viernes, 24 de octubre de 2014

Alegaciones Falsas y Credibilidad de los menores de Edad en casos de Abuso Sexual: Fallo del Tribunal de Bogotá.




El Tribunal Superior de Bogotá en su sala Penal y con ponencia del Magistrado Orlando Muñoz Neira y con Fecha del 24 de Julio de 2014, revoco y absolvió a un señor por Actos Sexuales con menor de 14 años agravado en concurso con incesto, ya que consideran que existe una duda razonable sobre la existencia del hecho y que se observaba que existía una falsa alegación por parte de la denunciante que se traducía en un entrenamiento a su hija menor sobre el supuesto abuso para dirimir un conflicto de Pareja.

Aunque no se determino como una situación de Alienación Parental, los Psicólogos sabemos que esto tiene las características de esta entidad reconocida por Richard Gadner; Lo interesante del caso es que además del asunto de la falsa alegación se une la discusión sobre la poca credibilidad mostrada por el relato de la menor en la denuncia.

No entrare en detalles del caso, pero en síntesis hay una acusación de una señora en contra su esposo, en donde dice que “vio” a su pareja tocando a su hija en los genitales o al contrario, que el le obligaba hacerlo con sus genitales; la menor fue a Entrevista Judicial y “relato los hechos” y desde ahí empezó el proceso.

En síntesis, el acusado fue condenado a 190 meses de prisión, ya que en el juicio se “comprobó” que la menor decía la “verdad”, ya que su testimonio era “coherente y claro”, esto según el Juez de primera instancia, el cual también considero que las pruebas de la defensa no se referían al testimonio de la menor y no las tuvo en cuenta, ya que consideraba que el relato era suficiente para la condena.

Dentro de la apelación realizada por la defensa ante el tribunal de Justicia se esgrimieron algunos argumentos que evidenciaban la baja calidad y contradicciones dentro del testimonio de la menor y de la denunciante y también, que el acusado no presentaba conductas como agresor sexual o Pedófilo, esto determinado por el Perito de la Defensa.

La posición del Magistrado era que no se observaba un testimonio real de un hecho sino que aparecía un relato o mas bien unas respuestas demasiado “perfectas” por parte de la menor (tenía 8 años cuando supuestamente pasaron los hechos y 11 años cuando declaro en audiencia) y que no había un relato espontaneo real, sino ficticio, ya que la menor respondía cosas que no le preguntaban y que solo era dirigido a incriminar a su padre; una respuesta que puso a pensar a los magistrados es la cual la fiscalía le pregunta a la menor sobre su padre y ella responde “es……NN, y él fue el que me abuso sexualmente” , aduciendo el magistrado ponente que la menor respondía de forma preparada; esta respuesta unida a muchas sobre el tiempo, modo y lugar de los hechos y que se observaba claramente que la denunciante tenía una carga de odio ante su pareja, ya que había un conflicto entre ellos.

Bueno, dicho tribunal observa que el Juez primario no tuvo en cuenta ningún elemento que determinara la credibilidad del testimonio y la ocurrencia de los hechos, máxime que el primer entrevistador de la menor era un Psicólogo Investigador Judicial de la SIJIN, que determino ”que el relato de la menor no presentaba coherencia, no era espontaneo y que denotaba una contaminación del mismo”, lo curioso es que la fiscalía sabia ello, pero no presento a su investigador y si lo pidió la defensa, pero a la final la fiscalía estipulo dicho informe (no digo pericial, ya que no lo era) y dicho Investigador nunca se presento a audiencia pero el informe se dio por cierto. Así mismo, el Psicólogo y Perito de la defensa critico y cuestiono el testimonio de la menor y de la denunciante, y también realizo un perfil Psicológico del acusado y determino que no tenia Conducta Pedofilica o que fuese un Agresor Sexual y dentro de su exposición ilustro ampliamente a la audiencia sobre la posibilidad de la falsedad del testimonio cuestionado; Con todo esto el Juez Primario condeno, pero este tribunal cuestiona duramente dicha decisión, ya que no tuvo en cuenta lo aportado por la defensa y del mismo Investigador de la Fiscalía.

Resumiendo se pudo evidenciar que el Juez primario sencillamente se centro en “condenar” con un relato que no tenía una sustentación clara con un hecho real, y que además fue claramente controvertida por el Perito de la defensa en la audiencia de juicio oral y sencillamente omitió todo lo realizado en audiencia, pasándose por encima lo llamado la valoración conjunta de elementos de prueba para tomar una decisión de fondo dentro de estos caso.

Es interesante la posición del magistrado ponente ya que da una explicación muy interesante sobre la credibilidad del testimonio de los menores y la aparición de alegaciones falsas en casos de abuso sexual en menores de edad; Les recomiendo a mis colegas que lean dicha sentencia que quedo en firme, ya que no se dio el recurso de casación.

Para mi es una gran satisfacción haber actuado como Asesor y Perito de la defensa y por haber contribuido en conjunto con el defensor y demás partes a aclarar un caso que en Colombia esta trabajándose con seriedad y profesionalismo por parte de los Peritos.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo- Perito e Investigador Criminal
Director Unidad Profesional Forense y de Peritazgo de Medinet

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