lunes, 28 de enero de 2019

Pericias Psicológicas como prueba en casos de Abuso Sexual: Una Reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


El día de ayer recibí por correo electrónico un mensaje que contenía un informe Pericial de Psicología Forense de una menor presunta víctima de un Abuso Sexual, realmente no tiene nada de extraordinario el asunto en si, pero en este caso me quedé de una pieza ya que esa “Pericia Psicológica” según mi criterio no es legal y/o no se puede presentar como “prueba” del presunto Abuso Sexual y además está descontextualizada de la línea de procedimientos dentro del proceso.

Me comunique con el abogado y le pregunté la razón del envió de tal pericia, ya que yo había entregado mis informes periciales desde la preparatoria y el próximo fin de semana se inicia el Juicio Oral, o sea ya se había cerrado la etapa procesal de la validez de dicha pericia. El me responde que la Fiscalía en preparatoria había solicitado una “Valoración Psicológica Forense” de la menor dentro del proceso, pero no aportó el resumen de la Opinión Pericial, ya que no se había realizado por Medicina Legal y según el 415 se podía entregar al menos 5 días antes del Juicio Oral y que efectivamente entregó, me quede confundido ya que la Fiscalía debe entregar sus “pruebas” desde la acusación y no de forma extraordinaria 5 días antes del juicio donde la defensa no tiene la oportunidad de refutar, controvertir, analizar dicho informe pericial. El anunciar las pruebas (que no tiene) de forma extraordinaria es una jugada desleal por parte de la Fiscalía, ya que en el momento de la acusación NO se basó en esa prueba y ahora se basa en ella sin que la defensa tenga oportunidad ni siquiera de refutar o controvertir con un Perito en este caso conmigo.

Reflexionando sobre el asunto me puse a pensar ¿Qué paso ahí? Y otros interrogantes a saber: En primera instancia, ¿esa Pericia Psicológica determina el Abuso Sexual?, al observarla no determina el Abuso Sexual, ya que lo que pidió la Fiscalía fue que se le hiciera a la menor fue Examen Mental, recibir el relato, determinar la credibilidad del mismo, si los vocablos (¿?) del dicho de la menores relacionado con un hecho, identificación del autor, secuelas del hecho, en fin, prácticamente la Psicóloga tenía que determinar el Abuso Sexual y hasta el autor del hecho; Las Pericias en Psicología tienen límites y el Protocolo de Medicina Legal también, la Psicóloga nombra dicho protocolo y le responde a la Fiscalía, sin embargo, me pregunto:  ¿el protocolo permite determinar credibilidad del testimonio?, ¿Permite determinar el culpable?, ¿calidad de los vocablos?, aunque si se puede hacer examen mental, ¿puede determinar las secuelas del posible abuso?, solo puedo responder si  al último interrogante, ya que si se puede realizar una valoración de las secuelas del Presunto Abuso, sin embargo, hay un inconveniente y es ¿El examen mental realizado es para determinar el estado mental de la menor al momento de la valoración o es para determinar las secuelas del Abuso Sexual?, Para reflexionar, ya que he visto Valoraciones exhaustivas donde dicen que la menor está bien psicológicamente, pero que “reporta” haber sido abusada (¿?), o sea , No y Si… Como vemos la “Pericia” no determina el Abuso Sexual, solo puede determinar unos posibles efectos de un presunto Abuso Sexual.

En segunda instancia, esa Pericia ¿realmente es una Prueba del Abuso Sexual?, Pues no, la Psicología como Ciencia no aporta pruebas de supuestos hechos, solo puede dar su conocimientos en el campo de lo observado en la conducta de los evaluados, sea víctimas o victimarios, o en su defecto el estado mental de una persona, sus actitudes, en fin, todo relacionado con su conducta, efectos de traumas psicológicos y en este caso su alteración de la conducta derivado de un Abuso Sexual… He dicho…

Para reflexionar sobre el asunto, veo que la Fiscalía actuó con falta de lealtad impidiendo “leguleyamente” que la defensa tenga oportunidad de controvertir dicha pericia y lo otro, ¿Realmente es una prueba del hecho?... Para nada…  La Psicología como Ciencia tiene sus límites, veo que Psicólogos (as) están traspasando los límites de la Ética señalando a Personas, validando relatos (sin aplicar técnicas validas), determinando hechos sin ninguna sustentación o sin ser su función dentro de un proceso.

Es curioso, una Juez me compulsó copias para que el Colegio Colombiano de Psicólogos me investigara porque cuestione un informe Pericial de una Psiquiatra que no determinó el Abuso Sexual ya que no evaluó a la menor, pero señalo al supuesto victimario; yo realice la investigación Forense del caso y determine con certeza no solo como Perito, sino Investigador Criminal que no había elementos suficientes del abuso sexual, estoy investigado por ejercer mi derecho a realizar dicha pericia por COLPSIC, y ellos me instaron a que revelara hasta el secreto profesional para investigarme, ¿Sera que quien hace bien las cosas será investigado y quien no, no lo será?.... Siempre conozco mis limites dentro del Ámbito Jurídico y Ético, lo curioso es que el “informe” de la Psicóloga del caso referido aca tiene 21 folios (debe ser un resumen), transcribe lo relatado por la menor (debe guardar el secreto profesional), da conceptos sin aplicar técnicas válidas o que sea su función, en fin …

Para reflexionar…

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
ricardosuarezperito@gmail.com

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