jueves, 28 de mayo de 2020

¿Las entrevistas Psicológicas sin valor probatorio en casos de Abuso Sexual en Menores? Casación 53755/2020 CSJ. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días de Aislamiento he estado revisando material Jurisprudencial sobre Abuso Sexual y un abogado tuvo la gentileza de enviarme una Casación de la Corte Suprema de Justicia de hace un par de meses, donde se habla de un caso donde un padre fue acusado de Acceso Carnal en su hija menor de doce años, el cual fue absuelto de acuerdo a lo expuesto en la decisión de la Corte había muchas inconsistencias en lo denominado Tiempo, Modo y Lugar y especialmente en el relato de la menor y la intervencion de una Psicologa que la entrevistó.

Se desprende del caso que la Fiscalía llevó a la menor a declarar, junto a la madre y también vinculó a una Psicóloga de una Comisaria, la cual, al parecer le hizo una entrevista sobre el presunto Abuso, con estas pruebas la Fiscalia pretendió sustentar la acusación del supuesto acceso carnal, acaecido al parecer en un tiempo indeterminado que nunca se estableció con claridad; el juez de Conocimiento absolvió al acusado por serias dudas sobre el acontecimiento, pero fue condenado en el Tribunal superior del Huila, ya que al parecer le dio validez al testimonio y a la declaración de la Psicóloga sobre el presunto relato, sin embargo, la Corte absuelve y cuestiona seriamente tanto la declaración de la menor como opinión de la Psicóloga sobre el presunto hecho.

Quiero hacer un análisis de lo que dice la Corte sobre el tema de la Psicóloga, ya que en ese aspecto enfatiza para tomar su decisión, inicialmente esta corporación sostiene que “El dictamen psicológico no constituye prueba directa del abuso o del acto sexual en sí mismo y, aunque podría tener tal aptitud respecto a algunos síntomas del examinado, como el del “Síndrome del niño abusado”, ello tendrá lugar siempre y cuando aquel reúna determinadas condiciones”, como así lo explica en la sentencia CSJ SP2709- 2018, Radicado 50637.

En resumen, dentro del ámbito de dictámenes realizados por Psicólogos, estos pueden ser introducidos como Prueba de referencia para determinar que hizo la entrevista y lo que percibe de la misma y no más allá de este ámbito; esto quiere decir de acuerdo a mi opinión, que el Psicólogo solo debe referirse a lo “escuchado” en la entrevista  y este se convierte en el vehículo para darla a conocer, en este punto es importante aclarar que la corte no hace precisión si el Psicólogo es introducido como experto o como testigo de referencia, ya que la entrevista como tal, no genera ninguna experticia sobre los hechos y por lo tanto, es un testigo de referencia; pero supongamos que el Psicólogo haga una entrevista y/o Valoración Forense y sea introducido como experto perito, esto cambiaria en algo la situación ya que el profesional debe determinar las afectaciones o alteraciones psicológicas del abuso y sustentarlas de forma adecuada sobre el presunto hecho, ojo, ¡no antes, ni después…!.

En esto último, sobre la percepción del Perito, hay que aclarar que se convierte en testigo directo, no del hecho, sino de lo que percibe en la supuesta víctima en términos de alteraciones o trastornos Psicológicos y la apreciación de su testimonio se debe apreciar en ese contexto y ser evaluado junto con las otras pruebas periciales o testimoniales para dar un veredicto.

Esta sentencia aclara muchas cosas que han estado sucediendo con respecto a las intervenciones de los Psicólogos y es que muchas veces (casi todas las veces) dan conceptos de credibilidad de un relato, dan opiniones sobre el estado mental de los menores a todo nivel que NO están relacionados con el abuso sexual u otra situación de maltrato o abuso; he visto opiniones periciales donde se aplican pruebas de Ansiedad, Depresión, etc., que no están relacionadas con el evento, pero que lo ajustan para dar la impresión que así es, por ejemplo, es muy conocido que una Institución que todos en el ámbito Forense conocemos, hace valoraciones que determinan que a los niños hay que creerles, sin necesidad de evaluar nada más, esto me parece grave en el ámbito forense y de la Psicología, ya que se han condenado muchas personas, especialmente en primera instancia, siendo inocentes bajo el punto de vista de la investigación del delito; Tengo que añadir que existen muchas falsas denuncias, asi mismo existe lo llamado Alienacion Parental y esto hace que haya muchas declaraciones falsas que muchas veces son "validadas" por los Psicologos y esto me parece grave.

En mi trasegar como Perito Forense – cumplí quince años en este 2020- he visto muchas “entrevistas” y “Valoraciones” Psicológicas que he controvertido legalmente ante los estrados judiciales y que han cambiado la percepción del Juzgador en cuanto a la posible ocurrencia o no del hecho; reitero que lo hago legalmente y bajo las normas vigentes y los postulados éticos de la profesión, ya que he sido investigado y cuestionado por el Colegio Colombiano de Psicólogos sobre algunas de mis actuaciones, pero que son en realidad parte de los procedimientos normales en este tipo de casos; quiero aclarar que mis pericias son realizadas con todo el rigor de las normas y son sometidas a escrutinio en la audiencia preparatoria y aceptadas por los jueces de la Republica, por lo tanto son pertinentes, idóneas, conducentes y son sustentadas adecuadamente en el Ámbito Técnico- Científico; Tan es así, que han servido de alguna forma para tomar decisiones a los jueces de conocimiento, los tribunales de Justicia y la Corte Suprema de Justicia.

Es de anotar que las actuaciones de los Psicólogos, especialmente de algunas Instituciones del Estado están supeditadas a solicitudes de los Fiscales, que quieren evaluar algunos aspectos relativos a la Personalidad, Estado Mental, Capacidad Cognitiva, Trastornos Mentales o lo llamado Mendacidad, entre otros, sin embargo, el Psicólogo se debe limitar a realizar dicha valoración y no determinar el Abuso o cualquier implicación del victimario en el hecho; como dato interesante encuentro que los Psicólogos del ICBF, determinan el Abuso en un procedimiento llamado “Restablecimiento de Derechos”, sin ni siquiera usar los Protocolos de Medicina Legal para la intervención de supuestas victimas de Abuso Sexual, y se asume de entrada que el menor ha sido abusado, sin que medie tampoco ninguna investigación judicial del mismo; muchos de esos casos suelen ser absueltos y por ende la entrevista o Valoración realizada para hacer la imputación no tiene ningún sustento Científico o Técnico.

Para reflexionar…

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal.

lunes, 25 de mayo de 2020

Criminalización y Perdida de Derechos de los ciudadanos durante Pandemia. Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días de Pandemia ha sucedido de todos, desde las noticias falsas y la creación de un pánico generalizado derivado de la estrategia de terror impuesta por el gobierno Nacional y de la Alcaldesa de Bogotá hasta la persecución policiaca de ciudadanos inocentes de ser sospechosos de tener o portar el virus y con sanciones económicas o sociales; esto ha derivado en un estrés en los ciudadanos que ha generado desazón, Ansiedad y hasta delirios de persecución cuando las personas salen a la calle, se siente un pánico generalizado, esto creado por nuestros dirigentes los medios de comunicación y especialmente las redes Sociales, estas situaciones me han hecho reflexionar profundamente sobre todo el atropello a los derechos fundamentales de los colombianos.

Desde la declaración de la Pandemia del virus SARS- cov2 de la OMS, empezó aparentemente una campaña de “lucha” contra el virus para que no se “introdujera” en Colombia, donde se empezaron a “controlar” las personas que venían del exterior a través de cuarentenas en casa de 14 días para los sospechosos de portar el virus y para los contagiados, hasta ahí, pienso que todo normal dentro de lo previsto en una situación de estas, sin embargo, pienso que esa esa “lucha” no tiene sentido ya que al posicionarse el virus en Colombia la propagación seria de todos modos dada en la población local, se generarían contagiados y muertes por el mismo virus o por patologías asociadas de los contagiados y todo trascurriría de forma normal en ese tipo de pandemias, se tendría que dar lo llamado Prevención Primaria, Secundaria y Terciaria según parámetros de la OMS, ¡pero eso no sucedió…!

Desde marzo se empezó a fraguar algo llamado el Aislamiento preventivo de toda la población Colombiana debido a la llegada del virus a nuestro país, algo paradójico, ya que se supone que esos migrantes que venían con posible contagio deberían estar en cuarentena en centros de salud, esto es lo lógico en la prevención secundaria según la OMS, nunca estuvieron aislados y controlados por las instituciones de Salud y se dejó que esa población de posibles vectores estuvieran en contacto con las demás personas (inclusive alcaldes y demás estaban contagiados); Debido a esto se implementó el Aislamiento Preventivo Obligatorio, el cual determinaba que la población en general debía estar en casa para evitar el contagio, medida que tenia sus excepciones, ya que mucha población seguía su ritmo normal de trabajo o vida normal.

A partir de ese decreto expedido por la Presidencia de Colombia empezaron las persecuciones a los ciudadanos, ya que se estaban colocando comparendos económicos a las personas que estaban en la calle sin que tuvieran las excepciones previstas en el decreto y gente común (sin estar contagiados) sufrieron la persecución de las autoridades instigadas por la Alcaldesa de Bogotá y por el presidente, esto quiere decir que los ciudadanos empezaron a ser “sospechosos” de portar el virus y empezaron a ser detenidos o sancionados por esa sospecha, adicionalmente se les atribuía el posible delito de estar “propagando” un virus y afectar la salud pública, solo por el hecho de estar en la calle o no portar un tapabocas en recintos cerrados; la policía detuvo a una medica por estar haciendo un mercado, la misma alcaldesa no uso tapabocas en un mercado de la ciudad, todos puestos en la picota publica, hace poco un señor de 70 años (Vendedor informal) fue agredido, esposado y criminalizado por la policía por estar en la calle y así muchos casos, que lo dejan a uno muy preocupado y asustado por la situación.

Desde el punto Forense que yo manejo, veo que a los ciudadanos se les esta criminalizando y persiguiendo porque al parecer están propagando el virus… ¡sin determinar en ningún momento que ese ciudadano tenga el virus y lo este propagando!... simplemente se “sospecha” de que lo pueda tener, esto en términos de la investigación Criminal es acusar a alguien sin pruebas y eso me parece grave.

Si bien es cierto que se necesitan medidas de Prevención Sanitaria, estas deben ser acorde a una necesidad perentoria en momentos dados del transcurso de la crisis sanitaria, pero no se puede generalizar el concepto a una población que es sana en principio y que no es “CULPABLE” de tener un virus, sea cual fuese la razón, esto quiere decir, no es culpa de la población por su conducta el adquirir el virus, ya que independientemente de las acciones de prevención que tome, lo puede adquirir, esto no se puede ni controlar, ni evitar, ya que los virus tienen un medio natural de propagarse que no podemos hacer nada para ello; la lógica me dice que si yo tomo precauciones para evitar el contacto con el vector, DISMINUYO, la probabilidad de adquirirlo, pero no hay certeza en ello, ya que por muchos factores puedo tenerlo sin darme cuenta. Que la Alcaldesa y el Presidente quieran disminuir el contagio es una utopía y se esta viendo, me recuerda la lucha de Don Quijote de la Mancha y su fiel Escudero Sancho Pancha cuando se aprestaban a luchar contra los Molinos de Viento, batalla sin ningún resultado pero que fue épica en sus esfuerzos…

Las autoridades tomaron la posición de “imponer” unas normas (no funcionales) para evitar lo inevitable, que de por si no esta funcionando, como la restricción de la movilidad de los ciudadanos (pero de los bancos no, y muchos más), el cerrar el comercio, los trabajos de los profesionales independientes, en fin, endurecieron las restricciones para que supuestamente no hubiese mas contagiados; se han hecho “predicciones” de la conducta del virus (me imagino que por Perfiladores de virus) y expertos en Bioestadística y de acuerdo a ello, se han tomado medidas restrictivas que están afectando a los ciudadanos,… llevamos como 70 días con ese plan y sin embargo, NO se ha podido (ni se podrá) detener el contagio del virus, ¿la razón?, pues, somos seres sociales, dependemos para sobrevivir de una economía y no es posible aislarnos completamente, tampoco se puede controlar a una población de 50 millones de personas por tiempo indefinido, si bien es cierto, que si uno se aísla y no tiene contacto con el vector, pues no se contagia, esto no quiere decir que de aquí en adelante vivamos en nuestras casas por siempre.

Ahora para reflexionar sobre el asunto, considero que las expresiones de la alcaldesa como “No ponerse el tapabocas es criminal”, “usted al salir a la calle pone en riesgo a los demás” y esas expresiones, son parte de una criminalización a los ciudadanos, es decirles que son culpables del posible contagio, es “señalarlos” y estigmatizarlos, y esto no debe suceder; a mi por las redes me han insultado por opinar sobre el asunto, me han dicho irresponsable por decir que la “cuarentena” no sirve de esta forma, en fin, he visto muchos insultos, humillaciones, discriminación, prejuicios en los medios de comunicación y en las redes sociales que es bastante preocupante.

Debido a las “disposiciones” del gobierno muchos no tienen el derecho a la movilización libre (Niños, adolescentes, personas de mas de 70 años, enfermos), otros no tienen el derecho a trabajar (la mayoría de los colombianos), otros no tienen el derecho a la salud (No hay atención en EPS y centros de salud para cirugías, tratamientos), otros han sido discriminados para reintegrarse a la vida económica (Solo algunos pueden hacerlo), otros han perdido el derecho al libre desarrollo de la personalidad (especialmente jóvenes), y también al derecho a la educación (Población estudiantil que no tiene medios virtuales), hay discriminación por parte del gobierno ya que solo algunos grupos poblacionales pueden trabajar y otros no, como si fueran poblaciones de alto riesgo; No puedo entender como regiones que no tienen la aparición del virus deben estar aisladas y en aparente cuarentena, si por lógica …¡No tienen el virus!...

Yo siento que se han vulnerado mis derechos fundamentales en toda su extensión, tengo razones científicas para afirmar que el virus no se puede controlar y solo se puede prevenir su contagio y que las medidas tomadas por el gobierno son desacertadas desde un principio, es la hora que según los “protocolos” que anuncian no salen de decir “lávese las manos”, “use tapabocas”, “haga distanciamiento social”, “si se siente enfermo no salga y cuídese”, eso se pudo hacer desde el principio, solo haciendo una campaña masiva de prevención Primaria y no persiguiendo a la gente o tomando decisiones de aislamiento, según “Predicciones” del comportamiento del virus, la verdad como Perfilador de conductas, quedo muy pensativo con ese manejo; esas acciones de la alcaldesa de declarar zonas de contagio, cierre de áreas por posibles contagios, desinfección con antibacterial o químicos en calles y áreas públicas (la misma OMS dice que no sirve de nada), restricción en la capacidad del transporte publico (de todos modos hay contacto de usuarios), castigar poblaciones por salir a la calle de las personas, porque necesitan buscar su sustento, poner fechas de aislamiento, me parece irracional y en contra de los derechos de los ciudadanos.

Algo curioso en esta estrategia del gobierno, y es que nunca aclararon que era Cuarentena, ni que era Aislamiento Preventivo Obligatorio, todavía el presidente, la alcaldesa y los medios de comunicación hablan de cuarentena, cuando NUNCA se declaro la Cuarentena Nacional, sino un Aislamiento Preventivo Obligatorio, que es muy diferente…! Tampoco entiendo que se demoren 3 meses en diseñar un protocolo que diga que se cuiden las personas teniendo unos simples hábitos de salud y prevención, ¡queda uno pensativo en realidad!

Seguramente seré criticado por algunos que lean esta reflexión, pero pienso que la forma de manejarlo debe cambiar en este momento y debe ser para hacer una Prevención Real, con ello aprenderemos a convivir (o dejar de vivir) con el virus, es parte del devenir de la vida, todos somos responsables de cuidarnos, antes de esto, muchos consumen drogas y se vuelven adictos, otros son obesos por alimentarse mal, otros sufren de diversas enfermedades que a la final son parte del vivir, probablemente morirán de ello, de dengue, SIDA, y demás virus o bacterias…  ¡pero hay que seguir viviendo…!

Pienso que las Políticas de Prevención no deben estar encaminadas a la criminalización o a la vulneración de los Derechos Fundamentales de las personas… ¡Para reflexionar!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal.
investigacionescriminales@yahoo.com

jueves, 21 de mayo de 2020

¿Existen las falsas denuncias en Abuso Sexual o Violencia Intrafamiliar? Una reflexión. Ricardo Alberto Suarez Castro, Perito Forense e Investigador Criminal.


En estos días de confinamiento me he dado a la tarea de mirar las redes sociales y en general la internet y he encontrado noticias, informaciones, notas sobre el incremento de supuestos abusos sexuales dentro de los grupos familiares, le preste especial atención a una nota grabada por un grupo de Psicólogos Clínicos que al parecer se basan en la evidencia, y estos hablan de algunas estadísticas de Medicina Legal del año 2018 de casos llegados a esa Institución; dentro de los porcentajes que presentan se observa que muchos de estos datos se refieren a que existe el abuso reiterado dentro del grupo familiar y que las mujeres y los niños son los más afectados, esto me hace quedar pensativo, ya que mi experiencia como Perito en este tipo de casos es un poco diferente. Hice un comentario en dicho Facebook y un analista de la conducta de la Fiscalía me respondió que no podía poner en tela de juicio las versiones o relatos dados por las victimas y que ello se verificaba su credibilidad a través del marco de la Psicología Jurídica, la verdad me hizo quedar mas pensativo y por ello escribo el presente artículo.

Hace años publico sobre casos de Abuso Sexual que específicamente han sido investigados por mí en el ámbito Forense, Criminalístico y en general en el marco de la Investigación Criminal y he detectado muchas situaciones que se resuelven en los estrados Judiciales y se toman decisiones por parte de los jueces de acuerdo con una evidencia presentada en la Audiencia de Juicio Oral.

Retomando por lo dicho por el Psicólogo en la grabación, ellos dicen que hay un aumento de la Violencia Sexual en la familia y toman como referencia las estadísticas dadas por Medicina Legal, como siempre, me pregunto ¿Estas estadísticas, son evidencias del Abuso Sexual o del delito?, pues es mejor analizar el asunto.

El delito sexual se tipifica de varias formas en el contexto, tales como, Acceso Carnal, Actos Sexuales Abusivos, Acoso, Pornografía y otros como Injurias por vías de hecho, lo mismo sucede con la Violencia Intrafamiliar, que de acuerdo con la norma la Fiscalía tiene que investigarlos y aportar la evidencia (Pruebas de hecho) y con ello se toma una decisión por parte de un Juez de primera instancia y es ahí donde se determina la ocurrencia del hecho y la culpabilidad del supuesto agresor.

Viendo este panorama, ¿será que todas las denuncias (noticia criminal) hechas a la Fiscalía pertenecen a un hecho comprobado?, pues no es así, ya que toda denuncia debe entrar en un proceso llamado Indagación e Investigación, en el cual se hace un Plan Metodológico y se solicitan pericias forenses, valoraciones de víctimas, entrevistas Judiciales, en fin, que ayudan a la Fiscalía resolver el supuesto hecho, hasta ahí, solo se han solicitado elementos que se pueden constituir en pruebas dentro del Juicio Oral.

Remitiéndome a lo dicho en la grabación mencionada, se parte de la base que los casos son evaluados por Medicina Legal y sucedieron en realidad, bueno, quiero decirles que eso no es cierto, Medicina Legal en realidad no determina el Abuso Sexual, solo determina a nivel Medico las secuelas físicas de la presunta agresión, así mismo,  a nivel Psicológico (Forense y no Jurídico) las secuelas del posible hecho; En este contexto, se podría decir que Medicina Legal, No determina el Abuso, sino que da un concepto sobre que observa en el momento de la Valoración; en esta instancia, y eso es muy claro en los protocolos de Medicina Legal, ningún Forense puede determinar el Abuso como tal, sino que debe relacionar sus hallazgos con un presunto Abuso, hay casos evidentes dentro del contexto Forense y es cuando se encuentran cadáveres de personas abusadas sexualmente que tienen en su cuerpo elementos materiales probatorios como fluidos (Semen, sangre, Saliva, etc.) y lesiones claras derivada de una agresión de este tipo, así mismo, se encuentran lesiones como mordiscos, hematomas que “pueden” ser derivadas de un abuso o un ataque violento.

Ahora bien, vuelvo a mi pregunta ¿Todas son denuncias ciertas?, pues, habría que ver si lo son y para ello se debe hacer la investigación, que empieza con una Entrevista Forense o Judicial (Son diferentes), luego, por lo general se remite a Medicina Legal donde es el Medico quien evalúa a la presunta víctima, y podría existir una probable Entrevista o Valoración Psicológica Forense (No Clínica) para determinar su estado Mental o en su defecto lo que decida la Fiscalía que se deba evaluar para cada caso. Hasta este punto Medicina Legal no ha evaluado en realidad el Abuso como tal, o la violencia, sino que tiene unos elementos que indican a nivel Forense la posible agresión, ya que esto debe ser determinado con otros elementos materiales probatorios que surgen en el curso de la investigación.

Si bien es cierto que los relatos, testimonios, descripciones, de las victimas constituyen un elemento clave para determinar el abuso, estos relatos deben ser corroborados por diferentes fuentes y no precisamente con una validación de un testimonio que se haga con técnicas de Credibilidad del Testimonio, ya que esto, y de acuerdo a mi experiencia, no se solicita por parte de la Fiscalía esta técnica y además Medicina Legal no hace este tipo de valoraciones y además ellos no pueden dar conceptos de validez de ningún testimonio; Siendo así, Medicina Legal técnicamente no podría determinar la Violencia Sexual o Intrafamiliar per se, sino que estos elementos que se tienen, se presentaran en una Audiencia de Juicio Oral. Para los casos de supuestos Abusos Sexuales o agresiones Intrafamiliares que han sucedido con mucha anterioridad para Medicina Legal le es imposible determinar los daños o secuelas e inclusive, los elementos probatorios se pierden en el tiempo, solo quedaría el relato de los presuntos hechos.

Siendo así la situación… ¿Todos los relatos son ciertos?, pues sinceramente hay que comprobarlos, y eso se hace en la Audiencia de Juicio Oral, y la decisión la toma el Juez de la causa…. Como vemos no es la Psicología Jurídica como dice el funcionario de la Fiscalía en su comentario, sino el Juez quien determina la validez del testimonio y este se pone en tela de Juicio en las audiencias de juicio oral, ya que la defensa del acusado puede cuestionar a la presunta víctima a través de pruebas para tal fin o peritajes forenses (No clínicos o jurídicos).

Dentro de mi experiencia en casos de Violencia Intrafamiliar y de Abuso Sexual he visto claras versiones que no corresponden a la realidad y especialmente algo que se denomina Alienación Parental, que se ha usado frecuentemente en conflictos de pareja, también en falsas victimas de Abuso Sexual como venganza contra el acusado, o con otros fines que pueden ser económicos, sociales o lo que se considera de género a nivel popular.

No se puede negar que existe la Violencia Intrafamiliar y el Abuso Sexual en Colombia, pero eso de generalizar que toda denuncia es verdadera, no tiene sentido científico, ni forense, ni jurídico; en Colombia hay una situación que hay que erradicar y es que se tiene la convicción que hay que “creerles” a las supuestas víctimas, sin necesidad de comprobar las versiones de los hechos, esto es un sesgo en la investigación de estos delitos; A mi me parece grave por ejemplo, que una madre use a su hijo en contra del Padre, denunciándolo como abusador sexual, cuando no es cierto, esto le causa un trauma grave al menor que repercutiría en su vida personal, Social, Familiar de graves consecuencias.

A las victimas se les debe tratar con respeto, así mismo a los acusados, ya que prevalecen los derechos de cada uno de ellos en el marco Constitucional.

Para reflexionar…!     

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal.

sábado, 16 de mayo de 2020

Perfil Criminal del Asesino Serial Luis Alfredo Garavito. Una Reflexión. Perfilador e Investigador Criminal Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días se supo por las noticias que el asesino en serie llamado la “Bestia”, Luis Alfredo Garavito padecía quebrantos de Salud ya que al parecer tenia un cáncer y otras patologías clínicas que obligaron a internarlo en un hospital en Colombia y que aun parece estar en esa situación de internamiento médico, esto me hizo pensar sobre el perfil que tiene como asesino y especialmente como agresor sexual de menores de edad, ya que en la historia de Colombia y de la humanidad, es considerado como el mas prolífero asesino de niños del mundo y que fue protagonista de una oscura época de crímenes de niños que impactó la investigación criminal a todo nivel en Colombia, por allá en la década de los 90, en este articulo daré un perfil de dicho criminal y hare una reflexión al respecto.


Este personaje nació en el año de 1957 en un pueblo llamado Génova, en el departamento del Quindío, nació en el seno de una familia humilde y fue el mayor de 7 hermanos, familia que se caracterizo por la Violencia Intrafamiliar y especialmente por la falta de afecto y de armonía familiar; de acuerdo con la información existente fue maltratado desde niño y hubo un evento que determino su conducta posterior y es que fue abusado sexualmente a los 13 años por un familiar, eso acaeció en el año 70, en su adolescencia empezó a rebuscarse como “todero”, o como vendedor informal en diferentes pueblos del área comprendida entre Quindío y Valle del Cauca, en los años 90, empezó su conducta criminal que al parecer se inicio en el año 92 y “culmino” si se podría decir en el año 99, dentro de los cuales abuso, torturo, mutilo y asesino un sin numero de niños entre los 6 y los 16 años; se tienen registrados o confesados por el 172 menores, pero al parecer la cantidad de menores podría llegar a los doscientos, no se sabe a ciencia cierta el numero exacto de muertes causadas y solo él sabrá a cuantos asesino en su oscura vida criminal.

Teniendo este panorama encontramos que Garavito comenzó su carrera criminal a los 35 años y de ahí en adelante no pudo parar de hacerlo hasta que fue capturado el día 22 de Abril de 1999, en la zona rural de Villavicencio, en la zona de los llanos orientales colombianos; esta conducta criminal no se conocía en Colombia en ese entonces, pero en USA si se conocía este tipo de comportamiento a la cual se le domino por el FBI el de asesino en serie, y esto dio pie a una clasificación de este tipo de asesinos por parte de la Unidad de Análisis del Comportamiento del FBI.

La captura se Garavito se dio por una casualidad del destino, ya que una de sus victimas se escapo de él y dio aviso a las autoridades, fue capturado por las autoridades y empezó la investigación de su agresión al menor; en este punto hay algo interesante y es que el investigador del caso tenía una visión muy amplia sobre una serie de crímenes de menores de edad en esa zona del país y de la región del Valle y Quindío y empezó a relacionar esos crímenes con Garavito y tras una dinámica e inteligente pesquisa se pudo llegar a la conclusión que el era el asesino de varios menores de edad, a lo cual en un momento de éxtasis confesó sus crímenes y reconoció su conducta; Fue enjuiciado y condenado por sus crímenes de acuerdo a la ley de ese entonces que a la final fue de 40 años, las cuales según las normas de ese entonces en Colombia, podría disminuir por trabajo y buen comportamiento; Para esta época se especula mucho si Garavito puede ser excarcelado y que salga libre, pero por ahora se sabe que todavía esta encarcelado y debe cumplir su pena.

Desde el punto de vista de la Perfilación e Investigación Criminal, la conducta de Garavito es digna de estudio de lo que llamaríamos su “Mente Criminal”, ya que estas conductas aunque pueden tener un Patrón especifico, para mi concepto es un caso único, no solo por su conducta instrumental, sino por sus razones personales para realizarlas o sea, su necesidad de matar.

Para realizar el Perfil es necesario entender el contexto en que se desarrollo su carrera criminal y resaltar algunos aspectos relevantes que analizare a continuación.

En primera instancia hablaremos de su modus operante o la forma que realizaba sus crímenes y aquí se podría decir que sus victimas eran específicas, ya que su preferencia eran niños impúberes de bajo status social que andaban por las calles de los pueblos sin sus padres o tutores muy común en esa época, a los cuales los abordaba dando una apariencia de bonachón, les daba dinero y los convencía de acompañarlo y durante el trayecto como un ritual consumía bebidas alcohólicas y perpetraba su crimen; realizaba agresión sexual, pero adicionalmente los golpeaba salvajemente en el cuerpo (Pateaba y golpeaba con los puños su estomago y costillas) y a continuación los degollaba con un cuchillo y un destornillador que llevaba para ello, luego abandonaba su cuerpo y volvía a la normalidad de su trabajo informal; de acuerdo a los datos que tengo, tenía unos sitios específicos para llevarlos y reunía sus cadáveres en ellos. Bajo el patrón que tenia se podría decir que era el mismo en todos los casos y que siempre premeditaba sus acciones con resultados fatídicos para esos niños; Dentro de la clasificación conocida de ese entonces por el FBI se podría decir que era un asesino organizado y a la vez lo denominado asesino itinerante.

En segunda instancia analizare su conducta y empezaremos clasificándolo como un pedófilo, conducta muy especifica por el ya que su preferencia sexual iba dirigida a menores de edad, especialmente menores de 12 años, esta preferencia sexual se clasifica como un trastorno parafílico, según el ámbito científico de la clasificación de los trastornos mentales y esta relacionado con la conducta sexual; Así mismo, se puede clasificar desde el mismo enfoque dentro del Trastorno de Personalidad antisocial, la cual se caracteriza por la falta de sentimientos (insensibilidad ante las personas, Desprecio por el bien y el mal, Personas que se muestran encantadoras pero que lo usan para manipular a los demás, son mentirosas o tienden a engañar a los demás, problemas recurrente con la ley, violan repetidamente los derechos de los demás, presentan impulsividad en sus actos, falta de remordimiento, relaciones personales muy pobres, falta de habilidades sociales, falta de empatía, baja autoestima, irresponsables de sus actos y especialmente mucha hostilidad o agresividad hacia los demás; En este punto quiero resaltar que Garavito desde que fue capturado presentó una conducta bastante peculiar y es que al parecer muestra arrepentimiento por sus actos y se ha autodenominado como una persona “buena” y que no quería hacer lo que hizo, esto es interesante ya que no se sabe si es en verdad un arrepentimiento o es una maniobra engañosa (me inclino por esta última) para crear lastima ante los demás y desviar su culpa.

Como vemos es un asesino en serie de alto perfil dentro del ámbito criminal y en verdad es interesante desde el punto de vista científico analizar su conducta, siempre he tenido la ilusión de entrevistarlo para conocer mejor su conducta, pero, bueno, no ha sido posible hacerlo, ya que el al parecer no permite ese tipo de entrevista, aunque el ha dado entrevistas a algunos medios de comunicación, han sido bajo ese formato periodístico y no científico.

En Colombia tenemos desafortunadamente criminales de alto perfil como Garavito, pero no solo el existe en el ámbito de Violencia sexual y el asesinato, sino que tenemos a otros como Pedro Alonso López, llamado el Monstruo de los Andes, quien se dice que abuso y asesinó unas 300 niñas (su preferencia sexual) y a Manuel Octavio Bermúdez llamado el Monstruo de los Cañaduzales quien asesinó a unos 25 niños.

Como reflexión nos queda y es que en Colombia existen Asesinos y Abusadores Sexuales de alto perfil que nacen en ambientes de Violencia en su contexto Familiar, Social y Cultural y que desarrollan conductas criminales muy graves que afectan especialmente a los menores de edad y que afectan la dinámica y el bienestar social de la población; considero desde el punto de vista de la Perfilación e Investigación Criminal que debemos ser mas acuciosos en la investigación de estos crímenes.

No se la condición médica de Garavito en este momento, pero lo que si se que ha dejado un legado muy sombrío para la historia de la humanidad, dentro del ámbito criminal… ¡Para reflexionar!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Investigador y Perfilador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com

viernes, 8 de mayo de 2020

El Perfilamiento como estrategia de inteligencia en Colombia. Una Reflexión. Ricardo Alberto Suarez Castro. Asesor de Seguridad e Investigador Criminal.



En estos días se “desato” un supuesto escandalo debido a una “investigación” que realizo la revista Semana en donde supuestamente se detectaron seguimientos o investigaciones ilegales por parte de la Inteligencia Militar a ciertas personas conocidas dentro del ámbito Nacional como Periodistas, Políticos, entre otros, esto produjo que se pronunciara el Gobierno Nacional y se iniciara una investigación de lo sucedido para determinar la legalidad de dichas acciones, sin embargo, en principio el gobierno Nacional asevero que no se podía hacer perfilamiento de Periodistas, Políticos y demás, ya que eso era ilegal o que iba en contra de la libertad de prensa o algo así, como quien dice existen personas que no pueden ser investigadas debido a su condición de funcionarios, o de su función en la sociedad, me quede pensativo sobre el tema y quiero hacer una reflexión.

Por allá en los años 90 por una resolución de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada, dependencia del Ministerio del Interior en ese entonces me dieron el titulo de Asesor de Seguridad, y en ese entonces dictaba capacitación a guardas de seguridad y asesoraba algunas situaciones de estas, así mismo tengo algunos cursos sobre el tema de Seguridad Nacional realizados en el ejercito Nacional, realmente me dedique a la investigación criminal desde el 2003, desde cuando inicie con este tema y tome algunos estudios sobre el tema y sobre la Técnica de la Perfilación Criminal, la cual he usado para mi trabajo como Investigador Criminal, también dicte cursos sobre la Perfilación Criminal a muchos investigadores inclusive de la Fiscalía y DIJIN y en escuelas de Investigación Judicial de la época, acabo de acordarme que en ese devenir fui invitado por la Universidad Javeriana para hablar sobre Bioterrorismo, un tema que ahora esta al parecer de moda por lo del virus SAS-cov2, debido a mis estudios en el tema del Terrorismo, en ese entonces empece a escribir un libro sobre el terrorismo, el cual quedo en veremos por diferentes circunstancias, solo hice una recopilacion historica del mismo hasta el año 2000, ¡algun dia lo retomare!; de pronto a algunos les sorprenderá mi experiencia en estos temas pero en los años 2000 en adelante incursione en estos campos ya que eran novedosos dentro del campo de la Investigación Criminal, se podría decir que fui parte de los Pioneros de la Perfilación Criminal, bueno, ¡eso pienso yo!...  

Para analizar el tema de este articulo empezare por definir cuál es el objetivo de la Inteligencia en Colombia de acuerdo a la Dirección Nacional de Inteligencia, que tiene como objeto “desarrollar actividades de inteligencia estratégica y contrainteligencia para proteger a la Nación y las personas residentes en Colombia, prevenir y contrarrestar amenazas internas o externas contra la vigencia del régimen democrático, el orden constitucional y legal, la seguridad y la defensa , así como cumplir con los requerimientos que en materia de inteligencia le hagan el Presidente de la Republica y el alto gobierno para el logro de los fines esenciales del Estado, de conformidad con la ley”.

Bueno, aquí cobija todo lo que puede hacer la DNI dentro del ámbito Constitucional y Legal y es sencillamente que puede desarrollar estrategias y actividades en pro de proteger a la Nación de amenazas internas o externas y esta esto enmarcado en la estructura la misma DNP y del Estado Colombiano.

Teniendo en cuenta esta situación y con lo dicho por el Presidente o el alto gobierno que es ilegal o que no se puede hacer Perfilamiento” a ciertas personas o Instituciones… ¿Sera que eso es así, en realidad?... Si asociamos que ese “Perfilamiento” proviene de una técnica de Investigación Criminal y que es usada actualmente para realizar Perfiles de Conducta de presuntos delincuentes, llámense terroristas, asesinos, abusadores sexuales, corruptos y demás que van en contra del establecimiento Social y la Seguridad Nacional, ¿Por qué no se puede hacer el perfilamiento de determinadas personas?

La Perfilación en sí, es una Técnica que nos ayuda en el ámbito de la Investigación para detectar “posibles” autores de un hecho delictivo, así como para descartar que una persona no tiene una conducta criminal, o simplemente para determinar las características conductuales de un individuo, por ejemplo, que pueda tener una conducta antisocial (como muchos políticos reconocidos) o por personas que son terroristas, personas que se dedican a crear el caos o pánico en el país a través de los medios de comunicación o redes sociales.

Esta técnica es usada por todos los países del mundo en la actualidad en la lucha antinarcóticos, en la lucha contra el terrorismo, en la lucha contra los delitos transnacionales y en fin contra lo que se considera una amenaza interna y externa en la estabilidad de un país; las agencias de inteligencia investigan a Políticos, Empresarios, Cineastas, Periodistas, a cualquier persona que pueda ser una amenaza para el país, esto unido a otras estrategias de información que determinan la validez de esa amenaza o la veracidad de la información; la Inteligencia y Contrainteligencia se basa en información e investiga complots, posibles atentados, en fin todo lo que determina que pueda ser una amenaza y para ello debe perfilar, verificar información, descartar o no para tomar decisiones al respecto esto en el marco de la Ley la Constitución y la Seguridad Nacional, pero si en Colombia no se puede hacer Perfilamiento a determinadas personas.. ¡Entonces cual es el objeto de la Inteligencia?... como decimos cuando la fiesta está muy aburrida… ¡Pues apague las luces y vámonos…!

La inteligencia se nutre de información, de infiltrar personas en diferentes escenarios, en partidos políticos, en ONGs, en Bandas Criminales, en fin, en todos los ámbitos donde se pueda detectar una amenaza, ya sea un grupo de oposición que pueda hacer un acto terrorista o de desestabilización del estado democrático, todo esto es parte de la finalidad de Inteligencia de un País.

Lo que digo no es nada novedoso y todo el mundo lo sabe, vemos como Maduro por ejemplo, tiene su grupo de Inteligencia, Putin lo mismo, USA también, no se porque aquí en Colombia los medios de comunicación como Semana cuestionan las acciones (sin comprobar el objetivo) de unos perfilamientos que a la postre es solo eso… Perfiles de personas que pueden o no ser investigadas por delitos en contra del estado o del orden Judicial ordinario.

No entendería porque los periodistas, la oposición o determinados personajes no pueden ser perfilados o tienen que estar blindados para no ser investigados aduciendo libertad de prensa o libertad de expresión; todos los Colombianos tenemos los mismos Derechos y Deberes y somos susceptibles de ser investigados si tenemos indicios de estar cometiendo una acción en contra de la sociedad o el Estado y así mismo, tenemos las garantías del debido proceso y demás dentro de orden Jurídico y Constitucional. ¡Lo único que nos faltaba en esta pandemia es que no se puedan investigar a los corruptos, a los que desestabilizan al país, a los que le roban a los pobres y demás, solo porque tienen una investidura de cualquier tipo!

Como investigador Criminal que soy, considero que las técnicas de Perfilación son validas en el marco legal y constitucional, de por si en la Casación 40478 de 2015 de la Corte Suprema de Colombia en uno de sus apartes, tan alta corte menciona un Perfil que yo realice sobre un presunto Abusador Sexual donde descartaba que tuviese esa conducta y en conjunto con la investigación que realice determinó la corte la absolución del acusado, el cual fue condenado en otras instancias, invito a mis lectores a consultarla; para mi es un reconocimiento importante en mi carrera.

Los perfiles son válidos, es una herramienta que nos ayuda en la indagación e investigación, es una fuente de información importante que nos facilita tomar decisiones dentro de todo ámbito; en el ámbito Judicial he visto que algunos jueces no envían a la cárcel a ciertos delincuentes reconocidos porque aducen que no son un peligro para la sociedad a pesar que su perfil conductual pueda ser de un delincuente o maltratador, si se hiciesen los perfiles de su conducta seguramente no estarían en las calles; como nota curiosa he conocido casos de personas violentas que han maltratado a sus parejas y … ¡los mandan a prisión domiciliaria con su pareja!

Para reflexionar…!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Asesor de Seguridad e Investigador Criminal.


domingo, 3 de mayo de 2020

Opinión Pericial, Refutación o Controversia dentro del Ámbito Forense. Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En días pasados me llamaron para que analizara un caso de un presunto intento de Feminicidio, en el cual debía analizar una serie de conceptos de una Psicóloga y de un Médico Forense, adicionalmente analizar si la conducta del supuesto victimario correspondía al de un potencial homicida o agresor que tenia supuestamente intenciones de asesinar a su esposa por razones de Género, siendo así el asunto, hice los procedimientos de investigar el caso bajo el punto de vista Forense, Criminalístico, Psicológico y en general de la Investigación Criminal.

No me referiré a los resultados en sí de mi investigación, pero analizare lo que encontré dentro del contexto de las “pruebas” presentadas por parte de la supuesta victima del “intento” de feminicidio.

Tomé los documentos dados para el análisis y me encontré que no era un caso Penal, sino un caso de Divorcio (¿?) y que las “pruebas” allegadas eran un concepto de Psicología (al parecer forense) y un análisis Medico Forense de unas lesiones que presentaba la supuesta victima derivadas de un incidente que tuvo, este estudio Medico Forense se realizo con base en unas historias Clínicas de la atención que se le dio en un Hospital y una Clínica donde le prestaron la atención inicial, luego del incidente, adicionalmente a ello, Medicina Legal emitió un concepto de Medico forense determinando las lesiones presentadas por la victima derivados por el incidente presentado; hasta ahí todo estaba normal para mí, por lo cual, empecé a analizar el caso y di mi Opinión Pericial en 4 informes de acuerdo a las normas del Código de Procedimiento Penal.

Cuando entregue mis informes la abogada del caso me dijo que no estaba de acuerdo con ellos, ya que faltaban algunas cosas (¿?) y que dentro de los dos informes tanto del Medico como de la Psicóloga debía controvertidos, le dije que yo en realidad no cuestionaba o controvertía las opiniones como tal de los profesionales, sino que analizaba los informes y daba mi opinión como perito, lo cual es en realidad mi función, le explique que en la Audiencia de Juicio yo sustentaba mi base de opinión pericial, la abogada insistía en que debía refutar o controvertir los informes de ellos y se creó una situación bastante particular.

Para explicar mejor el tema quiero decirles que encontré que el informe que yo hice, ¡va para un caso de divorcio y no por intento de feminicidio!, y los dos informes de la Psicóloga y del Medico se refieren a un intento de feminicidio que NO ha sido investigado por la Fiscalía y solo esta en Noticia Criminal, o al menos no existe la imputación de cargos, por lo tanto, en mi precario conocimiento sobre estos asuntos, considero que no existe base para determinar el intento de feminicidio ya que no hay pruebas del mismo dentro del material entregado.

Explicare mejor el asunto, el incidente que produjo las lesiones a la señora fue documentado y reportado en el Hospital y la Clínica como “la caída de un caballo” y en ningún momento Medicina Legal determina que es diferente a ello o que el mecanismo de las lesiones fuese provocado por la agresión del supuesto “victimario” de Violencia de Género, a partir de ello no se encuentra ninguna relación, a mi parecer, del intento de asesinato, ya que está documentada la caída del caballo con testigos que vieron cómo se cayó del caballo y no se encuentran evidencias, indicios, conductas de agresión por ninguna parte del supuesto victimario.

La Abogada me insiste que debo controvertir y/o refutar dichos informes y le digo que no existe forma de hacerlo ya que no están basados en ninguna realidad o evidencia que demuestre que sucedió el asunto, el cual está documentado como otra situación por parte de los médicos.

El informe del Medico que hizo el estudio (no es de Medicina Legal), dice que estudió las historias Clínicas y encontró que no correspondía a un patrón de caída de caballo (la evidencia dice lo contrario) y que era por un mecanismo que a nivel Forense él no podía determinar.

El informe de la Psicóloga es bastante interesante ya que le hizo un estudio de Personalidad y una valoración de Estado mental en el momento de la valoración y como resultado determinó que su perfil de personalidad correspondía a una victima de Violencia de Género, según los patrones encontrados por ella en la literatura sobre el tema y que el esposo era un acosador, maltratador y potencial homicida.

Al hacer los informes solicitados yo precise que ninguno de los profesionales tenia evidencia forense de que el mecanismo de las lesiones fuesen derivadas de una agresión por parte de el esposo y adicionalmente estaba documentado que fue de la caída de un caballo; aclarando el asunto quiero decir que la psicóloga le hizo un Análisis de Personalidad y el Medico solo dijo que el patrón de las lesiones no correspondían a la caída del caballo sino a otro mecanismo que no puede sustentar….  

Mi pregunta es ¿Qué puedo yo controvertir, refutar de ello?, pues nada!, ya que por sí solo, los informes de la atención a la señora determinan que fue por la caída de un caballo!, adicionalmente dentro del informe mío digo que la Psicóloga hizo una evaluación de personalidad que no corresponde a determinar en ningún momento que es una víctima de agresión o que tenga secuelas de ser agredida por violencia de género, ya que en ningún momento hace un diagnostico del mismo.

¿Puede un Perito en realidad refutar algo que no existe como evidencia?, yo diría que no, la refutación para mi concepto se basa en dar una opinión sobre resultados obtenidos de una valoración acorde al caso, por ejemplo, si la Psicóloga hubiese evaluado el abuso repetido, las agresiones, las humillaciones que podría haber tenido la supuesta victima y yo hubiese encontrado lo contrario, ¡Pues se refuta y se controvierte!, pero sin tener ese sustrato, ¡pues no…!, además lo mas interesante, es que no es un caso penal sobre el “intento” de feminicidio, ¡sino de un caso de divorcio donde los abogados de la señora aducen que el esposo intento matarla…!


¡Para reflexionar!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro.
Perito Forense e Investigador Criminal.