De acuerdo con mi punto de vista considero que la condición Pedofílica en sí, no es un delito, sino un Trastorno Psicológico o Mental que esta caracterizado por la atracción Sexual de menores imberbes, de por si esta conducta puede ser demostrada o no durante la vida del individuo.
Si vemos el concepto a profundidad se podría decir que ser pedófilo es una condición Mental clasificada en el Manual diagnostico de Enfermedades Mentales (DSM-5) y no esta clasificada, por lo menos en Colombia, como un delito, solamente esta tipificada la conducta de actos Sexuales Abusivos con menor de 14 años y el Acceso Carnal con menores de edad y no la Pedofilia como delito.
Dentro de lo que planteo en mis evaluaciones de casos de Abuso Sexual en Menores, especialmente de 12 años, considero que la Persona que abusa sexualmente de un menor tiene la conducta de Pedofilia claramente definida, ya que le atraen los menores que no se han desarrollado sexualmente y que lo demuestra con acciones o no, de acuerdo a su necesidad sexual, sin embargo, bajo el punto de vista Jurídico, esas acciones se pueden configurar en un Abuso Sexual de acuerdo a la ley Colombiana, pro no en todos los casos, ya que existe variaciones de esa conducta como tener Pornografía Infantil, o Injurias por vías de Hecho, entre otras.
Lo anterior quiere decir que una persona puede ser Pedófila, sin embargo, si no lo manifiesta con los menores directamente no se considera un Delito, ya que el Delito se configura al tener acciones directas con los menores en términos de excitación sexual. Teniendo esto en cuenta, se podría decir que la Pedofilia, al menos en Colombia, no es un delito y que no se debe considerar bajo ninguna circunstancia como un delito, las tendencias sexuales no deben ser clasificadas como delitos ya que son condiciones clasificadas como Conductas o en su defecto Trastornos Psicológicos y no conductas punibles.
Los Trastornos Mentales no deben ser considerados delitos ya que son condiciones orgánicas, biológicas o mentales que no se pueden controlar por el individuo y deben ser tratadas como enfermedades y no de otra forma. Haciendo un símil con otros trastornos si el Vaticano decidiera que el Travestismo es un delito o el Masoquismo, tendríamos que muchos miembros de la Iglesia podrían estar incursos el esos “delitos” y eso no es así en la realidad.
Los delitos se tipifican de acuerdo a las normas o leyes de cada País, seguramente en un país determinado la Homosexualidad es un delito pero en otro no existiría como tal, las leyes especifican los criterios del delito y en cada país serán diferentes, sin embargo, no se pueden tipificar a través de una condición mental, sino a una situación social y Jurídica. Si mal no recuerdo en Yemen se aceptan los matrimonios de niñas de 8 años y es legal, si lo vemos bajo un punto de vista diferente se podría considerar una conducta Pedofílica, pero habría que analizarlo bajo el punto de vista cultural, psicológica y social. En Colombia las personas no se pueden casar con menores de 14 años ya que se podría considerar un delito.
En la actualidad las iglesias colocan una serie de normas sobre la conducta de los individuos donde se determinan los limites del Comportamiento de sus fieles, sin embargo, esto no debe en ningún momento “señalar” a determinados miembros de esta como victimarios de un delito, solo por su condición Psicológica o Mental.
Para reflexionar …
Articulo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
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