En estos días me llego la casación
No. 47.423 de 09/05/2018 de la Corte Suprema de Justicia y me puse a analizarla
con detenimiento ya que el punto de discusión de la corte estuvo basado en un
concepto de una Psicóloga de la Defensa que cuestiono la entrevista realizada
por el CTI, (de un investigador y una Psicóloga de allá) esta profesional se presentó
como Perito Experta y “refutó” la forma que se realizó la entrevista en términos
de un enfoque que decía que “una entrevista a menor de edad presuntamente
abusado(a) puede tener el efecto de crear falsos recuerdos o memoria falsa”, la
corte en su sustentación determina que la psicóloga no sustento o “demostró”
que la entrevista estaba sesgada y que fue inducida por parte de los
entrevistadores.
Me puse a analizar el
asunto y me pareció interesante el tema ya que la corte asumió un papel de
definidor de lo que es Ciencia y que no, y al mismo tiempo determina que es una
Teoría Científica y como se debe sustentar (No sé de dónde sacan tanta bibliografía,
pero me deja pensativo la Corte), resulta que la Profesional cogió la
entrevista y la analizo de acuerdo a su contenido y la forma de la realización de
la misma y concluyo que la menor había sido “influida” por la forma en que se realizó
la entrevista, sin embargo, al parecer la Psicóloga no sustentó llevando
estudios científicos sobre el tema y no “sustentó” científicamente su apreciación;
La corte determina que la Psicóloga y el Investigador si hicieron la entrevista
correctamente y que estaban cumpliendo el Protocolo SATAC para este tipo de
Entrevistas, o sea cumplieron los pasos del Protocolo y la menor hablo de forma
natural la entrevista contando al parecer una verdad corroborada por los demás intervinientes
en el juicio.
Al analizar el asunto yo me
planteo algo y es: ¿Por qué la Corte cuestiono a la experta, sin que hubiese un
careo entre expertos científicos o psicólogos?, quiere decir, la Corte funge
como determinadora de que es científico y que no lo es?, ¿Sera que la Corte
determina la validez y confiabilidad de una entrevista?, ¿Al no ser enfrentada
la Psicóloga con otro concepto científico de otra perito, no tendría ella la
palabra?, pensaría que la corte no puede ponerse en posición de ser el veedor
de la ciencia o algo así, tampoco puede coger bibliografía sobre el asunto para
“acomodar” un concepto científico y cuestionar una teoría o un planteamiento o
una técnica, eso se da en los tribunales o audiencias y en ellas se sustenta la
opinión Pericial.
Bueno, como siempre son tan
cuestionador pondré mi punto de vista; en primera instancia lo interesante es
que se “cuestiono” una entrevista que la corte da por genuina y creíble, no se cuestionó
una pericia, no se cuestionó una valoración científica, solo se cuestionó el
procedimiento de la Técnica SATAC y la posible contaminación del relato…..
Ahora para la corte no se puede determinar del testimonio, no se puede
cuestionar el supuesto relato, no es válida la sustentación científica,
¿entonces, que haremos los peritos psicólogos, si la ciencia no es válida para
la corte?.
A los Peritos no ponen
reglas, nos prohíben dar conclusiones sin fundamento, no podemos determinar
hechos, no podemos dar conceptos de certeza, nos dicen que la Psicología no es
una ciencia etc., nos dicen que la ciencia o técnica debe ser reconocida en la
Comunidad Científica, que debe ser reconocida científicamente, etc…. ¿Y entonces
que pasa con los peritos expertos?, parece ser que mi táctica de llevar libros
y el DSM-V, bibliografía para leerles pasajes de estudios les gusta a los
juristas (aunque no entiendan de que habla uno), piden que uno les explique de
forma sencilla y sin embargo, si no les “parece” lo que uno dice lo descartan y
no se tiene en cuenta para sus decisiones.
Veo con preocupación que
los jueces y magistrados solo tienen en cuenta lo que presenta la Fiscalía y no
lo que presenta la defensa, en el presente fallo lo interesante es que la
PSICOLOGA del CTI, solo entrevisto a la menor y actuaba como Investigadora
Criminalista y no como PERITO experta.
Ojo Psicólogos, creo que
nos estamos echando la soga al cuello y suicidarnos en el ámbito del Peritaje
Forense.
Lo que me parece tenaz es
que publique hace poco una sentencia de la misma corte y descalifica a los
peritos de Medicina Legal, a una Psicóloga del ICBF y a una Entrevistadora
investigadora del CTI y absolvió al acusado…..
En fin, mi impresión es que
la Corte Suprema de Justicia ahora es quien determina que es ciencia y que no
lo es, por ahora me ha ido bien, pero seguiré siendo cuestionado.
¿Sera que tendremos que
llevar material Bibliográfico, libros, y demás material a las audiencias? Será que
tendremos que explicar teorías sobre la conducta humana en cada audiencia?, ¿nos
tocara llevar preparada una conferencia sobre el tema y llevar una USB con el
material?, ¿No podemos como peritos opinar sobre un tema sino esta avalado por
la comunidad científica?, ¿Quién es la comunidad científica en Psicología?, ¿Las
Universidades?, ¿los colegiados?, ¿las asociaciones científicas?, ¿o algunos psicólogos
por ahí que tienen doctorados y demás serán los dueños de la ciencia?, la
ciencia es el conocimiento y no es exclusivo de nadie, parte de la observación,
análisis, contrastación y verificación o predicción de hechos objetivos y para
ello no se necesita sino usar ese conocimiento y realizar un análisis de
situaciones, ¿o no?.
Repasare mi Psicología básica
y un día de estos en audiencia les hare un tratado sobre el Condicionamiento Clásico
y Operante para que queden bien aburridos… revisare y les daré Bibliografía
sobre el tema.
Una anécdota, el año pasado
me pidieron como Perito Psicólogo y de acuerdo al artículo 396 del CPP podía estar
en la Sala, el día de la apertura de la Audiencia el Fiscal se opuso ya que yo
era Perito también, se aclaró el asunto y el Juez me dijo que solo podía asesorar
en términos de Psicología, y de nada mas, le pregunte: “Señor Juez, ¿Cuál es el
límite de mi intervención”, respondió: “al campo de la Psicología”, respondí: “la
Psicología consiste en el estudio del comportamiento Humano en todas sus áreas,
¿Ese es mi límite?, me dijo que si… ¡sin
comentarios…..!
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez
Castro
Psicólogo, Perito e
Investigador Criminal
Bogotá, Colombia
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