viernes, 16 de junio de 2023

¿La Psicopatía, es inimputabilidad? Una Reflexión. Perito Ricardo Alberto Suarez Castro.

 

Hace un par de días tuve el honor de ser invitado por Jairo Currea de UN radio de Bogotá, (Emisora de la Universidad Nacional) a un panel, cuyo tema a tratar fue la conducta psicopática o sobre la Psicopatía, el objetivo era aclarar el concepto para los oyentes, y para ello invitaron a un Psiquiatra, un Psicólogo Clínico, una abogada penalista y lógicamente estaban los moderadores de la emisora; el tema en si es muy interesante, ya que se planteó lo que podía ser la conducta psicopática, o quien podía ser psicópata, y si estaba relacionado con una conducta violenta.

Todos plantearon su punto de vista sobre el concepto, el cual resumiré en que es una conducta de alteración del comportamiento social, se planteo unas bases genéticas, neurológicas y conductuales, donde se resaltó, la alteración de la conducta social en términos de falta de emociones, la manipulación, el poco respeto a los derechos de las demás personas y la indiferencia ante los sentimientos de las demás personas, esto como base de la discusión dentro del programa.

Voy a referirme especialmente a lo planteado por la abogada Evelyn Avendaño sobre el tema penal, la cual se refirió al tema como una posible causal de inimputabilidad en casos específicos dentro del ámbito penal; ella menciono que era necesario realizar una Valoración Forense para determinar que alguien tuviese esa conducta, en caso dado que se pudiese utilizar para determinar la posible inimputabilidad del sujeto en cuestión y esto me parece interesante ya que esta conducta puede ser sujeta de Valoración forense para demostrar esa figura jurídica.

Para comenzar mi reflexión, veo que muchas personas pueden tener rasgos de Psicopatía o Sociopatía (podrían ser equivalentes) y no necesariamente son personas inimputables en el ámbito Penal y si se quiere en el ámbito forense, al margen del concepto o los enfoques planteados, considero que esa conducta se debe evaluar bajo el punto de visto científico, dado por los referentes de la Psicología o Psiquiatría y que esta consignado en el Manual Diagnostico y Estadístico de Trastornos Mentales (DSM5) que determina que esa conducta es considerada como un trastorno de Personalidad denominado Antisocial y que se caracteriza por, incumplimiento de las normas sociales, el engaño (estafar), impulsividad o fracaso en la planeación, irritabilidad y agresividad (peleas), imprudencia en su seguridad y de los demás (conducta temeraria), irresponsabilidad en los deberes, ausencia de remordimientos y en general, la manipulación a las personas.

Como vemos, esta conducta puede verse en muchos individuos que cumplen estos criterios descritos, sin embargo, para determinar el Trastorno de personalidad Antisocial se debe tener en cuenta que cumpla todos los criterios y además que haya cometido acciones que sobrepasen las reglas sociales o normas jurídicas que son determinadas dentro de la convivencia ciudadana y las leyes penales, esto quiere decir que muchas personas pueden tener esos rasgos, pero que no necesariamente han cometido crímenes o acciones ilegales.

Me voy a centrar en lo planteado en este artículo, sobre si es un sujeto es inimputable, o no, en el ámbito penal, o que se pueda usar ese diagnostico como estrategia para la defensa y les diré, que es muy difícil que esa conducta pudiese ser un aspecto clínico que determine una inimputabilidad.

De acuerdo a mi experiencia, la inimputabilidad dentro del ámbito penal, se considera, cuando un individuo comete un delito y no tiene consciencia del mismo, o sea que no  conoce las consecuencias del mismo, o que no sabe que su conducta esta bien o mal, esto en términos un poco coloquiales, si trasladamos esto a la conducta Psicopática, podríamos ver que estos individuos con conscientes de su conducta y conoce las reglas sociales y jurídicas, por lo tanto, son responsables de las consecuencias de su comportamiento.

Las valoraciones Forenses sobre este tema deben ser realizadas específicamente, no si es Psicópata o Sociópata de base, sino, si en el momento de los hechos (homicidio, abuso sexual, etc.) es consciente de su conducta, asi como veo las cosas, la conducta dada por el Trastorno de la personalidad Antisocial, no es óbice para declarar la inimputabilidad.

Para determinar a nivel forense la inimputabilidad o la conciencia de la persona, se debe realizar un estudio longitudinal de la conducta y analizar dicha conducta extrapolada a momento de los hechos.

El tema central del panel en la emisora era saber si lo que muestran en los medios de televisión o historias de series sobre estos personajes psicópatas era la realidad dentro del ámbito científico y realmente hay mucha fantasía con respecto a esos personajes. Debo aclarar que muchas personas pueden tener rasgos psicopáticos, pero no necesariamente se convertirán en delincuentes o criminales, pero muchos si serán criminales natos.

Siempre me acuerdo en mi practica forense y como perito, las historias de series de televisión gringas, donde la defensa del acusado utiliza el termino de Demencia para “comprobar” que el acusado no estaba en sus cabales, en el momento de los hechos, esto es bien alejado de la realidad, ya que demencia, ni siquiera esta asociado a una conducta de ”locura”, sino a un trastorno Neurocognitivo que se caracteriza por el deterioro de la memoria, aprendizaje, función ejecutiva,, lenguaje, habilidad perceptual motora o cognición social, esto según el DSM5; estos trastornos son típicos de personas de la tercera edad y algunos casos de daños neurológicos derivados de lesiones, consumo de sustancias y/o factores biológicos. Debo decir que no todos los trastornos que aparecen en el DSM5 son sinónimo de locura o algo asi, ni tampoco son sinónimo de inimputabilidad.

Me acuerdo hace mucho tiempo cuando había masacres y mataban varias personas y en los diarios aparecía el titular “ataque demencial de tal grupo…”, yo siempre me imagina un grupo de personas de la tercera edad con alzhéimer o Parkinson, con fusiles matando a personas en estado de indefensión, ¡eso no es posible…!

¡Para reflexionar …!

 

Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro  

Perito Forense y Perfilador Criminal

investigacionescriminales@yahoo.com

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