En estos días he publicado sobre la
función que tienen los Psicólogos en la Valoración del Abuso Sexual, y los
errores que se pueden cometer en dichas valoraciones, he dicho que los
Psicólogos NO pueden determinar el Abuso Sexual, tampoco pueden validar los
testimonios, así mismo, NO pueden señalar culpables, en fin, situaciones que se
pueden presentar en una valoración de menores presuntas víctimas de Abuso
Sexual. Yo público con el ánimo de dar a conocer las situaciones a los colegas,
Abogados y la comunidad en general, es un ejercicio más académico que de crítica
profesional, sin embargo, tengo que ser muy directo en lo que digo ya que es la
experiencia que tengo en mi ejercicio como perito.
El día de hoy realmente me pareció
muy gratificante que me llamara una Psicóloga de una Comisaria de Familia de un
pueblo a pedirme un consejo o asesoría debido a que dio un concepto sobre una
menor donde ella “confirmaba” unos tocamientos y determinaba el Abuso, ella
comenta que se “excedió” en su afirmación y que se había dado cuenta que había
hecho una Valoración Errada o que debió haber usado el termino Presunto Abuso,
estaba muy afanada, y me dijo que como podía solventar la situación, ya que yo
tenía mucha experiencia en esos casos.
Esta situación se presenta muy a
menudo ya que las comisarias tienen un formato y se rigen por ellos para hacer
la valoración, ella hizo un diagnostico solicitado sobre la menor y se basó en
lo que ella dijo, solo con el supuesto de que hay que creerles a los niños;
esta profesional se dio cuenta que no podía hacer esta afirmación del supuesto
Abuso, pero le toca presentarse a la Audiencia de Juicio Oral y sustentar el
informe o diagnóstico.
Me gusta que los profesionales
reconozcan sus errores y le dije que podía aclarar el informe en la Audiencia
de Juicio Oral y que dijera la verdad sobre dicha “valoración” y su apreciación
de la misma. Digamos que ella lo hizo de buena fe y en realidad tuvo una
apreciación inadecuada del presunto Abuso debido a que se basó en lo que dijo
la menor. Ahí no pasa nada, solo es cuestión de aclarar el informe y ya. Es su
percepción como Psicóloga y la razón que me dio ella es que era su primer
informe sobre este tipo de casos y que no tenía mucha experiencia y a lo mejor
en la comisaria le exigieron dar ese tipo de concepto. No olvidemos que muchas
Instituciones tienen sus propios medios o protocolos para abordar ciertas
situaciones como esta.
Me conto que trabaja en la comisaria
y que no tiene formación en Forense o en Clínica sino tiene una especialización
en otro campo de la Psicología, sin embargo, observo que eso no tiene
relevancia ya que es profesional en Psicología y esto la hace idónea para hacer
esas valoraciones y sustentarlas bajo el punto de vista de la Psicología.
Esta situación pasa debido a que se
le solicitan “pericias” forenses a Psicólogos que no cumplen la Función de
Peritos y por ende se llega al punto de errar en la valoración; se puede hacer
una Valoración Clínica de estado mental, etc., pero una “Valoración Forense” no
se puede hacer en la Comisaria. Esa situación la viven muchos Psicólogos de
Comisarias, CAIVAS, ICBF, CTI, que dan conceptos ajustados a unas necesidades
de las Instituciones que no son su función…
Si esta profesional sustenta la
valoración errada y se mantiene en su concepto corre el riesgo de una
investigación Penal y disciplinaria que le puede acarrear doce años de cárcel y
lógicamente la pérdida de su puesto laboral, no olvidemos que esos Psicólogos
son Funcionarios Públicos, tampoco olvidemos que con su concepto puede estar
una persona en la cárcel y esto le puede generar una denuncia Penal por daños y
Perjuicios, en fin muchos problemas.
En verdad considero que debemos ser
más precavidos en hacer afirmaciones sin sustentación forense, yo hago dichas
afirmaciones cuando tengo “pruebas” sobre el Abuso y sobre el no Abuso y lo
sustento en la Audiencia de Juicio Oral, siempre aclaro ante el Juez que mi
concepto es Forense o Científico y nunca dentro del Ámbito Jurídico. No olviden
que los fiscales que le solicitan esos informes los pueden investigar por Falso
Testimonio.
Si algún colega necesita una
asesoría técnica sobre el asunto, con gusto le colaboro, así mismo, si necesita
abogado también se le puede colaborar; pueden escribirme a investigacionescriminales@yahoo.com
Hago una pregunta: ¿Algún lector de
mis artículos conoce el acta de acuerdo de Medicina Legal del 2013 de la Función
del Psicólogo que diferencia la Entrevista Judicial, Entrevista Psicológica, Valoración
Forense y Valoración Psicológica? Les recomiendo que la busquen si no la
conocen…
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador
Criminal.
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