martes, 27 de noviembre de 2018

Significación del Psicólogo en Colombia: Una Reflexión de un Psicólogo por el Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


El día 21 en el Facebook de los egresados de Psicología de la Konrad Lorenz leí un post de un seguidor de dicho fase, sobre una situación que se presento en una pauta publicitaria del Centro Comercial Santafé de Medellín que decía que “Ir de compras era como ir al Psicólogo, pero mas efectivo”, me pareció curiosa la alusión que le hicieron sobre los Psicólogos y no le di mucha importancia, pero al ver el contexto en que colocaron el post me di cuenta de una situación que no me sorprendió pero me pareció fuera de contexto en realidad, esto debido que el director del Sindicato de Psicólogos considera que esa alusión que hace la pauta es “una trivialización de la labor del Psicólogo” y un “uso denigrante de nuestro rol social”, en mi concepto dudo que dicha pauta tuviese la intención de “denigrar” a los Psicólogos y su intención era otra, sin embargo, dicho director aduce que se denigro al Psicólogo y “exige” la rectificación del mensaje, lo cual dicho Centro lo hizo y quito dicha publicidad.

Hubo un par de comentarios en el post sobre que era una forma de “devaluar” el ejercicio del Psicólogo y comente que a mí no me parecía ni devaluativa, ni denigrante, ya que no se aludía como una señalación negativa de la profesión del Psicólogo. Al final del texto de solicitud de la rectificación de la pauta encontré que dicho Sindicato al parecer lucha por la Significación del los Psicólogos y Psicólogas y me quede pensativo de que quería decir con ese termino, le pedí a algunos colegas que me dijeran que quería decir ese concepto y no me supieron decir en realidad a que se refería con respecto a los Psicólogos.

Como mi intención es reflexionar sobre el asunto me puse a pensar, y llegue a la conclusión que dicho sindicato quiere resaltar la importancia del Psicólogo dentro de la Sociedad (¿?), pues mirando el significado de la palabra se refiere a la importancia o al significado de ser Psicólogo, pues eso creo,... sin embargo, al observar el contexto en que se escribió, no le veo relación con la pauta publicitaria que habla sobre ir de compras es más efectivo que ir al Psicólogo.

Ahora bien, ¿Sera que el Sindicato puede determinar qué es lo que es denigrante, o que trivializa a la profesión?, cuando se habla de denigrante o restarle valor a la profesión estamos entrando en el campo de los Derechos Fundamentales y en el caso de degradar la profesión seria hablar mal de ella, de injuriar, de calumniar, de discriminar, de prejuiciar, etc., y no veo cómo esa pauta lo hizo en perjuicio de los Derechos de los Psicólogos. Pienso que es una trivialidad esa solicitud y que aporta poco en beneficio de resaltar la labor del Psicólogo en su rol como Profesional. Si bien algunos se sienten afectados de pronto por dicha alusión, pienso que es parte del devenir de nuestra profesión y hay que entenderlo de pronto como una percepción que tiene la gente de la labor del Psicólogo y que se expresa de diferentes maneras, ya sea a través de chistes, experiencias terapéuticas, o la sola actitud que por décadas la gente dice cosas como “yo no voy al psicólogo porque no estoy loco” y en fin, muchas frases triviales sobre nuestra profesión.

Usando mi derecho fundamental a la libre expresión quiero manifestar lo siguiente y es que dentro del post, yo hice un comentario y un colega mío pregunto: ¿Existe un Sindicato de Psicólogos? Y así mismo, pregunta ¿y que hacen para defender los Psicólogos?, ¿no será otra entidad como el corrupto Colegio Colombiano de Psicólogos que busca afiliados y no nos defiende?, me quedé perplejo (aunque no tanto)  me puse a reflexionar,  me hice la misma pregunta: ¿Ellos defienden nuestros derechos como Psicólogos?, ¿ellos son voceros para representarnos sindicalmente como gremio o colegiado?

Pues ya muchos conocen mi posición al respecto y es que ninguno de ellos representa a los Psicólogos en Colombia, son Instituciones Privadas amparadas por la Constitución sobre la libre Asociación y NO representan a los Psicólogos en Colombia, tampoco tienen la Facultad o Función de determinar cómo es el ejercicio de la Profesión ya que esta corresponde a lo instituido en la Ley 1090 de 2006 y traigo a colación la sentencia C470 de 2006 de la Corte Constitucional donde limita las funciones de COLPSIC y no le da atribuciones de ser representante de los Psicólogos. Ahora bien, si es bien cierto que la ley faculta a COLPSIC para crear el Tribunal Deontológico y de Ética, este se debe limitar a velar por la Ética de la profesión según lo emanado por la ley 1090 de 2006, o sea COLPSIC crea el Tribunal pero no quiere decir que sea parte del COLPSIC, así de sencillo, aquí solo se habla de valores éticos, del actuar correctamente, de preservar los derechos fundamentales de la comunidad, etc., si bien pueden pronunciarse en ese sentido, no implica que  sean voceros o representantes de los Psicólogos, pienso que el Tribunal esta mas bien en velar por la conducta del Psicólogo que en defender sus derechos.  

Sigo con mi derecho fundamental a la libre opinión, si vemos este impasse publicitario generó semejante despliegue de rechazo, ¿Por qué no vemos en realidad que pasa?, les cuento una historia corta, soy Perito Forense, en todas las Audiencias de Juicio oral y demás, los Fiscales, Jueces, procuradores, psicólogos y Psicólogas, Investigadores Judiciales, desacreditan mis informes, me interrogan, me contrainterrogan, me denigran, dicen que los Psiquiatras están por encima de los Psicólogos, que la Psicología no es una ciencia exacta, que no puedo dar conceptos de certeza, que revele el Secreto Profesional, que soy un atrevido, en fin, pero eso es parte de mi rol como forense y yo así mi mismo, refuto, controvierto, cuestiono, argumento con mis conocimiento, uso los protocolos o instrumentos validos científicamente con los principios éticos, con el respeto a los Derechos Fundamentales, con el respeto a la ley, en ninguna Audiencia le he faltado al respeto a nadie, no he mentido, no me ha investigado la Fiscalía, doy los conceptos porque el articulo 3º. Literal m) de la ley 1090 me permite dar dictamen de conceptos, informes, resultados y peritajes, es mi derecho fundamental para el ejercicio de la profesión; sin embargo, me pregunto ¿Sera que mis derechos están vulnerados? Pues si, en algunas ocasiones, y ¿Sera que COLPSIC o el Sindicato me defienden?, pues no, y les contare porqué con un ejemplo, que se hizo publico gracias a una juez que me mando a investigar por dar un concepto de certeza en un caso de Abuso Sexual.

Lo resumiré de esta forma, realice un peritaje (derecho de hacerlo) para un caso y de acuerdo al Código de Procedimiento Penal se cumplieron los requisitos de ley, fue introducido legalmente, presentado el informe de acuerdo a la ley, fue sustentado de acuerdo a la ley y demás… Todo legal, sin embargo en la sentencia la juez pide a COLPSIC que “Valore” mi comportamiento, ya que según ella no podía dar un concepto de certeza; Como vemos la juez pide que COLPSIC (No al Tribunal de Ética) que “valore” mi conducta, no en la audiencia, sino sobre el concepto emitido y ¿que paso?

Pues resulta que todo lo que hago es legal ante los ojos de la Justicia pero COLPSIC me llama a versión libre con respecto a el concepto emitido y “decide” investigarme por el contenido de mi peritaje, si tengo Derecho a realizar peritajes, dar mi opinión Pericial,  ¿Por qué me investiga el contenido del mismo?, bueno, fui a dar la versión libre y me solicitan que revele el Secreto Profesional o sea sobre en lo que me basé para dar mi opinión… ¿Sera que COLPSIC, puede instarme a revelar el secreto profesional consagrado en el articulo 74 de la Constitución Nacional?, Es preocupante... , ahora si le pidieron que valorara mi conducta ¿Por qué no lo hizo?, si esta evaluando el informe pericial ¿Con que derecho lo hace?, ¿Sera que ellos o el Tribunal deciden que esta bien o que esta mal?, preocupante....  ¡quiero dejar sentado que mi opinión como Perito es un DERECHO FUNDAMENTAL determinado por la leyes y la Constitución Nacional y es parte de mi ejercicio como profesional de la Psicología!.

Para reflexionar, ¿Sera que COLPSIC esta defendiendo mi derecho a realizar pericias?, ¿Ustedes que opinan? ¿O será mas bien que está ejerciendo una función de investigación que no trata con la Ética o la “significación” del Psicólogo? Pienso que, si me conducta hubiese sido inadecuada, hubiese faltado a la verdad, u otra situación anómala, la misma juez me compulsa copias a la Fiscalía o me manda a arrestar o algo así, nunca le falte al respeto a nadie en esa audiencia, mi pecado fue defender mis conceptos como Psicólogo y el respeto a los Derechos Humanos.

La verdad no necesito que nadie defienda mis derechos, conozco los canales para defenderlos, pero debe haber una claridad en cuanto a ello y no nos volvamos inquisidores de los mismos Psicólogos y si me preguntan ¿qué porque la gente piensa así de los psicólogos?, les responderé ¿Por algo sera?, a propósito no se si pude dilucidar el sentido de la palabra Significación… Quiero hacer énfasis en el respeto a lo que opinan todos mis colegas y al principio fundamental de la asociación grupal y al libre ejercicio de la profesión.

Nota: Quiero decirles que llevo 30 años como Psicólogo, tengo 13 años como perito, fui docente universitario, he realizado publicaciones, con mis conceptos se ha creado Jurisprudencia ante la Corte (tres casaciones), Tribunales de Justicia y en Juzgados de primera instancia han validado mis conceptos, en fin, hasta COLPSIC me dio una mención de reconocimiento por mi trabajo en ese campo, sin embargo, COLPSI, nunca tuvo en cuenta ese récord como Perito. Me sentí como un criminal en la versión libre por cumplir mi trabajo como profesional. Para reflexionar………….

En los enlaces aquí abajo citados se encuentran los comentarios sobre la solicitud y un caso mío de muestra que les puede dar una idea de porque perciben a los Psicólogos en el medio, lo hago publico porque es de dominio público en el ámbito Forense y mi intención no es de denigrar a los Psicólogos sino de ilustrar sobre el tema.

  

Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal

sábado, 3 de noviembre de 2018

¿Perito Forense o Perito Directo o Perito Testigo o Perito Experto?: Una reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días está muy agitado el cuento del Perito Psicólogo en mi ámbito de trabajo, tengo algunas inquietudes frente a ello ya que un abogado me dijo que la Corte Suprema de Justicia ha cambiado las reglas de juego en ello, no sé, veo que se ha establecido un parámetro mejor en cuanto a lo que es el Perito Experto, pero hay muchos vacíos dentro del asunto sobre el Rol del Perito dentro del Ámbito de la opinión Pericial.

Pondré algunos ejemplos del asunto; hace un par de días estuve en una audiencia en la cual valore a una menor sobre un presunto Abuso Sexual y no encontré síntomas o secuelas del mismo, hice la sustentación y tenía el informe en la mano pero la juez no lo aceptó porque no se había pedido como PRUEBA y solamente me escucho y NO me tuvo en cuenta para nada, me pregunto ¿A que fui? No sé, parece que a nada, ya que el abogado no hizo valer mi peritaje; ayer un abogado me llama a decirme que tengo una audiencia de Juicio Oral en los próximos días y que debo presentarme cuando la Fiscalía presente el video de la entrevista JUDICIAL de la menor para convertirme en “testigo directo” dentro del caso (sic), no entendí el asunto y él tampoco me explico cómo es el rol sobre tema; Se presentan “testimonios” de Psicólogos que han tratado a los menores y los muestran como Peritos testigos, no hacen valoraciones forenses pero pasan como tales; Presentan entrevistas forenses realizadas por Psicólogos del ICBF, Comisarias de Familia, de la Institución Creemos en Ti y las hacen pasar como Peritos Forenses o como valoraciones Forenses de Abuso Sexual; Tengo un caso donde Psiquiatría de Medicina Legal dice que la menor no presenta secuelas de Abuso pero el ICBF dice que si, en fin, aquí no se sabe quién es perito, experto, perito experto, perito testigo, perito directo, Perito Forense….. ¿Qué está pasando?, ¿Por qué tiene más validez una entrevista judicial realizada por una Psicóloga del CTI, que una Valoración Forense de un experto?.......

En estos días tuve que ir al Colegio Colombiano de Psicólogos porque me estaban “investigando” porque según una Juez me compulso unas copias porque había “criticado” un concepto de una psiquiatra en un caso de Abuso Sexual y había tenido el “atrevimiento” de tener la certeza en mi opinión pericial, bueno, todos saben que mi trabajo es criticar (sana critica), controvertir, refutar, etc y sinónimos… Ese es mi trabajo como PERITO lo dice el artículo 3º., literal m de la Ley 1090 de 2006 que dice que puedo hacer el dictamen de conceptos, informes, resultados y peritajes,… o sea que legalmente puedo dar mi opinión pericial, sea como experto, testigo, directo, en fin, bueno, lo que me preocupa es que la juez dijo que “valoraran mi conducta” dentro de la sentencia y le solicito al Colegio Colombiano de Psicólogos que me “valorara”  porque critique al informe de la psiquiatra (función legal como perito) y el Colegio me solicita que entregue el material de donde sustente el peritaje forense y evalúa mi ¡…Informe Pericial…! así como leen mi ¡INFORME PERICIAL!, me piden que de una versión libre, obligada, según los estatutos del Colegio y me piden que revele el Secreto Profesional, me pregunto: ¿El Colegio Colombiano de Psicólogos puede determinar si está bien mi opinión pericial o evaluar mi desempeño como perito?,  Pues no, primero no Pertenezco a dicho Colegiado, no me representa a mi como profesional, respeto el Tribunal de Ética, sin embargo, dicho Colegio es una entidad privada que no tiene competencia para EVALUAR mi trabajo como PSICOLOGO en donde la información tiene el privilegio del Secreto Profesional de acuerdo no solo a la ley 1090 de 2006, sino lo más fundamental y es que el artículo 76 de la Constitución Política de Colombia dice que el “Secreto Profesional es inviolable” , quiere decir que no se puede violar, ni siquiera a dicho Colegiado, ellos insistieron que lo revelara en la citación a la versión libre…. Realmente preocupante.

La sentencia C470 de la Corte Constitucional dice claramente cuáles son las funciones de dicho Colegiado y no dice que “evalúa” a los Psicólogos en su desempeño, hay unos parámetros de ética lógicos en el ejercicio de la profesión, ojo el tribunal de Ética es eso, donde el asunto se trata de Conducta adecuada o de Valores dentro de la Profesión, pero llegar a “evaluar” el trabajo de los Psicólogos es fuera de la competencia de dicho Colegiado.

Ahora bien, volviendo al tema ¿Cómo Perito experto dentro de un caso de Abuso Sexual, no puedo dar mi opinión Pericial?, Fui presentado como Perito experto dentro de ese caso ¿Mi opinión Pericial debe ser evaluada por COLPSIC?, si es así, ¿Quién lo hace?, soy investigador criminal también ¿COLPSIC evalúa mi desempeño como Investigador Forense?, ¿me dice cómo debo entrevistar y demás?, ¿qué pasa con mi autonomía como profesional?, en fin, el cuento es que uno controvierte, refuta, critica, o da una opinión así se  llame Perito experto, testigo, directo, etc.,  debe clarificarse el rol y que se tenga el respeto a la dignidad del Perito, he tenido tratos poco dignos por jueces y fiscales en especial, pero respetare los derechos de mis clientes por encima de todos y de todo, es mi valor dentro de la Ética de mi Profesión.

Para reflexionar, en el Ámbito Forense somos PERITOS, damos opiniones, discutimos, controvertimos, debatimos, es mi Derecho Fundamental al ejercicio de la Profesión y no se me puede tratar de forma indigna.

Nota: este artículo está escrito con base en mi derecho de la libre expresión amparado por la Constitución Nacional.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal.