En estos días mirando algún
artículo de un medio de comunicación hablaban del Acoso Sexual Callejero, y que
las mujeres se tenían que defender del mismo cuando salen a la calle; he visto también
que en varios países se habla que la mujer al salir a la calle se ven “acosadas”
por los hombres (me imagino que todos) buscando el tan anhelado fruto sexual de
las chicas desconocidas…. (¡se me salió el sarcasmo…!), y me puse a reflexionar
sobre el asunto ya que en Colombia, al parecer se volvió moda el cuento que las
mujeres están acosadas en la calle y se tienen que defender del tal acoso, inclusive grupos
de defensora de mujeres (¿?) de toda índole hablan sobre ello y se crearon grupos
de “feminazis” (sic) que al parecer “defienden” el honor de las mujeres mancilladas por los hombres, bueno, esto me parece un cuento de fábula ya que se
ha montado toda una película que no se ajusta a la realidad, y haré una reflexión sobre el asunto….
¡Claro, si me lo permiten las chicas...!
Definamos que sería acoso
sexual según el Código Penal Colombiano: artículo 210ª.- Adicionado. L.
1257/2008, articulo 29. Acoso Sexual. “El que en beneficio suyo de un tercero y
valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder,
edad, sexo, posición laboral, Social, Familiar o Económica, acose, persiga,
hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a
otra persona, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años”. Como vemos en
principio el acoso se da en entornos donde el acosador de forma manifiesta
conoce a su “víctima” y la persigue con fines sexuales usando su posición superior
sobre ella…. No olvidemos que dice el Código, el cual, habla de “otra persona”, o sea que puede
ser hombre o mujer…. Jejejeje, no hay que olvidar que las mujeres también acosan
(yo conozco algunas y les dicen intensas).
¿Será que en este contexto
existe el acoso callejero?... Pues NO, el acoso callejero no se tipifica, ni
existe como tal, y les explicare porque; Si nos ponemos a ver cuándo las mujeres
salen a la calle los conocidos por ella o el jefe no sale detrás de ella
presionarla a que tenga relaciones sexuales no consentidas, así mismo, si algún
hombre o mujer le echa un piropo a un hombre o mujer (no olvidemos que el
cuento se da hombre con hombre y mujer con mujer, también) no deja de ser un
PIROPO o de pronto una expresión de admiración por su belleza o que está físicamente
agradable a la vista de que echa el PIROPO; Bueno, reconozco que algunos
palustres no saben decir PIROPOS y se exceden en el asunto y hasta las o los
pueden tocar, esto no sería acoso, sino Injurias por Vías de Hecho…. como vemos muy diferente, y si obliga por algún medio intimidatorio a tener relaciones sexuales seria
Acceso Carnal Violento y no ACOSO…. Bueno, creo que explique el asunto de forma
adecuada para entender el famoso “Acoso” de que hablan en los medios y en las
redes sociales, si es bien cierto que existe el Acoso, este se debe
contextualizar dentro de un marco Jurídico y Social donde, tanto, la Víctima como el Victimario se determinen como tal….
Parece que hay un colectivo
de mujeres empeñadas en declararse “victimas” de los hombres y generalizan en
los medios de comunicación, como si todos los hombres las acosáramos o siempre
queremos tener relaciones con las mujeres en la calle... No chicas, eso no sucede…,
nosotros no ACOSAMOS, no somos pervertidos y respetamos a las mujeres, así sean
Trabajadoras Sexuales, oficinistas, gerentes o lo que sean en su rol social; No
niego que hay acosadores, acosadoras (les dicen intensas), Abusadores y
Abusadoras, pero no hay que generalizarlo solo a los hombres…. ¡He dicho! ....
Para reflexionar.
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez
Castro
Psicólogo, Perito Forense e
Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.
https://ricardosuarezperit.wixsite.com/peritoforense
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