domingo, 10 de septiembre de 2017

CBCA, su utilidad en el Ambito Forense: La realidad bajo la experiencia.


El día de hoy me llego un mensaje de mi  querido abogado Fernando Castañeda con quien trabajo en algunos casos, relacionada sobre una investigación realizada a la técnica de credibilidad del testimonio denominada CBCA, la cual se ha utilizado en el Ámbito Forense para al parecer determinar si un relato de abuso sexual en menores es creíble o no, y al leer el estudio se da uno cuenta de la realidad de este procedimiento (No la realidad de un relato) y queda uno hasta preocupado y les diré porque.



En Colombia apenas llego el Sistema Penal Acusatorio (año 2005 en Bogotá), se empezó a promocionar en el Ámbito de la Psicología Forense la utilización de la técnica del CBCA (Análisis de contenido basado en criterios), e inclusive las Universidades o programas de Psicología Forense y Jurídica entrenaban a Psicólogos(as) en esta técnica, la cual se empezó a implementar en diferentes procesos o casos sobre presuntos Abusos Sexuales, en ese entonces tome un curso virtual llamado Pericial Psicológica del Abuso Sexual del Centro de Formación CODEX en España, la cual me enviaron el material sobre Credibilidad del Testimonio (CBCA, SVA, etc.) yo analice durante meses el tema e intente comprender el asunto de la validez de los relatos y su supuesta credibilidad.



Por razones obvias de mi trabajo como Perito Forense nunca me solicitaron en realidad la aplicación de la técnica, y aunque estoy entrenado en ella, siempre he trabajado para la defensa y no me es posible entrevistar a ningún menor presuntamente abusado, ya que esto lo hacen en Medicina Legal o por las autoridades Judiciales; me acuerdo que empecé a ver conceptos o resultados de psicólogas(os) que al parecer utilizaban estas técnicas de CBCA y observe que “determinaban” la credibilidad del testimonio y usualmente decían que era creíble y hablaban que los criterios eran válidos, que el relato tenia  validez interna y externa, había coherencia, y terminaban afirmando la existencia del presunto abuso y esto solo con la entrevista realizada al menor y un análisis simple de la memoria, descripciones, y “lógica razonable” del relato.



Bajo esas circunstancias inicie, así mismo, a cuestionar esos “conceptos u opiniones periciales” ya que en verdad  no se ajustaban a la realidad del caso (yo siempre he manejado una información integral del caso) y le faltaba mucha validez y confiabilidad científica; Paso el tiempo y con mis argumentos pude ver que en mis casos (docenas de ellos) se encontraba que la aplicación de los criterios tenía poca sustentación y no determinaba con un grado de certeza el posible abuso o “verdad” del relato, esto a la final quedaba en que ese análisis no servía para determinar el presunto Abuso Sexual, que aunque fuese creíble en términos de validez no era coherente con la realidad del caso.



Poco a poco los operadores de justicia se dieron cuenta que este procedimiento no podía determinar en realidad un abuso sexual, sino que era una simple aproximación a una posible veracidad del relato en términos de probabilidad y empezaron a desestimarlo para tenerlo en cuenta en las decisiones judiciales, inclusive la Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado sobre ello, y los diferentes tribunales de justicia, bajo este punto de vista, ¿usar estas técnicas, no sirven en el ámbito jurídico?, pues si sirven, pero de otra forma, sin ir más allá sirven como REFERENCIA para determinar si el hecho pudo haber sucedido y solo sirve como una entrevista inicial para la investigación del caso, pero NUNCA como una Opinión Pericial sobre el presunto hecho, así es….  no sirve para determinar nada como pericia Forense, ya que esta en términos de probabilidad y nada más.



Ahora bien, ¿vale la pena hacer tanto trabajo tan complejo para dar un concepto de referencia?, yo diría que no vale la pena, en nuestro medio estas técnicas murieron antes de crecer y perdieron credibilidad desde entonces; tengo un libro del Ministerio Publico de Colombia llamado la Gesta y el Cantar que realizo un análisis de estas técnicas y determino que no eran confiables y no servían para determinar los presuntos Abusos o determinar credibilidad, sin embargo, muchos Psicólogos Forenses y Jurídicos, hicieron caso omiso a esta realidad y todavía la usan… y eso que han pasado más de 11 años de la publicación del libro; Yo si uso las técnicas de credibilidad como la de Farell, les recomiendo que revisen el trabajo de Josep Ramón Juárez López en su libro “La Credibilidad del Testimonio ante supuestos de Abuso Sexual: Indicadores Psicosociales – www.buentrato.cl/pdf/est_inv/maltra/mi_juarez.pdf - ya que esta técnica es muy sencilla y puedes sintetizar una aproximación real al posible abuso, quiero decirles a mis amigos que me siguen que esa técnica la use en un caso falso de Abuso Sexual y aunque nunca entreviste al MENOR, si hice un análisis concienzudo de la entrevista grabada en cámara de Gessell, y las descripciones transcritas por la entrevistadora judicial.



Bueno, les dejo la inquietud sobre la tal Credibilidad, pero si les digo, estas técnicas en realidad tienen un margen de error supremamente alto que no se acepta en el contexto estadístico, ni científico. Pueden ver el informe de investigación sobre la técnica CBCA en el link que aparece abajo.



Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro

Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal


http://www.scenacriminis.com/articulos-en-espanol/psicologia-del-testimonio-investigacion-en-el-analisis-de-credibilidad-y-su-utilidad-en-la-practica-pericial-psicologica/






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