Como Perito Forense me ha tocado he tenido que analizar muchos
dictámenes de Psicología en el ámbito de las investigaciones de Abuso Sexual de menores de edad, he visto
dictámenes de todo tipo, algunos de corte forense y otros de corte clínico, en
fin, mi trabajo es analizarlos para refutarlos o controvertirlos en Audiencia
de Juicio Oral, ya que soy Perito Privado; he visto conceptos basados en
pruebas proyectivas, en pruebas sin validar, etc., pero me he encontrado que la
Fiscalía de Colombia creo unos Centros de Atención a Víctimas de Delitos y que
su labor está enmarcada en el proceso de indagación e investigación de delitos
como Abuso Sexual o Violencia Intrafamiliar que realiza “valoraciones
Psicológicas” de las presuntas víctimas y de verdad queda uno pensativo sobre
su real función dentro del ámbito de la Investigación.
De acuerdo a la Fiscalía,” los Centros de Atención e Investigación
Integral a las Víctimas de Delitos Sexuales (CAIVAS) y los Centros de Atención
e Investigación Integral contra la Violencia Intrafamiliar (CAVIF) proporcionan
un servicio oportuno y eficiente a las víctimas y personas involucradas en los
delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, trata de personas y
violencia intrafamiliar, en un marco de respeto por la dignidad humana. Enfocan
su actividad hacia el trato digno a las mujeres, hombres, niños, niñas y
adolescentes que han sido víctimas dentro de las actuaciones procesales, con
el fin de evitar su doble victimización”. http://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/centros-de-atencion-ciudadana/
La Fiscalía en Colombia tiene como labor la investigación de
delitos y de acuerdo a su fin no tiene la función de atención psicológica o de
evaluación de supuestas víctimas, sino la de atención de las mismas en un trato
digno; Bueno, a lo que voy es que tengo un caso sobre un presunto abuso sexual
a unas menores de edad y las “pruebas”
de la Fiscalía se basan en unas “valoraciones psicológicas” realizadas por
Psicólogos adscritos a CAIVAS y que supuestamente presentan “factores”
asociados a un supuesto Abuso Sexual.
Les cuento que la solicitud de la Fiscalía es dirigida a
realizar una Valoración Psicológica de las menores presuntas víctimas a los
psicólogos de CAIVAS, sin embargo, me encuentro con una inquietud muy
particular y es ¿los psicólogos de CAIVAS pueden hacer valoraciones Psicológicas
de presuntas víctimas de Abuso Sexual?, pues claramente se observa que los Psicólogos
de dichos centros no cumplen la función de Intervención o evaluación Psicológica,
sino de atención digna a las víctimas; pero me surge una inquietud a partir de
esto y es…. ¿Los Psicólogos de dichos
centros realizan peritajes forenses para aportar “pruebas” en casos de Abuso
Sexual, reemplazando a los peritos Forenses del Instituto de Medicina Legal?,
pues otra vez tendría que decir que dichos psicólogos tampoco pueden hacer
peritajes forenses ya que no es su función y además no están capacitados para
ello.
En la valoración realizada en el caso al que me refiero
aplicaron varias técnicas que incluían test de la familia, entrevista NICHD,
valoración de Ansiedad, y de adaptación Familiar y Escolar y “encontraron
factores asociados” al Abuso Sexual; Bueno, como Perito Forense encuentro que
definitivamente dicha “evaluación Psicológica” no tiene ningún asidero como
prueba dentro de un proceso penal, ya que no cumple los requisitos de lo que se
llama la base de “opinión pericial” contemplada en el Código de Procedimiento
Penal Colombiano y dichos psicólogos no actúan como Peritos Forenses ya que no
dan un concepto sobre la situación de presunta victima sino mas bien sobre un
aspecto de valoración del estado psicológico en general de las menores.
Como en este país del sagrado corazón (así le decimos aquí en
Colombia), todo se “acomoda” para lo que a uno le conviene, observe que dichos
“dictámenes” no tenían nada que ver con el caso y trataron de “mostrar” que si
había una relación entre el estado psicológico de la menores con un presunto
abuso sexual; me parece preocupante la situación y no entiendo como psicólogos
se prestan para dicha situación ya que es bien conocido en el ámbito Forense
que se debe utilizar los protocolos determinados por Medicina legal en la Valoración
Psicológica Forense de presuntas victimas de Abuso sexual y no utilizar
técnicas o pruebas que no tienen nada que ver con este ámbito.
Yo observo algunos interrogantes que se pueden plantear de
estas situaciones preocupantes a saber:
Primera, ¿la Fiscalía puede dar conceptos de psicología?... en segundo lugar ¿las
valoraciones psicológicas no forenses son válidas como pruebas de un presunto
abuso?, en tercer lugar ¿los psicólogos de CAIVAS están calificados para la
labor de valoración de Abuso Sexual?,…en cuarto lugar ¿Los psicólogos citados pueden actuar como peritos
expertos en una audiencia de juicio oral?... Responderé a cada uno de los
interrogantes a saber: primero, NO; Segundo, NO; tercero, NO; cuarto NO; y
podríamos seguir poniendo mas interrogantes.
Es preocupante la actuación de la Fiscalía en este campo ya que
a través del tiempo ha llevado “dictámenes” de psicólogos de instituciones
privadas y públicas que no tienen nada que ver con el ámbito forense y que
“determinan” los supuestos abusos sin tener una base científica o al menos una
argumentación válida para sustentar un presunto abuso; sinceramente considero
que muchos Psicólogos se prestan para hacer dictámenes que están fuera de los
protocolos forenses y que generan confusión en los casos y derivado de ello
están muchos acusados en la cárcel y que terminan absueltos porque dichas
“pruebas” no prueban ningún abuso. Diré con nombre propio las instituciones
para resaltar lo que está sucediendo CTI, CAIVAS, CAVIF, DIJIN, SIJIN, ICBF,
Comisarias de Familia; Asociación Creemos en Ti, Fundación Afecto entre otros;
Definitivamente no he podido entender porque los conceptos forenses o
periciales no son solicitados a Medicina Legal?
Me parece compleja la situación ya que dichos dictámenes al ser
presentados en audiencias de juicio oral ponen en tela de juicio la calidad del
psicólogo y su idoneidad; no discuto este tema, pero daré un ejemplo de una Psicóloga
“experta” de la Policía dio un “dictamen” pericial que nunca se supo si era una
Valoración Forense/ Valoración Psicológica/ Entrevista Judicial/ Entrevista
Forense/ o qué?... lo único que dijo el juez que dio el sentido de fallo de
absolución es que la Psicóloga había hecho en un 90% de un “buena” entrevista
Forense y 10% de una “pésima” valoración forense, lo que preocupa de este caso
fallado es que el acusado estuvo casi tres años en la modelo debido a dicho
concepto……
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia
Este artículo es el reflejo al derecho de libre opinión
contemplado por la Constitución Nacional.