lunes, 24 de agosto de 2015

Drogas, Alcohol y Abuso Sexual.


En estos días escuche una noticia sobre el caso de una menor (de quince años) que fue llevada por otra menor a una fiesta de chicos donde se reúnen con el objeto de consumir sustancias de diferente índole, entre ellas alcohol de baja calidad, y combinaciones de sustancias químicas que producen diferentes alteraciones en la conducta de los jóvenes, la noticia se refería no solo al consumo de las sustancias por los menores sino a un posible caso de abuso sexual, ya que presentaba unas lesiones en su aparato genital que podrían ser de una relación sexual; ella fue remitida a un hospital debido a la intoxicación producida por las sustancias usadas y no por la situación del presunto abuso.

Este caso me hizo acordar de algunos casos de abuso sexual que he estado manejando y de otros que conozco donde se han hecho acusaciones de Abuso Sexual a chicos que han participado en dichas fiestas y se encuentran detenidos en espera de que se resuelva su situación judicial.

Para no dar más rodeos quiero analizar un poco esas situaciones, ya que al trabajar en unos casos al indagar sobre lo sucedido los chicos implicados dicen no haber abusado de la chicas, e incluso no se acuerdan de lo sucedido ya que presentan “lagunas mentales” debido a la intoxicación de sustancias psicoactivas.

Mi pregunta es... ¿Realmente existe una situación de abuso sexual?...  esto lo digo por un caso que por ahí conocí y que se indilgo la acusación de “Acceso Carnal en Incapacidad de resistir”  debido a que estaba bajo efectos de sustancias que le “impedían” tener conciencia a la supuesta víctima.

Empecemos por el principio y miremos que es el asunto de incapacidad de resistir que de acuerdo al artículo 207 del Código Penal Colombiano seria: “El que realice acceso carnal con persona a la cual haya puesto en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o dar su consentimiento, incurrirá en prisión de 12 a 20 años”.

Como vemos para el asunto del acceso carnal es necesario que la víctima se haya puesto (dícese de la acción premeditada) en incapacidad de resistir o dar consentimiento; yo me pregunto, ¿si una chica se va para una fiesta con chicos y toma o consumen TODOS Sustancias Psicoactivas y suceden relaciones sexuales que después no se acuerda es un Abuso Sexual?..... Digamos que los chicos son de un rango similar de edades y por circunstancias de las hormonas combinadas con alcohol se tienen relaciones sexuales promiscuas, ¿eso es un abuso sexual?.....

Pues mi experiencia y conocimiento me dice que no existe ninguna conducta de abuso, ya que no hay intención o motivación de hacerle consumir sustancias para doblegar su voluntad y menos con la intención de acceder sexualmente sin consentimiento; ahora bien, si los dos están intoxicados y no tienen consciencia del acto ¿Quién abuso a quién?......

Si vamos más allá y el chico esta drogado y la chica esta lucida pero no se acuerda realmente de la situación…. ¿Dio el consentimiento y realmente no hubo abuso, o si?. No sé porque en la unidad de delitos sexuales de la Fiscalía de Colombia se asume que toda chica que tiene relaciones sexuales habiendo estado consumiendo drogas es un acto de Acceso Carnal o abuso sexual simplemente porque no se acuerda de la situación y se le denomina “victima” cuando muchas veces son ellas las que llevan las drogas y las consumen libremente en sus reuniones. Ya es hora de cambiar ese pensamiento retrogrado que representa a las mujeres como víctimas y a los hombres victimarios, cuando realmente existe una relación consentida implícitamente al asistir a esas fiestas donde el consumo de sustancias puede exacerbar el deseo sexual y la búsqueda de la satisfacción del mismo.

No sé, pero yo me acuerdo que de joven estar en esas reuniones alborotaban las hormonas y sucedían cosas que debían suceder, y es una conducta normal entre adolescentes…!!!!!. Bueno, quiero aclarar que de joven consumía licor y cerveza y nunca otras sustancias….

En conclusión, hay que analizar profundamente cada situación, pero eso si les digo, no toda situación con estas menores (mayores de 14 años), no es una situación de abuso y los tocamientos sexuales no son parte de una orquestación de abuso sexual y menos de un acceso carnal……
 
Nota: El tener relaciones sexuales con menores de 14 años en Colombia se considera un delito independientemente que se de consentimiento o no a la relación.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo – Perito Forense – Investigador y Perfilador Criminal
Bogotá D.C., Colombia.

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