domingo, 26 de julio de 2020

La Utopía de Claudia López en cuanto al Corona Virus. Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En este momento de crisis desatada por la famosa Pandemia del virus SARS-COV-2, se han llegado a muchas experiencias, conocimientos y ante todo a muchas reflexiones sobre la vida, la muerte, la economía, la sociedad y hasta sobre el mundo o el fin de él, según algunos; se han realizado estrategias para controlar el virus y también para “frenarlo” en algunas partes del mundo, también se han establecido planes de prevención y manejo que pretenden controlar los contagios y las posibles muertes por el COVID 19 o Síndrome Agudo Respiratorio generado por el Virus; Colombia no ha sido la excepción en este tema y aparentemente se han realizados acciones pertinentes para frenar el virus basados en la Ciencia y la Prevención de Salud, esto según el presidente Iván Duque de Colombia y de la Alcaldesa de Bogotá, Claudia López, sin embargo, la pregunta es: ¿Pudieron ellos con sus acciones frenar el virus?... la respuesta es evidente y es que no lo lograron y por ello quiero reflexionar sobre el asunto.

Desde que se declaró la Epidemia del SARS- Cov-2 por la OMS, queriendo decir, que esa epidemia que se inició en China podía ser expandida a nivel mundial y convertirse en Pandemia, se empezaron a crear situaciones para controlar el virus y evitar su expansión, y Colombia empezó un poco tarde a realizar las acciones pertinentes, pero que empezaron de forma desacertada y que a la larga no sirvió de nada en términos de frenar el virus o controlar su expansión y lo que genero fue un caos y consecuencias sociales, económicas y de salud graves para el país, coloquialmente se diría que “el remedio resulto peor que la enfermedad” y por ello quiero reflexionar sobre el tema.

Empecemos con la declaratoria de emergencia decretada por el gobierno Nacional, dicha declaratorio creo un estado de emergencia Sanitaria, social, económica y ambiental que no respondía a la realidad de ese momento, por la simple razón que en el país no había llegado la epidemia y por lo tanto NO había emergencia Sanitaria, sin embargo, se decreto un Aislamiento Preventivo Obligatorio, donde se aisló a la Población sana para “prevenirla” del virus, en lugar de decretar la Cuarentena para los posibles contagiados y probables vectores del virus que podrían tener el virus, que hubiese sido lo correcto; Adicionalmente se tomaron medidas represivas con los ciudadanos para aislarlos o que no salieran de sus casas, cuando lo correcto era realizar una estrategia de Prevención Primaria que promulga la OMS y consiste en determinar conductas de prevención y manejo en salud a través de campañas con la población en general lideradas por el Ministerio de Salud en conjunto con la OPS y la OMS y gremios de Salud, se debieron entregar cartillas con información, talleres de prevención a través de las áreas de Medicina laboral, Instituciones, etc., sin embargo se usaron los medios de comunicación para dar información errónea a la población, lo que creo un caos en el manejo de la prevención. Los medios se centraron en contar contagiados y muertos por el virus y no exactamente en la prevención de este, lo que a la larga creo fue pánico y desazón.

Retomando lo que ha pasado voy a reflexionar sobre lo manejado por la Alcaldesa y en general la política de salud que se usó, ya que considero que entraron en desarrollar una utopía en la prevención del virus, que no sirvió de mucho para “controlarlo”.

Tomando como base que la Utopía es algo que en realidad no puede suceder o que es improbable que suceda, tenemos que reconocer que la Alcaldesa de Bogotá y el Gobierno Nacional trabajaron para un proyecto utópico que les salió muy mal; La Alcaldesa ha estado empeñada en “controlar” al virus y evitar su expansión o la velocidad de contagio y eso lo ha dicho de forma permanente, pero resulta que científicamente NADIE en el mundo puede, controlar, evitar, ni eliminar un virus pandémico y menos luchar contra la naturaleza de las enfermedades, ya que estas son parte inherentes de la razón de vida y muerte de los seres vivos, además, es como luchar contra causas imposibles a grandes costos no solo económicos sino sociales, de salud, políticos, culturales, ambientales en general, y traen el caos y el pánico general.

En Colombia nunca se decreto la Cuarentena para el virus o portadores del mismo, por lo tanto, por lógica Epidemiológica (estudio de las epidemias) el virus se iba a propagar desde que llego el primer vector a Colombia, y lo haría en forma exponencial (un vector infecta a varias personas y estas a otras) esto no se puede controlar en una población de un país, aunque se puede hacer prevención para disminuir el contagio no se pueden “controlar” las vías de propagación de forma directa, esto conlleva a que el virus actúa de forma autónoma y se desarrolla en la población sin que se pueda hacer nada al respecto.

Otro aspecto que hay que tener en cuenta es que al llegar el virus NO se conocían los mecanismos exactos de propagación (ni todavía se conocen) y tampoco los síntomas claros de su acción en el organismo (ahora se conocen algunos) y por lo tanto, tomar acciones para controlar el virus y su expansión es imposible y menos con una política de persecución de la población sana que podía tener patologías y síntomas parecidos a los del corona virus, como la gripa común o enfermedades pulmonares habituales en nuestra población.
La posición de la Alcaldesa siempre ha sido represiva, sin valor estratégico de prevención, la cuarentena que usa no sirve de nada, ya que cerrar localidades o parte de Bogotá, NO impide la expansión del virus, así mismo, quedarse en Casa tampoco evita nada, lo único rescatable de esto es que las personas con síntomas o contagiadas se queden en casa para evitar la propagación del virus; pero esto se da solo con ellas y no con la población sana; la cuarentena es un sofisma de distracción que solo ayuda para crear caos y de pronto mostrar una imagen de estar haciendo algo contra el virus, pero de resto, Nada que ver.

Si bien es cierto que debemos tener precauciones para evitar contraer el virus como el uso de tapabocas, lavado de manos, limpieza profunda y evitar contactos con personas que puedan tener el virus, esa prevención es normal y no podrá en ningún momento, ni controlar, ni disminuir ninguna tasa de contagio, y no existen picos epidemiológicos reales, en realidad el único pico que existe es cuando toda la población se contagie del virus y eso sucederá de acuerdo al virus y no a una cuarentena o una acción de la Alcaldesa que dice que están “salvando vidas”.

Un aspecto a resaltar con la posición de la Alcaldesa es que esta convencida que el virus actúa de acuerdo a las camas UCI disponibles en Bogotá y de verdad que eso no tiene ninguna relación Científica, ni técnica, de por si es un exabrupto científico; No hay ninguna correlación científica que indique que si en una zona que se llena de pacientes COVID 19 en las UCI, se tenga que hacer una cuarentena para evitarlo, no hay una razón lógica para afirmarlo.

Como científico que soy (fui educado en mi universidad como tal) considero que la política y estrategias desarrolladas por la alcaldesa están fuera de contexto y pertenecen más a una situación de imagen personal y política, que a una verdadera estrategia de Prevención… he dicho!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito e Investigador Forense.

sábado, 18 de julio de 2020

Perfil de la conducta de la Alcaldesa de Bogotá Claudia López: Un Análisis. Ricardo Alberto Suarez Castro. Perito e Investigador Forense.


En estos días se ha hablado mucho de las actuaciones de la Alcaldesa de Bogotá por parte de los medios de comunicación y en las redes sociales se habla también de sus conductas frente a las decisiones sobre la crisis sanitaria que se declaró en Colombia debido a la llegada del conocido Corona Virus, debido a ello y por mi conocimiento sobre Perfiles Conductuales, algunas personas me han solicitado que haga un análisis de la conducta de ella para entender un poco mas sobre sus actuaciones; he realizado perfiles a cientos de personas, tanto en mi rol como Perito, como para los medios de comunicación y  el público en general.

Los Perfiles se realizan para entender la conducta de las personas a través de la observación de sus conductas demostradas y estas son comparadas con las teorías de la Personalidad (Por ejemplo, Teoría de los rasgos), no es necesario tener una autorización para realizarlo, ya que la persona es una figura publica y su comportamiento también lo es, y no me introduciré en su vida personal en ningún momento; quiero aclarar que este perfil es realizado con mi Derecho Constitucional a la libre opinión y demás derechos consagrados por la Constitución Nacional de Colombia.

Para realizar el Perfil hice un sondeo con personas de estratos sociales y académicos diferentes, que me dieron información de como perciben la conducta de la Alcaldesa y con base en esa informacion se elaboró el perfil.

Para empezar quiero referirles una anécdota que me sucedió cuando ella estaba en campaña para la alcaldía, un día iba yo por el lado de Corabastos y ella estaba con un grupo de simpatizantes metida entre los carros, entregando folletos de su campaña y se nos acerco a entregarnos algunos y yo de forma instintiva le dije con la mano que no y subí el vidrio de la puerta de mi lado, esto aclara un poco mi percepción sobre ella, sin embargo, no es más que una anécdota.

Empecemos por algunos rasgos que han sido Percibidos por mis encuestados para ponernos en situación, tal como enumero a continuación:

En primer lugar resalta que todos dijeron que ella se cree “el centro de la atención del mundo”, ya que consideran que ella solo piensa en si misma y su imagen personal, que le gusta que la alaben y ser el centro de la Atención.

Otro de los rasgos que resaltan es que se presenta como una persona Dominante, Dictadora y que quiere imponer sus criterios por encima de todos y que tiene dificultades para trabajar en equipo y un déficit en Habilidades Sociales

Se muestra como una persona impulsiva en su conducta y variable en sus posiciones u opiniones frente a las situaciones que se le plantean.

Se observa como una persona variable y con dificultades en la toma de decisiones, aunque trate de proyectar una imagen que si maneja las situaciones.

Las personas la perciben como una persona que se aprovecha de las situaciones y saca provecho personal o político.

Otro rasgo característico es que no es respetuosa con los demás, tanto a nivel personal como con figuras de autoridad; no es respetuosa de las opiniones de los demás y siempre trata de imponer sus criterios, así no tenga argumentos para sustentarlos.

La gente en general la percibe como una persona conflictiva que genera situaciones de malestar, desazón y que agrede verbalmente y con sus Actitudes a los demás.


La Teoría de los Rasgos de Allport y Eysenck, conciben que las personas fluctúan entre dos dimensiones que son entre la Estabilidad y el Neuroticismo y dentro de la Introversión y Extraversión  y dentro de este mundo presentamos algunos rasgos característicos; en el perfil presente podemos observar que la Alcaldesa presenta rasgos Neuróticos combinados a la extroversión, tales como ser Agresiva, Excitable, Cambiante, Impulsiva, Inquieta, activa, pero con rasgos de extroversión como que es Sociable, Emprendedora, Cordial y se muestra como Líder.

  
De acuerdo con estos rasgos o conductas demostradas y percibidas por diferentes personas se podría decir que la Alcaldesa tiene un perfil que según la Teoría de los Rasgos fluctúa afín a una Personalidad Neurótica que quiere decir que es una Personalidad Inestable y que varía a través del tiempo; Quiero aclarar que los rasgos y conducta demostrados son percibidos por las personas y muestran sus características de Personalidad, aunque estos son estables en el tiempo, estos pueden cambiar debido a diferentes factores de interacción personal y social.

Quiero agregar que encontré una conducta muy relevante y es que se observa como una persona que al parecer todo lo sabe o lo controla y presenta el efecto Dunning- Krugger que es un sesgo Cognitivo en el cual personas sin mucho conocimiento en un campo se muestran como expertos, sin serlo; también para clarificar un rasgo relevante de ella percibido por los encuestados, encontramos que tiene un pensamiento distorsionado denominado el tener Razón, por el cual ella considera que todo lo que dice o argumenta es único e incontrovertible.

Este Perfil se realizo como dije antes por solicitud de muchas personas que querían saber o interpretar la conducta de la Alcaldesa y debido a mi rol como Perito e Investigador Forense y con fines netamente Académicos y de interés de la comunidad se publica en este blog. No tiene ninguna connotación Personal, Política, Religiosa, Social y de ninguna otra índole, que afecte los Derechos Fundamentales de ninguna Persona.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito e Investigador Forense.


sábado, 11 de julio de 2020

¿Revelación del Secreto Profesional por parte del Perito para ser tenido en cuenta por los jueces en las sentencias? Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días conocí la sentencia de primera instancia por parte de una Juez del Circuito Penal de Bogotá de un caso donde yo intervine como Perito y quedé pensativo, no solo por la decisión de la Juez, sino la base en que sustenta dicha decisión con respecto a mi intervención u opinión Pericial dentro de la Audiencia de Juicio Oral, ya que la Juez desestimó mis opiniones Periciales aduciendo que no tenían calidad de dictámenes y que no había sustentado los dictamenes, ya que no había revelado el contenido de las entrevistas de las personas a las que las hice; De acuerdo a mi razonamiento, ella se baso en que, como no revele dicha información dichos “dictámenes” no tenían validez.

Para empezar transcribiré apartes de lo dicho por la Juez en su sentencia condenatoria: “… La Fiscalía dice que, los 4 dictámenes periciales presentados por el Perito de la defensa Ricardo Alberto Suarez Castro, no tenían esa calidad de dictámenes, en virtud de no haber explicado este perito suficientemente cuales fueron los principios científicos y técnicos en los que fundamentó sus verificaciones y análisis, no existiendo en ellos, el punto de información que el perito Suarez Castro tuvo en cuenta para hacer las conclusiones, pues según su dicho, las únicas entrevistas que el hizo fue al acusado y al padre de este, de las cuales no podía decir que fue lo que le contaron en razón al secreto profesional que lo cobija, quedando de ese modo, indica la Fiscal, esos dictámenes huérfanos de esa base fáctica, quedando aquellos en el aire, carentes de toda credibilidad sin cumplir los requisitos que exige la ley, por ello esa prueba de la defensa no controvierte las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, con las que demostró la materialidad de los hechos investigados por la Fiscalía General de la Nación y la responsabilidad de XXXXXXXXX, por lo cual solicito se declare la responsabilidad penal del antes mencionado y se emita sentido de fallo condenatorio en su contra, por los delitos ya referidos”; En otro aparte la Juez señala: “… En cuanto al testigo Ricardo Alberto Suarez Castro, a través del cual se introdujeron 4 informes periciales que tienen que ver fundamentalmente con el perfil sicologico (sic) de xxxxxxxx, y el perfil del comportamiento sexual de este, señalo el representante de la sociedad, que un informe y una conclusión que llegue en el mismo, debe haber agotado una serie de procedimientos, de instrumentos y la aplicación de una serie de protocolos, para que la conclusión, en un momento determinado, sea posible controvertirla, pero resulta que aquí no se pudieron debatir esos dictámenes periciales, porque aquello que recaudó el perito, dijo el, hacia parte del secreto profesional”.

De acuerdo con lo reflejado en la sentencia, se puede observar que los dictámenes periciales no tienen calidad de tales, ya que no revele el secreto profesional y no utilice los protocolos pertinentes para llegar a esa conclusión y por lo tanto no tenia base científica, ni técnica, en ese orden de ideas, la juez, la fiscal y el Ministerio Publico dicen que dicha pericia no tiene validez científica.

Mi inquietud seria la siguiente: ¿Si yo revelo el secreto profesional, si serian validos los dictámenes y tendrían calidad de pericia?, si eso es así, ¿tendría que cometer una falta a la ética para que el dictamen sea aceptado por la Juez?

Empecemos por el principio, mis “dictámenes”, que en realidad se llaman “Base de Opinión Pericial”, cumplen las normas establecidas por el Código de Procedimiento Penal, especialmente de los artículos 408 hasta el 417, donde se solicita que el perito entregue un resumen de la base de opinión pericial en donde se especifiquen las técnicas, procedimientos y protocolos utilizados, y la conclusion y en la Audiencia se sustentan estas opiniones de acuerdo a el interrogatorio de las partes; en mis informes periciales especifico el objetivo, las técnicas, los procedimientos y la base científica de cada uno de forma escrita y la explico en la Audiencia, esto, basándome en los Protocolos de Medicina Legal, en los procedimientos judiciales de investigación, en las técnicas de entrevistas reconocidas, en lo reconocido en el ámbito forense sobre abuso sexual, en conceptos validos de psicología como los dados por el DSM-5, en fin, con muchas fuentes validas a nivel técnico y científico, por lo tanto, tendrían validez suficiente dentro del ámbito de la pericia y eso es explicado dentro de la audiencia.

Ahora bien, si esto es válido, ¿Por qué tengo que revelar el secreto profesional, si esa información es privilegiada?... Para aclarar el asunto, debemos remitirnos al articulo 74 de la Constitución Nacional donde dice escuetamente: “el secreto profesional es inviolable”, o sea que no se puede revelar, adicionalmente, la Ley 1090 de 2006 sobre el ejercicio de la Profesión de Psicología, dice, especialmente en los artículos 23 y 25, “que no debo revelar el secreto profesional en el ejercicio de mi profesión”, si lo vemos de esta manera, ¿No seria una falta a la Ética, revelar el secreto profesional?... Pues, pensando razonablemente, seria una falta grave, ya que afectaría no solo mi ejercicio profesional, sino que afectaría los derechos de los entrevistados, ya que podría revelar información que puede ser usado en su contra, el derecho al debido proceso, a la intimidad, en fin, de muchas maneras se afectaría.

Me pregunto: ¿Si revelo la información dada por el acusado, debe ser analizada por la Fiscalía, Ministerio público y la Juez? … Pues no, ya que el que esta haciendo la Pericia es el Perito y no ninguno de ellos; ahora bien, supongamos que, el acusado me manifiesta que no abuso de la menor, que no es abusador, etc., y yo le doy credibilidad al relato con bases científicas, ¿La juez absuelve?... Pues debería… ¿No es cierto?...

Volvamos al asunto de la revelación, ¿si yo sustento con base científica y técnica mis pericias? … ¿Qué importancia tiene lo que digan los entrevistados para la Fiscalía, la Juez o el Ministerio Público?... Pues ninguna, ya que esa información solo me sirve a mi como perito para elaborar mi base de opinión pericial, y solo yo tengo el conocimiento científico y técnico para hacerlo dentro de la Audiencia y ellos no pueden determinar la cientificidad de mis peritajes o la idoneidad de estos, máxime cuando he sido aceptado dentro de la audiencia como Perito, precisamente por mi idoneidad y mis conocimientos.

Esto ya me ha pasado en varias ocasiones y la verdad es una lucha constante, sin embargo, les cuento algo interesante, y es que la juez, si tuvo en cuenta a una psicóloga de una Institución, que no hizo ningún peritaje, no uso los protocolos de Medicina Legal y solo le realizo una entrevista a la menor, el cual fue validada por la psicóloga en términos de entrevistadora… ¿O sea que la entrevista realizada por la psicóloga llevada por la Fiscalía es valida y el peritaje experto de la defensa no lo es?...

Las Instituciones del estado a través de sus psicólogos y psicólogas, crearon una situación donde no se tiene en cuenta lo denominado el Secreto Profesional, observo que revelan lo dicho por los menores en la Audiencia de Juicio Oral, los fiscales llevan a psicólogos a hablar del contenido de la entrevista, esto en realidad no tiene valor probatorio, sin embargo, muchos lo hacen valer como pericia, sin embargo, no lo es. Veo que los Jueces, Fiscales o el Ministerio Publico en muchas confunden la Entrevista Forense, la Entrevista Judicial, la Valoración Psicológica y la Valoración Forense realizada por los Psicólogos, en el año 2013, Medicina Legal estableció los parámetros de cada una a través de un acuerdo Institucional, pero al parecer, eso es letra muerta.

El secreto profesional no tiene discusión, ni tiene excepciones, ni tampoco nadie lo puede revelar en una audiencia de Juicio Oral, salvo en algunas excepciones de la Ley 1090 de 2006, donde la persona este en peligro inminente de muerte o similar, inclusive los psicólogos debemos denunciar estas situaciones; la interpretación de estas excepciones debe ser cuidadosa y no tienen carácter de pericia; Las entrevistas realizadas por Psicólogos de Instituciones tienen características de información y no de Pericia, sin embargo, cuando el Profesional hace una Pericia Psicológica, no debe revelar el contenido de lo dicho en consulta o entrevista, ya que el objetivo de la valoración no es darle validez a un relato.

A mis lectores quiero darles un ejemplo de la confusión del Rol que se tiene sobre este tema, y en el link que encuentran en el final de este articulo encontramos una sentencia de primera instancia que ilustra muy bien el asunto, yo fui el perito de ese caso, aunque no fui nombrado en la misma, mi trabajo fue el mismo que yo realizo en todos mis casos.

Me pregunto otra vez: Si he actuado siempre de la misma forma en cuanto al secreto profesional, ¿porque en docenas de ocasiones se me acepta no revelar el secreto profesional?... Quiero traer a colación que he sido perito de casos que han llegado a Tribunales como el de Bogotá y Cundinamarca, de Casaciones de la Corte Suprema de Justicia y siempre han validado mis informes periciales como científicos, técnicos y acorde a la presentación de la base de opinión pericial y adicionalmente he sido reconocido como idóneo como perito.

Solo para reflexionar, quiero decirles que en Audiencia me presionan para revelar el Secreto Profesional, so pena de no tenerme en cuenta como perito… ¿No será esto constreñimiento a testigo?... ¡Para pensar!

Sentencia en caso de Abuso sexual:


Artículo escrito por:

Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com

jueves, 11 de junio de 2020

¿Cadena Perpetua para violadores de menores en Colombia? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.

En días anteriores se ha estado debatiendo las comisiones de la Cámara de Representantes del Congreso de Colombia, el Proyecto de Ley y de paso la Reforma Constitucional que pretende implementar la Cadena Perpetua para los Homicidas y Violadores de menores, de acuerdo a la información que tengo ya paso algunas instancias, siendo aprobada hasta este momento, esta iniciativa tiene como 15 años, en los cuales no se ha aprobado por diferentes razones, ya que ha tenido tanto como opositores, como problemas de tramite Constitucional, he conocido la primera iniciativa, por allá hace como diez años, o mas, tal vez, no me acuerdo muy bien, donde la Senadora Gilma Giménez, propuso ese proyecto, al cual yo asistí en una de sus sesiones donde se expusieron las razones de porque se deberia decretar la cadena perpetua, hare un análisis del asunto, ya que el apreciado Abogado Rodny Ortiz, me sugirió que porque no hablaba del tema en estos momentos y decidí hacerlo.

En ese entonces, hable brevemente con la Senadora y note que estaba convencida que Proyecto iba a proteger a los menores de edad del Abuso Sexual y del Homicidio, yo tenia mis reservas al respecto, pero asistí a las exposiciones de unas Psicólogas que llevo para sustentar su proyecto, entre ellas a Mónica Bejarano, directora de una Institución llamada “Creemos en Ti”, y otras representantes que al parecer trabajaban con menores Abusados; escuche atentamente las disertaciones donde planteaban estadísticas sobre denuncias de Abuso Sexual y sobre Homicidios, plantearon Teorías sobre el Abuso Sexual y lo que llamamos secuelas del mismo Abuso en los menores, así mismo, recuerdo que plantearon que los Abusadores Sexuales y Homicidas de Menores no cambiaban su Conducta, por lo tanto, deberían estar confinados en una cárcel hasta su muerte, recordó que la Senadora, y ahora su hija también usa ese vocablo, decía que los victimarios eran unos “hampones” que no tenían remedio, sin embargo en dicha ocasión, no se llevaron “expertos” o algo así, sobre conducta Criminal o al menos sobre Agresores Sexuales u Homicidas de Menores.

Después de salir del Capitolio me encontré con la Psicóloga Bejarano y hablamos sobre el asunto, ya que quede pensativo con algunos argumentos que expuso en dicho recinto y al mismo tiempo quería conocer un Protocolo o Prueba que ella decía tener para la Evaluación del Abuso Sexual, sin embargo me encontré con la sorpresa que me dijo, que no me lo daba a conocer ya que ella sabia que yo estaba trabajando para la defensa de los posibles victimarios, pero bueno, en ese entonces, ya trabajando en casos de abuso sexual (desde el 2005) estaba acostumbrado a que me trataran así,  como seria que Psicólogas del CTI, ICBF, y hasta de Creemos en Ti, me quitaron el saludo, aduciendo que yo defendía Abusadores Sexuales, traigo a colación esta anécdota, ya que tiene su connotación importante en estos procesos penales, pues resulta que se formo un bando (en sentido figurado) donde estaban los defensores de los menores y un NO bando de los supuestos agresores; Los argumentos esenciales que plantearon en ese entonces era que los menores eran muy afectados por las violaciones y que el índice de Abusos eran muy altos, sin embargo, pude observar que de donde se sustentaba esos supuestos abusos, eran de estadísticas de Medicina Legal y de la Institución “Creemos en ti” y otras afines como Fundación Afecto que dirigía una Psiquiatra llamada Isabel Cuadros y las bases para determinar que un menor era Abusado era solamente tener en cuenta lo que decía en una entrevista y por lo tanto se debía creer en lo dicho por la supuesta víctima.

Bueno, retomando el tema, no me quedo en claro, porque debía haber Cadena Perpetua en Colombia y como se evitaba el Abuso de Menores o el Homicidio con la Cadena perpetua, si las penas en ese entonces por estos delitos podrían fluctuar entre los 20, 40 y hasta 60 años de prisión y por lógica en ese lapso de tiempo el Agresor iba estar en la cárcel, lo que le impedía volver a hacerlo, me pregunto ¿Para que cambia la Constitución para ello?... Considero que en la actualidad y con las reformas o nuevas leyes se puede aplicar penas hasta de 60 años (una cadena perpetua en realidad) ¿para que cambiar la Constitución?, pues no estaría de acuerdo y expondré algunas razones que por experiencia he visto en recorrido como investigador y Perito en estos delitos.

En primera instancia considero que las penas son suficientes, sin embargo, el Juzgador debe aplicarlas de acuerdo con una serie de variables que deben ser analizadas a la luz de la razonabilidad y la lógica, según cada caso; No debemos olvidar que en Colombia están los Asesinos y Abusadores mas prolíferos del mundo y que deben tener su castigo tanto Judicial como Social, pero no podemos generalizar a todos los casos este tipo de penas.

En segunda Instancia y con conocimiento de causa, en Colombia no existe una verdadera investigación del delito sexual por parte de la Fiscalía, recuerdo que en los primeros años del Sistema Penal Acusatorio, estos casos se resolvían con la simple Noticia Criminal y el dicho del menor, especialmente en casos de actos sexuales en menores, se “validaba” el testimonio por un Psicólogo de “Creemos en ti” o en la simple creencia de que sucedió el hecho, esto trajo a la discusión jurídica un caos y confusión, ya que solo había que creer, sin mediar ninguna valoración Forense del Abuso Sexual y nunca pude entender – todavía tampoco- ¿porque la institución mencionada, el CTI, el ICBF, Comisarias de Familia a través de sus Psicólogos determinaban si era Creíble o no lo que decía un menor sin corroborar nada más?. Recuerdo que hasta el CTI tenia algo que se inventaron y era una Entrevista Judicial Psicológica, que ni era Judicial, ni Psicológica, pero que dio pie para muchas condenas de personas que podrían ser inocente y que efectivamente lo eran en otras instancias. Teniendo este panorama pienso que en Colombia existe una Actitud Emotiva con respecto a los casos con menores donde se tiene aversión al acusado y en lugar de considerar que por principio es inocente hasta comprobar lo contrario, se es culpable hasta comprobar lo contrario, lógicamente vulnerando los derechos fundamentales a la presunción de inocencia, al debido proceso y demás derechos, esto hace que el proceso de estos delitos no sean equilibrados o si lo podíamos llamar justos.

En tercera instancia, quiero referirme a la misma investigación y valoración Forense, tanto del Delito como tal como las secuelas, afectaciones de la victima de estos hechos; Dentro de mi experiencia he observado que la Fiscalía muchas veces no lleva testigos del Hecho, sino personas que escucharon al menor decir algo con determinado individuo, o Psicólogas de Colegios o de Comisarias que escucharon algo que dijo un menor y que podría ser catalogado como Abuso Sexual, sin embargo, la misma Fiscalía no corrobora muchas veces que haya una situación de Abuso Sexual o Maltrato, por ejemplo, a través de Medicina Legal, quien realmente es la que debe dar el concepto PERICIAL sobre las secuelas Físicas, Psicológicas o Sociales de dicha situación; He visto en las audiencias Psicólogos del ICBF, Comisarias, Instituciones y hasta de Medicina Legal que van a la Audiencia y solo se habla de lo dicho por el menor, o sea son testigos de referencia, y que realmente no aporta nada al caso para probar el hecho que pudo suceder, sin bien es cierto que pudo haber sucedido alguna circunstancia de Abuso, es Medicina Legal con sus protocolos de Valoración de Victimas de Abuso Sexual quien debe dar un concepto, por eso el Código de Procedimiento Penal Colombiano habla de algo llamado “Base de Opinión Pericial” donde un Perito, ya sea de Medicina Legal o llamado al caso da su “Opinion Pericial” de acuerdo a su análisis. Considero que se deben determinar secuelas del Abuso, afectaciones a corto, mediano y largo plazo para poder determinar si la victima es victima de un Abuso Sexual o no, ya que en el mismo concepto de Abuso Sexual no hay un consenso por parte de muchos Abogados, Psicólogos y demás participantes en estos procesos; Colocare un ejemplo de un caso de un señor de 75 años que estaba en su casa con sus hijos, nietos y algunos niños del vecindario viendo televisión, cuando se sentó una niña en sus piernas y el le dio un beso en la frente, en ese momento alguien lo vio….  ¡y fue acusado de Abusar Sexualmente de la menor…! ¡Solo para pensar…!

Pienso que lo de la Cadena Perpetua en los menores no aporta mucho y diría nada a la protección de los menores en Colombia, no podemos llegar al punto que inclusive la misma Fiscalía en la actualidad saque una estrategia de Prevención por las redes sociales, que le dice a los niños que deben desconfiar de hasta sus familiares y que no pueden inclusive recibir muestras de cariño o afecto, las premisas de prevención del delito Sexual no se basan en ello, no podemos satanizar a todos los hombres como posibles victimarios, ya que esto hace que estamos creando Abusos Sexuales donde no existen…

Primero debemos depurar la Investigación del Delito Sexual desde el comienzo, segundo debemos evaluar correctamente a las víctimas, tercero debemos ser razonables en las decisiones Judiciales donde a las partes se les respete sus derechos, tanto de posibles víctimas como posibles agresores.

He conocido muchos casos en los cuales después de dos o tres años absuelven al supuesto agresor por falta de pruebas, y lo más curioso alguna institución privada o el ICBF, le han hecho terapia a un menor, por ser víctima de abuso… ¡Sin que lo hayan abusado! … ¿No estaremos creando victimas falsas de Abuso, con graves implicaciones Psicológicas, Sociales y demás?... ¿Qué pasa con esas personas acusadas de Abuso que permanecen en la cárcel y después les dicen que son inocentes?... El debate aquí no es solo Jurídico, sino Social, Cultural, de Derechos Constitucionales, en fin, de muchos factores.

Solo para reflexionar, quiero cerrar este articulo diciendo que existen las falsas denuncias de Abuso Sexual o las llamadas Falsas alegaciones, existe la Alienación Parental, la falsa Percepción de Abuso y eso hay que tenerlo en cuenta, si bien es cierto que el que comete un delito como el Homicidio o el Abuso Sexual debe pagar su delito de acuerdo a su falta, no podemos llegar a la generalización de todos los individuos como Abusadores Sexuales u Homicidas de menores.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal

miércoles, 10 de junio de 2020

¿Discriminación Racial en Colombia? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


Como hemos sabido, y es noticia mundial la muerte del ciudadano Norteamericano de raza Afro, George Floyd, en un procedimiento policial en una ciudad de USA, donde fue asfixiado hasta la muerte por un Policía, esta accion ha generado muchas marchas, pronunciamientos sobre el Racismo contra los afro, la Discriminación hacia individuos de Raza Afro, en fin, el tema se convirtió en muy complejo, donde al parecer con este incidente, afloraron algunas problemáticas raciales que todavía persisten en algunas partes del mundo, tanto en Países, como en regiones en particular, he querido hacer una reflexión a la luz de la Psicología Social, área de la Psicología, que trata científicamente estos temas sociales, es decir que aborda los Fenómenos Psicosociales o de interacción Social.

Cuando abordamos estos temas debemos tener en cuenta que estamos hablando de individuos que vivimos en una sociedad, y que esa sociedad en cada parte del mundo esta supeditada a ciertas reglas o valores de cada comunidad, así mismo, esa misma sociedad fija una reglas de convivencia que no afecten los Derechos Fundamentales de las personas, sin embargo, podemos observar que en algunas partes del mundo aparecen situaciones que afectan esos derechos fundamentales sea por razones de raza, religión, política, etc., y que generan conflictos que afectan a la sociedad en particular y muchas veces en el ámbito general.

Para empezar quiero referirme a lo que publiqué hace un tiempo en este mismo blog sobre el tema*, y en el cual, tome un concepto de lo que es raza, que dice de la siguiente manera: “Raza es un conjunto de individuos semejantes por sus características Hereditarias, Físicas e inclusive Psicológicas, las cuales comparten un mismo Nicho Cultural” , de la misma forma se puede definir Racismo como: “La ideología que defiende la superioridad de una raza frente a los demás y tiene la necesidad de mantenerla aislada o separada dentro de una comunidad, región o País”; siendo así el asunto y teniendo como base esos conceptos en Colombia, ¿Existe el Racismo?, Pues, para mi concepto no existiría, ya que no se cumplen las premisas de lo que es racismo y por ende, eso que llamamos racismo seguramente no lo es, pero de pronto seria otro fenómeno social que debemos analizar más profundamente.

Entonces, si no es racismo, ¿qué seria?... Bueno, hablemos de Discriminación Racial, la cual mucha gente habla, pero ¿qué seria Discriminación a todas estas?, pues a la luz de la Psicología Social tendríamos que definirla y podríamos verla de esta manera “Es un Prejuicio basado en conductas negativas hacia un grupo SOCIAL determinado”, siendo el Prejuicio “una especie de prejuzgamiento hacia los objetos sociales sin conocerlos o simplemente que son mal interpretados, en este caso socialmente”, ahora bien, ¿esto nos ayudaría a entender la existencia o no del Racismo?, pues creería que sí.

En estos días en una nota de una cadena de Noticias, creo que BBC en español, hablaba de conductas de personas que “inconscientemente” eran racistas y no lo sabían y lo llamaron Microracismo, la verdad, es la primera vez que escuchaba ese término, que al parecer fue acuñado en 1970 por alguna persona, que quiso decir que uno tiene actitudes de “rechazo” a ciertas personas por su color de piel o por razones de su estatus social, trate de acordarme de ese término, ya que fui docente de Psicología Social en el Ámbito Universitario por varios años y no encontré un símil de ese término; derivado de lo anterior, ¿si a mi no me agradan las personas de determinado color de piel (por ejemplo, los chinos)?, ¿Soy Racista?, Pues no, simplemente no me agradan, así como no me tienen que agradar muchas personas, que por alguna razón tengo una imagen negativa de ellos, con razones verdaderas o sin ellas.

En el párrafo Anterior, escribí sobre un termino interesante que es estudiado por la Psicología Social (les recomiendo revisar cualquier libro de Psicología Social para ello, hay uno de Aroldo Rodríguez que es muy interesante) y son las Actitudes, mucha gente habla de las actitudes, pero no sabría decirles si en realidad conocen lo que significa este termino y quiero definirlo con mis palabras (En mi libro Análisis Psicosocial de la Violencia me refiero a ese término) y son “las conductas que tenemos ante un objeto u objetos sociales (individuos) y que son dadas debido al Aprendizaje Social”, estas Actitudes tienen tres componentes que son el Cognitivo, el Afectivo y el Conductual, quiere decir el cognitivo es lo que pensamos de ese objeto Social, el Afectivo, lo que sentimos y el Conductual lo que hacemos o la conducta que tomamos frente a ese o esos objetos Sociales.

Para entender mejor este concepto de las Actitudes pondré un ejemplo general, supongamos que alguien nace en el seno de una familia que tiene pensamientos islámicos y piensan que los no creyentes hay que acabarlos, asesinarlos o apartarlos de la sociedad, entonces por el mismo contexto aprende o piensa que son personas que no deben vivir o que son inferiores (no importa la razón), ahí encontramos el primer componente; si fomentamos sentimientos negativos en ese chico frente a los no creyentes, aumentamos o reforzamos su Actitud negativa hacia esas personas y con el tiempo, esta persona toma acciones drásticas para acabar con los no creyentes, o sea, se coloca una bomba, va y se vuela matando muchas personas en nombre de Ala y probablemente pensara que llegara al cielo de ala, el cual le agradecerá su acción…   
 
Pero, volvamos a Colombia y apliquemos estos conceptos que acabo de describir y me vuelvo a hacer la pregunta… ¿Existe el Racismo en Colombia?, pues no, ya que no conozco en primera instancia, que la Constitución Colombiana determine que debe haber discriminación en Colombia, tampoco conozco grupos de supremacía (de cualquier color) tengan como objetivo las de apartar a los afrodescendientes, indígenas, criollos, Boyacos, Paisas, Cristianos, etc., del orden Social en Colombia, o sea, que no esta Institucionalizado el racismo, no existen, por ejemplo, grupos como el Ku Klus Klan, Apartheid en Colombia, aunque conozco algunos grupos como los neonazis o cabezas rapadas, realmente las acciones que ellos hacen no pasan de incidentes menores en contra de personas que no son como ellos; En USA, si existen grupos armados y estructurados que no solo persiguen a los afrodescendientes, sino que persiguen latinos, asiáticos y demás y tomas acciones en contra de esos grupos étnicos o sociales.

Quiero aclarar antes de seguir, que estamos hablando de grupos sociales en contienda y no pequeños grupos o individuos independientes que tienen ideas de rechazo hacia determinados grupos Sociales; Hablemos de grupos Sociales que puedan discriminar, por ejemplo, a los afrodescendientes en Colombia y que piensen, sientan y tomen acciones en contra de ellos, la verdad, en mi trasegar de mi actividad como Psicólogo en programas Sociales, nunca he encontrado grupos que se dediquen a hacer una guerra ni publicitaria, ni social, ni laboral y demás, hacia los afrodescendientes, bueno, si alguien conoce algún grupo, por favor, me escribe a mi correo electrónico que colocare al final de este articulo y analizare cual seria su objetivo Social de Discriminación, siendo así, y reitero que este artículo es una reflexión y no una discusión sobre el tema, considero que no existiría la Discriminación Racial en Colombia, ya que no encuentro grupos sociales, que tengan como objetivo discriminar a otros grupos sociales como a los indígenas, afros, Paisas, etc., sin embargo, si encuentro que hay una fuerte “lucha” de Clases en Colombia, donde hay en contienda ideologías Políticas que generan acciones que crean Violencia, muertes, desplazamiento, Pobreza y en fin, una serie de situaciones que son evidentes en las redes Sociales, Medios de Comunicación, en el ámbito laboral, donde si existe esa Discriminación soterrada hacia las personas que no piensan como ellos, a unos les dicen Uribestias, Petroñeros, Paracos, etc., esto es un Fenómeno Psicosocial interesante, que amerita un análisis diferente que no quiero incluir en este artículo.

Ahora bien, Si bien es cierto que no existe el Racismo o la Discriminación según mi enfoque ¿Qué es lo que existe?, Pues bajo ese punto de vista lo que existe es lo denominado un PREJUICIO, este prejuicio es básicamente el primer componente de la Actitudes, el cual es la forma de pensar o mejor, la distorsión cognitiva que tenemos hacia un grupo étnico, social o de otra índole y que nos hace actuar de una forma determinada, como la evitación, o el simple rechazo, sin que hayan acciones o sentimientos radicales hacia esas personas; un ejemplo, seria que por razones determinadas no les gusten a ciertas personas los migrantes Venezolanos porque “creen” que son delincuentes y que por su experiencia, por modelamiento derivado del Aprendizaje Social, así lo perciben, no quiere decir que porque son Venezolanos los tenemos que desterrar, asesinar o cualquier otra acción que afecte significativamente a esa población o grupo social.


Para reflexionar un poco sobre el asunto y al ver hoy un video que saco el canal RED + Noticias, donde aparecen varias figuras afrodescendientes diciendo que son discriminadas y que no son tratadas igual, considero que se debería reevaluar esa posición ya que los colombianos en general, me incluyo, no discriminamos, ni pensamos que los afrodescendientes son una raza inferior, ni que son una clase social de bajo rango, en mi percepción todos somos iguales y eso lo dice la Constitución, tampoco somos una Sociedad Machista, Tampoco somos los Hombres Agresores de las Mujeres, Tampoco estamos discriminando a los LGBTI, tampoco a los indígenas, pienso que tener esas posiciones por raza, religión, política deben manejarse no como un conflicto entre grupos sino como un fenómeno social multifactorial.

Para reflexionar …

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro.
Perito Forense
investigacionescriminales@yahoo.com



sábado, 6 de junio de 2020

¿Qué pasa con la Psicología dentro del Área Forense en Colombia? Una Reflexión. Perito Forense Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días de Pandemia me he dedicado a revisar conceptos Judiciales dentro de los Procesos que yo llevo y otros que tengo conocimiento dentro de mi devenir como Perito y me he puesto a reflexionar por enésima vez de cuál es el papel de la Psicología dentro del Ámbito Forense en Colombia y en verdad, me he quedado muy pensativo; en esta semana tuve mi primera Audiencia de Juicio Oral de modo virtual y fue muy interesante el asunto, ya que estar en juicio en este contexto se pierde mucha posibilidad de actuar con soltura, debido a que uno no puede tener control de los interlocutores a nivel visual, ni puede medir sus emociones en ciertos momentos, parece una conferencia impersonal que limita mucho dentro del debate probatorio; uno se limita a mirar un huequito en la pantalla del computador que se supone que es la cámara y debe manejarse el contexto en que se esta (en la casa), pero en audiencia, frente a un Juez, Un Fiscal, Un defensor y un Procurador o Representante de Victimas, fue curioso, ya que mi hermana pasaba detrás mío y me dispersaba, además,  me paso hasta un papelito preguntándome que íbamos a almorzar, pero bueno, quiero reflexionar sobre el tema de la Psicología.

En la actualidad en Colombia hay una confusión sobre el Papel del Psicólogo en los procesos penales, ya que no se sabe si actúan como Peritos, como Psicólogos, como expertos, como testigos, en fin, en muchas ocasiones se habla de refutación, de contra peritaje, de testigo de referencia, testigo directo, pero cuando uno está en la Audiencia a veces los abogados ni siquiera saben cómo presentarlo a uno y esto crea mucha confusión, especialmente en los interrogatorios o contrainterrogatorios, pero especialmente en el momento de la acreditación por parte de la Fiscalía hacia los Peritos de la defensa.

Empezare a ilustrar lo que me paso en la Audiencia Virtual con respecto a las preguntas de la Fiscal, al principio me pregunto que si yo era Psicólogo, le conteste que sí, luego me pregunto que tenía la profesión de “Psicólogo Forense”, le dije que no, (la pregunta fue cerrada de si o no)- para ella se debía tener la Profesión de Psicología Forense para poder estar allí-  en el redirecto el abogado de la defensa me pregunto si existía una profesión llamada Psicología Forense, le dije que no, que la Psicología era la Profesión y lo de Forense era simplemente una rama de la Psicología que profundizaba en lo Forense; después vino la pregunta estrella de siempre, que si yo era Psicólogo Forense, le dije que si, entonces vino la pregunta…¿Quién Institución o Titulo  lo acredita como Psicólogo Forense?, mi respuesta fue obvia, nadie lo acredita a uno como Psicólogo Forense en términos de titulación o Institución, ya que la función del Psicólogo dentro del ámbito Forense aparece cuando es llamado a dar una opinión pericial o intervención en un caso determinado, quiere decir, que cualquier Psicólogo puede ser llamado a un Juicio a dar una Opinión o simplemente hacer una intervención en particular, si bien es cierto, que si tiene una especialización, Master o Doctorado en lo Forense, de pronto tiene mayor acreditación (No necesariamente), no quiere decir que sea un requisito tener dichos postgrados.

Para colocar un ejemplo de esta situación, digamos, que citan a un Psicólogo especialista en Neuropsicología para determinar el nivel cognoscitivo de un menor víctima de un presunto Abuso Sexual, este profesional se convierte en Perito dentro de la causa y puede dar su opinión, a pesar de que no tenga especialización en lo Forense, ya que lo que se solicita es una opinión especializada en Neuropsicología, y este se puede convertir en testigo experto, testigo directo o también en Perito de refutación, si se está refutando un peritaje de la contraparte, en fin, la presentación corresponde a las partes; pero puede pasar que a un Psicólogo Forense (que participa en el caso) le pidan la misma opinión, este también puede dar la opinión Pericial, ya que si tiene el conocimiento y la formación podría darlo y se puede presentar como Perito Experto, como Perito y en general puede cumplir el rol que le toque segun el objetivo de la petición solicitada; Como vemos, la Profesión de Psicología como tal, da los elementos para actuar como Psicólogo, por lógica, ¿Verdad?... Lo que verdaderamente acredita al Psicólogo en Audiencia es su Conocimiento (sea académico, empírico, o llamémoslo experiencia) y su capacidad para aclarar la pregunta o cuestionamiento planteado en la audiencia, hasta ahí creo que es la situación del Psicólogo en una Audiencia.

Lo curioso en la Audiencia Virtual, es que la Fiscal se empeñó en “determinar” que yo tenía que haber realizado una carrera llamada Psicología Forense (que no existe) y que “alguien” me tenía que certificar, (lo cual nadie lo puede hacer) ya que el solo hecho de ser Psicólogo me acredita como Psicólogo…. ¿Verdad?, me acuerdo que un día un Fiscal me pregunto si estaba “certificado” o tenía el aval de alguna Institución para actuar como científico, (como si hubiese Instituciones en Colombia o el mundo que acrediten el conocimiento científico);  Si partimos de la base que la Psicología es una Ciencia, por lógica, los Psicólogos somos científicos… ¿O, no?, Nosotros cumplimos diferentes roles dentro de una Audiencia y depende de las necesidades del caso damos nuestra opinión Pericial, o simplemente actuamos como Psicólogos.

Yo a veces me disperso, pero bueno, volvamos al asunto… ¿Qué pasa con la Psicología en el ámbito Forense?, hace poco en una casación de la Corte Suprema de Justicia cuestionó la intervención de una Psicóloga, ya que determino que el hacer una entrevista semiestructurada y el resultado de esta no era una opinión Pericial y no incidía en nada en determinar el Abuso Sexual, por lo cual absolvió al condenado que en segunda instancia fue precisamente condenado por el concepto dado por la Psicóloga; en este caso en particular la Corte fue enfática en aclarar el rol de los Psicólogos dentro de los juicios y especialmente llama la atención a los juzgadores sobre su función y sobre la “racionalidad” en evaluar sus conceptos u opiniones.

Ahora, yo no necesariamente soy presentado como Psicólogo, sino que se me presenta como Perito Experto, esto debido a mi experiencia en casos de Abuso Sexual y también debido a mi experiencia en la Investigación de Casos Sexuales, así mismo, que tengo entrenamiento y conocimiento en Perfilacion Criminal, soy Asesor de Seguridad, y en términos generales he realizado cientos de investigaciones de delitos de diferente índole, o sea que no solo tengo conocimientos como Psicólogo, sino de áreas afines a la investigación del delito, he trabajado en Programas de Prevención de la Violencia Intrafamiliar, Maltrato Infantil, Abuso Sexual y algunas áreas como el trabajo realizado con reinsertados, trabajo de campo en el mundo de la criminalidad y la Violencia, por lo tanto, tengo un conocimiento que va mas allá de la Profesión de la Psicología 

Volvemos a la reflexión, ¿Por qué la Psicología tiene en la actualidad poca credibilidad en el área Forense?, ¿Sera que nos estamos volviendo catedráticos de casos?, ¿Sera que nos estamos limitando a ser Psicólogos de libros?, veo que muchos Psicólogos se limitan a hacer una entrevista a un menor y nada más y en interrogatorios solo citan a diversos autores y estudios y poco hablan de lo que ellos mismos hacen…!, Ahora, por ejemplo, ya ni la Corte Suprema le pone atención a las valoraciones de Credibilidad del testimonio hechas por los Psicólogos, si bien es cierto que le dan valor a un examen mental, a una valoración de nivel cognitivo y demás, pero en conceptos periciales sobre el Abuso Sexual y otros temas forenses, no se les está dando credibilidad debido a que no se está evaluando realmente las secuelas de un abuso, maltrato, o de la manifestación de síntomas derivados de un supuesto delito, tampoco se está detectando casos como la Alienación Parental, el mismo Maltrato Psicológico, en fin, muchas cosas que en realidad sirven para el Ámbito Forense. No solo hablo de menores de edad, hace poco evalué un caso de una Psicóloga que acusa a su esposo también Psicólogo de intento de feminicidio y otra Psicóloga “avala” ese intento de feminicidio diciendo que cumple los requisitos como víctima de Violencia de “GENERO”, pero en realidad la evidencia Forense y Criminalística dice que: ¡se cayó de un caballo y esto fue un accidente …!, Aquí en este caso no actuo yo como Psicólogo en realidad, actuo más como Perito Forense con conocimientos en Criminalística e Investigación Criminal, Bueno, sin más comentarios.

La función del Psicólogo debe ser definida muy claramente dentro del Proceso, ya sea Civil, Penal, Administrativo y demás, por parte de las partes en la Audiencia Preparatoria o en la requisición de Pruebas Periciales, una cosa es dar una opinión Pericial, otra es realizar una Valoración Psicológica y otra es hacer una Entrevista, ¡debemos ser muy claros en ello…!

¡Para Reflexionar…!

Nota: Este artículo es escrito con mi Derecho Fundamental a la libre expresión, no se dan nombres, ni se señala a nadie en específico, pero es derivado de mi experiencia como Perito Forense e Investigador Criminal en Procesos Judiciales usando mis conocimientos Científicos en este tipo de Casos.


Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Perito Forense e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com