en
la Fiscalía existe un área que se llama Cuerpo Técnico de Investigaciones o
CTI, que se encarga de las investigaciones de los delitos sexuales e inclusive
hay una Unidad especializada en ese tema, en Colombia en realidad los Fiscales
no hacen ninguna investigación, solo se limitan a conocer lo que hacen los
investigadores y dan órdenes a sus peritos de realizar valoraciones (nunca
pericias) y a la final citar supuestos testigos, que muchas veces no lo son.
Refiriéndome a los casos en que
intervine, dos en particular, eran de casos de presuntos abusos sexuales en
menores de 8 años, uno supuestamente por el Abuelo y otro por el padrastro, en
“hechos” que supuestamente sucedieron “varios” años atrás… ¡Sin comentarios…!,
Yo hice entre mis pericias, un análisis si los acusados tenían la conducta
Pedofilica o sea que si le gustan los niños o niñas bajo el punto de vista
erótico y en los dos no había ningún criterio científico que dijera que tenían
esas conductas.
Yo realice labor de campo,
entrevistas, análisis de documentos, de valoraciones, analice las entrevistas
judiciales de las menores, de exámenes forenses, en fin, llevamos testigos que
dijeron que no pasó nada, sin embargo la Fiscalía no llevo a nadie, no hizo
Valoraciones Forenses, no llevó testigos del hecho, la entrevista Judicial no
la presentaron, llevaron a las menores después de cinco o seis años para
interrogarlas… Como quien dice la defensa hizo la investigación y la Fiscalía
se limitó a llevar a los menores; ninguna de las dos menores presentaban
desfloración, lesiones, solo al parecer reportaron tocamientos, estos sucedidos hacía años…
Se supone que científicamente los
abusadores de menores de 10 0 12 años son Pedófilos y deben satisfacer sus
deseos eróticos con niños… ¿Por qué para la Fiscalía y los Jueces consideran
que cualquier persona es Pedofilia solo porque una menor reporta un
“tocamiento”?... sin investigación, sin valoraciones forenses, ni Psicológicas
o Medicas, sin testigos … La Pedofilia hay que determinarla y lo hacemos los
Psicólogos o Psiquiatras (mejor nosotros) y no los niños de 6 u 10 años que
determinan que fueron abusados y una investigación que no se realizó…
La Pedofilia está determinada en el
DSM5, o sea que por lógica científica quien cumple los criterios lo es, y quien
no cumple los criterios NO lo es… Así de sencillo…
Les cuento que el Juez cuarto analizo
mis Pericias y los testimonios de la defensa y las “pruebas” de la Fiscalía y
absolvió al acusado, ya que considero que no había pruebas para condenarlo, sin
embargo, el Juez 53 condenó al acusado considerando en la sentencia que le creía
a la menor… No tuvo en cuenta mis valoraciones, ni nuestros testigos, la
Fiscalía no presentó valoraciones Forenses, ni testigos del hecho, solo una
versión de una menor que dice que la “tocaron” desde que tenía seis años…
Esperemos la apelación a ver qué pasa…
Aquí estamos en un predicamento
Ciencia vs Creencia… ¡Yo creo que la menor dijo la verdad…! ¡Yo tengo la
certeza que no cumple los criterios científicos de que sea Pedófilo…! ¿Vemos la
diferencia?...
El tercer caso era evidente que no
había pasado nada, la menor estaba dormida, era una fiesta, había docenas de
testigos que no vio nada, nosotros llevamos testimonios, yo presente mis
pericias y el mismo Juez 53, condeno al acusado, ya que, ¡le creyó a la menor!,
la versión de la menor condenó al acusado, y esa versión de la audiencia ni
siquiera se pareció en nada a la tomada por el CTI, la menor fue supuestamente
“tocada”, sin embargo, no se comprobó ello y menos que si el tocamiento fuese
de tipo erótico… ¿Se preguntaran porque digo ello?, simplemente conozco todo,
ya que hice la investigación y analice todas las pruebas, ni siquiera hubo una
Valoración de Medicina legal ala menor, en fin … Para Reflexionar…
Si quieren endurecer las penas a los
abusadores sexuales, primero deberían reestructurar las unidades de Delitos
Sexuales de la Fiscalía, sacar a los Psicólogos del ICBF de la investigación de
esos delitos, sacar a la Asociación
“Creemos en Ti” de la Psicóloga Mónica Bejarano del Ámbito de la Valoración del
Abuso Sexual, lo mismo a la Fundación Afecto de la Psiquiatra Isabel Cuadros
que usan técnicas sin ningún sustento Científico para “evaluar” el Abuso
Sexual, solo se basan en CREER y los Psicólogos serios sabemos que significa
esa palabra… Hay algunos Psicólogos(as) que hablan del Agresor sexual… ¡y ni siquiera lo han evaluado!...
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador y
Perfilador Criminal
Nota: La foto que aparece en este articulo fue sacada de internet y es publica.
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