En días pasados estuve como perito en un juicio oral de un caso de
supuesto abuso sexual de una chica y quedé sorprendido por la forma en que se abordó
el caso por parte del Juzgado y la Fiscalía, donde a todas luces se violaron
todos los presupuestos de debido proceso y apreciación de la prueba.
Para ilustrar el caso, es de una chica que dice que en una fiesta
con algunos compañeros de colegio y esto hace ocho años cuando tenía 17, sin
embargo, ella no denuncio el hecho sino a los cuatro años de sucedido, ya que
se dio cuenta que había sido abusada…, después que se dio cuenta de este hecho
reporta que fue a la fiesta y estuvo con consentimiento con uno de los
muchachos de la fiesta y reporta que estuvo tomando trago y que después de ello
tres chicos la accedieron sin su consentimiento; el relato a todas luces se
notaba incoherente, con lagunas mentales y pocas descripciones del asunto.
Dentro de las “pruebas” de la Fiscalía se encontraba la historia clínica
de la chica realizada por una Psicóloga de una EPS, y que iba a ser “sustentada”
por la suscrita; dentro de la audiencia
de juicio oral encontramos que la Psicóloga se presentó, se le indago sobre lo
que había realizado en su proceso terapéutico y determino que la chica tenía un
trastorno mixto de Depresión y Ansiedad sin una causa especifica o no clara,
bueno, lo curioso es que la chica fue a la EPS después de poner la denuncia y
cuando pasaba una situación particular que la estaba afectando; dentro del
desarrollo de las pregunta se le indago a la Psicóloga si este trastorno
diagnosticado era derivado de una situación de abuso y ella dijo que no, se le
pregunto sobre si evaluó el presunto abuso y dijo que no, sin embargo la Juez,
al final le pregunto que si era derivado de un abuso y la psicóloga dijo que no
podía especificar, la juez siguió insistiendo a que fue a la consulta y la psicóloga
dijo que la chica “reportaba” que había sido abusada hacia 4 años (no dio
detalles del abuso); cabe resaltar y es que el Fiscal y la juez obligaron a la psicóloga
a revelar el secreto profesional ya que le dijeron a la paciente en plena sala
que le autorizaba a revelar el secreto profesional y que tenía que decir lo
dicho en consulta….. Grave, muy grave la situación.
Cuando yo pase me descalificaron como perito y “determinaron” que
solo me presentaba como psicólogo y no como Perito (¿?) y bajo argucias de la Fiscalía
y de la juez y la poca pericia (por no decir nula) del abogado defensor evitaron
que yo declarara y me presionaron para revelar el secreto profesional, a lo
cual no cedi… Lo interesante del asunto es que el Fiscal me presionaba a que le
revelara el contenido de mis entrevistas realizadas a familiares y al acusado y
que yo tenía la obligación de entregársela para que la analizara la Fiscalía,
lo tenaz es que la juez estuvo de acuerdo. Todos sabemos que esa información no
se puede revelar y que esta acción se llama constreñimiento a testigo,
adicionalmente me descalificaron como perito sin ningún argumento legal; Aquí hubo
algo que me dejo perplejo, y es que el contenido de las entrevistas de la psicóloga
no se la dieron a la defensa y las validaron en juicio y no tuvimos oportunidad
de conocerlas y si rechazaron mis informes periciales conocidos, porque no
presente los contenidos de los mismos porque no revele el secreto profesional…….
La verdad, no quiero hacer mucho análisis de la situación, pero la
juez condeno al citado acusado, “porque comprobó” que el trastorno de Ansiedad
y Depresión era derivado de un abuso sexual (no evaluado) , y que no fue
diagnosticado como tal……. Para reflexionar….
La verdad, es la primera vez que solidarizo con una Psicóloga en una
Audiencia ya que fue presionada a decir algo que no le constaba, y revelar el
secreto profesional bajo el constreñimiento de un Fiscal y una Juez
parcializada y poco objetiva que cuando anuncie que no revelaba el secreto
profesional, me miro de forma despectiva y se sonrió…. ¡!! En la sentencia me
nombro y dijo que yo tenía que haber revelado el secreto profesional y que como
no era mi “paciente” no tenía que guardarlo, desconociendo las leyes al
respecto y especialmente al artículo 74 de la Constitución Nacional.
Yo sé que muchos psicólogos y psicólogas revelan el secreto
profesional con el respaldo de una entidad privada llamada Colegio Colombiano
de Psicólogos y el Tribunal de Ética creado por ellos, sin embargo, me mantendré
firme y mi cabeza en alto en el respeto de los derechos humanos fundamentales
de las personas … he dicho
Nota: este artículo es escrito derivado de mi experiencia como
perito y es reflejo de mi opinión como profesional experto en abuso sexual;
este articulo tiene el fin de ilustrar a los interesados en el ámbito forense y
tiene fines académicos. Esta cobijado por la Constitución Nacional, en su parte
sobre la libertad de expresión u opinión.
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.