En primera instancia se observa que en realidad no se encuentran Valoraciones Forenses sobre la VI como tal por parte de Medicina Legal, sino que esta institución esta usando unos protocolos que no miden nada en realidad, como las secuelas Psicológicas o Físicas, a cambio de ello esta usando un protocolo de valoración de riesgo para las mujeres que en mi concepto no esta validado en Colombia y que en realidad solo “mide” un grado de riesgo con base en la declaración de la supuesta víctima, especialmente mujeres.
Quiere decir que solo se basan en lo que describe la víctima en su declaración inicial en Medicina legal y no en hechos comprobados científicamente, así mismo, se basan en “entrevistas” realizadas por Psicólogos del ICBF, Comisarias de Familia o Instituciones ajenas a Medicina Legal para dar conceptos sobre la Violencia Intrafamiliar.
En ese orden de ideas, los casos conocidos por mí, no han sido investigados en realidad, ya que solo tienen la visión de la presunta victima y no de forma integral de la pareja o de los miembros de la Familia involucrados.
Dentro de los protocolos de Medicina Legal encontramos el del abordaje integral de pareja en Clínica Forense, el cual dice que la VIOLENCIA es “todo acto, omisión o amenaza hacia otra persona, grupo de personas o comunidad, que cause muerte, sufrimientos o daños en su integridad física, sexual, psicológica o social y que ocurra en el ámbito publico o privado”, de la misma manera habla de la Violencia de Pareja, que se entiende como…”un patrón de interacción que lesiona la integridad física, emocional, sexual y/o patrimonial de las personas que forman parte de la misma”.
Como vemos el concepto esta muy claro, y dice que debe haber un daño, secuela, que lesiona a la víctima, siendo así, me pregunto, ¿Por qué los médicos o psicólogos, trabajadores sociales, no realizan tal valoración y realizan una relación causa – efecto de esa violencia?
Yo escribí un libro sobre la violencia, donde el uno de sus capítulos hablaba de la VI derivada de la ley 294 de 1996, donde se describe de forma muy puntual las características de lo que es la Violencia entre la familia y que es vigente en la actualidad, sin embargo, no observo en las valoraciones de las instituciones que haya un diagnóstico de afectación en las presuntas víctimas.
Para complementar este tema, me remito a la casación 33833 del 2010, de la sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en la cual se determina la indemnización de una señora víctima de un atropello, en la cual se especifico por parte mía como Perito las consecuencias a todo nivel del atropellamiento sufrido por esta víctima.
En la actualidad se habla mucho de victimas de delitos, del conflicto armado, que la guerrilla es victima del estado, que los delincuentes son victimas de la sociedad, sin embargo, nadie se pone en la tarea de “valorar” a las victimas en realidad en el contexto en que sucedieron los hechos, no conozco valoraciones de peritos que hagan entrevistas o trabajo de campo a personas cercanas a las supuestas víctimas,, solo se limitan a escuchar descripciones que se dan en una entrevista forense y nada más, además no encuentro valoraciones de los supuestos victimarios, y en muchos casos son tildados de ser un peligro para las victimas y la comunidad, todo sin ser evaluados.
Aquí hay que tener en cuenta que parece que en Colombia dejo de existir la Valoración Forense como tema de peritaje, ya que no es Medicina Legal ahora quien hace las valoraciones, sino el ICBF, las comisarias y demás, sin que esos conceptos de ellos sean presentados como base de opinión pericial de acuerdo con el artículo 415 del Código de Procedimiento Penal, sino como “Valoraciones Psicológicas o de trabajo social” sin tener validez como prueba pericial.
No he podido entender en realidad los conceptos que hace Psicología en el ICBF, ya que “dicen” que existe un riesgo, maltrato o abuso, sin realizar ninguna investigación del delito, lo cual le corresponde a la Fiscalía y a Medicina legal que es parte de la Fiscalía, sin embargo, antes de que haya un pronunciamiento de un juez sobre el caso, estos profesionales ya han determinado el supuesto abuso o violencia, sin realizar ningún diagnostico real; en este punto se justifican con el tema de la restitución de derechos de las víctimas, sin embargo, judicialmente NO son víctimas…
Aquí en este punto hay que aclarar que el supuesto victimario, también puede ser victima de una falsa denuncia, de una interpretación erronia del concepto de Violencia de Medicina Legal, hay que recordar que dice que es un patrón de conducta que lesiones… etc., y no una simple apreciación sobre un relato que puede no corresponder a la realidad.
Recomiendo que pidan las valoraciones por parte de la defensa y de las victimas por parte de peritos que puedan hacer una valoración integral del caso y no solamente que hagan una refutación de un concepto psicológico que no es prueba pericial, o que den una opinión que no esta relacionada con el caso o con “relatos” no validados con hechos.
La semana pasada me llamaron dos Psicólogas que trabajan de forma particular y en instituciones de salud comentándome unas situaciones de supuesta Violencia Intrafamiliar y Abuso Sexual y la verdad quede preocupado por lo que dijeron de las valoraciones que les hicieron en las instituciones del estado, me impacto la segunda y es porque le solicitaron al parecer por orden judicial que hiciera una terapia sobre el abuso de una menor, ella valora a la menor y… no encontró síntomas, secuelas, ni nada que le indicara el abuso…
A mis colegas y profesionales del derecho les recuerdo que estoy disponible para realizar los procedimientos necesarios y ajustados a la ley y a la Ciencia Forense en casos de Violencia Intrafamiliar, de Pareja, en todo tipo de maltrato, en casos de homicidio, estado mental en el momento de os hechos y especialmente en casos de victimas de delitos de todo tipo.
Para reflexionar …
Articulo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro.
Perito Forense.