domingo, 1 de marzo de 2020

¿Intento de Acceso Carnal violento por un Beso con lengua? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días fui contactado para investigar un caso de un supuesto abuso sexual con una chica de 30 años, que denuncio que una persona a la cual le cuidaba su hijo le dio un beso con lengua; sin entrar en detalles hice los procedimientos y me encontré que la Fiscalía de la Nación le había dicho al señor que estaba acusado de acceso carnal violento porque al parecer el señor intento besarla; independientemente de que si la acción hubiese sucedido, ¿estaría bien la tipificación del supuesto delito?

Si nos ponemos a pensar el Acceso Carnal Violento se determina realizando penetración del miembro viril en cavidades anatómicas con fines eróticos sin el consentimiento de la persona y tiene una pena que va de los 12 a los 20 años de prisión; quiero aclarar que esta situación es violenta, se requiere la intimidación y la fuerza para realizar el acto.

¿Un supuesto beso con lengua es acceso carnal violento en realidad?, pues a la luz de la definición del verbo rector, pues no lo creo, la lengua no es un miembro viril introducido en la boca (Sexo oral) y si se hubiese dado a nivel vaginal por parte de hombre serian actos sexuales abusivos tal vez, pero habría que determinar las circunstancias. Pero volvamos a mi caso, ¿si se tipificaría como un delito grave un beso con lengua? Yo pensaría que no, primero que no se evidencia violencia en mi caso y la dama en cuestión es mayor de edad que podía defenderse o simplemente cerrar la boca para evitar que le introdujera la lengua, ¿No les parece?, No hubo lesiones, ni forcejeo, y digamos que creemos en que sucedió, ¿Por qué ella no evitó el beso?, ¿Una persona se tendría que ir a la cárcel por 12 o más años por robarse un beso?, No sé, pero esa interpretación de la Fiscalía me parece desatinada.

En Colombia tenemos un problema con las interpretaciones de lo que es Abuso Sexual, la verdad este se determina con tres aspectos fundamentales a nivel forense, el primero es el que debe haber una intención de tipo erótico, si lo vemos si uno le da un beso a su hijo o hija noes abuso sexual, ni tampoco si le da un beso a una niña por cariño tampoco lo es, tampoco así mismo, si uno saluda de beso a una mujer; el segundo aspecto seria el que no haya consentimiento para alguna acción de este tipo; el tercer aspecto es que haya una secuela o consecuencia de este hecho en la persona afectando sus derechos fundamentales a su desarrollo sexual, como vemos todo gira alrededor de un asunto erótico y no de demostración de cariño, si fuese así, si uno saluda de beso a alguien puede quedar en riesgo de ser denunciado por abuso sexual… Sería muy preocupante la situación.

En nuestro medio judicial desafortunadamente solo se determina el abuso sexual con lo que dice la víctima, sin estudios forenses, sin determinar hechos, sin ir a hacer labores de vecindario, en fin solo con creer que sucedió…

Bueno, ahora por la vaina del coronavirus no habrá que dar o recibir besos porque corre el riesgo de contagio del virus o lo denuncian por abusador sexual…

¡Para reflexionar…!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal

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