domingo, 22 de marzo de 2015

CAIVAS y CAVIF: ¿Centros de Atención y evaluación Psicológica o Atención de presuntas víctimas en Procesos de investigación?



Como Perito Forense me ha tocado he tenido que analizar muchos dictámenes de Psicología en el ámbito de las investigaciones de Abuso  Sexual de menores de edad, he visto dictámenes de todo tipo, algunos de corte forense y otros de corte clínico, en fin, mi trabajo es analizarlos para refutarlos o controvertirlos en Audiencia de Juicio Oral, ya que soy Perito Privado; he visto conceptos basados en pruebas proyectivas, en pruebas sin validar, etc., pero me he encontrado que la Fiscalía de Colombia creo unos Centros de Atención a Víctimas de Delitos y que su labor está enmarcada en el proceso de indagación e investigación de delitos como Abuso Sexual o Violencia Intrafamiliar que realiza “valoraciones Psicológicas” de las presuntas víctimas y de verdad queda uno pensativo sobre su real función dentro del ámbito de la Investigación.

De acuerdo a la Fiscalía,” los Centros de Atención e Investigación Integral a las Víctimas de Delitos Sexuales (CAIVAS) y los Centros de Atención e Investigación Integral contra la Violencia Intrafamiliar (CAVIF) proporcionan un servicio oportuno y eficiente a las víctimas y personas involucradas en los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, trata de personas y violencia intrafamiliar, en un marco de respeto por la dignidad humana. Enfocan su actividad hacia el trato digno a las mujeres, hombres, niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas dentro de las ac­tuaciones procesales, con el fin de evitar su doble victimización”. http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/centros-de-atencion-ciudadana/


La Fiscalía en Colombia tiene como labor la investigación de delitos y de acuerdo a su fin no tiene la función de atención psicológica o de evaluación de supuestas víctimas, sino la de atención de las mismas en un trato digno; Bueno, a lo que voy es que tengo un caso sobre un presunto abuso sexual a unas menores de edad  y las “pruebas” de la Fiscalía se basan en unas “valoraciones psicológicas” realizadas por Psicólogos adscritos a CAIVAS y que supuestamente presentan “factores” asociados a un supuesto Abuso Sexual.

Les cuento que la solicitud de la Fiscalía es dirigida a realizar una Valoración Psicológica de las menores presuntas víctimas a los psicólogos de CAIVAS, sin embargo, me encuentro con una inquietud muy particular y es ¿los psicólogos de CAIVAS pueden hacer valoraciones Psicológicas de presuntas víctimas de Abuso Sexual?, pues claramente se observa que los Psicólogos de dichos centros no cumplen la función de Intervención o evaluación Psicológica, sino de atención digna a las víctimas; pero me surge una inquietud a partir de esto y es….  ¿Los Psicólogos de dichos centros realizan peritajes forenses para aportar “pruebas” en casos de Abuso Sexual, reemplazando a los peritos Forenses del Instituto de Medicina Legal?, pues otra vez tendría que decir que dichos psicólogos tampoco pueden hacer peritajes forenses ya que no es su función y además no están capacitados para ello.

En la valoración realizada en el caso al que me refiero aplicaron varias técnicas que incluían test de la familia, entrevista NICHD, valoración de Ansiedad, y de adaptación Familiar y Escolar y “encontraron factores asociados” al Abuso Sexual; Bueno, como Perito Forense encuentro que definitivamente dicha “evaluación Psicológica” no tiene ningún asidero como prueba dentro de un proceso penal, ya que no cumple los requisitos de lo que se llama la base de “opinión pericial” contemplada en el Código de Procedimiento Penal Colombiano y dichos psicólogos no actúan como Peritos Forenses ya que no dan un concepto sobre la situación de presunta victima sino mas bien sobre un aspecto de valoración del estado psicológico en general de las menores.

Como en este país del sagrado corazón (así le decimos aquí en Colombia), todo se “acomoda” para lo que a uno le conviene, observe que dichos “dictámenes” no tenían nada que ver con el caso y trataron de “mostrar” que si había una relación entre el estado psicológico de la menores con un presunto abuso sexual; me parece preocupante la situación y no entiendo como psicólogos se prestan para dicha situación ya que es bien conocido en el ámbito Forense que se debe utilizar los protocolos determinados por Medicina legal en la Valoración Psicológica Forense de presuntas victimas de Abuso sexual y no utilizar técnicas o pruebas que no tienen nada que ver con este ámbito.

Yo observo algunos interrogantes que se pueden plantear de estas  situaciones preocupantes a saber: Primera, ¿la Fiscalía puede dar conceptos de psicología?... en segundo lugar ¿las valoraciones psicológicas no forenses son válidas como pruebas de un presunto abuso?, en tercer lugar ¿los psicólogos de CAIVAS están calificados para la labor de valoración de Abuso Sexual?,…en cuarto lugar  ¿Los psicólogos citados pueden actuar como peritos expertos en una audiencia de juicio oral?... Responderé a cada uno de los interrogantes a saber: primero, NO; Segundo, NO; tercero, NO; cuarto NO; y podríamos seguir poniendo mas interrogantes.

Es preocupante la actuación de la Fiscalía en este campo ya que a través del tiempo ha llevado “dictámenes” de psicólogos de instituciones privadas y públicas que no tienen nada que ver con el ámbito forense y que “determinan” los supuestos abusos sin tener una base científica o al menos una argumentación válida para sustentar un presunto abuso; sinceramente considero que muchos Psicólogos se prestan para hacer dictámenes que están fuera de los protocolos forenses y que generan confusión en los casos y derivado de ello están muchos acusados en la cárcel y que terminan absueltos porque dichas “pruebas” no prueban ningún abuso. Diré con nombre propio las instituciones para resaltar lo que está sucediendo CTI, CAIVAS, CAVIF, DIJIN, SIJIN, ICBF, Comisarias de Familia; Asociación Creemos en Ti, Fundación Afecto entre otros; Definitivamente no he podido entender porque los conceptos forenses o periciales no son solicitados a Medicina Legal?

Me parece compleja la situación ya que dichos dictámenes al ser presentados en audiencias de juicio oral ponen en tela de juicio la calidad del psicólogo y su idoneidad; no discuto este tema, pero daré un ejemplo de una Psicóloga “experta” de la Policía dio un “dictamen” pericial que nunca se supo si era una Valoración Forense/ Valoración Psicológica/ Entrevista Judicial/ Entrevista Forense/ o qué?... lo único que dijo el juez que dio el sentido de fallo de absolución es que la Psicóloga había hecho en un 90% de un “buena” entrevista Forense y 10% de una “pésima” valoración forense, lo que preocupa de este caso fallado es que el acusado estuvo casi tres años en la modelo debido a dicho concepto……

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia

Este artículo es el reflejo al derecho de libre opinión contemplado por la Constitución Nacional.



9 comentarios:

Farid Leonardo Paipa Altamiranda dijo...

Por favor, cual es el número del radicado donde actúo la policía psicóloga en dicha absolución. Gracias.

Ricardo Alberto Suarez Castro dijo...

La policía Psicóloga no propicio dicha absolución, fui el perito de ese caso y determine que ella estaba totalmente errada y no sabia siquiera cual era la diferencia entre pericia y entrevista forense; yo fui el que propicio la absolución con mi refutación; si quiere ver el fallo del juez esta en youtube, coloca mi nombre completo ricardo alberto suarez castro y donde dice fallo o caso de abuso sexual ahí esta el sentido de fallo ........

Anónimo dijo...

Considero que las inquietudes planteadas son válidas, sin embargo, recomiendo ser cuidadoso en la redacción del artículo con el fin que no se preste a confusión. El tema es complejo y debe tratarse con altura, conocimiento, claridad y especificidad de manera que sea un referente técnico.



Ricardo Alberto Suarez Castro dijo...

Anonimo, no se que le confunde y porque debo ser cuidadoso; solo plasmo la realidad de lo que sucede con ejemplos claros...... Si quiere que le aclare la publicación con gusto lo hare; me parece irrespetuoso que diga que debo tratar el tema con altura, conocimiento, claridad y especificidad, creo que usted no es una persona que debe decirme o juzgar mi conocimiento o manejo del tema..... es solo una publicación en un blog...

Anónimo dijo...

Buenas tardes, con relación a tu articulo, me parece algo curioso que refieras que los psicologos de la Fiscalia en este caso los que atienden los casos de CAIVAS o CAVIF realicen valoración psicológico si desde el año 2011 la única función que cumplen estos psicólogos son los de realizar ENTREVISTAS FORENSES bajo la utilización del protocolo SATAC. Sugiero muy respetuosamente documentarse un poco mas y no generalizar.

Ricardo Alberto Suarez Castro dijo...

Bueno, anónimo, no se qué le parece curioso, pero lo que yo veo en las audiencias de juicio oral es que llevan la valoración solicitada a los Psicólogos de CAIVAS, donde han aplicado pruebas psicométricas, NICHD, exámenes mentales y hasta como le va en el colegio; .... etc... etc o en su defecto toman esas Entrevistas Forenses que usted refiere y las llevan como pericias forenses a los estrados judiciales por parte de los fiscales, ya que dan conceptos sobre la "verdad" o mentira del relato, hacen análisis de credibilidad, dicen su opinión sobre el caso etc, y eso es una valoración psicológica..... Con todo respeto y con aras de aclarar el asunto, los PSICOLOGOS y PSICOLOGAS de CAIVAS o CAVIF tampoco deben hacer entrevistas Forenses ya que no tienen funciones FORENSES- Eso le corresponde a Medicina Legal- El protocolo SATAC NO sirve de nada dentro del ámbito FORENSE y es solo un tipo de entrevista que ni siquiera está contemplada dentro del protocolo de abordaje de víctimas de Medicina Legal..... La técnica usada por la fiscalía para hacer entrevistas es inadecuada y si usted me dice que hacen ello ratifica mi generalización, ya que en el ámbito de la investigación judicial se realiza es una entrevista JUDICIAL y no FORENSE, no se, con todo respeto, si conoce la diferencia, ya que los funcionarios que intervienen en una entrevista pertenecientes a la FISCALÍA tienen Funciones de Policía Judicial.... existe un acuerdo de Medicina Legal con todas las Instituciones del estado donde aclaran el asunto y diferencias que es una entrevista Judicial, Forense, Evaluación Psicológica, Evaluación Psicológica Forense..... Por favor antes de opinar documentese.... veo que al parecer trabaja en CAIVAS.... Nada de lo que intervenga en CAIVAS sirve de nada en un proceso penal..... Un saludo

Lizebth Carrillo dijo...

Buenos días Dr. Suarez.

He leído su blog y estoy de acuerdo con su opinión. Particularmente me encuentro haciendo una investigación para monografía de grado y optar así por la titularidad de Abogada en una Universidad Pública. Me he centrado en una problemática que se está presentando en la ciudad donde resido la cual tiene un alto indice de Violencia Intrafamiliar. El caso es que estoy estudiando las funciones del CAVIF y su horario de atención al publico pues el problema de aca consiste en que si las victimas van a denunciar los fines de semana, que de paso debo decir, son los dias donde más se presentan casos de VIF, no enceuntran donde denunciar pues la entidad que se ha creado para tal fin son los CAVIF los cuales funcionan en días y horarios hábiles, teniendo que la victima devolverse a su casa que es donde esta la persona que la violenta y enfrentarlo por sus propios medios. Veo a grandes rasgos que estos centros en los que los funcionarios cumplen funciones propiamente administrativas tampoco tienen un cuerpo élite de policía judicial para intervenir cuando se dan estos casos que es lo que deberian implementar a mi parecer. Sus apreciaciones de lass funciones de los CAVIF abre otra posibilidad de analisis y evaluación, entonces me hago una pregunta: ¿son efectivos los CAVIF?.

Un abrazo Dr. Gracias por abrirnos los ojos!

Si puede ayudarme con mi investigación, le agradecería muchisimo. Mi correo es lizcatho@hotmail.com

Gracias!

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES DR RICARDO.

le comento estoy en esa situacion con mi hijo el tuvo relaciones con una amiga menor de 14 el ya es mayor de edad acaba de cumplir los 18 hace unos meses, y la cuestion es que la mamam se entero y demando x violacion carnal violenta y abusiva, tengo miedo el es fisicamente un niño y piensa como un niño, la niña la entrevisto una ´sicologa y que van a judializar a mi bb, tengo el alma partido, pero al dar nuestro testimonio que ella fue con su ´ropia voluntad a mi casa y estuvo con el sin ninguna obligacion, hay lo hundiriamos soy mama soltera y no se q hacer lo pueden meter a la carcel y por cuantos años, noooooo me muero tiene mucha vida por delante. que hago por favor ayudame...

Ricardo Alberto Suarez Castro dijo...

Señora de la solicitud de asesoría escribame a investigacionescriminales@yahoo.com