Dentro del ámbito Jurídico
colombiano encontramos en el artículo 308 del Codigo de Procedimiento Penal, la forma de decretar una medida de
aseguramiento restrictiva o no de la libertad y uno de los apartes es la de que
la persona imputado constituya un peligro para la seguridad de la sociedad o de
la victima, y todo surge de las pruebas
recolectadas y se mide de forma objetiva y subjetiva en determinadas
circunstancias.
En los últimos días en Colombia se
han conocido algunos casos que dejan mucho que pensar sobre las decisiones de los
jueces y la negligencia de los fiscales al solicitar dichas medidas de
aseguramiento en centro carcelario, que dejan algunos potenciales delincuentes “peligrosos”
con medidas que más parecen un premio a la conducta criminal que el castigo a
la misma, enviandolos a la carcel como medida de restriccion de la libertad.
Me refiero particularmente a un jefe
de una banda organizada de Medellín de la llamada oficina de Envigado, que una
Juez le dio casa por cárcel ya que era jefe cabeza de familia y no presentaba
un peligro para la sociedad; bueno, es sabido que dicho sujeto extorsiona, está
conectado a una Banda Criminal, el cual es también jefe “cabeza de familia
delincuencial”, y es ademas, un peligro para sus víctimas, inclusive cuando estaba
detenido seguía delinquiendo desde la cárcel, además tiene el suficiente poder
de evadirse de su “casa"; también me refiero a un caso de un piloto de Avianca
que protagonizo un grave accidente en Bogotá debido a que se movilizaba a mas
de 150 kms por hora, y conduciendo de forma temeraria por las calles de Bogotá
en posible estado de alicoramiento, donde mato a 4 personas en un choque y que
se escapo del lugar de los hechos dejando a las víctimas a su suerte, fuera de
ello su conducta es de clara indiferencia ante lo sucedido y no acepto los
cargos ni siquiera de Homicidio culposo. Estos dos personajes a la final disfrutan
de casa por vacaciones, perdón por cárcel y pueden estar en Navidad con sus
seres queridos y disfrutando de la vida hogareña, cuando en el caso del piloto
mato a 4 personas de una misma familia que no puede disfrutar de la compañía de
los suyos esta navidad, ya que de forma irresponsable los mato.
Bueno, ¿cómo se define entonces el
ser un peligro para la sociedad?...al parecer jurídicamente se determina como el
riesgo para la sociedad y que pueda
afectarla, (¿?) o que pueda intimidar a las víctimas, o que pertenezca a una organización
criminal, etc., pero encontré una interesante que me parece dice mucho de la
conducta del victimario y es la que está en el articulo 312 literal 2 del Código
de Procedimiento Penal Colombiano, que dice “la gravedad del daño causado y la
actitud asuma frente a este”.
Voy a analizar el caso particular
del piloto y encontré lo siguiente: el individuo presenta rasgos de Personalidad
Antisocial que se caracteriza por trasgresión de las normas sociales,
irresponsabilidad al conducir, causar cuatro homicidios y fuera de ellos
indiferencia a socorrer a las víctimas y mostrar la misma indiferencia al hecho
frente a las autoridades y la sociedad, ya que no acepto los cargos.
Si lo vemos bien, ¿este individuo,
no es un peligro para la sociedad?, si observamos la Psicología Social define
las Actitudes como “posiciones que tenemos en torno a los objetos sociales o
hacia las personas”, y la misma Psicología clínica determina que existe el
trastorno de Personalidad antisocial, donde los rasgos principales es la “indiferencia
ante las víctimas o el daño causado a las mismas”, “el trasgredir las normas
sociales”, la irresponsabilidad de su conducta”, y “poner en peligro su
seguridad y la de otros”; si vemos un poco mas profundamente el asunto, el
individuo cumple esos requisitos, por lo tanto, es un peligro para la sociedad;
como un punto a evaluar al chocar el carro de las victimas se bajo del carro llamo
a un familiar por celular y le dijo: “volví mierda el carro” y cogió un taxi y
se fue para la casa, evadiendo su responsabilidad de socorro y el control de
alcoholemia…….
Me pregunto: ¿En Colombia y para los
jueces, entonces que es un peligro para la Sociedad?... si estos peligrosos
individuos están en su casa disfrutando de su vida hogareña y muchos imputados
(as), de delitos menores están en una cárcel o en una URI, hacinados y sin
oportunidad de pedir ni siquiera la casa por cárcel, porque los jueces los
tratan como “delincuentes peligrosos”, porque por alguna razón les encontraron
un moño de mariguana… o fumando en un local público……… No se, para reflexionar.
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo Forense e Investigador
Criminal
Bogotá, Colombia.
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