miércoles, 2 de septiembre de 2020

¿La certeza científica en el Ámbito Forense no existe? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


La semana pasada tuve una Audiencia de Juicio Oral de un caso de un presunto Abuso Sexual en una menor con discapacidad cognitiva sucedido al parecer en una Institución que realiza terapia para ese tipo de menores, el caso lleva como cinco años (yo hice mis informes en el 2016) y por lógica la menor ya no lo es, y todo ha cambiado sustancialmente, sin embargo, voy a hacer una reflexión sobre lo sustentado en la audiencia ante el juez de conocimiento, especialmente en cuanto al aspecto científico del caso.

Para empezar quiero referirme a las pruebas de la Fiscalía, las cuales,  aparte de la entrevista a la menor en su momento dentro de la audiencia (no entendería como hicieron el interrogatorio a una menor con discapacidad cognitiva) figuraban unos conceptos de Psiquiatría Forense y de unos Psicólogos de la misma Institución que intervinieron o le hicieron tratamiento a la menor, pienso que se parte de la base que nadie vio el supuesto abuso y solo se contaba con el supuesto relato de los hechos de la menor y con ello se acuso a esta persona que era a la vez un profesional de la salud de dicha institución.

Partiendo de las peticiones de la Fiscalía a Medicina Legal, empezare a reflexionar sobre el tema; la fiscalía solicito a un psiquiatra que determinara si la menor tenia un retardo cognitivo, que si era proclive a la mendacidad, que si había consistencia en el relato y las secuelas del presunto abuso, como vemos las peritaciones son muy puntuales y estas peticiones fueron analizadas por mi con el objeto de dar mi opinión pericial sobre el resultado de las mismas; antes de exponer mis argumentos quiero aclarar que yo no hago contra peritajes, ni refuto los conceptos de los demás profesionales, sino que hago un análisis Técnico, Científico y Forense sobre estos temas y eso lo aclare en la audiencia.

En términos generales hable sobre cada uno de los aspectos del dictamen del Psiquiatra y determine que se había realizado un diagnostico de retardo cognitivo a través del WISC con un puntaje de 50, que se había recibido el relato de la menor y se había determinado que tenia una coherencia externa e interna, que la menor no era proclive a la mendacidad, y que presentaba una conducta Disruptiva o conducta desafiante en el diagnostico del profesional, analice esos aspectos y concluí que no se habían usado las técnicas especificas para determinar algunas de las aseveraciones y que en las valoraciones realizadas no se encontraba ningún diagnostico que determinara el presunto abuso sexual.

 Dentro de las preguntas que me hicieron en el contrainterrogatorio, surgieron algunas inquietudes sobre el tema del abuso sexual per se (esa era la situación a valorar) y pude decir tajantemente que nunca se valoro el supuesto abuso sexual y en ningún momento se valoraron las secuelas del supuesto abuso en términos de diagnósticos forenses sobre el mismo, eso quiere decir que nunca se valoro realmente el abuso sexual, ni tampoco el relato (no se usó ninguna técnica conocida), y al evaluar la mendacidad, lo único que encontré fue que el profesional dijo que no presentaba rasgos de trastorno antisocial y por lo tanto no era proclive a mentir; como vemos en términos muy prácticos si se hizo un diagnostico de la menor, pero no relacionado con el abuso sexual; se dijo que tenia retardo cognitivo y trastorno disruptivo – eso ya se sabía- se dijo que no tenía trastorno antisocial – no era lo que debía valorar- y en cuanto a las secuelas observe algo particular y es que no se presentó ningún diagnostico que relacionara su conducta presente con respecto al presunto abuso.

En el contrainterrogatorio me causo curiosidad la inquietud del señor procurador y fue que me pregunto que si mis conceptos dados sobre ese informe eran de orientación, probabilidad o certeza de que no se había evaluado el abuso sexual y le dije que eran de certeza, insistió en la pregunta y quiso que la aclarara y le explique que no había encontrado un diagnostico que dijera que la menor presentaran síntomas, trastornos, conductas típicas de una menor accedida carnalmente o que tuviera lesiones evidentes de abuso. Le aclare a la audiencia que la certeza puede estar en lo que yo observo que esta y en lo que no está, o mejor en lo percibido por mi dentro del ámbito científico y le especifique que los psicólogos no podemos especular sobre las conductas sino de lo que vemos, si vemos una depresión, pues, es una depresión y así debe ser, nosotros no podemos decir es que me parece que tiene depresión, o yo creo que la tiene…. Con esto aclaro que si se pueden dar conceptos de certeza y que en el ámbito científico esta basado en los criterios existentes en la comunidad científica y por lo tanto tienen grado de certeza…. Hasta que no se diga lo contrario en materia forense, técnica o científica.

Los jueces, fiscales, abogados en general en Colombia tienen la creencia que porque se usa un protocolo forense (no mide nada), o una técnica de entrevista como SATAC (No mide nada), o una técnica sobre credibilidad del testimonio (no mide nada) o una batería de test sobre abuso (no mide nada) los resultados son incontrovertibles y certeros, pero si se da una opinión pericial sobre el asunto comparados con los criterios científicos y vistos a la luz de la objetividad, no son certeros y además no se pueden dar.

A propósito los psicólogos de la institución le dieron un manejo terapéutico a la menor y no hicieron en ningún momento un diagnóstico clínico del abuso, algo que di a conocer dentro de la audiencia y en el ámbito forense y jurídico nadie determino el abuso, ya que en el momento de la audiencia ningún juez había tomado la decisión jurídica de responsabilidad del acusado.

Me pregunto, el determinar el retraso cognitivo ¿es señal del abuso?, el determinar si un menor dice mentiras o no, ¿es señal de abuso?, si un menor tiene una conducta disruptiva, ¿es señal de abuso? ¿ustedes que dicen? …. Me pregunto, si la Fiscalía nunca entrevisto al acusado, ¿Por qué afirma que cometió el delito o es un agresor sexual?... como decían antiguamente…” averígüelo, Vargas”

Aquí en Colombia pasa que lo que dice la Fiscalía, ICBF, CTI, Medicina Legal y demás es una certeza, pero lo que dice un experto de la defensa no es creíble … ¡Para reflexionar!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense
investigacionescriminales@yahoo.com

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