domingo, 4 de junio de 2017

La Teoría de Caso en Casos Penales: Una fantasía especulativa.

De acuerdo a lo que observo de forma permanente en los juicios orales los casos penales se basan en “juicios” o especulaciones de los abogados, fiscales y demás, ya que al parecer la Teoría de Caso es la que media todo juicio; es interesante como los fiscales “construyen” sus casos basados en Teorías (No saben que es eso muchas veces), que la llaman de caso, y hablan que por inferencia razonable pueden comprobar que fue lo que sucedió de forma certera y sin temor a dudas razonables, sin embargo, observo en una gran mayoría de casos, sus “teorías” son basadas en especulaciones y su inferencia razonable es de un ajuste a la ley jurídica y no a la lógica científica; las teorías son parte de la Ciencia y el Derecho no es una Ciencia, por lo tanto, hay una disyuntiva y es: hay que considerarla un conjunto de normas o leyes y su aplicación en una sociedad, o una ciencia que usa el método científico para su desarrollo?

No sé, pero para mí el segundo presupuesto no es del Derecho, y el primero por lógica no es una Ciencia, tal vez es una disciplina, que en Colombia le da el título de doctorado y en algunos países de licenciados; Bueno, parece ser que en las ciencias existe el doctorado cuando se llega a la cúspide del conocimiento científico, pero en el Derecho se le da doctorado a egresados del derecho sin el conocimiento científico…. Bueno, paradojas de la ciencia…!

Remitiéndome a mi planteamiento inicial quiero mirar lo del asunto de las “Teorías de Caso”, si lo vemos en términos científicos al plantear una teoría debemos realizar una serie de Hipótesis o supuestos que debemos comprobar a través del método científico o un sistema de pensamiento lógico-deductivo, o sea en términos claros, seria a través de un análisis lógico con respecto a unos hechos que debieron suceder o que se pueden predecir; Se podría decir que la Teoría es un conjunto de ideas que explican un fenómeno, hecho o situación y son deducidas a partir de la observación, la experiencia o el razonamiento lógico.

Veo de forma reiterada que en mis casos – especialmente de presuntos abusos sexuales – y me he dado cuenta que la inferencia “razonable” de los fiscales y jueces y de la defensa, muchas veces no tiene nada que ver con la comprobación de un hecho o explicación del mismo a nivel científico o real, sino más bien es una especulación descarada que solo usa términos jurídicos (de la corte, del tribunal y lo que dice la ley) que son determinados por el congreso de Colombia y que es “definida” por magistrados que no saben lo que es la Ciencia…. Quiere decir que hacen “inferencia” razonable de algo que no existe, que no conocen, que no han experimentado, ni conocido de forma directa.

Ahora bien, digamos que tienen “forma” de explicar el hecho, o digamos de tienen “pruebas” para comprobar un hecho; ¿me pregunto?..  ¿Esas pruebas son validadas para explicar el hecho o es un invento descarado por parte del fiscal para demostrar algo que no existe, y ganar el caso?... No sé, pero en muchas ocasiones, las pruebas son meras interpretaciones de situaciones que ni siquiera han sucedido, o que son solo parte de la imaginación fantasiosa de los fiscales, en serio, eso es…

El día de hoy coloque en mi face una nota periodística sobre un campesino que fue condenado a 20 años de prisión porque el Juez le creyó al “testigo” de la Fiscalía que determino como el señor había asesinado a la “victima” con lujo de detalles, el problema es que el “testigo” era un brujo contratado por la familia del muerto para que les explicara cómo murió el susodicho…. Ustedes dirán que son casos aislados, pero tuve un caso en el cual la vecina de un señor se “soñó” que el vecino había violado a su hijo, la Psicóloga del ICBF, valido este sueño y el juez determino que eso era cierto y condeno al acusado…. El caso Colmenares en Colombia se basó en el “sueño” de la madre del muerto, que le dijo que había sido asesinado; tengo casos donde el fiscal le “cree” al menor y “determina” que fue abusado y resulta que no tiene ni el más asomo de cómo explicar dicho abuso, No olvidemos que las creencias son solo actitudes hacia objetos sociales y que a la final son solo actos de fe….

Ahora bien, ¿Sera que esas Teorías de Caso, son válidas a nivel Técnico o Científico?... Bueno, si alguien lee este articulo me gustaría saber su opinión.. Pero definitivamente, esas Teorías es solo un planteamiento sin ninguna base científica y solo son especulaciones jurídicas sobre un hecho que no se comprueba en juicio….

No niego que se encuentran casos donde se puede comprobar el hecho, sin embargo, no se necesita plantear una Teoría de Caso, ya que no se necesita “comprobar” un hecho comprobado, quiere decir, que solo la lógica lo puede demostrar sin necesidad de mostrar nada más que las pruebas que se tienen del hecho…. No olvidemos que en la Investigación judicial encontramos algo que se llama Tiempo, Modo y Lugar de los Hechos……. Sin más comentarios…!

Solo pregunto: ¿La defensa como puede comprobar un hecho que no sucedió, si ella no tiene acceso a los materiales probatorios de forma directa?, Por ejemplo, se le impide a la defensa interrogar directamente a los menores supuestamente abusados y solo lo que vale es lo hecho por el Cuerpo Técnico de Investigaciones (suena raro) de la Fiscalía?, o realizan entrevistas “forenses” que los Fiscales ocultan y no presentan en Juicio oral ¿y solo tienen en cuenta lo que dice en Audiencia?, interesante, eso de la Teoría de Caso, en fin…

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal

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