lunes, 22 de julio de 2019

Delitos Sexuales en Menores, la Investigación y la Visión Forense. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días un abogado conocido me envió unas copias de un par de páginas de un libro que hablaba sobre la Alienación Parental y sobre la Entrevista Forense, le pregunte en que consistía ello y me respondió que era unos conceptos sacados del Libro “Delitos Sexuales y sus particularidades con énfasis en los delitos de acto y acceso sexual de menores de catorce (14) años” de los autores Genaro Bermeo Torres, Kenny Johan Castro Castro, Marín Castro, me interesó el asunto, adquirí el libro y me puse a analizarlo más profundamente.

El texto tiene conceptos básicos sobre el Abuso Sexual, Jurisprudencia, aspectos Técnicos, Científicos, discusiones, estrategias de manejo de los casos, en fin, me parece muy completo; Aquí se observa un minucioso trabajo de investigación que comprende una recopilación de material para discusión de los diferentes casos.

Mi análisis se basa en la Investigación del Delito Sexual y observe que tiene mucho material sobre ello desde la llegada de la Noticia Criminal hasta el aporte de pruebas, realización de entrevistas Forenses, de Valoraciones Psicológicas, Pericias Forenses, en fin, en cada uno de los aspectos de la Investigación.

Como todos sabemos la investigación se inicia con la Noticia Criminal y los funcionarios de Policía Judicial  son los que inician la Investigación del presunto delito, pero de forma curiosa aparece el ICBF dentro de ese procedimiento con la “misión” de la restitución de los derechos de los menores; en este punto se observa que hay una confusión de roles y la finalidad de las primeras entrevistas realizadas a los menores, de acuerdo a ello al parecer se realiza la entrevista por el funcionario de Policía Judicial, sin embargo, un concepto de la corte Constitución determina que se puede hacer la Entrevista Forense por funcionarios “entrenados” y los Psicólogos, la misma Corte dice que esa entrevista es para al parecer determinar la credibilidad del “relato” y observar las condiciones cognitivas y emocionales del menor, pero también la Corte determina que esa Entrevista solo es para recopilar información sobre los supuestos hechos y no para validar o determinar la credibilidad del testimonio ya que eso no lo pueden hacer los Psicólogos, sino le corresponde al Juez determinar esa credibilidad.

Lo interesante de esta postura es que los fines son diferentes dentro del contexto de la Investigación Criminal ya que se parte de una base del investigador que tiene dos alternativas y es en primera instancia hacer la entrevista Forense y con base en ella buscar las demás pruebas del hecho asumiendo que el menor dice la verdad, en lo que se denomina “montaje de pruebas” y en segunda instancia hacer entrevista y verificar todo lo dicho; Esto último en mi opinión es lo que se debe hacer, ya que la Investigación requiere que se corrobore la información y se determinen los hechos.

La Fiscalía de Colombia tomo el primer camino donde asume que el relato es verdadero, hablan de víctimas en la investigación, y lo corroboran con “Pericias” presentadas en la preparatoria con base en los “relatos”, el segundo camino no lo usan para la verificación del hecho y comprobar hipótesis del Delito.

Dentro de la Investigación Criminal reitero, hay que comprobar el hecho y no “creer” en una versión, los autores del libro hacen una discusión del asunto y curiosamente aluden a los Psicólogos para determinar cuál sería la posición más acertada, en la posición sobre la finalidad o sentido de la entrevista Forense nombran a la Psicóloga Ángela Tapias que según lo referido en la cita, ella dice que se puede determinar la credibilidad del testimonio y a través de ello determinar si sucedió el hecho, según los autores, Tapias dice que a través del polígrafo, hipnosis se puede determinar la credibilidad del hecho y por lo tanto darle validez al “relato”, posición interesante, sin embargo, la misma Corte Suprema de Justicia ha dicho que los Psicólogos no pueden determinar la credibilidad de los testimonios, ya que hay que corroborarse, en fin son posiciones... Los autores citan a otro Psicólogo llamado Ricardo Alberto Suarez Castro, o sea a este profesional que escribe el artículo, el cual dice que la entrevista Forense es solo un medio de información sobre tiempo, modo y lugar de los supuestos hechos y es parte de la fase de Indagación e Investigación del presunto delito, como vemos esta posición es netamente sobre la investigación del delito y no una validación Psicológica del relato.

Aquí puedo observar que en ninguna parte aparece la Entrevista Judicial y que al parecer hay confusión entre esta y la Entrevista Forense, si lo vemos en la realidad la entrevista forense tiene como finalidad la de percibir el estado emocional, el nivel cognitivo, aspectos conductual del menor y la Entrevista Judicial tiene como objetivo recopilar información sobre los presuntos hechos.

Quiero aclarar que mi posición es que las dos entrevistas solo dan información  de los presuntos hechos y ninguna de los dos es la valoración de un testimonio que hay que darle una puntuación de credibilidad, por lo tanto, no se puede determinar el hecho o el Abuso con base en ellas, ya que son parte de una entrevista derivada de una simple indagación del presunto hecho; Quiero aclarar que así la entrevista la hagan Psicólogos, tampoco son parte de una Pericia, apreciación, validación de un hecho, ni aportan nada como prueba, inclusive si se hace como parte de una valoración Psicológica no deja de ser el Psicólogo un testigo de referencia que tampoco a la final determina que el hecho sucedió.

Muy interesante la discusión planteada en el texto, ya que muestra diferentes posiciones sobre el tema, como las de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, ICBF, Medicina Legal, Comisarías de Familia, Fiscalía, Abogados, Psicólogos, en fin, diferentes percepciones del tema.

Personalmente me alegra que se refieran a mi posición o concepto dentro de esta discusión ya que implica que mi trabajo en el campo de la investigación de los delitos sexuales va por buen camino o al menos ha dado nuevos derroteros sobre su abordaje, quiero hacer énfasis que yo hago investigación Forense sobre el delito sexual y mi posición es como Perito experto.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito e Investigador Criminal

1 comentario:

Unknown dijo...

Que gran articulo, de verdad felicitaciones, ojala los entes que relacionas al final del artículo vean tus apreciaciones, pues smychas veces fayan en contra de inocentes....