lunes, 26 de junio de 2017

Síndrome de Alienación Parental; El Maltrato evidente de la mujer a sus hijos y sus ex parejas.

En el 1985, fue descrito por Richard Gardner, un Psiquiatra estadunidense el controvertido termino del Síndrome de Alienación Parental o SAP, el cual consiste básicamente en utilizar o manipular a un menor hijo en contra de la pareja o ex - pareja con fines diversos, esto en el marco de Conflictos de Pareja, Custodia, o Divorcio; Es una conducta que para muchas mujeres les ha servido para denunciar a sus parejas con falsas alegaciones de Abuso Sexual, Maltrato, Violencia Intrafamiliar, entre otras; usualmente han logrado su objetivo, y han condenado cientos de inocentes por las falsas alegaciones en primera instancia, pero en instancias superiores se han absuelto de todas las acusaciones; En Colombia ha tenido una particular evolución ya que Asociaciones Pseudo- científicas como Creemos en Ti y la Fundación Afecto que dicen que ese Síndrome no existe y que a los niños hay que creerles y que las mujeres no mienten en esos casos (ajereje, jejejee) y algunas Psicólogas avalan dicho rechazo considerando que no es determinado en el DSM IV o V como tal, y por lo tanto NO EXISTE….

En mi trasegar como Perito Experto en casos Penales he investigado, documentado, Diagnosticado, y determinado numerosos casos de dicho SAP, Independientemente de denominarlo como tal, lo he denominado Maltrato Psicológico o como Violencia Intrafamiliar, o en su defecto como conflicto de pareja, que en nuestro sistema judicial puede ser tipificado.

El día de ayer llegue de San José de Cúcuta la ciudad fronteriza con Venezuela, donde realice una investigación y valoración de un supuesto caso de Violencia Intrafamiliar y me encontré que no era tal, sino que  era un caso típico de Alienación Parental, ya conocido por mí; lo interesante del asunto es que era tan evidente que no necesite mucho tiempo para detectarlo; ¡No mencionare las técnicas y protocolos usados por mí para valorarlo, porque el tribunal de la Inquisición de los Psicólogos o COLPSIC de pronto me investigan, porque de pronto dirán que eso no es Científico!.. Bueno, si les diré, use mis conocimientos sobre la Violencia, la Agresión, lo que es maltrato Psicológico, Violencia Intrafamiliar, etc.,…….  ¡…y lo que dice el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses sobre estos temas!!!!, Yo ya había estado en dicha ciudad donde encontré otro caso grave de alegaciones falsas, las cuales fueron rechazadas por la Fiscalía y absolvieron al acusado, y ahora la señora ha sido acusada de Maltrato Psicológico e Infantil, Manejo irregular de la Custodia, Fraude a resolución Judicial, entre otras, de acuerdo a lo que tengo entendido en este caso la Fiscalía se basara en mi concepto dado sobre el SAP, al parecer la señora persiste en que es víctima, pero ya la Fiscalía no le cree…..

Pues, como dije he encontrado numerosos de casos de SAP y han sido documentados por mi como tal, y afortunadamente los tribunales de Justicia han tenido en cuenta esta situación, pero queda un sinsabor en la mayoría de ellos, ya que las mujeres se salen con la suya y por ende afectan al acusado, pero lo que más me preocupa, es que…. ¡La afectación en los menores es grave!!! Y es difícil que ellos se recuperen ya que son manipulados por sus madres y piensan que sus padres son unos pervertidos, abusadores, agresores y en fin, unos seres despreciables…… Además del desgaste en los procesos y la afectación Psicológica de la ex - pareja encontramos que NUNCA los menores son intervenidos por el  SAP, sino por…. !el supuesto maltrato, que nunca existió!!!

Estoy en varios casos de SAP, espero salir avante en ellos, ya que desafortunadamente en Colombia las leyes se hacen para proteger a la mujer, siendo esto inequitativo y propicia que las falsas denunciantes se vean como víctimas, sin serlo; No sé si mis colegas saben mi callado trabajo en casos de falsas alegaciones y mis logros en ese sentido, pero les cuento que no es fácil ya que se encuentra un claro encuentro de Géneros que es difícil de solventar, ya que muchas veces son las mismas Psicólogas “solidarias” del SAP y eso es grave….. También las Psiquiatras y hablo de la Psicóloga Mónica Bejarano cuestionada por los tribunales de Justicia y la Corte y la Psiquiatra Isabel Cuadros, que hace tiempo en un caso mío emitió un concepto falso y fue acusada de Fraude en documento privado o algo así,….. fue procesada y por ello ahora casi no sale en público, ni la he visto como perito….

El SAP es interesante, o mejor el Maltrato Psicológico denominado SAP, es una entidad que existe, que es palpable en los estrados de Familia y Judiciales en general, independientemente que no se reconozca, científicamente ya existe, ya que se tiene el Conocimiento sobre su existente y criterios para determinarlo, por lo tanto es parte de la ciencia…….

A continuación resaltare algunas cosas curiosas sobre estos casos que han sido de conocimiento y manejo mío:

Caso Uno: Estrato 6, Medico acusado de su ex –pareja 32 veces por diversas razones entre ellas Maltrato, Violencia Intrafamiliar, manutención, y hasta de Abuso Sexual; no le dejaba ver a sus hijas,  le quito la casa, el carro y lo echo de la casa, nunca fue sentenciado por ningún cargo, la señora profesional esta cagada de la risa y se inventó todo.

Caso dos: Estrato 3: Medico Acusado por su pareja, acusado de maltrato, inasistencia alimentaria, violencia intrafamiliar, que la miro mal, que esta traumatizada, le quito un apartamento, lo extorsiona por dinero, no le deja ver al menor hijo; ella, cagada de la risa, ya que cada vez que puede le hace una denuncia.

Caso tres: Estrato 4, Periodista acusado por una Psicóloga a él y la abuela paterna de abuso sexual, lo ha acusado por maltrato, inasistencia alimentaria, duro el caso 8 años, fue absuelto, le hizo tener grandes gastos en los procesos.

Caso Cuatro: Estrato 4, El señor empresario, ella de estrato 2, lo acuso de abuso sexual en su hija, fue absuelto por el Tribunal de Bogotá; ella sé que do con un apartamento, lo saco de la casa y le robo 100 millones de pesos que tenía guardados en una caja fuerte.

Bueno, hay muchos casos más, esto ha propiciado que he sido tratado de forma denigrante por trabajar en dichos casos, me han dicho que defiendo violadores, pedófilos, agresores de mujeres, pero seguiré trabajando a pesar de esos comentarios que lo más tenaz es que provienen de algunas psicólogas…… como siempre no pondré los nombres ya que soy muy profesional…….


¡El SAP existe…..!

Nota: este artículo es escrito con mi derecho a la libre expresión y la información tenida en cuenta aquí es derivada de hechos conocidos por mí por diferentes fuentes.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal

Bogotá, Colombia.

viernes, 16 de junio de 2017

La Imagen del Psicólogo en el medio Judicial en Colombia: Una reflexión.

En estos días viaje por las hermosas tierras de Santander a realizar una valoración Forense en una cárcel de por allá, esto de un caso de presunto Abuso Sexual de una menor, fui contratado por los familiares del imputado para que asumiera la asesoría y la parte pericial de dicho caso me contacte con el Abogado de la defensa, el cual pertenece a la Defensoría del Pueblo, realmente una persona muy asequible y dispuesta a trabajar en equipo conmigo e interesado en mi posible aporte; estuve en la cárcel realizando el procedimiento y después de salir de allí me pregunto que si tenía prisa en devolverme para Bogotá y le dije que ¿que necesitaba?, me comento que tenían en la tarde la barra de abogados (Defensores de la zona)  y que quería que interviniera en ella, diciéndoles que hacia yo y de paso promover mi trabajo como perito, lógicamente acepte y fuimos a almorzar y posteriormente a la cita programada; la barra de abogados son obligatorias en la Defensoría de Pueblo y es parte de la capacitación de ellos, además que su objetivo es analizar casos y estar al día en la jurisprudencia, leyes, etc., etc.; es un medio de discusión académica interesante y que aporta mucho para la intervención de los defensores en sus procesos.

El año pasado fui invitado a la barra de defensores del departamento de Boyacá, donde di una charla sobre el manejo de casos de Abuso Sexual, en la cual asistieron cerca de 60 abogados y se realizó una discusión interesante sobre temas de Abuso Sexual; En esta ocasión había alrededor de 20, y se propuso que yo hablara sobre los casos de Abuso Sexual en los casos que yo había intervenido y que como psicólogo como había actuado y el rol de nosotros en este tipo de casos.

Inicie la intervención presentándome como Perito lo hice como se presentan los peritos en audiencia, les dije mi experiencia, mis estudios, etc., etc., y después vino el tema central y es lo que hace el psicólogo en dichos casos; en primera instancias hablamos de las entrevistas forenses, entrevistas judiciales (realizadas por psicólogos), valoraciones, conceptos, refutaciones, interrogatorios, contrainterrogatorios y en fin, todo lo relacionado con la intervención del psicólogo.

No me referiré sobre lo que dije en la conferencia, sino lo que paso en mi audiencia en el momento que empezamos a hablar sobre la intervención de los psicólogos en los juicios o procesos de Abuso Sexual; en primera instancia descubrí desconfianza en los psicólogos y poca credibilidad en ellos, especialmente los psicólogos de la misma Defensoría y los de Medicina Legal; Quede impresionado cuando un abogado interrumpió mi intervención cuando hablaba de las entrevistas forenses y hable sobre el ICBF, este emérito abogado de forma enérgica (todo en buenos términos) me hablo de la Institución “Creemos en Ti” (CET), y de los psicólogos de Comisarias, ICBF, y del CTI; se refirió a  CET diciendo que era un fraude total, ya que se había solicitado o había realizado una investigación donde se descubrió que la prueba que usan ellos (CET), no tiene sustento científico y que no tiene Validez como instrumento de medición, sin embargo, Mónica Bejarano, (se nombró allá) dice que tiene respaldo de la Universidad de San Buenaventura, una Universidad de Miami, y que está registrada como la única prueba validada por el Ministerio del Interior para la valoración del Abuso Sexual, dijo el  abogado que dicha prueba o protocolo no es conocido por nadie y que lo presentan como la “prueba” del supuesto Abuso; yo ya conocía dicho asunto sobre ellos, e inclusive escribí un artículo sobre el tema  hace un tiempo y esta en (http://akalpadev.blogspot.com.co/2015/10/asociacion-creemos-en-ti-realiza.html), pero me dejo sorprendido sobre el conocimiento que tienen sobre el fraude de dicha institución con respecto a los “conceptos” psicológicos mostrados por ellos; sabemos que “determinan” el abuso y señalan a personas de abusadores sin serlo o sin sustentarlo.

Bueno, hablamos como los psicólogos (as) del ICBF, dan conceptos forenses sin tener la función para hacerlo; como los psicólogos del CTI hacen valoraciones Psicológicas si tener la función de Peritos en el CTI (son Investigadores criminalísticas); como los psicólogos (as) hacen interpretaciones etéreas sobre supuestos hechos sin el conocimiento del mismo (solo con lo que dice el menor); como psicólogos en Audiencia validan sueños sobre abuso; como psicólogos en el informe plasman una cosa y en la audiencia dicen otra, en fin, un cumulo de casos que quede hasta abrumado…. Hablamos de SATAC, Muñecos Anatómicos, CBCA, Credibilidad del Testimonio, etc, etc,; algo que resalto y que ya sabia y es que los juristas en general están convencidos que los psicólogos no podemos dar conceptos basados en la Certeza, ya que muchos psicólogos dicen que solo en términos de probabilidad, o sea, que solo podemos decir …. “Es probable que la menor ha sido abusada, pero no puedo determinar si está afectada…”, “es probable que tenga un Trauma de Estrés Postraumático, pero no estoy seguro”… (jejejeje), ah, inclusive una abogada me dijo que yo debía tener un par que debía “determinar” si mi peritaje estaba correcto - me imagino, algo así como un veedor supremo de la santa inquisición -, esto último me imagino que sale de la división de Psicología Forense de COLPSIC, que cree que es la máxima autoridad en Psicología Forense en Colombia, cuando en realidad la máxima autoridad en ello es el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y COLPSIC es una simple asociación de Psicólogos y su división de la parte forense, no deja de ser una reunión de psicólogos que no aportan mucho a mi parecer….

La verdad fue interesante el cuento sobre el rol del psicólogo y realmente se da uno cuenta que la imagen del Psicólogo (a) esta por los suelos y me dijeron que no están contratando psicólogos ya que dudan mucho de sus intervenciones o formas de abordar los casos…. Quede pensativo, pero bueno pensé que no me iban a contratar, pero, oh, sorpresa me propusieron que les dictara una capacitación sobre el tema a todos los defensores de la zona……

Para reflexionar solamente, la verdad pensé que estábamos mejor en cuanto a imagen, pero, que se puede hacer, es la realidad debido a que se presenta un fenómeno donde muchos psicólogos y psicólogas pretenden manejar, controlar y definir que es ciencia en psicología y que no lo es….. Para reflexionar…

Nota: No quiero ser pretencioso con ustedes pero cuando conocieron las casaciones, conceptos de tribunales, y de juzgados de conocimientos donde se basan en mis pericias cambiaron su imagen sobre lo que puede hacer un Psicólogo.  

Este artículo es escrito usando mi derecho a la libre opinión contemplada en la Constitución Política de Colombia.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

Bogotá, Colombia

sábado, 10 de junio de 2017

Los Derechos del Psicólogo: Una reflexión.

En estos días estuve comentando en mi Facebook sobre un caso que salió en los medios, en donde una señora asesino a su esposo y lo enterró en el solar (palabra boyacense que significa patio trasero) de la casa, y que todas las que comentaron dijeron del muerto que “algo tenía que haber hecho el tipo”, “que era un maltratador”, etc., o sea justificaban el hecho; comente que como era mujer, mínimo le daban casa por cárcel (y le dejaban el muerto en la casa), y no pasaba nada......  dije que si hubiese sido al revés ya habría marchas nacionales de feministas y que hubiesen pedido mínimo pena de muerte para el tipo, lo crucificaban socialmente y demás; dije así mismo, que me parece esto un feminismo estúpido (significa torpeza o dificultad para entender o hacer algo, tontería, necedad), a partir de allí se vino una andanada de insultos, descalificaciones; hable sobre los crímenes (soy psicólogo forense y perfilador criminal experto) las mujeres y su conducta, y me dijeron que yo era un forense de medio pelo, que había nacido de una burra, etc., etc., que las mujeres tenían derecho a defenderse de los hombres (o sea que podían matarlos), bueno, en fin…..

Los que me conocen saben que soy sarcástico en mis comentarios y muy, pero muy directo y asertivo en decir las cosas y como uno está en una red social, pues comenta y ya!!!! Hable como conocedor del tema (trabajo en temas de investigación penal como crímenes) y todo bien, hasta que una presunta psicóloga apareció en mi comentario y dijo que yo era una “vergüenza” para la Psicología y que no podía evidenciar “traumas” de la gente en las redes y…. ¡que no podía hacer esos comentarios sobre las personas…..!!!!, Bueno, la verdad estoy acostumbrado a que me cuestionen, me insulten, me desacrediten en muchas instancias (audiencias, casos, envidias profesionales), pero me pareció muy curioso lo que dijo ya que hablo de la “adecuada” conducta de un psicólogo (¿?)…. Los psicólogos, según ella, no pueden ventilar cosas de las personas en los medios y no podemos hablar nada sobre sus trastornos…. La verdad me dejo perplejo su comentario y juzgamiento, ya que considero que esta fuera de contexto.

Me pregunto: ¿Los Psicólogos no podemos hablar de traumas o personas por los medios de comunicación?, o sea ¿que no puedo hacer comentarios o análisis de las conductas de las personas en Séptimo Día, Caracol, RCN, o los medios de comunicación, o por face?, ¿no puedo decir que el feminismo de este tipo me parece estúpido?, ¿será que los psicólogos no podemos tener libre expresión?, o no ¿tenemos el derecho de opinión?, ¿no podemos ventilar los traumas en público?; Mi trabajo es ventilar conductas de presuntos criminales y victimas en público (las audiencias orales son públicas y en muchas ocasiones son sacadas en los noticieros), me piden mi opinión sobre conductas de criminales, agresores sexuales, homicidas, ¿será que no puedo hacerlo?..... Ustedes que leen mis artículos, díganmelo… ¿Lo puedo hacer?... ¿debo ser juzgado por las psicólogas como lo peor, o ser señalado como la vergüenza de la psicología porque expreso mi opinión, o ser sarcástico, o hablo con ironía o me gusta el humor negro?...... 

¿Sera que la Psicóloga Anny de Acevedo (Premio Nacional de Psicología… jejeje) si lo puede hacer, eso de salir en televisión hablando sobre los traumas de los niños?, por ahí conozco un Psicólogo, Octavio Escobar, (Premio Nacional de Psicología) que hace una terapia católica (jejejeje) y pregona una especie de sanación a través de la religión, donde mezcla las creencias con la Ciencia…!! ¿Seré una vergüenza para la psicología?, Conozco una Institución llamada Creemos en Ti, donde dicen que todos los niños son abusados, solo porque hay que creerles,  sin ni siquiera determinar el abuso, y señalan a personas inocentes de violadores de niños sin realizar una valoración…. En el ámbito judicial la llaman “Mentimos por ti”No sé, pero bueno, yo soy la vergüenza de la Psicología….

Veo que al parecer muchos psicólogos (as), se están tomando la atribución de determinar cómo se debe comportar un psicólogo, y me refiero especialmente a un tribunal que existe desde 2006, que mas parece un Tribunal de la Inquisición y no un Tribunal de Ética y que considero que parece que tiene un código de ética por fuera de lo que dice la ley 1090 de 2006, ya que he visto que por ejemplo, asume que un psicólogo no “debe” tener ciertas conductas…..

Dicho tribunal asume que por ejemplo un psicólogo debe tener el consentimiento informado de los dos padres en una valoración de un menor, lo cual lo consideran una falta grave si no se tiene, y uno ve que  en ninguna parte de la ley del Psicólogo o la ley dice que eso es una mala conducta ética; también consideran que debe ser lo científico y que no, y tambien como los psicologos deben hacer los procedimientos de psicología….. y muchas cosas más!!! ah, algunas Psicólogas también determinan quien puede ejercer en un área de la psicología y quienes no, como una Psicóloga llamada Carolina Gutiérrez de Piñeres que dictaba una charla en la Universidad Konrad Lorenz y dijo que solo los que tienen doctorado en Neuropsicología podían dar conceptos forenses en ese tema y que los no especializados no podían hacerlo, que es necesario especializarse en forense y que por ejemplo yo no podía yo identificarme como forense ya que no tengo especializacion .. También me acuerdo cuando el psicólogo Sicard me dijo que yo era un idiota útil por trabajar en un caso de Alienación Parental porque trabajaba para el señor acusado; también es conocido que dicho psicólogo “determina” como se debe evaluar un caso de Alienación Parental y si no es así, no es científico…. Y tengo muchas perlitas….

La vida personal de los psicólogos, es personal, tenemos los mismos derechos fundamentales que los demás ciudadanos de Colombia; las faltas a la Ética están contempladas en la Ley 1090 de 2006, y no en ningún Código Ético de ningún Tribunal, Colegiado, Asociación de Psicólogos o de Facultades de Psicología; Ahora bien, si soy una vergüenza para la psicología, pues… genial, he contribuido en el ámbito forense con mis conceptos sobre valoración de víctimas, inimputabilidad, casos de Alienación Parental, Perfilacion Criminal, etc., he creado procedimientos forenses en Investigación Criminal, si eso es ser una vergüenza, pues que bien …. (Es un sarcasmo)….soy una vergüenza.

Nadie está por encima de la Constitución y la Ley, ni siquiera el Tribunal de Inquisición…..

Un saludo, sean felices, Ricardo les dice…!

Este artículo es escrito usando mi Derecho Fundamental a la libre expresión u Opinión, y el derecho legítimo a ejercer mi profesión y al trabajo; Nadie puede vulnerar ese derecho……  si se vulnera tomare las acciones necesarias en instancias Nacionales o Internacionales si es necesario….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

https://ricardosuarezperit.wixsite.com/peritoforense

domingo, 4 de junio de 2017

La Teoría de Caso en Casos Penales: Una fantasía especulativa.

De acuerdo a lo que observo de forma permanente en los juicios orales los casos penales se basan en “juicios” o especulaciones de los abogados, fiscales y demás, ya que al parecer la Teoría de Caso es la que media todo juicio; es interesante como los fiscales “construyen” sus casos basados en Teorías (No saben que es eso muchas veces), que la llaman de caso, y hablan que por inferencia razonable pueden comprobar que fue lo que sucedió de forma certera y sin temor a dudas razonables, sin embargo, observo en una gran mayoría de casos, sus “teorías” son basadas en especulaciones y su inferencia razonable es de un ajuste a la ley jurídica y no a la lógica científica; las teorías son parte de la Ciencia y el Derecho no es una Ciencia, por lo tanto, hay una disyuntiva y es: hay que considerarla un conjunto de normas o leyes y su aplicación en una sociedad, o una ciencia que usa el método científico para su desarrollo?

No sé, pero para mí el segundo presupuesto no es del Derecho, y el primero por lógica no es una Ciencia, tal vez es una disciplina, que en Colombia le da el título de doctorado y en algunos países de licenciados; Bueno, parece ser que en las ciencias existe el doctorado cuando se llega a la cúspide del conocimiento científico, pero en el Derecho se le da doctorado a egresados del derecho sin el conocimiento científico…. Bueno, paradojas de la ciencia…!

Remitiéndome a mi planteamiento inicial quiero mirar lo del asunto de las “Teorías de Caso”, si lo vemos en términos científicos al plantear una teoría debemos realizar una serie de Hipótesis o supuestos que debemos comprobar a través del método científico o un sistema de pensamiento lógico-deductivo, o sea en términos claros, seria a través de un análisis lógico con respecto a unos hechos que debieron suceder o que se pueden predecir; Se podría decir que la Teoría es un conjunto de ideas que explican un fenómeno, hecho o situación y son deducidas a partir de la observación, la experiencia o el razonamiento lógico.

Veo de forma reiterada que en mis casos – especialmente de presuntos abusos sexuales – y me he dado cuenta que la inferencia “razonable” de los fiscales y jueces y de la defensa, muchas veces no tiene nada que ver con la comprobación de un hecho o explicación del mismo a nivel científico o real, sino más bien es una especulación descarada que solo usa términos jurídicos (de la corte, del tribunal y lo que dice la ley) que son determinados por el congreso de Colombia y que es “definida” por magistrados que no saben lo que es la Ciencia…. Quiere decir que hacen “inferencia” razonable de algo que no existe, que no conocen, que no han experimentado, ni conocido de forma directa.

Ahora bien, digamos que tienen “forma” de explicar el hecho, o digamos de tienen “pruebas” para comprobar un hecho; ¿me pregunto?..  ¿Esas pruebas son validadas para explicar el hecho o es un invento descarado por parte del fiscal para demostrar algo que no existe, y ganar el caso?... No sé, pero en muchas ocasiones, las pruebas son meras interpretaciones de situaciones que ni siquiera han sucedido, o que son solo parte de la imaginación fantasiosa de los fiscales, en serio, eso es…

El día de hoy coloque en mi face una nota periodística sobre un campesino que fue condenado a 20 años de prisión porque el Juez le creyó al “testigo” de la Fiscalía que determino como el señor había asesinado a la “victima” con lujo de detalles, el problema es que el “testigo” era un brujo contratado por la familia del muerto para que les explicara cómo murió el susodicho…. Ustedes dirán que son casos aislados, pero tuve un caso en el cual la vecina de un señor se “soñó” que el vecino había violado a su hijo, la Psicóloga del ICBF, valido este sueño y el juez determino que eso era cierto y condeno al acusado…. El caso Colmenares en Colombia se basó en el “sueño” de la madre del muerto, que le dijo que había sido asesinado; tengo casos donde el fiscal le “cree” al menor y “determina” que fue abusado y resulta que no tiene ni el más asomo de cómo explicar dicho abuso, No olvidemos que las creencias son solo actitudes hacia objetos sociales y que a la final son solo actos de fe….

Ahora bien, ¿Sera que esas Teorías de Caso, son válidas a nivel Técnico o Científico?... Bueno, si alguien lee este articulo me gustaría saber su opinión.. Pero definitivamente, esas Teorías es solo un planteamiento sin ninguna base científica y solo son especulaciones jurídicas sobre un hecho que no se comprueba en juicio….

No niego que se encuentran casos donde se puede comprobar el hecho, sin embargo, no se necesita plantear una Teoría de Caso, ya que no se necesita “comprobar” un hecho comprobado, quiere decir, que solo la lógica lo puede demostrar sin necesidad de mostrar nada más que las pruebas que se tienen del hecho…. No olvidemos que en la Investigación judicial encontramos algo que se llama Tiempo, Modo y Lugar de los Hechos……. Sin más comentarios…!

Solo pregunto: ¿La defensa como puede comprobar un hecho que no sucedió, si ella no tiene acceso a los materiales probatorios de forma directa?, Por ejemplo, se le impide a la defensa interrogar directamente a los menores supuestamente abusados y solo lo que vale es lo hecho por el Cuerpo Técnico de Investigaciones (suena raro) de la Fiscalía?, o realizan entrevistas “forenses” que los Fiscales ocultan y no presentan en Juicio oral ¿y solo tienen en cuenta lo que dice en Audiencia?, interesante, eso de la Teoría de Caso, en fin…

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal