miércoles, 12 de septiembre de 2018

Síndrome de Alienación Parental: Un enfoque Forense. Ps Ricardo Alberto Suarez Castro.

En días pasados fui contactado para realizar una valoración inusual en su solicitud, ya que me pidieron que evaluara un Síndrome de Alienación Parental (SAP), la solicitud era específica en esta evaluación, quedé pensativo ya que nunca se solicita dicha valoración y le pregunte al abogado que porque quería que hiciera dicha valoración; las razones me dejaron más intrigado ya que me comentó que el padre del menor pidió que se valorara dicha Alienación para un proceso de Custodia, ya que él quiere la custodia del menor.

Me pareció interesante la solicitud ya que el mismo juzgado de familia le había solicitado a Medicina Legal que hiciera la valoración de dicho SAP y le habían respondido que no tenían un “especialista” en evaluarlo… Yo vi la respuesta y quede sorprendido de su contenido.

Me pregunto ¿Medicina legal no tiene como evaluar el SAP?, o ¿será que desconoce que existe?, ya estoy escuchando por ahí las voces de la Psiquiatra Isabel Cuadros y de la gente de Creemos en Ti, que siempre han dicho que el SAP no existe y que hay que creerles a las mujeres y a los niños y que ellos NUNCA mienten y que las mujeres no Manipulan a sus hijos en contra de los padres; me dedique con la ayuda de mi colega de MEDINET el prestigioso Psicólogo Edgar León a buscar el material pertinente para el caso y me envió unos protocolos interesantes para detectar el SAP, tanto para padres e hijos y una literatura española sobre el tema, así mismo revise el DSM5 en su quinta edición y me encontré como solucionar el problema de los efectos del SAP en los menores y la llamada manipulación o alienación. Así mismo, revise aspectos jurídicos del caso y los protocolos de Medicina Legal especialmente el referente a la Custodia y conflicto de pareja.

Me di cuenta que Medicina Legal SI puede evaluar el SAP y que la negativa a hacerlo me deja pensativo ya que se ha dejado de evaluar dicha entidad por la negligencia de las Instituciones.

Para la valoración le di un enfoque forense y recopilé material de video sobre el menor y la madre, su relación con la madre, hice visitas domiciliarias, entreviste unos seis conocidos de los padres del menor, se valoró al menor en su casa, se observó la conducta del mismo en su casa paterna, también revise unas valoraciones Psicológicas del Bienestar Familiar de hace unos tres años, donde decían que había una dependencia del menor con la madre y que era normal la situación del menor y que no pasaba nada, que el menor tenia Ansiedad por Separación, situación supuestamente asociada a la separación de pareja, concepto que me dejo preocupado ya que el menor NUNCA ha vivido con el padre y ellos nunca fueron pareja y desde que nació están en conflicto permanente por las visitas y la custodia, el menor ahora tiene 5 años y siempre ha estado en el medio de esta situación. Sin entrar a discutir sobre esos informes de las Psicólogas del ICBF -no quiero que me investigue el Colegio de Psicólogos por dar mi opinión- bueno, es un sarcasmo, pienso que es evidente el SAP y sus efectos tanto en los padres como en el menor, nunca se diagnosticó el maltrato evidente tanto al menor como al Padre.

Había una situación que marcaba el derrotero de la valoración y es que la madre denuncio al señor por Violencia Intrafamiliar y lesiones Personales, los cuales crearon una tensión entre ellos y como resultado de ello es que no existía dicha violencia y tampoco lesiones (un hematoma porque le cogió duro el brazo a la madre), o sea que era una falsa alegación, la madre manipula las visitas, grita, tiene conductas de violencia contra el señor, en fin, según la información la Madre siempre le ha querido afectar la vida al señor, ya que no se quiso casar con ella y se casó con otra chica y tiene un hijo con ella; cuando el menor esta con el padre le coloca mensajes o llamadas cada 10 minutos para saber cómo esta, que le pase al menor, etc., etc., en fin, lo que se llama una mujer intensa….!

Es evidente la alienación y la manipulación de la Madre, no entiendo como el ICBF y Medicina Legal nunca pudieron observar, detectar dicho maltrato hacia el menor y el padre del mismo, en verdad no entiendo… ¿será que no ven lo evidente, dado que según muchos psicólogos el SAP no existe?, ¿o porque no está en la clasificación del DSM5?, ¿o del CIE-10?, ¿Sera necesario que este en el DSM5?... Bueno, ese SAP tiene su controversia, sin embargo, como profesional RECONOZCO que el SAP existe, y reconozco que la definición del SAP está acorde con una realidad, Richard Gardner lo describió muy bien y con el tiempo ha sido evidente dentro del contexto de divorcios, custodias, etc., para mi concepto es un tipo de maltrato psicológico bastante grave y se puede diagnosticar y esto si aparece en el DSM5 en la última edición, si revisamos bien aparece el maltrato y la tensión y afectación en los menores por tensión familiar; o sea, SI podemos diagnosticar, evaluar, detectar el SAP y no se necesita un especialista en ello.

Me he estado preguntando y es ¿que tipo de especialista quiso decir Medicina Legal que no tenía?, ¿Sera un Forense?, ¿será un especialista en SAP? ¿Dónde dictan dicha especialización?, hace muchos años desde el 96, he estado trabajando en casos de Violencia Intrafamiliar, Maltrato Infantil, y afines y he visto muchos casos ajustados al SAP, yo llamo esto extorsión afectiva que genera un maltrato grave en los menores y en los padres afectados por esta acción.

Alguna vez conocí un caso donde la madre de un par de niñas le hizo como 20 denuncias al señor padre, lógico todas falsas, fue desde violencia intrafamiliar hasta abuso sexual…. A las menores las “evaluaron” 23 veces por psicólogos de diferentes instituciones, yo evalué a las menores y determiné el maltrato (SAP) y fui cuestionado por ello ya que la gente de Fundación Afecto “respaldaba” a la madre alienadora e inclusive cuando llegue al juzgado me encerraron en un pasillo con carteles y consignas sobre las “victimas” de los hombres, decían que el denunciado era un maltratador y violento, cuando en realidad era una persona pasiva, sin conducta violenta o de agresor sexual; me toco salir con escolta policial. El tribunal de Bogotá exonero al señor de la acusación de abuso sexual, y fue exonerado en primera instancia de las otras acusaciones. Lo curioso del asunto es que si no le funcionaba la denuncia en la Fiscalía, se iba al ICBF, comisaría de familia, y convencía a las psicólogas que las niñas estaban afectadas por la acción del padre, ella a las niñas las entreno para odiar al padre y era evidente la manipulación ya que las menores hablaban de cosas que en mi investigación era imposible que hubiese sucedido, en fin, toda una película de horror e intrigas.

Me pongo a reflexionar sobre el asunto y veo que ese cuento que hay que creerles a los niños y a las mujeres , hay “profesionales” de la salud que especulan sobre el asunto, que no evalúan a fondo, que no investigan a fondo, que crean victimas falsas de abuso sexual, en fin, es curioso pero en “creemos en ti” y Fundación Afecto  le hacen tratamiento por abuso sexual a niños y niñas que no son considerados víctimas de abuso sexual por un Juez de la República, ¡ah! y eso sin decir de los conceptos del ICBF que determinan lo mismo y después los jueces no encuentran el abuso…. Preocupante ….. ! 

Para información la poca credibilidad de la definición de SAP es porque Gadner fue acusado de Pedofilia por una falsa denuncia y que ahora muchas mujeres argumentan que su concepto no es válido porque el si era pedófilo……

¡Para reflexionar……!

Como siempre les cuento que en este artículo estoy ejerciendo mi derecho a expresar mi opinión, derecho consagrado en la Constitución Nación.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

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