Hace unos días estuve en una
audiencia de juicio oral en un caso de Abuso Sexual en donde fui cuestionado
porque dije en mis argumentos que el Abuso Sexual no existía bajo el punto de
vista forense (no jurídico), de acuerdo a un análisis integral del caso (eso
hacemos los peritos) el Fiscal del caso me pregunto si yo era médico y le respondí
que era Psicólogo de Profesión y me dijo que me estaba haciendo una pregunta
cerrada y le respondí que era “psicólogo de profesión”, el caso es que me preguntaba
si yo era medico porque analice (análisis científico) el concepto del médico
forense que evaluó una menor de edad en un caso de presunto abuso sexual y
donde decía que no se encontraba ningún rasgo de abuso físico en la menor y que
no se evidenciaba ningún rompimiento del himen que reflejara una situación de
Abuso Sexual; el Fiscal estaba convencido que solo un medico puede dar un
concepto sobre el abuso en términos médicos, quiere decir que solo un medico podía
realizar el análisis del caso; bajo este punto de vista tan concreto no existirían
los peritos forenses ya que solo existirían médicos, o psicólogos y no expertos
forenses.
Ahora bien, si bien es cierto que yo
no puedo dar DICTAMENES MEDICOS, si puedo analizar un dictamen Médico (he ahí la
diferencia), si yo analizo el caso y observo que no hay evidencia forense a
nivel medico de abuso sexual puedo determinar con base en análisis del caso que
el abuso sexual no existe; parece lógico, ¿verdad?..... Es un pensamiento
deductivo, el cual, es derivado de razonamientos, análisis, abstracciones, la lógica
y mucho SENTIDO COMUN, bueno, y de un conocimiento amplio sobre muchos aspectos…
Volviendo al Fiscal, trato de
desacreditarme diciendo que yo no era médico y no podía determinar el abuso,
sino el médico forense suyo, je je,… lo interesante es que el medico NO
determino ningún Abuso o secuela de Abuso en la menor, o sea, lleva al médico a
la audiencia para que determine que el abuso sexual NO existió y trata de
convencer a el Juez que si existió (lo interesante del caso es que está
comprobando un acceso carnal); Bueno, esto se vuelve complejo, ya que me
pregunto después (sabiendo que no era medico), que si el sexo oral realizado
a una menor dejaba huella (el dictamen decía
que no había huellas de nada) y le respondí que si (se quedó pensativo el
fiscal) y me pregunto sorprendido que cuales eran y le dije que todo contacto
con una vagina a nivel oral se dejaba ADN, y posibles pequeñas lesiones o irritación
a las misma y más en una menor…… Creo, por la cara que puso, que no esperaba mi
respuesta… Me pregunto qué porque había llegado a esa conclusión, le explique,
pero pareció no entender….
Hace unos meses también me paso lo
mismo en otro caso y el Fiscal, al parecer, no entendía porque llegue a la conclusión
de que no existía el Abuso, ya que había evaluado a la menor y no tenía rastro,
secuelas, ni relatos de Abuso Sexual, se lo explique a la Juez, al fiscal,
cuatro veces y no me entendieron, a pesar de explicarles de forma simple, me
toco explicarles en la última vez, o mejor decirles que había llegado a esa conclusión
porque “yo era muy inteligente” (esto quedo registrado en el video), hubo un
silencio sepulcral en la sala y la Juez le pregunto al Fiscal que si tenía más
preguntas y dijo que no.
Bajo este panorama, ¿Sera que los
Fiscales o también Jueces se quedaron en el Pensamiento Concreto de que habla Piaget?,
Bueno, como sabemos la capacidad intelectual se desarrolla a través del tiempo
y de acuerdo a un aprendizaje que le da a la persona elementos necesarios para
llegar al pensamiento formal, el cual es como el pensamiento lógico y
razonable, para llegar a este pensamiento se pasa por el pensamiento concreto,
donde no se hacen abstracciones y no podemos realizar análisis formales de una situación
(este pensamiento se da en niños de 7-12 usualmente) veo que muchos fiscales y
jueces al parecer no han superado esa etapa y se quedaron en pensamiento
concreto; nosotros los Psicólogos somos científicos y desarrollamos gran
capacidad intelectual (bueno, no todos… je, je, je) ya que nos formamos en el ámbito
del método científico, sin embargo, no todas las personas tienen la misma
capacidad intelectual y algunas profesiones de alguna forma no necesariamente
usan la investigación científica en sus pensum educativo; como quien dice no se
desarrolla la capacidad del análisis, la contrastación, y la deducción; si es
bien cierto que he visto que hay materias sobre filosofía de la Ciencia o sobre
la lógica y demás en áreas como el Derecho, no necesariamente los profesionales
se pueden definir como científicos o con gran capacidad intelectual.
No quiero ser pretencioso, pero veo
que muchos fiscales, jueces, y hasta defensores se les nota su baja capacidad
intelectual y son guiados más por la retórica que por la razón o la lógica; el
conocimiento se basa en el análisis y no podemos dejar a un lado esa capacidad;
No he podido entender como en todos mis casos llevan al médico forense para
decir que el menor o la menor no tiene afectación física que evidencie abuso,
para tratar de comprobar un abuso.... Bueno, me parece chistoso es que en la acusación
escriben que de acuerdo a una INFERENCIA RAZONABLE, tienen las Pruebas del
crimen….. No sé, pero sería interesante hacer una valoración de CI de los
abogados para determinar calidad intelectual antes de que sean nombrados
Fiscales o Jueces, o funcionarios públicos….
Me acuerdo de un caso donde un señor
fue condenado de abusar de una menor que supuestamente dejo embarazada, lo
condenaron a pesar que el ADN decía que no era hijo de el…. Para pensar, no sé
porque los jueces consideran que los conceptos científicos no sirven, o que no
tienen validez, o que nosotros los psicólogos no podemos pensar o hacer análisis
de situaciones forenses…. Además, es curioso como los magistrados de altas
cortes, cambian el sentido de las palabras y que normalmente significan una
cosa, pero jurídicamente otra cosa, un ejemplo es el cuento del feminicidio,
que viene del homicidio por razones de género, pero en Colombia es cuando matan
a una mujer…. O que es Discriminación, ya que jurídicamente al parecer
significa diferente; dentro del ámbito de la Psicología es un fenómeno grupal
el cual existen acciones en contra de un grupo determinado de personas, por
razones de género, sexo, religión, etc., sin embargo, según la Corte
Constitucional consiste por ejemplo en decirle “maricon” a un homosexual, en Colombia
no se distingue que es Discriminación del Prejuicio, e inclusive, en el ámbito del
delito sexual los fiscales y jueces no distinguen que es el abuso sexual
realmente……
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador
Criminal
Bogotá, Colombia
https://ricardosuarezperit.wixsite.com/peritoforense
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