domingo, 25 de marzo de 2018

Psicometría Forense: ¿Existe realmente? Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


Hace unos días recibí un material referente a un caso de Abuso Sexual en el cual había una solicitud que me pareció inusual y es que se me solicitaba por parte del Investigador de la defensa que Valorara una aparente Celotipia, Alienación Parental y algo más que no me acuerdo, me contacte con el investigador y le pregunte la razón de esa solicitud y me dijo que estaba derivado de una similitud de un caso que él conocía y que dos Psicólogas habían realizado una evaluación o intervención para un juicio oral y que habían absuelto al acusado; al hablar con él le comente que yo era el Perito experto y que yo decidía que se debía evaluar o valorar bajo el punto de vista Forense y no era el quien tomaba tal determinación, aclaramos el asunto y dejo en mis manos el asunto y estoy analizando el caso y planteando toda la parte técnica y Forense.

Por curiosidad le dije que si tenía la sentencia y que habían realizado las Psicólogas y me dijo que tenía la grabación de sus intervenciones y me las envió, escuche las intervenciones y realice un análisis del caso en términos técnicos o de la Psicología si se quiere y la pertinencia en un proceso penal.

Las Psicólogas Forenses (postuladas a doctorado y demás) tomaron diferente papel dentro del Juicio, una de ellas “valoro” si era Agresor Sexual, o si tenía Trastorno Antisocial y para ello uso una serie de pruebas psicométricas para tal fin y la otra intervino hablando sobre la violencia Intrafamiliar, Alienación Parental, Celotipia, etc., asumo que es una Testigo Experta que habla sobre un tema para “validar” la teoría de caso de la defensa y realizo una larga charla sobre el asunto; bueno, surgieron algunos aspectos que me dejaron pensando y es que dentro del contrainterrogatorio la Fiscalía cuestiono dichas pruebas bajo el punto de vista científico y pregunto sobre si estaban Homologados o estandarizados en Colombia, aquí empezó lo interesante, ya que le toco responder que no estaban estandarizados, pero que sí, pero que no, en fin, trato de explicar que era válido y que los resultados tenían validez, etc., etc.,…

Algo que me llamo la atención es que la Psicóloga hacia énfasis en la necesidad de la utilización de Pruebas Psicométricas para dar una opinión pericial, ella citaba el articulo 40 o 45 de la ley de la Psicología que decía que no era suficiente una entrevista, sino que había que hacer otras valoraciones y aplicación de pruebas….. O sea para ellas había que aplicar PRUEBAS PSICOMETRICAS para dar la Opinión Pericial, me pregunto: ¿Qué pruebas psicométricas?, ¿será el MMPI, NICHD, la de creemos en Ti, las españolas, las gringas, Pruebas Proyectivas, etc., etc., etc.,?.... ¿Cuáles son las validas?, ¿cuáles sirven para determinar que no es un agresor sexual?, ¿Cuáles sirven para determinar si alguien es Pedófilo?.... Ninguna, ¿Verdad?.... ¿o si hay alguna?....

Reflexionando sobre el asunto y ya que la Psicóloga candidata a Doctorado uso una prueba de Ansiedad, entre otras, me pregunto, ¿esa prueba determino que era o no agresor sexual?.... Bueno si es así, me inscribo mañana mismo a realizar un doctorado en Psicología Forense, ya que es docente de una Universidad donde dictan esa especialización… Pero como sé que no es así, me reservare el honor de tener un doctorado por ahora; lo interesante del asunto es que la Fiscal le preguntaba qué ¿Quién válida esas pruebas?, ¿un comité?, ¿Quién es la comunidad científica?, etc., etc., y observe que quedaban muchas dudas sobre la validez de sus “pruebas” ya que ella misma no supo sustentar claramente la misma….. Empezó a hablar de baremos, de estadística, etc., etc., yo entendí lo que decía, pero me pregunto ¿El Juez, la Defensa, la Fiscal, el ministerio público, etc., sabrán que es un baremo, que es la campana de Gauss, que es un margen de error, que es probabilidad, posibilidad, etc., etc.,? …… Ahora bien, si lo saben ¿se pudo determinar que el señor es culpable o inocente bajo el punto de vista forense y de los resultados de dichas pruebas?.... lo dudo.

Ahora pensemos lo que realizo la otra Psicóloga, ella hablo sobre temas como alienación parental, Violencia de Pareja, Alienación parental de forma abierta y no realizó ninguna valoración o aplicación de pruebas, pero, sin embargo, intervino como Perito experto dando una opinión pericial que servía para sustentar la Teoría de Caso, yo me quede pensando y me pregunte ¿Por qué una Psicóloga dice que es necesario aplicar pruebas y la otra no las aplica? … bueno, para reflexionar…

Alguna vez en la Universidad donde estudie hicieron un diplomado sobre Pruebas Psicométricas Forenses y comente que me parecía curioso pero las pruebas en si no existen, existen Pruebas Psicométricas en general que sirven para medir conductas, actitudes, rasgos, etc…. Pero, ¿Pruebas Forenses? … No olvidamos que lo Forense se relaciona con el Foro, o sea la discusión de un delito o de una Conducta Criminal y nosotros somos auxiliares de la Justicia y nos solicitan Pericias y damos una Opinión Pericial, o sea, damos una opinión sobre lo que conocemos, evaluamos o valoramos….. Nunca veo que en Medicina Legal usen Pruebas Psicométricas para medir nada, solo usamos PROTOCOLOS para evaluar esto o aquello, ¿estaré mal o desenfocado?, esperemos que no… ¿O si?......

Pienso que las discusiones científicas sobre las pruebas Psicométricas no tienen sentido ya que lo que miden es solo una herramienta más para que el PSICOLOGO de su opinión Pericial, si realmente fueran tan determinantes no sería necesario el Psicólogo ya que solo los resultados sería suficiente para determinar lo que se quiera… Yo no uso pruebas psicométricas en una Evaluación Forense, me guio por los Protocolos Forenses de Medicina Legal, hay sobre Violencia de Pareja, intrafamiliar, etc…… y ya… ¿No es más fácil?, tampoco olvidemos que es el Profesional y su conocimiento lo que valen, no la forma en que llego a esa conclusión, si usa el Método Científico está bien…..

Para terminar nosotros en general no tenemos que validar una prueba en una Audiencia, o tratar de convencer a una Fiscal que la prueba es válida, per se, la validez le corresponde a los estudios que se hagan con dichas pruebas y el devenir de la Ciencia, si cumple los criterios científicos la prueba es válida en cualquier parte del mundo… una esquizofrenia es lo mismo acá que en China… ¿O no?....

Las Pruebas Psicométricas no dejan de ser una herramienta en el Ámbito Forense, las Entrevistas o Valoraciones Forenses pueden ser suficientes, es decisión del Profesional tomar las alternativas que considere necesarias para su pericia……

Me pregunto: ¿Si se aplica una prueba de Ansiedad a una menor presuntamente abusada sexualmente una año después del presunto hecho y sale con Ansiedad, fue abusada?... Pues no necesariamente, la ansiedad puede ser por otra situación, por conflicto familiar, social, escolar… en fin, por muchas razones….

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
investigacionescriminales@yahoo.com

miércoles, 21 de marzo de 2018

El Trabajo Sexual: ¿Un crimen contra las mujeres? Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


Por estos días estaba ojeando mi Facebook y vi una noticia que me causó bastante curiosidad, risa y más que todo me dejo perplejo, ya que la persona protagonista de dicha noticia es el Papa de los católicos, este señor dijo a los medios que los “clientes de las Prostitutas son unos criminales y que con su conducta estaban torturando a las mujeres, y que tener relaciones con ellas no era hacer el amor”… Como ven el Papa según su punto de vista religioso criminaliza el ejercicio o el uso de los servicios sexuales y convierte esta relación en un aparente delito, donde el cliente es un criminal y la trabajadora sexual en una víctima de un delito, ante esto quiero hacer una  reflexión sobre el asunto.

Como dije anteriormente quede perplejo, me causo curiosidad y risa dicha afirmación del Papa de los católicos, ya que en pleno siglo XXI todavía criminalizamos a los hombres por tener relaciones sexuales pagas con mujeres que se prestan o consienten dicha relación o trato; yo no soy creyente en ninguna religión y me da lo mismo lo que diga el Papa, un líder religioso o gurú, pero es interesante analizar lo que dice ya que influye en multitud de personas seguidoras de dicha religión, pensemos un momento en lo que dijo dicho líder.

Primero analicemos eso que son criminales, si vamos al termino criminal significa que es la persona que comete un delito, o sea que tiene que ser un delito el pagar por sexo y si eso es así, en Colombia no aplicaría el termino criminal ya que pagar por sexo NO es un delito; pensemos también que fuese un crimen, me pregunto ¿un crimen contra quién?, ¿Quién sería la victima?, ¿las mujeres?, si fuese así, entonces no entiendo el asunto, si una mujer cobra por sus servicios sexuales de forma consiente y se lucra de ello, ¿Por qué es una víctima, si la decisión es de ella?.... Yo diría que si el trabajo sexual es un delito el hombre como la mujer serían los criminales, ya que juntos hacen un pacto para tener relación sin amor y solo por el deseo manifiesto del hombre y la impasividad erótica de una mujer que se presta para ello (yo pienso que a muchas les gusta el asunto y se gozan el trabajo), no veo por ningún lado el cuento que la mujer sea una víctima y el hombre el victimario…. Pensemos, ¿en la prostitución masculina (o sea hombre con hombre) quien es la victima?... ¿el pasivo o activo, o toda la comunidad LGTB?, no sé, ya me estoy confundiendo…. (sarcasmo).

En segunda instancia pensemos en que se está torturando a las mujeres, ¿Sera que las torturaran en ese oficio?, Pues no, ya que lo hacen consientes y la relación sexual no es un método de tortura (bueno, a no ser que sea entre u masoquista y un sádico, o lo que llaman dominación, etc., pero eso depende de las preferencias del cliente y la disposición del trabajador sexual), yo descarto cualquier situación de maltrato o “tortura” ya que no existe, ahora bien, el Papa dice que no es hacer el amor, ¿Sera que los clientes van a hacer el amor con ellas?, para nada, ellos van a tener una relación casual con una persona que escogen y tienen un contacto erótico con un resultado relativo de satisfacción sexual (puede que vaya con un alta expectativa y salga frustrado, o al revés), o sea que según mi concepto el Papa está fuera de contexto y no conoce el asunto….

Dije que era risible lo que dijo el Papa y lo sostengo, pretender criminalizar a los hombres por pagar por sexo es una cosa de locos o de radicales religiosos, sería como criminalizar también a los que tienen relaciones fuera del matrimonio, al que mantiene a su mujer (le paga todo) y a cambio tiene sexo, a los que tienen amantes y les gusta tener relaciones sin amor, en fin es criminalizar la relación sexual… Por lo menos en Colombia el Trabajo Sexual no es un delito, es legal, y no se considera por lo tanto un crimen, aquí las mujeres y hombres deciden por si mismos, si trabajan en ello o usan dichos servicios, algunos dirán que eso es malo, o poco ético, o lo que sea, pero eso no tiene importancia para muchas personas, por el ejercicio de mi profesión conozco muchas trabajadoras (es) sexuales y no he conocido en 30 años que las mujeres sean víctimas y los hombres criminales….

Hace algunos días publique sobre el tema ya que una Representante a la Cámara llamada Clara Rojas decidió hacer un proyecto de Ley para criminalizar al cliente sexual y convertir a las mujeres que ejercen esa profesión u oficio en “victimas” de los hombres … total desatino, y lo más interesante es que fue apoyado en su proyecto por unas Psicólogas del Colegio Colombiano de Psicólogos que decían que las mujeres eran víctimas oprimidas por los hombre, y demás discurso feminista y retrogrado sobre el tema…. En verdad no puedo creer que retrocedamos en términos de libertad sexual, ahora parece que ir donde una trabajadora sexual es un crimen, pero para ciertos sacerdotes dicen que la pedofilia es culpa de los niños y la violación es culpa de las mujeres, en verdad,  parece que el ejercer la sexualidad entre dos adultos debe ser controlada por un pensamiento mágico religioso…. ¿será que el Papa sabrá de Sexualidad?.... Lo dudo, y si sabe de eso tiene un pensamiento distorsionado sobre ello….

Para reflexionar, en verdad lo que más me deja pensativo es que las psicólogas que apoyaron esa propuesta en el congreso son voceras de COLPSIC, Bueno, Ya no pertenezco a esa asociación de psicólogos y tampoco soy católico…. Para pensar, ojo, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, al trabajo, libre sexualidad deben respetarse…. No niego que hay mujeres que pueden caer en redes de explotación sexual y esto se configura en un delito, pero los criminales son los que utilizan a las mujeres y no los clientes…. No olvidemos que si las mujeres ofertan sus servicios habrá hombres dispuestos a usarlos…. Hago una pequeña comparación que puede ser odiosa pero ¿No es más cuestionable que una mujer se acueste con 10 0 20 hombres por dinero al día, que un hombre que solo tiene una relación eventual con una trabajadora sexual?... ¿Verdad que es odiosa la comparación?... Pero es igual cuando dicen que los hombres son criminales porque tienen relaciones con ellas…. Para pensar…

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

viernes, 16 de marzo de 2018

Acceso Carnal; ¿Persuasión o Intimidación?: Concepto de la Corte Suprema de Justicia. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


Los medios de comunicación en estos días dieron un concepto de la Corte Suprema de Justicia de Colombia  sobre un caso de supuesto Acceso Carnal Violento, aunque no conozco el texto completo se puede entrever que se pronunció sobre algo muy álgido en la investigación del Delito Sexual y es el consentimiento o aceptación de una relación sexual.

De acuerdo a la información que tengo la CSJ analizo un caso donde un individuo aparentemente abuso de una chica de 15 años en un parque, sin embargo, la menor conocía al señor y estaba libremente con el y después de ciertas situaciones estuvo con ella, después del hecho la menor lo denuncio por un supuesto abuso.

Al parecer la CSJ conceptuó que no había acciones de intimidación con la menor y que las palabras o acciones eran más para un acercamiento erótico consensuado (llamémoslo galanteo erótico) y no era una intención de accederla violentamente o sin consentimiento.

En mi entender como Perito puedo observar que la Corte está avanzando raudamente en facilitar la investigación de las llamadas “violaciones”, ya que se podrá contar con el componente de la intimidación o del consentimiento- aceptación implícita en un encuentro de estos; he podido escuchar, inclusive en estos días, que si la persona no quiere tener relaciones se denomina una violación, esto en el contexto de la relación marital, yo le plantee a esa persona que me lo dijo que no era exactamente ello, ya que no había intimidación muchas veces o no se usaba a fuerza.

Este fallo o pronunciamiento abre la posibilidad de aclarar que realmente el abuso sexual debe tener el componente de intimidación o amenaza, o el no consentimiento de la supuesta víctima, he visto como mujeres aceptan el acercamiento, e inclusive la relación y después se arrepiente y denuncia al susodicho de abusarla solo con decir que no quería pero que la “obligo”, o no quería, pero si….  

Pienso que se acabaran las interpretaciones surgidas por el solo hecho de que una mujer diga que “yo no quería”, o no me “acuerdo”, o me “obligo” sin que medie una amenaza o intimidación, ya sea Física, Psicológica o de otra índole. Vuelvo e insisto en mis casos y es que es necesario la intimidación, fuerza, maltrato, con fines sexuales para que se tipifique el delito y no el simple dicho “es que no quería” y ya.

Se acabara la alcahuetería de muchas mujeres que se declaran víctimas de los hombres con fines perversos de denunciarlos falsamente; me acuerdo de un caso de una trabajadora sexual que se fue con un cliente a un Motel y estuvieron de acuerdo con un pago para tener relaciones, consumieron drogas y licores consensuadamente y después de un rato tuvieron relaciones, siguieron consumiendo licor y el señor quería tener otro contacto sexual (dentro del pacto) ella no quiso, se puso a gritar, llego la Policía, ella dijo que la estaban violando, detención, cárcel, y condena por “Violación”, bueno, Acceso Carnal Violento, el nunca la intimidó, sin embargo, ella dijo que la obligo y no quería tener relaciones. Bueno, ¿Qué pasaría si una trabajaría sexual entra con un cliente a una habitación previo pago y no quiere tener relaciones, grita y llaman a la policía y lo acusa de intento de violación?... Pues en este país el tipo se va a la cárcel y ella tranquila… espero que ahora eso cambie con el pronunciamiento de la CSJ.  

No olvidemos que bajo el punto de vista Forense todo Abuso Sexual se define como la intimidación, amenaza y el NO consentimiento de la supuesta víctima, y en casos excepcionales en incapacidad de resistir. Para reflexionar…!

Artículo escrito:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

Pornografía Infantil: Concepto de la Corte Suprema de Justicia. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


La Corte Suprema de Justicia de Colombia es la última instancia para definir conceptos Jurídicos y en estos días se pronunció sobre el tema de la Pornografía Infantil, y en dicho pronunciamiento realmente le puso un referente claro de lo que es, o no es Pornografía Infantil, este concepto de pornografía estaba en manos de Abogados, Psicólogos, Psiquiatras, y de la misma ley en el Código Penal, o inclusive en la Ley del menor, y debido a ello la definición se podía dejar a la especulación o interpretación de Fiscales o Psicólogos que decían según su criterio que es la Pornografía, sin tener en cuenta la base del concepto Forense sobre lo que determina que es la Pornografía Infantil, para ello hare una aclaración sobre el tema.

Bajo el punto de vista Forense todo Abuso Sexual en menores se define como actos eróticos o de disfrute Sexual de un adulto frente a un menor, esto está definido desde hace muchos años por Medicina Legal, sin embargo, muchos Psiquiatras y Psicólogos especialmente, le dieron una interpretación diferente a lo que es Pornografía extendiéndola a toda fotografía o video de menores desnudos o en ropa interior o en determinadas “poses”, resulta que no toda fotografía o video de esas características es Abuso Sexual, ya que se necesita el contexto de ser usada para fines eróticos o de satisfacción sexual del adulto, solo es Pornografía si hay acciones de tipo erótico o de relaciones Sexuales explicitas del menor con el adulto o acciones sexuales con sus genitales (masturbación del menor por ejemplo) con el objetivo de obtener satisfacción erótica en el adulto.

La Corte en su saber pone un límite o mejor aclara la situación y por ende facilita el devenir de la aplicación de la ley a la verdadera Pornografía; Las ONGS, el ICBF, y algunas Instituciones que no quiero nombrar tenían como referente cualquier fotografía o video de menores, inclusive vestidos que podrían tener algunos adultos por razones diferentes a lo erótico y sin embargo, lo catalogaban como Pornográfico.

Debido a este concepto vi en los medios de comunicación la entrevista que le hicieron a una integrante de una ONG llamada repapaz, Carolina Piñeres, la cual dijo que ese concepto de la Corte era un retroceso en la lucha contra la Pornografía Infantil y que no tenía en cuenta los “tratados internacionales” en cuanto al tema y que quien debía conceptuar sobre ello era la Unidad de Cibernética de la Policía… No se, parece que la señora desconoce que es la Corte Suprema de Justicia quien decide que es un delito y que no lo es, es importante resaltar que los conceptos de la Corte respetan los Derechos Fundamentales de las Personas en general, el caso estudiado por la Corte fue de un señor que hizo unas fotografías de menores en ropa interior para una revista y resulto en la cárcel por tres años y acaban de absolverlo porque nunca se comprobó el componente erótico.

Es curioso pero NUNCA los Psiquiatras o Psicólogos inclusive Forenses que intervienen en casos de Abuso Sexual tienen en cuenta precisamente el sentido erótico del supuesto victimario y solo “reportan” tocamientos que son interpretados como Abuso; este concepto de la CSJ crea un precedente importante en la investigación del Abuso Sexual y lograra un avance en la tipificación real del delito sexual.

Me acuerdo de dos anécdotas sobre estos contextos de interpretación erróneas sobre el abuso, una fue en una donde estaba interviniendo en un caso sobre abuso sexual donde decían que observar niños desnudos era abuso sexual y yo comente que me bañaba con mi hijo y el me veía desnudo y yo pregunte en plena audiencia al fiscal que si yo era un abusador sexual por ello… la verdad se quedó callado…La segunda es la de un padre que le coloca crema cero en los genitales por una irritación y es enviado a la cárcel por varios años, ya que mama de la menor lo acuso de abuso sexual y una Psicóloga determino que era un abuso… Otro ejemplo que me acabo de acordar, fui contratado como Perito experto en Ecuador en un caso de abuso sexual donde un Médico Forense, si como oyen, un Médico Forense fue acusado de Abuso Sexual porque la menor “sintió” que en el examen por presunto abuso sexual se sintió incomoda y violada…(¿?)… el señor estaba en la cárcel, una Psicóloga uso una “interpretación” de lo que era abuso y “determino” que existía…. Para reflexionar…!

Artículo escrito:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

jueves, 15 de marzo de 2018

Feminismo vs Machismo: ¿Una guerra de Géneros?. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro


Estoy siguiendo una página de Facebook de colegas Psicólogos egresados de la universidad donde estudie, la Fundación Universitaria Konrad Lorenz y me percate que estaban dictando una serie de conversatorios que hacen parte de su actividad académica y por curiosidad mire los temas y me causo intriga los mismos, estos eran: “Un acercamiento al Feminicidio”, “Construcción Social del Sujeto Político Femenino: Trayectorias e identidades”, “Identidad y Mito: De las aulas de clase a la realidad de Genero”, “Familias diversas y Prejuicio: Categorías de Género”, en fin, observe que se refería a temas de “Genero” (asumo que femenino) y vi una tendencia feminista en el asunto, y como soy bien curioso publique un comentario que decía ¿La Konrad se convirtió Feminista?.... En esa página nadie comenta u opina sobre lo que se publica y de por sí he estado publicando sobre algunos temas pero nadie opina, pero bueno, hubo una excepción y mi colega María Inés Machado me respondió y quede sorprendido por su respuesta, que pondré en reflexión a continuación. Me respondió que así debería ser, y que las Universidades se debería implementar el Feminismo a través de la cátedra, y que en términos generales se debería colocar una posición de defensa de los Derechos de las Mujeres, la verdad quede muy sorprendido por esa posición tan radical sobre el tema y comente entonces que nosotros los hombres deberíamos fomentar el machismo ante ello…. La respuesta fue más sorpresiva aun, ya que dijo que “el Machismo eras las acciones ofensivas, agresivas, etc.,  de los hombres hacia las mujeres, por su sentido de superioridad sobre la mujer” (¿?), ante ello me puse a pensar y revaluar mis conocimientos, experiencias, reconocimiento de identidad de Género, etc., etc., etc., para poder digerir el asunto…. Reflexionare sobre el tema.

En mi opinión la Universidad Konrad Lorenz hace un ciclo de conversatorios sobre algo que se refiere a una supuesta “realidad de género”, o sobre el papel de la mujer en cuanto al género, o categorías de género, la verdad, no sé, pero solo se habla de la mujer y gente diversa, perdón “diversidad de Género”, pues soy respetuoso de la academia, de las mujeres y demás, pero a mi modo de ver, se está fortaleciendo una posición radical y sesgada sobre la identidad de “Género” y sobre el tema del Feminismo y sobre la posición del Hombre y la Mujer en la construcción Social; se asume que "´Género" es un concepto que se refiere a la mujer, o sea que los hombres no tenemos Genero; No entiendo cómo se toma una posición sobre lo que es la defensa de los Derechos de la Mujeres, como si fuese una lucha de Géneros, o que se esté en una Guerra entre géneros.

Con esos temas de los conversatorios y la respuesta de mi colega, observo una tendencia preocupante a la lucha de “Géneros” o sea de una guerra de los Hombres y Mujeres por su condición Sexual, si bien es cierto que las Universidades son autónomas en discutir o plantear temas de acuerdo a sus ideales o posiciones sociales y las mujeres “luchen” por sus Derechos, considero que el tema se está convirtiendo en una problemática social, igual a lo que ha pasado con la “lucha de clases” que ha generado muchas guerras y demás…..

Como tengo el Derecho a opinar (Constitución Nacional), como Hombre y como Profesional de la Psicología me veo preocupado por esta situación, ya que en mi recorrido como Perito Forense de como esa “lucha” ha traído situaciones que se salen del marco de los Derechos Fundamentales y se convierte en luchas de sexos…. No entiendo como las mujeres piden espacios, condiciones, representatividad, etc., por encima de los Hombres cuando en realidad TODOS tenemos los mismos derechos… No sé si soy simple en mis conceptos pero los veo lógicos; ¿Sera que las mujeres deben estar en el Senado por ser mujeres?, ¿Sera que las mujeres deben pagarles más o menos por ser mujeres?, ¿Sera que a la mujer se le debe educar diferente a los demás por ser mujeres?, ¿Por qué el homicidio contra una mujer tiene diferente pena, que si fuese contra un hombre?, ¿Por qué somos discriminados por la justicia en el ámbito social y familiar donde la preferencia es la condición de mujer?, ¿Por qué la custodia de los hijos no es compartida?, ¿Por qué la mujer no paga manutención de sus hijos y los hombres si?.... en fin, muchos interrogantes….

Veo en mis casos de presuntos Abusos Sexuales en Mujeres y menores de edad que muchos de ellos son falsas alegaciones, pero la denuncia de una mujer es considerada cierta y el señor va a la cárcel sin pruebas de dicho abuso y después lo absuelven (muchas veces hasta años de cárcel), lo curioso es que esas denuncias falsas nunca son judicializadas ya que la hacen mujeres…, No sé, por ejemplo ahora ya no hay Homicidios de mujeres, sino Feminicidios (¿?), los que conocemos el tema sabemos que es un exabrupto Jurídico y Constitucional, muchos casos de homicidios realizados por mujeres se declaran como defensa propia, pero si es de hombres es con sevicia a la mujer….

Para reflexionar en general ¿Sera que la mujer debe ser tratada diferente al hombre, solo por hecho que son mujeres?, ¿Sera?... ahora ¿será que los LGTBI deben ser tratados diferentes ante la ley o la Constitución?.... ¿Sera que se debe dar cátedra de feminismo en las Universidades como dijo mi colega?, ¿Sera que a las niñas se les debe educar para luchar contra los hombres?...... ¿Sera que los hombres somos los “Machistas” victimarios y las mujeres “victimas” Feministas?... La verdad muchos interrogantes, en mi trabajo como perito se ventilan en todos mis casos los derechos fundamentales todos los días, se define cada término, se define su vulneración, etc., ¿Por qué las mujeres son diferentes?... ¿Por qué debe haber buses solo para mujeres?, ¿Por qué debo cederle el puesto a una mujer por ley?, ¿Por qué los hombres somos culpables sin tener un debido proceso?.......

No sé, solo reflexiono y opino, no pretendo cambiar el mundo de la mujer y sus pensamientos, ¡pero la experiencia me dice que algo esta pasando…!

Fui docente como por 10 años de la cátedra de Psicología Social a nivel universitario y conocí a fondo términos como Discriminación, Prejuicio, Fenómenos Psicosociales, estereotipos, etc., y mi realidad comparada con mi trabajo veo otro enfoque de este tema de los “Géneros”.

Para terminar bajo el punto de vista científico y de la Psicología Social, no existe la Violencia de Genero, no existe la Discriminación sexual, no existe el machismo en Colombia,…. A la mujer NO se le persigue en Colombia por ser MUJER…. Tampoco existe la Ideología de Género, No nacemos andróginos… Todos somos iguales ante la Constitución y la Ley…. ¡He dicho!


Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

martes, 13 de febrero de 2018

La credulidad de Fiscalía en la investigación de delitos en Colombia: Una Reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.

El día domingo vi un programa de televisión donde presentaban un caso de una mujer que denuncia a su esposo y yerno de haber violado y matado a una niña de 5 años sucedidos en un pueblo diferente a de residencia; los señalados en la denuncia estuvieron en la cárcel unos años y uno de ellos (el esposo) murió en prisión, lo interesante del asunto es que ella confiesa que era una mentira y se inventó eso porque estaba “cansada” del maltrato y o del esposo.

En el trascurso del programa se evidencia que es un montaje ideado por la mujer para hacerle daño a sus familiares: mi reflexión es ¿Por qué la gente se va a la cárcel sin tener nada que ver con un asunto penal?, ¿En que se basa la Fiscalía de Colombia para acusar o pedir una orden de captura?, tratare de entender el asunto y reflexionar sobre ello.

El caso es muy escabroso y delicado ya que es la desaparición, violación y muerte de una menor, delito grave que en el Código Penal Colombiano puede dar una pena de al menos 40 hasta 60 años, que es la máxima pena en Colombia, sin embargo, el caso no había tenido ningún resultado en cuanto a la investigación y “milagrosamente” les llega una información sobre los autores del crimen, hacen allanamientos y detienen a los citados señores, que no tenían ni idea de que los estaban acusando y menos que fueran acusados de tan grave crimen…

Resulta que la Fiscalía recibió la denuncia o información de la señora y le “creyó” y sin ninguna verificación toman decisiones de detener a las personas, asumiendo que la información es verdadera o que la persona dice una verdad, en fin, los investigadores o Fiscales solo “creen” lo que le dicen, o sea que son muy crédulos en realidad, como quien dice: “son personas que creen con facilidad lo que dicen los otros”, mejor dicho no investigan, si no que creen, no sé, me confundí, credibilidad del testimonio, o como dicen, ¡yo creo, tú crees, el cree, nosotros creemos, vosotros creéis, ellos creen…!

¿Cómo es posible que suceda esto?.... Pues resulta que la base de la investigación en Colombia está basada en Creencias cuando no son sorprendidos los criminales en flagrancia, y los investigadores no tienen elementos o técnicas que filtren la información y determinen indicios sobre dichas conductas criminales; es impresionante la credulidad de los investigadores Judiciales sobre supuestos hechos que a veces se sale de una realidad, y muchas veces no tienen relación con hechos sucedidos en crímenes con personas totalmente desconectadas de los mismos.
El problema se plantea debido a que los investigadores asumen que toda denuncia es verdadera, cuando en realidad la denuncia es parte del probable conocimiento de un hecho que se debe investigar, o como quien dice determinarlo como un hecho y no un probable hecho; a veces pienso que los investigadores de la SIJIN, CTI, DIJIN tuviesen un problema de análisis de situaciones o que no han pasado del pensamiento concreto a uno formal, ya que según Piaget, uno pasa una serie de etapas de desarrollo del pensamiento, aunque otros autores hablan del pensamiento deductivo e inductivo, analítico, critico, convergente, divergente, en fin, tipos de pensamientos que nos ayudan a ANALIZAR situaciones y buscarle una lógica razonable.

En mi trabajo encuentro frecuentemente que aparece en la Noticia Criminal la denuncia de alguien “contando” algo que no le consta, pero que “escucho”, “le dijeron”, “interpreto”, pero que no sabe si es cierto, sin embargo, para el investigador o investigadora es tomado como cierto, basándose en una premisa que todo el mundo dice la verdad y hay que creer que la dice…. Lo curioso en mis casos es que los investigadores e investigadoras son Psicólogos o Psicólogas que son los que aportan la información a la investigación; Bueno, no sé si se rigen en el postulado que dirá: ”todo es verdad hasta que se compruebe que es falso”, y no el que dice “toda persona es inocente hasta comprobar lo contrario”, o al revés “Toda persona es culpable hasta que compruebe su inocencia”, en fin, veo que falta mucha investigación criminal, ya que los investigadores e investigadoras criminalísticas se quedaron en la entrevista y no en hacer la investigación…. Para pensar.

Me acuerdo en un caso donde se le pregunto a la investigadora Criminalística (Psicóloga) del CTI, que cuales habían sido sus labores de investigación, y ella dijo que solo había realizado la entrevista y que su labor era… ¡solo entrevistar, y no investigar…..! ….Entonces me pregunto: ¿Quién investiga?... Pues no se, parece que eso no lo hace nadie, y solo se basan en lo que les dicen, muy crédulos esos investigadores…. Solo trabajan con un pensamiento concreto y poco de deducción…!

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

https://ricardosuarezperit.wixsite.com/peritoforense

sábado, 3 de febrero de 2018

Las Denuncias Falsas en Abuso Sexual, la influencia de los psicólogos (as) en su aparicion: Una Reflexión Forense. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.

En los últimos días han aparecido en los medios de Comunicación muchas "denuncias" de mujeres que dicen que han sido abusadas o acosadas sexualmente, en Estado Unidos se volvió de moda las denuncias sobre acoso en el ámbito del cine y del Entretenimiento y aparecen en los medios linchamientos de presuntos “abusadores” que por voces o comentarios se dice que son abusadores, en fin, muchos casos de “presuntos” abusos sexuales que hasta ahora no son verdaderos hechos, sino que son eso, simples denuncias, que de acuerdo a la sana crítica y lógica, hay que investigar la veracidad de los hechos. Para mi concepto solo las capturas en flagrancia son parte de determinar los hechos y se dan por verdaderos, ya que hay evidencia,  sea por testigos o otras alternativas, también las lesiones que se evidencian en la victima.

Ahora mi pregunta es: ¿Todas esas denuncias pertenecen a un verdadero caso de Abuso Sexual?, pues resulta que no, muchas y sino casi todas son falsas denuncias o hechos que no se pueden comprobar, ya sea por falta de evidencia física, como por el paso del tiempo.

En estos días revisando un caso que supuestamente sucedió en 2012, con una menor de seis años, observe la “entrevista” que le hizo un funcionario de Policía Judicial de la SIJIN-MEBOG, (Psicólogo) y quede aterrado por la manipulación de la información de dicho profesional, utilizo una técnica llamada SATAC, le hizo la presentación de los Muñecos Anatómicos donde el mismo Psicólogo le inducia las respuestas y le sugería lo que debía responder; la cuestiono sobre que tenía que decir la verdad, la presiono a decir lo que el quería, en fin, todo se ve que se entrevistó de forma irregular y lo curioso es que dijo que había realizado un Entrevista Psicológica Judicial, interesante invento de las Psicólogas de la Unidad de Delitos Sexuales del CTI, entre ellas Derly García, que no tiene sustento Científico, ni técnico, pero que lo usaron como algo que determinaba el abuso; Bueno lo más interesante es que una Institución llamada “Creemos en Ti” que realizo una “Entrevista inicial” y remitió a la menor a terapia por su “Abuso Sexual” y entrego un informe sobre las pruebas psicométricas presentadas por ellos y lo más interesante la trascripción del supuesto relato…. Bueno también aparece un Informe de Psicología de Medicina Legal sobre si era posible que la niña se retractara o era creíble el testimonio…. En fin….!

Tengo casos sobre presuntas violaciones que se reportan meses o años después y solo se cuenta con lo que dice la persona ya adulta, mujeres que de un momento a otro “declara” haber sido violada, por tal o cual persona…. Tengo casos que niños que han visto unas películas  mostradas por la “Psicóloga” del Colegio, de la fundación Afecto y de Creemos en Ti  y que dice que les ha sucedido todo lo que ven ahí, tengo relatos de menores que dicen que fueron “tocadas” en los senos, la vagina y que cuando estaban haciendo eso se “despertaron”, en fin, muchos relatos……

Para reflexionar un poco analicemos el asunto, ¿Sera que todos son hechos de verdad?, empecemos con los abusos de menores ¿será que fueron violados?, el 99% de esos en la valoración médica forense no presentan rasgos físicos de abuso, las menores tienen himen íntegro y no presentan secuelas de Abuso Sexual y en muchos casos ni siquiera Psicología o Psiquiatría Forense lo ha evaluado, por lo tanto, no hay evidencia Forense sobre el hecho, o sea, ¡No hay evidencia forense de la violación o abuso..! solo se cuenta con un aparente “relato” del supuesto hecho por un funcionario de Policía o un psicólogo o psicóloga de la Comisaria, del ICBF, en fin, hasta de Creemos en Ti…., bajo este supuesto ¿Realmente ha sido abusado?...... o si una persona denuncia que hace 20 años, 10 años, 2 años fue abusada, ¿Realmente fue abusada?, pues no, los elementos de prueba no existen y solo se cuenta con un relato, que posiblemente es sesgado, manipulado o inventado….

Como vemos, y reitero es por experiencia y conocimiento desde el 2005 en este tipo de casos, las denuncias no son hechos, los relatos no son hechos, las entrevistas psicológicas no son hechos… Hay que hacer una Valoración Forense Integral y una Investigación Criminal del caso.

Analicemos la intervención de los Psicólogos (as) en estas falsas denuncias; he conocido casos en que Psicólogas de colegio de oídas saben que tal o cual niño o niña fue “tocado” por el papa, padrastro, etc.., llaman a la mama y le dicen que tiene que denunciar y si, no ella será denunciada, he conocido que madres han manipulado a niños o niñas para decir ciertas cosas y Psicólogos (as) han validado los “relatos” porque a los niños hay que creerles y no dicen mentiras; he conocido entrevistas donde los menores se notan que fantasean y Psicólogos (as) validan el relato haciendo una interpretación de tipo psicoanalítico que da hasta vergüenza; he visto a Psicólogas(os) que usan técnicas no validadas científicamente pero que dicen que si lo son, en fin.

Me preocupa el asunto de la Institución “Creemos en ti”, y Fundación “Afecto”, ya que si hacer una Valoración del Abuso Sexual, realizan una terapia “asumiendo” que fueron abusados y porque le “creen” al menor, también me preocupa de utilización de técnicas de Entrevistas como la famosa SATAC que no tienen calidad de prueba y sin embargo las usan como si lo fuera, esto gracias a las psicólogas del CTI, utilizan pruebas la técnica de muñecos anatómicos como si fueran prueba del hecho; Me preocupa que Psicólogos (as) de Colegios remitan a las madres a denunciar sin mediar una valoración mínima por parte de Medicina Legal, si señores y señoras, es Medicina Legal quien determina el probable abuso, No es Creemos en Ti, fundación afecto, ICBF, CTI, Comisarias, en cabeza de Psicólogos y Psicólogas que no han hecho ninguna investigación Forense y que “determinan” el abuso y hasta señalan al abusador.

Tengo varios casos que han pasado por “terapia” por Creemos en Ti y después dentro del juicio se comprueba que el hecho no sucedió, o sea terapia a víctimas que no son víctimas y les han creado un trauma de abuso, un problema ético que me parece grave….. Una revictimizacion por parte de Creemos en Ti y por ende del ICBF, que contrata a esa institución para ello. A propósito esa Institución dice tener un Protocolo validado para “evaluar” el Abuso Sexual que está autorizado por el Ministerio de Justicia y validado por la Universidad de San Buenaventura y alguna vez averigüe el asunto y la decana de Psicología de apellido Hewitt, me respondió que eso no era cierto…. O sea ese cuentico de la valoración del Abuso es un Fraude, la verdad no conozco el tal Protocolo, ya que dicha Institución no lo deja conocer y alguna vez hace varios años me encontré con Mónica Bejarano, la dueña de la Institución y me dijo que no me lo mostraba ya que trabajaba para la defensa; un protocolo no conocido en el ámbito forense, sin valoraciones forenses, sin comprobación de los supuestos hechos, sin investigación criminal y solo con CREER, no podemos seguir así ya que no todos los dichos son verdad…. Lamentable el papel de muchos Psicólogos(as) en estos casos, muchos dicen que "cualquier" tocamiento es abuso sexual y no conocen cual es la definición real del abuso sexual en el campo del delito.

Para reflexionar……
Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suárez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

www.ricardosuarezperit.wixsite.com/peritoforense