Le explique que, si podría hacer un análisis de la Historia Clínica, pero que si había un diagnostico este solo estaría supeditado al trastorno que se determine por el profesional (Psiquiatra) y no a la situación del Abuso, ya que esto se analiza de forma diferente y no solo basta “analizar” la Historia Clínica. Ya que el diagnostico se había realizado por un Psiquiatra, el togado me pregunto que, si yo podía realizar análisis Psiquiátricos, a lo cual le dije que sí, sin embargo, me toco explicarle que los conceptos de Psicología y Psiquiatría lo podían hacer tanto Psicólogos como Psiquiatras, esto debido a que unifico desde el 2009 o 2010 la Evaluación en este sentido por el Instituto de Medicina Legal.
Veo que algunos jueces son reacios a aceptar que un Psicólogo haga el “análisis” de un concepto de un Psiquiatra, ya que consideran que los primeros no son idóneos para ello, pero las normas y el mismo Instituto de Medicina Legal lo permiten.
Hace dos días me solicitaron que hiciera un análisis de un concepto de una Psicóloga de Medicina Legal sobre el mismo tema, pero en este caso es con una menor que reporto un abuso (actos sexuales) y la Profesional respondió los requerimientos de la Fiscalía en un informe Pericial que fue aceptado de por sí de forma irregular por un Juez, ya que la Fiscalía lo llevo el día de la Audiencia preparatoria (lo había anunciado antes) y ese mismo día, se fijó la fecha de la audiencia de juicio oral, para 8 días después, sin que dejara a la defensa oportunidad de analizar el informe por parte mía y sin que hubiese un margen para entregar un informe pericial del mismo, debido a que se deben entregar los informes periciales cinco días hábiles antes de la Audiencia de Juicio Oral, como ven, ¡una jugada magistral de la Fiscalía y el Juez…! El Abogado me dice que yo podía entregar el informe sin problemas y espero que se acepten, amanecerá y veremos.
Volviendo al asunto, los Psicólogos podemos intervenir en este tipo de temas independientemente del profesional que lo haga, ya que el protocolo Básico de Evaluación nos permite hacer un Examen Mental de las Personas, podemos determinar su estado mental, podemos determinar las conductas antes y después de un hecho delictivo, realizar Perfiles Psicológicos, en fin, podemos emitir conceptos u opiniones Científicas y Técnicas de acuerdo a las solicitudes recibidas.
He observado en mi practica como Perito de más de 16 años que lo que digan los Peritos de la Instituciones al parecer tienen más valor probatorio o Científico que lo que diga un Perito particular, eso se refleja en los impedimentos que coloca la Fiscalía y los Jueces y en las decisiones de los mismos, he visto sentencias de segunda instancia y casaciones que avalan lo expuesto por el Perito de la Defensa por encima de los conceptos de las Instituciones pedidas por Medicina Legal.
Un ejemplo claro en esto, es que al Psicólogo o Psiquiatra se le solicita un examen Mental del Evaluado y reportan que “… la menor no presenta ningún trastorno mental, pero reporta ansiedad y temor…”, en mi conocimiento como Perito si no tiene un Trastorno de Ansiedad diagnosticado, pues no debe presentar Conductas de temor o Ansiedad, esto por simple lógica; Ahora bien, si la menor o evaluado “reporta” temor, Depresión Estrés Postraumático, etc., ¿No debería ser diagnosticado?, No entiendo porque no lo hacen, además es muy claro que si alguien reporta ello no necesariamente debe ser verdad o simplemente presenta síntomas “actuales” y no derivados, por ejemplo, ¿de un Abuso Sexual? …
He visto como fiscales piden que se evalué Coherencia Interna y Externa del relato, cuando ni siquiera hay relato, o el Psicólogo no está evaluando el relato con las Técnicas de Credibilidad del Testimonio u otras similares, y de por si esos resultados no serían validos en Juicio ya que el Juez es el que determina la “Credibilidad” de los mismos.
Para cerrar este tema tengo que evocar una situación que me sucedió hace unos años, y es que una Juez me compulso copias por una actuación mía frente a una Psiquiatra de Medicina Legal y el Colegio Colombiano de Psicólogos me investigo, pero no por eso, sino porque supuestamente había faltado a la Ética con la Psiquiatra, sin embargo, el mismo COLPSIC no sabía nada del caso y como realice el informe sobre la situación, ya esa información está protegida por el Secreto Profesional, y no estaba faltando a la Ética, ¡estaba haciendo mi trabajo!...
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez
Castro
Perito Forense.