En estos días tuve una Audiencia de Juicio Oral de un caso
de Homicidio e intervine como Perito, donde expuse sobre el estado mental de la
persona acusada en el momento de los hechos, y en términos generales realice mi
intervención en el bloque de testigos de la defensa, explique mi opinión pericial
en términos de Objetivo, Técnicas usadas, Metodología y por ende mis
conclusiones como perito; Bajo el punto de vista Forense se podría decir que
solo tenía que determinar el estado mental de la persona al momento de los
hechos para argumentar por parte de la defensa una posible “Defensa Propia”
derivada de las situaciones presentadas con antelación a los hechos y una
historia de amenazas y agresiones las cuales generaron el incidente materia de
peritaje.
Realice mi intervención donde se me hizo el Interrogatorio
y el supuesto contra-interrogatorio por parte de la Fiscalía, la cual, solo se limitó
a preguntar sobre en qué basaba mi opinión y no cuestiono mi peritaje como tal,
cerro el contra-interrogatorio, y se acabó la fase probatoria de mi parte o intervención,
pero la Fiscalía hizo una petición sorprendente a mi juicio al Juez y solicito
en ese momento una REFUTACIÓN de mi dictamen por parte de un Perito de Medicina
Legal que llevo a la Audiencia, la verdad nunca me había pasado ya que no se
pide la refutación en la audiencia de juicio oral y menos después de la intervención
del perito al cual no se le pregunta nada de lo refutado.
Bueno, usualmente no me quedo después de intervenir y
espere como se argumentaba la petición de la Fiscalía y en qué condiciones se
iba a realizar y volví a sorprenderme ya que el Juez acepto la refutación y
coloco unas condiciones y era que se tenía que limitar la refutación en términos
de solo cuestionar o impugnar el procedimiento usado por mí para realizar el
peritaje, o sea, que se iba a refutar el Procedimiento y no el Peritaje realizado;
la verdad cada vez estaba más atónito, pero bueno, eso son gajes de oficio.
Se llamó a la Perito Claudia Parra de Medicina Legal para
dicha refutación y empezó el interrogatorio y la verdad quede más atónito, ya
que se limitó a hablar que Medicina Legal era la única Institución que regía el
Ámbito Forense en Colombia y como tal, todos los Peritajes se debían hacer con
los protocolos de ese Instituto y debían cumplir todos los parámetros de esos
protocolos, así mismo, le dieron mi informe preguntándole si cumplía los parámetros
de Medicina Legal y ella “determino” que no cumplía los requisitos para la presentación
de pericias forenses……. ¿?.... sin comentarios…!!!!.
Bueno, como ven NO se refuto mi Opinión Pericial, sino la
forma de hacerlo (¿?), y la Fiscalía trato de desacreditarme de forma directa supuestamente
demostrando que yo no sabía hacer un examen mental de acuerdo a los protocolos
de Medicina Legal y que el procedimiento era “improcedente”, escuche cosas como
que yo no había realizado la entrevista en un consultorio; que no había indagado
sobre su vida familiar, sobre su infancia, que no había realizado hipótesis forense
(¿?) y en fin que yo no era Psicólogo Forense y no tenía las “calidades” para
ello; lo curioso es que dicha Psicóloga tiene una especialización en Psicología
Jurídica y Forense, y una Maestría en Familia y lleva 18 años en el Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses y tiene la función de Perito; Bueno, en
su interrogatorio de la Fiscalía le pregunto sobre si yo podía hacer
conceptos en términos de Certeza y si
era la Psicología una Ciencia exacta y se debía cumplir todos los requisitos
que ella decía sobre la presentación de informes y realmente se limitó a decir
que no cumplía los requisitos y que la Psicología era una Ciencia y realmente …..
Nada más!!!
Debido a que en el mundo forense está supeditado a la desacreditación
de las partes (hablo de los peritos) me pareció interesante y un poco baja la
estrategia de la Fiscalía (perdón, muy baja), pero quedo una experiencia
supremamente interesante y positiva de la REFUTACIÓN planteada ya que ni se me “refuto”
y solo quedo una sensación de crear duda sin argumentos.
Para terminar este articulo quiero sintetizar que paso a la
final de todo este asunto a saber: El caso es de una madre que se defiende de
un tipo maltratador y que la amenazaba constantemente y en una situación de discusión
en un sitio publico ella reacciono y al parecer con un arma blanca le causó una
herida que a la postre le produjo la muerte al agresor; la Fiscalía la acuso de
Homicidio agravado e intencional (40 años de cárcel) y fui llamado para
analizar la situación y se alegó legítima defensa pero desmedida; El Juez
desestimo los argumentos de la Fiscalía en cuanto a su posición y así mismo,
desestimo lo “REFUTADO” por la Perito experta de Medicina Legal y determino no
era intencional (lo referido en mi informe) y determino que era una defensa
propia (unos 6 años y posible domiciliaria).
Lo interesante del asunto en el ámbito Forense es que al
observar el informe pericial mío por parte del Juez y el abogado de la defensa
se dieron cuenta que cumplía TODOS los requisitos técnicos para la presentación
de informes periciales y acogieron mis argumentos científicos vertidos en la
audiencia para determinar la condición mental de la acusada y se tomó la decisión
citada, lógicamente en conjunto con los demás materiales probatorios expuestos
durante el Juicio Oral.
¿Qué paso entonces con dicha refutación? El Diccionario Enciclopédico
Universal dice que refutar “es impugnar, controvertir, contradecir con
argumentos lo que otros dicen”… En este caso se debía por lógica controvertir
el contenido del informe sobre la condición psicológica y no la forma en que se
hizo mi pericia y el procedimiento utilizado…. Creo que existió un gran desfase
de la Fiscalía y de la Perito experta ya que ni contradijo, ni cambio el
resultado de la pericia mía; se notaba que la psicóloga trataba de responder acorde a las necesidades de la Fiscalia y no de la pericia mía y se notaba su parcialidad …. Sin muchos comentarios......... pero lo que hizo
la Fiscalía fue bajo, pero genial en el sentido que lo que hizo fue validar,
acreditar y demás mi informe pericial, ya que cumplía todos los requisitos legales
y forenses y fuera de ello dio pie a que el abogado de la defensa en sus alegatos
resaltara mis calidades y cualidades como Perito idóneo resaltando mis logros
con mis pericias tanto en los tribunales de Justicia, como en la Corte Suprema
de Justicia; Bueno, mi informe pericial no solo se basó en lo que se debe hacer
según el ámbito forense, sino que se sustentó en teorías científicas sobre la agresión
y violencia contenidas en mi libro llamado “Análisis Psicosocial de la
Violencia”, escrito por allá en el año 2002. Para reflexionar….
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, D.C., Colombia
Nota: Este artículo está escrito usando la libertad de expresión
contemplada en la Constitución Nacional de Colombia, los nombres citados se
realizan ya que son de dominio público de las audiencias de juicio oral.
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