martes, 26 de enero de 2016

ICBF: ¿Institucion que investiga los delitos de abuso sexual en Colombia?

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar parece que tiene otra función que no se de donde saco, pero que en definitiva parece que le fue delegada y no sabemos si por verbigracia de la Ley 1098 de 2006 (Infancia y Adolescencia) y es la de investigar casos de Abuso Sexual en menores de Edad.

El ICBF, según su función es la de el Bienestar a nivel de la Familia y a partir del año 2006 se le delego adicionalmente la función de velar por los Derechos de Niños, Niñas, y adolescentes y que de pronto es una función prioritaria dentro de ese organismo; esto esta bien, pero como yo siempre analizando la cuestión, parece que se volvió el Instituto para la niñez, y una entidad que investiga particularmente casos de maltrato o violencia intrafamiliar donde se ven involucrados los menores de edad y también otro tipo de casos como paternidad y demás; Bueno, mi pregunta es: ¿El ICBF, debe investigar los casos de Abuso Sexual o Violencia Intrafamiliar o en general el maltrato a los menores?...... Pues considero que no es así; Aunque  tiene la función de preservar los derechos de los menores NO tiene la facultad de investigar los delitos que mencione anteriormente, esto quiere decir que no tiene funciones de policía judicial y no puede recopilar pruebas para una investigación de este tipo.

Observando el panorama de los delitos sexuales con los menores y viendo las ultimas noticias sobre el tema (Hace poco salió la directora del ICBF, diciendo que iba a buscar las victimas de los abusos sexuales en menores por parte de soldados gringos en misión en Colombia), me pregunto: ¿el ICBF tiene facultad para ello?..... ¿Tiene facultades que le permita determinar un abuso sexual y condenar un abusador?...   Pues a ojo de buen cubero es la Fiscalía la que hace investigación de delitos de los menores y hacia los menores, ellos delegan a Medicina Legal los peritajes necesarios, y a través de una solicitud ante un juez determinan si el posible agresor es un riesgo para el menor y si ha sucedido el hecho; como dicen ¡así de sencillo!!!.....

¿Eso sucede en la realidad?.... Pues no, le contare como funciona: Resulta que le venden la idea a la gente que es el ICBF que se encarga de todo sobre los menores y piden que denuncien a dicho Instituto inclusive delitos como abuso o maltrato en menores, o la misma Violencia Intrafamiliar, pero resulta que el ICBF NO maneja estos casos y debe remitirlo a Fiscalía para su investigación, sin embargo, ¿Qué sucede?, pues que no los remiten y los psicólogos o psicólogas de dicho Instituto se “encargan” del caso e investigan si hubo dicho maltrato y a través de las comisarias o del mismo ICBF determinan el ABUSO SEXUAL y toman las decisiones pertinentes y por ejemplo ponen medidas de restricción al supuesto agresor y envíen al menor “ABUSADO” a una institución privada llamada Creemos en ti (es un contrato amarrado con el ICBF) para su terapia sobre el abuso. Los Psicólogos del ICBF, además de ser “investigadores” también salieron Peritos Forenses (reemplazan a Medicina Legal) y ya!!!! …… ¡aclararon el asunto!!!. Si por circunstancias llevan el caso a Fiscalía, estos funcionarios remiten estas entrevistas forenses a un proceso penal y fungen como peritos expertos, inclusive señalando al culpable del presunto abuso.

Los que lean este articulo, dirán ¿eso esta sucediendo?.... y les dire que si. La fiscalía se apoya en dichos informes de “investigación” y "peritaje" y en la entrevista hecha al menor o en su defecto al de la mama; es mas, cuando hacen la entrevista a la madre la obligan a denunciar a la Fiscalía porque si no lo hacen les pueden quitar hasta los hijos.

He conocido casos que han intimidado y separado familias sin que se haya hecho investigación del caso y sin que se haya dado un veredicto de un juez determinando el presunto abuso….. Así mismo, en mi trasegar como perito he visto acusados en la cárcel que luego son absueltos porque no se pudo comprobar el hecho….. sin embargo, el menor fue declarado como victima de abuso y el padre o padrastro como victimario a los ojos del ICBF; ¿sera que esos niños no abusados no tendran un trauma ficticio?....

Quiero reflexionar sobre el asunto, y preguntarme algo: ¿sera que en aras de defender los derechos de los menores y de la familia, no se estáran vulnerando los derechos de los mismos?... ¡Yo pensaría que si….!!!! Mi experiencia en estos casos como perito me he encontrado que abundan mas los conceptos de Psicólogos o Psicólogas del ICBF, CAIVAS, CTI, Creemos en ti, y de comisarias, que de psicólogos (as) forenses de Medicina legal.

Para cerrar la reflexión, considero que el ICBF, asumió un rol que no les corresponde, y en verdad son la Fiscalía y el Sistema Judicial a través de un proceso quien determina la culpabilidad de un sujeto en estos casos y las decisiones están en los jueces y no en comisarios o psicólogos de dichas instituciones……. Para reflexionar……

Quiero aclarar que el ICBF no tiene facultades de Policía Judicial, pero si puede aportar elementos para los procesos, pero ellos NO pueden tomar decisiones judiciales………

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia



Este articulo esta escrito sustentado en mi derecho de libre expresión u opinión, y basado en experiencias propias de mi ejercicio como Perito Forense en este tipo de casos.

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