sábado, 14 de septiembre de 2019

¿Abogados con el Efecto Dunning- Kruguer? Una reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días pasados he estado realizando algunos procedimientos y he asistido a unas audiencias de Juicio Oral bastante particulares ya que me ha tocado entrevistar abogados y enfrentarme a interrogatorios con Jueces, Fiscales, Procuradores y Defensores de víctimas, los cuales me hacen planteamientos bastante curiosos sobre cómo ven la Psicología y al mismo tiempo me cuestionan sobre los temas y conocimientos sobre la ciencia de la Psicología en particular.

Hablaremos de un concepto que he encontrado en la literatura científica denominado efecto Dunning – Kruguer que se define como "un sesgo Cognitivo, según el cual los individuos con escasa habilidad o conocimientos sufren de un sentimiento de superioridad ilusorio considerándose más inteligentes que otras personas más preparadas, midiendo incorrectamente su habilidad por encima de lo real. Este sesgo se explica por una incapacidad meta-cognitiva del sujeto para reconocer su propia ineptitud. Por lo contrario, los individuos altamente cualificados tienden a subestimar su competencia relativa, asumiendo erróneamente que las tareas que son fáciles para ellos también son fáciles para los otros".

Me voy a referir en este aspecto ya que muchos Fiscales y Jueces especialmente se consideran “expertos” en la conducta humana, sin tener argumentos más allá del conocimiento simple de la conducta humana o de la interpretación sesgada de estadísticas, por ejemplo, de Medicina legal, que dice por ejemplo, que “la mayoría de los abusadores sexuales están dentro del grupo familiar”, el Fiscal o juez está convencido que si el acusado es el padrastro la lógica es que sea culpable por ser cercano; algunos abogados dicen que han leído a Skinner, Jung, Freud, Pavlov y demás, dan hasta “diagnósticos” sobre las personas que asumen como verdad dentro de sus alegatos y cuestionan al perito como si fuera verdad lo dicho por ellos.

Me remitiré a lo que me ha pasado, recuerdo una anécdota donde en el inicio de una Audiencia de Juicio oral un Fiscal se opuso a que yo asesorara a un abogado durante la audiencia aduciendo que me habían pedido como Psicólogo y no como Perito en la preparatoria, el juez detuvo la audiencia, se revisaron los videos y efectivamente me pidieron como Psicólogo, el juez me dijo que me limitara a actuar como Psicólogo y no como Perito; quedé pensativo e inmediatamente le pregunté al Juez, “¿su señoría cuál es mi límite?, todos se quedaron mirándome con sorpresa y el me respondió: Debe limitarse a la ciencia de la Psicología, y volví a preguntar: ¿Señoría, la Psicología es el estudio de la conducta humana en todos los aspectos, cuál sería mi límite?, me dijo “limítese a ello”, le agradecí y actué con todo mi conocimiento de la Ciencia de la Psicología. ¿Será que el Fiscal y el Juez sabían que estudia la Psicología?, ¿Será que conocían que hace un Psicólogo?, ¿Tendrían conocimiento de cuál sería el límite de los conocimientos de un Psicólogo como tal o como perito?... No sé qué pensar…

Veamos otra situación, durante un procedimiento me tocó entrevistar a un Abogado con múltiples especializaciones y fue hasta interesante ya que siempre estuvo a la defensiva, trato de cuestionarme el procedimiento y mis conceptos, pero lo más interesante es que me empezó a hablar de Psicología, "que había leído a Skinner, Freud, etc.",  "que pensaba que todas las personas tenían algo de Psicopatía", e inclusive le pregunté sobre una persona de interés dentro del procedimiento y me dijo que presentaba una “evidente inmadurez Psicológica con rasgos Psicopáticos”… je, je, je, je, Yo apenas lo mire y seguí la entrevista donde al parecer se consideraba como un amplio conocedor de la Psiquis de la personas por encima de mi conocimiento.

En una Audiencia hace poco una Juez al terminar mi interrogatorio y contrainterrogatorio me empezó a preguntar algo que me sorprendió y la primera pregunta fue: ¿Usted tiene conocimiento sobre lo que es la Psicología del desarrollo?, le respondí que sí, me pregunto qué ¿cuáles autores había leído sobre el tema?, y empezó a hablar sobre ello y hacerme preguntas sobre el tema… La abogada defensora no intervino, y me tocó manejar la situación ya que la Juez NO podía preguntarme sobre ello, porque que yo no había hablado durante el interrogatorio sobre las etapas de desarrollo de los niños y su relación a la credibilidad de sus relatos; ahora bien, me di cuenta que la Juez quería validar su teoría que dice que los niños en ciertas etapas del desarrollo NO dicen mentiras y que hay que creerles, pero nunca yo hable de esa teoría y menos hable de credibilidad del testimonio, ella planteó que el menor había sido abusado y quería “validar” conmigo el supuesto hecho; hablaba de forma tal como si lo que ella decía era verdad y lo que yo planteaba era fuera de contexto. Lo interesante de este caso es que condenó a un muchacho que supuestamente había abusado de otro cuando eran juntos menores de edad a … 2 años …. ¡De tratamiento Psicológico para que cambiara su conducta de agresor sexual…!, A pesar que yo determine como Perito que no presentaba ninguna característica de Abusador Sexual y que el menor supuestamente abusado no presentaba secuelas de abuso sexual.

En muchas ocasiones me preguntan los Fiscales cosas como: ¿Por qué no entrevistó a fulanito?, ¿Por qué no entrevistó a la víctima?, ¿usted está entrenado en entrevistar niños?, en fin, al parecer ellos si saben como se debe hacer una entrevista o valoración Psicológica y uno no sabe hacerlo, ya que lo plantean de forma tal que pretenden “validar” su posición y que la posición de uno no tiene validez. A veces en las sentencias “validan” sus teorías de caso sin tener en cuenta mi concepto pericial considerando que no tiene validez o que no “convenció” al juez, esto es muy interesante ya que consideran muchas veces que la Psicología es una Pseudo – ciencia y que los conceptos dados por expertos no tienen validez científica, como quien dice, un Juez “determina” que es científico y que no lo es… ¿Los abogados sabrán más de Psicología que los mismos Peritos en Psicología?... Pues parece que sí, el problema es que se lo creen hasta en instancias como la Corte Suprema de Justicia, hay muchos sesgos cognitivos por ahí campantes.

Me acuerdo de una frase que escuche alguna vez por ahí en las redes sociales y decía: “El Juez puede que tenga la última palabra, pero no quiere decir que tenga la verdad”. Para reflexionar…

A propósito de lo de la Psicología del Desarrollo preguntada por la Juez, yo creo que muchos Abogados están apenas en el desarrollo del Pensamiento Concreto, como quien dice: ¡el que entendió, entendió!

Nota: Para los interesados en el tema de los Delitos Sexuales les recomiendo el libro: El Delito Sexual y sus Particularidades por Bermeo y Castro es una excelente guía sobre el Abuso Sexual, los Procedimientos, Jurisprudencia, el Ámbito Forense, Psicologia, etc., me siento muy halagado de ser mencionado en dicho texto dentro del ambito de la tipificación del delito y la entrevista forense.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e investigador Criminal

lunes, 2 de septiembre de 2019

Resolución 2230 de 2017. ¿Funciones de Policía Judicial a Psicólogos en Entes Públicos?. Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En días pasados me contactó una Psicóloga que trabaja en la Comisaria de Familia de una población y me comentó que tenía una preocupación sobre una “función” que le asignaron y que no sabía cómo solventar y era que le tocaba hacer una Entrevista Forense a los menores que podrían ser Maltratados o Abusados Sexualmente, ella me pregunta si era función de su cargo hacer dicha entrevista, ella me dijo que la policía judicial le delegaba hacer la entrevista a través de un cuestionario y citaban la resolución 2230 de 2018 emanada de la Fiscalía General de la Nación.

De acuerdo a lo que conozco la entrevista forense tiene como objetivo según un acuerdo Interinstitucional emanado por Medicina Legal en el 2013 tiene como objetivo la de entrevistar a un menor relacionado con su estado cognitivo, emocional, psicológico si se quiere del mismo entrevistado, por lo tanto, sería una entrevista donde se atiende al menor y se remitirá a la Fiscalía para que se le haga la Entrevista Judicial para determinar Tiempo, Modo y Lugar de los posibles hechos acaecidos con el menor, lo anterior es la función de la Policía Judicial que solo es dada por la Fiscalía General y cubre a la Policía e inclusive a la Procuraduría y entes públicos designados por la misma Fiscalía.

Revisando la resolución me encontré con una sorpresa interesante y es que la Fiscalía le da Funciones de Policía Judicial a las Comisarias de Familia para efectos de preservar los Derechos de  los menores según la Ley 1098 de 2006, hasta ahí todo bien, sin embargo, la Psicóloga me dice que tiene que hacer la entrevista Forense por solicitud de la Policía Judicial y en verdad quede sorprendido. Indagando el asunto con algunos Abogados conocidos me dicen que las funciones de Policía Judicial recaen en el Comisario de Familia y no en el equipo interdisciplinario de la Comisaria, por lo tanto la Psicóloga no tiene la Función de Policía Judicial, en este orden de ideas, ella no puede hacer esa entrevista bajo el punto de vista de la investigación del presunto delito, ya que no tiene funciones de Policía Judicial.

Dicha Psicóloga me dice que usa el Protocolo SATAC y/o el NICHD, usados por la Fiscalía para entrevistar menores presuntas víctimas de Abuso y eso corresponde a la etapa de Indagación e Investigación del presunto delito, si bien es cierto que usan esas técnicas de entrevista usadas por los funcionarios de Policía Judicial, entre ellos Psicólogos, no son técnicas que deban usar los Psicólogos de las Comisarías o del mismo ICBF, o de las instituciones asociadas.

Creo que tenemos una confusión dentro de los roles planteados para los Psicólogos, ya que se delega a uno que haga una entrevista Forense en la cual no está entrenado y creando una función que no pertenece a su cargo, si fuese cierto que tienen funciones de Policía Judicial, la Trabajadora Social seria funcionaria judicial, lo mismo que el nutricionista o el médico de la Comisaria.

Ahora me pregunto: ¿Para qué sirve la entrevista Forense dentro de la Investigación del delito? … Pues para nada, ya que si lo vemos por fuera del contexto Judicial se habla de Forense y correspondería a usar los Protocolos de Medicina Legal y no de línea de la Investigación Judicial y volvemos a lo mismo, los Psicólogos de las Comisarías, ICBF y y demás instituciones no tienen funciones de Peritos Forenses.

Como quien dice, las funciones son determinadas para cada quien, que es diferente al cargo ostentado, esto según mi querido amigo el abogado Jair Martínez… Para reflexionar.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal