jueves, 23 de febrero de 2017

La Fiscalía en Colombia, las Pruebas Falsas y la Lealtad Procesal.

En estos días se pronunció una juez de conocimiento sobre el sonado caso Colmenares, conocido por la muerte de un muchacho, estudiante de una prestigiosa universidad; el caso duro unos seis años con muchos tropiezos y al final se absolvieron a las compañeras del muchacho que fueron acusadas de coautoría en el supuesto homicidio (más que de coautoría las acusaron de que sabían quién lo mato), en la sentencia la juez critico la actuación de la Fiscalía por sus procedimientos y por su falta de Lealtad dentro del Proceso, así mismo, por “aportar” pruebas falsas, como los testigos falsos que presento y se comprobó que no tenían conocimiento del asunto, adicionalmente por las maniobras que uso para inculpar a las muchachas citadas; todos sabemos que inicialmente el caso se cerró ya que no había pruebas contundentes sobre un homicidio de acuerdo al concepto de Medicina Legal que determinaba una muerte accidental; la fiscalía en su “sano” razonamiento reabrió el caso ya que la madre del muchacho en un sueño (relativo a onírico, es curioso pero la madre se llama ONEIDA ¿?),  le dijo “que a él lo habían matado y no era un accidente”; Como vemos, la razón de la Fiscalía tiene un fundamento “razonable” para reabrir el caso y realizo imputación de cargos y posterior acusación con ese argumento, ya que era suficiente “prueba” lo dicho por la madre del muchacho; El problema de ese sueño, es que no le dijo quién era su asesino y al omitir dicho detalle, pues se inició el proceso para comprobar el homicidio.

Al margen de lo mágico del asunto, la Fiscalía inicia la acusación y vincula de alguna forma a varios compañeros del muchacho que a la larga resultaron absueltos del posible homicidio y que en forma clara se observa que no se comprobó el homicidio y si se determinó que fue un accidente. Dentro del proceso se hicieron análisis forenses para determinar supuestos golpes al chico, se presentaron testigos que no habían estado presentes en el lugar; y a la final la Fiscalía nunca presento una prueba que determinara el homicidio; la reflexión es: ¿Qué pasa en la Fiscalía con esos casos?, resulta que la Fiscalía en general ha sido negligente con muchos procesos y muchas veces no tiene “pruebas”, pero con el afán de acusar se lanza “con lo que tiene” y pretende comprobar los “hechos” jurídicamente con una palabra que muchos fiscales usan y es “inferencia razonable” y a partir de ello se basan en su teoría de caso.

De acuerdo a la juez en este caso la Fiscalía escondió pruebas, omitió algunos aspectos que decían que no era homicidio y presento pruebas falsas…. Eso lo llaman Lealtad Procesal, que yo le añadiría Fraude Procesal y que por consiguiente es claramente un vicio jurídico y una acción grave en contra de los acusados; De acuerdo a mi experiencia como Perito Forense he visto muchas situaciones de estas y veo como fiscales “acomodan” las situaciones para tipificar un delito que no existe; tuve un caso que una vecina se soñó que el vecino había abusado sexualmente de su hijo y denuncio al señor y fue condenado por abuso (¿?), pero fue absuelto por el tribunal de justicia; he visto como presentan testigos o “pruebas” que tienen en caso de Abuso Sexual y cuando llegan a la audiencia “desisten” de sus testigos o de sus pruebas para que la defensa no pueda refutar o controvertir el caso…. Veo que el termino lealtad a veces no es conocido por muchos fiscales, en casos de Abuso Sexual a veces tratan de meter una entrevista judicial como Pericia Forense solo por el hecho que quien la hizo es un Psicólogo o Psicóloga, quien ni siquiera tienen funciones como forenses y muchas cosas mas.

En verdad, este caso recoge muchas dudas sobre la actuación de la Fiscalía en determinados casos y lo más curioso es que de forma descarada platean Teorías de Caso basados en especulaciones o indicios y no en la comprobación de los hechos…… Yo asistí a las primeras audiencias del Caso Colmenares donde el Fiscal que acuso presento las “pruebas” y era evidente que la interpretación de la mismas eran muy especulativas de los sucesos que realmente eran los hechos…… para reflexionar. He visto muchos profesionales que dan conceptos basados en interpretaciones etéreas de unos hechos y determinando hasta la culpabilidad de los acusados…. Para reflexionar…

Este artículo es escrito basado en mi experiencia como Perito Forense en casos de Abuso Sexual, Homicidio, entre otros…. Así mismo, lo escribo con mi derecho a la libre expresión contemplada en la Constitución Nacional de Colombia.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

Bogotá, D.C., Colombia.

miércoles, 15 de febrero de 2017

Servicios Periciales en Psicologia Forense


domingo, 12 de febrero de 2017

La Prueba Científica en el Ámbito Forense: Una Reflexión.


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En estos días he sido cuestionado por mis Pericias, ya que según los Abogados (especialmente Fiscales), estas, no son “CIENTIFICAS” y según ellos no tienen calidad probatoria; mostrare unos ejemplos sobre el asunto.

Primer caso: Soy contratado para valorar un grupo de niños que presuntamente fueron abusados en un Jardín Infantil del ICBF por parte de su cuidador o profesor, todo empezó cuando un menor de 5 años, por accidente abre la puerta del baño y ve a su papa bañándose y manifiesta “tú tienes el chichi igual de grande al profesor”, y de ahí se descubre que el “profesor” presuntamente había abusado de los menores (la sola exposición del pene es abuso), fueron evaluados por ICBF (¿?), por Médico Forense en Medicina legal y por una Institución privada de Psicólogas (os) adscrita al ICBF que “asistió” a los menores en su proceso de “restablecimiento de derechos”  y a superar el trauma; todo bien hasta ese momento, pero, ¿qué paso con el presunto abusador?, Pues ¡ Nada!, Fue suspendido por el ICBF (muy calladitos con el asunto) y la Fiscalía recibió la denuncia y dice que no hay “Pruebas” de hecho…… Bueno, como dije fui contratado por un Bufete de abogados y pude conseguir las Pruebas que se requerían, se evaluaron a los menores, se realizó trabajo de campo y se determinó que los menores fueron abusados (bajo el punto de vista forense) y que el tipo es un pedófilo (bajo el punto de vista científico); Sin embargo, la Fiscalía dice que no tiene pruebas del hecho…. (Son 18 niños y no tiene “pruebas”….).

Segundo Caso: Fui requerido esta semana para determinar un caso de dependencia de sustancias de un muchacho que consume desde hace al menos 13 años y el abogado quería estipular esa condición; realice el examen para determinar su proceso de consumo, me apoye en el DSM- IV y V para el diagnóstico (Concepto Científico) y se lo entregue, sin embargo para el Fiscal, ese concepto, NO era Científico, ya que no era realizado por Medicina Legal y porque consideraba que no lo era… me llama el Abogado para decirme que el fiscal no lo aceptaba y que hablara con él, pero no lo hice, ya que solo sustento mis pericias en Audiencia notificada oficialmente y no con Fiscales por aparte; Como quien dice el Fiscal es quien determina que es Científico y que No….

Tercer Caso: En esta semana que paso fui a una Audiencia de Juicio Oral en un caso de presunto Acceso Carnal Violento en conjunto de Violencia Intrafamiliar, resulta que en una riña entre dos amantes (adultos) después de tener relaciones, se golpearon, y el la lesiono y una vecina llamo a la Policía al notar el escándalo, esta llego y lo único que se le ocurrió a la señora fue decir “me violo” y el señor para la cárcel; la Fiscal (vieja conocida… jejeje) llevo al Médico Forense como prueba científica quien determino una incapacidad por los golpes, pero, ¡ No mostro ninguna prueba Científica que haya sido agredida sexualmente….!, y tampoco determino CIENTIFICAMENTE, que el señor era un agresor sexual ……. Pude determinar que el señor no era Abusador Sexual y que no era una situación de Acceso Carnal, basado en conceptos científicos, pero para la Fiscalía lo que decía el Medico de Medicina Legal era científico, pero lo argumentado por mí no lo era, sino era una simple entrevista que no servía de nada.

Bueno, Descubrí a un Pedófilo  en un Jardín Infantil del ICBF, determine la dependencia de un consumidor de SPA, determine que un señor NO era Agresor Sexual con la certeza de la Ciencia, sin embargo, los Abogados (fiscales, jueces, defensores, procuradores) dicen que eso no es científico y que no sirven como pruebas.

¿Porque sucede esto? Podría decir varias razones, pero limitare esas razones a lo que veo como experiencia a saber: En primera instancia es el poder que tienen dichos funcionarios para decidir lo científico (dicen que los jueces son peritos de peritos, sin conocer ni siquiera el tema que ven en audiencia) y lo no científico, o sea, son científicos del derecho (jejeje… ¡es un sarcasmo!) y creen que son PERITOS expertos - a veces creo que tienen el Efecto Dunning Kruguer; En segunda instancia es que muchos Profesionales de la Psicología (especialmente Psicólogas) que van a los estrados Judiciales y se dedican a especular y hablar con argumentos sin sustentación Científica -he visto como los fiscales ponen a especular a las psicólogas y ellas dicen que todo es probable-; En tercera instancia porque los Psicólogos tenemos baja credibilidad en el medio Forense y nos hemos encargado de decir que la Psicología no es una Ciencia y que no podemos dar Conceptos de Certeza y dejamos que los abogados (jueces, fiscales, procuradores, defensores) determinen que es lo científico y que no en sus alegatos….. En cuarta instancia, ah…..  perdón dije que solo iba decir pocas razones y con estas basta, seguramente seré criticado por mis comentarios, pero bueno, me queda la satisfacción de sentirme CIENTIFICO y demostrarlo en cada Audiencia y poder aportar a la Ciencia y a la Psicología; Así mismo, me queda la satisfacción de haber descubierto un pedófilo que fue separado de 18 niños que abusaba y que en este momento están fuera del alcance de dicho depredador y se reencamino la investigación del caso por otro lado, lo preocupante es que el Pedófilo lleva 18 años en el ICBF manejando niños de 4 o 5 años y ni siquiera es pedagogo…. Esperemos que la Justicia obre correctamente, lo curioso de este caso es que lo di a conocer a Caracol (Séptimo Día) y a RCN y el primero se interesó al principio pero sucedió lo de la muerte de la niña sambony por el prestigioso arquitecto Rafael Uribe y eso era noticia, pero 18 niños de un jardín del ICBF, indígenas y de estrato normal en nuestro país abusados por un profesor de estrato cero no vende nada…!!! Bueno y los de RCN, ni siquiera les intereso el caso…. A lo mejor están ocupados con Popeye y su serie, o la pendejadas que siguen y les hacen dramatizados…..

Para reflexionar….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito Forense e Investigador Criminal
Bogota D.C. Colombia

Nota: El presente artículo fue escrito con mi Derecho Constitucional de expresar mi opinión y está basado en hechos reales, se omiten nombres por obvias razones.







miércoles, 8 de febrero de 2017

Violencia de Pareja vs Abuso Sexual: Un dilema Jurídico y Forense.

El día de ayer estuve en un juicio Oral de un caso de Presunto Abuso Sexual entre una pareja de amantes; el caso es que al parecer reñían de forma constante y en una de esas riñas se agredieron físicamente y una vecina avisó a la policía del escándalo, (al parecer después de tener relaciones sexuales) esta llegó y al parecer la mujer estaba golpeada y al preguntársele sobre el asunto manifestó que la había “violado”; el señor fue a la cárcel (hace dos años está allá); la Fiscalía lo acusó de acceso Carnal Violento y Violencia Intrafamiliar y se inició el proceso.

Se me solicitó por parte de la defensa que realizará un peritaje del caso determinando si existía un presunto Abuso Sexual y si el señor tenía las características de ser un Agresor Sexual; realice dos informes periciales, uno de un perfil psicológico de la conducta sexual y otro sobre mi opinión sobre la situación de presunto Abuso Sexual.

Pasaron los testigos de la Fiscalía, entre ellos, un médico Forense que determino una incapacidad por los golpes; yo introduje mis pericias y determiné que el señor no era un Agresor Sexual y que la situación no era de un Acceso Carnal, sino una situación de agresión entre ellos. Aclaré que el abuso sexual en el contexto forense se determina por el no consentimiento de la supuesta víctima y que si hay consenso para tener las relaciones no había Abuso…. Parece lógico, pero jurídicamente se asocia que si la mujer “dice” que no quería tener la relación (en medio de ella) es una Violación… y bajo el punto de vista Forense el consentimiento inicial no seria  acceso carnal, ¿o si?

Lo interesante del asunto es que determine que el señor no era Agresor Sexual y que a la final la situación era un conflicto de la pareja, pero en ningún momento veía una situación de “violación” o acceso carnal…… La defensa hizo el interrogatorio donde expuse mis argumentos (yo hice el análisis de las pruebas dadas por la Fiscalía) basado en la información obtenida por diferentes medios y aclaré el asunto bajo el punto de vista Forense.

En el contrainterrogatorio la Fiscal se centró en que la mujer estaba golpeada y había sido obligada a tener sexo con el señor (quiero aclarar que son una pareja de adultos, donde la mujer es mayor) y por lo tanto existía la Violación; respondí a las preguntas, argumentando que no es lo mismo tener una conducta de agresión física, que ser una conducta de abuso sexual; en términos generales que el “violador” tiene un patrón de conducta especifico en el cual busca en sus víctimas el placer sexual a través de la amenaza, intimidación, o maltrato y en este caso no existía esta situación.

La Fiscalía siempre asoció los golpes con el intento de abuso, sin embargo, hubo algo curioso y es que NUNCA fue evaluada por Psicología o Psiquiatría Forense para determinar las secuelas, afectaciones o traumas generados por dicha “violación”, al no ser evaluada bajo el punto de vista forense, no se podía determinar por parte de la Fiscalía si existía un Abuso, ya que existen protocolos específicos para atender víctimas de Abuso Sexual en Medicina Legal y estos no se presentaron como prueba….. como quien dice querían “validar” lo dicho por la mujer y no el contexto de los hechos ….

Algo que dije dentro de la audiencia fue que muchas parejas riñen y después solucionan el asunto en la cama, y que era diferente una violación y una agresión física (las penas son sustancialmente diferentes) …. Yo me pregunto: en las parejas ¡se da realmente una situación de Violación?, Bueno, puede suceder, sin embargo, habría que evaluar desde la perspectiva forense si existe esa condición de Víctima y Victimario y no con el simple dicho de la mujer o el hombre implicado….

Cuando me preguntaron, si con grado de certeza podía aseverar que el señor no era agresor sexual, dije que tenía la certeza científica y forense que no lo era de acuerdo a la literatura científica existente del tema…. Con base en ello la Procuradora me realizo una pregunta sobre cómo podía yo dar esa certeza, aduciendo que de pronto el señor tenía “rasgos de personalidad” proclives o relacionados al abuso sexual y lo curioso es que se entró a terrenos de mi dominio (yo escribí un libro sobre la agresión y la violencia), y le aclare que los rasgos de personalidad de las personas no los hacen agresores per se, sino las conductas realizadas por los mismos lo que determinan su comportamiento; quiere decir que una persona que tiende a la agresión o tener problemas de control de impulsos no lo hace un violador; aclare, eso sí, que es necesario una evaluación forense de la situación para determinar las conductas emitidas y darles una explicación científica……

Bueno, de acuerdo a lo dicho de la defensa después de la audiencia, aclare el asunto y se espera que la Juez tome la más acertada decisión sobre el caso…. Curiosamente era una Juez, una procuradora, una defensora y una fiscal (¿dominancia de género?...... A propósito, el tema de Violencia Intrafamiliar como tal no se tocó, ya que no eran pareja, ni tenían vínculos familiares (¿mal tipificado el asunto?) ….

Solo quiero decir que la Ciencia puede aclarar los entuertos jurídicos y hay que apoyarse en la misma para salir de ellos…

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, D.C. Colombia


Nota: Este artículo es escrito con fines académicos y de experiencias forenses, se omiten los nombres de las personas por razones obvias de confidencialidad. Así mismo, está basado en mi derecho de expresión y opinión consagrados por la Constitución Nacional.