viernes, 28 de septiembre de 2018

Escándalos Sexuales, ¿Qué tanta verdad existe en esos supuestos Abusos? Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


Por estos días veo muchas noticias sobre supuestos Abusos Sexuales en el mundo, estuve viendo en directo el debate sobre el Juez estadunidense Bret Kavanaugh, donde es acusado de “acosar”, o “abusar” de una mujer…. ¡hace 36 años!... Bueno, al parecer unos Jueces y Fiscales de España fueron al parecer encontrados en Cartagena con menores de edad (trabajadoras sexuales de 17 años); EL Papa Católico expulsó a un cura por Abusador en Chile; unas periodistas en Colombia denunciaron Abuso Sexual por unos prestantes personajes, pero no dijeron quiénes eran y uno no sabe si, si o si no pasó algo; hoy en el Noticiero Caracol hablaron que las mujeres están acosadas en los buses y que se están traumatizando, al parecer todas se sienten abusadas al estar cerca de un hombre en el bus apretujado…. En fin, muchos escándalos sexuales en la palestra pública, sin embargo me pregunto, ¿Serán ciertos todos esos abusos en realidad?...

En el mundo al parecer hay un problema en la investigación de los delitos de Abuso Sexual, es curioso pero en el caso del juez de USA se le viene a señalar porque está postulado a un cargo importante y lo más interesante por un hecho que sucedió hace 36 años, no quiero hacer elucubraciones o especulaciones  pero, ¿No creen que ha pasado mucho tiempo para hacer la denuncia?....

En el ámbito de la Investigación Criminal de delitos y por ende de la Forense sabemos que una denuncia con tanto tiempo no tiene ninguna posibilidad de poder determinar el supuesto abuso, ya que las “pruebas” no existen, solo depende de una versión de la supuesta víctima y la interpretación que se le dé al supuesto relato por parte de un juez, en el ámbito forense no hay posibilidad de validar un testimonio ya que aunque se utilicen técnicas de Credibilidad del testimonio, estas solo pueden dar un criterio de PROBABILIDAD y no CERTEZA del hecho; los testimonios deben ser coherentes y demás, pero en el Ámbito Forense, los relatos NO son suficientes para condenar, se necesitan otro tipo de  “PRUEBAS”, tanto forenses como criminalísticas que determinen que el hecho sucedió.

Un dilema ¿Verdad?... ¿cómo se puede saber si hubo o no hubo el abuso? difícil, ¿verdad? , Bill Crosby fue al parecer condenado por Abuso Sexual porque habría pruebas de ello, sin embargo, considero que esas pruebas ya se perdieron en el tiempo, creería que si se tomó ADN de la víctima, se relacionaron lesiones con un abuso, si se tomaron muestras de fluidos y se cotejaron, en verdad creería que si hubo un abuso sexual, de resto… ummmm No sé, soy científico y no creo en nada, “hasta no ver no creer”, dicen por ahí….  

¿Dónde están las periodistas que dijeron que fueron abusadas?, donde está la abogada y asistente del defensor del pueblo que dijo que la había abusado o acosado y se comprobó que no; donde están las miles de mujeres que son acosadas diariamente en los buses de transporte público, ¿será cierto que son “acosadas?.... Hay varias formas forenses para determinar un abuso a través del tiempo y eso lo podemos hacer los Forenses, no solo es el relato…… la huella psicológica y demás, nos pueden dar pistas sobre el asunto…. Hay una tendencia moderna que ya me está molestando y es que a los hombres nos señalan de pervertidos y a las mujeres víctimas de los hombres… tenaz, se inventan la Violencia de Género, feminicidio, las leyes que protegen a las mujeres, en fin, pero no todo es verdad…… otra vez vuelvo al asunto, esa vaina de que hay que creer y no determinar el hecho es un bodrio de la investigación en los delitos sexuales…!

Mucho escándalo y poca evidencia, en Colombia se volvió costumbre decir que es víctima de algo y hay que creer, no niego que hay violencia contra la mujer, pero también contra los niños, y los hombres… muchos han sido violentados de forma grave por las mujeres de forma Física, Psicológica, económica, en fin… Seguiré investigando casos y aprenderé cada vez más sobre el asunto…  El concepto Forense y Jurídico es diferente al concepto común…


Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
www.ricardosuarezperit.wixsite.com/peritoforense

miércoles, 26 de septiembre de 2018

“Creemos en Ti”, ¿Perdió Credibilidad?, ¿Los Psicólogos y Psicólogas también? Una reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


En el día de ayer estuve en los Juzgados de Paloquemao en Bogotá en citación de unas Audiencias sobre Abuso Sexual, me encontré con un Abogado e Investigador Judicial con el que trabajé hace algunos años y resultamos comentando sobre la Institución “Creemos en ti”, la cual promulga la idea de que hay que “creerles” a los Niños cuando hablan de Abuso Sexual, y me comentó que había investigado a dicha institución y se había encontrado que la Prueba que ellos tenían para “evaluar” a los menores de edad era un fraude y que no estaba avalada por la Universidad de San Buenaventura como ellos decían y que sus argumentos de sus conceptos no eran científicos, me comentó que estaba siendo investigada la Institución por parte del Tribunal de Ética y que la habían amonestado y así mismo, tenía en curso varias denuncias penales; me acordé que en un caso mío de la semana pasada una Fiscal me comentó que las Psicólogas de Creemos en ti ya no asistían a las audiencias y que tocaba desistir de su testimonio. 

Dicha Institución desde hace muchos años ha intervenido en casos de Abuso Sexual en los estrados Judiciales y en el ámbito terapéutico, y ha estado adscrita al ICBF para el manejo de menores Abusados o Maltratados, Bueno, retomando el tema sobre lo de la posición de dicha Institución con respecto a que hay que creer, me parece poco científica y que nunca realmente determino que eso era un concepto científico valido, lo más preocupante del asunto – y era conocido en el ámbito forense- es que la prueba CET que aducía que estaba avalada científicamente y resulto que no había tal aval.

Yo hace muchos años vengo hablando sobre ello y dicha institución, ya que en muchos casos míos intervinieron Psicólogos de dicha Institución y se observaba el sesgo de sus intervenciones donde hasta señalaban a los acusados de Abuso Sexual y decían que había creerles a los menores ya que según su prueba psicométrica lo evaluaba, prueba que no era conocida en el ámbito científico, yo nunca la conocí y tampoco tuve referencia de ella debido a que una vez hable con Mónica Bejarano (Directora) y me dijo que no me la mostraba porque yo trabajaba para la defensa.

Me parece muy preocupante ya que dicha institución “evaluaba” el Abuso en términos de creerles y procedía a intervenir al menor a nivel terapéutico, sin embargo, muchos de dichos menores NUNCA fueron víctimas de Abuso Sexual comprobado bajo el ámbito de la investigación Penal y Forense y por decisión Judicial. O sea le hacían terapia a un menor que no era víctima y lo convertían en un menor victima causando un daño grave al menor.

Ya hace un buen tiempo la Corte Suprema de Justicia descalifico el papel de dicha institución en casos de Abuso Sexual pero especialmente a los conceptos de los Psicólogos con sus teorías Pseudo Científicas; No sé, pero me parece preocupante que muchos acusados inocentes hayan resultado en la cárcel varios años derivado de la “evaluación” realizada por dicha institución y después fueron absueltos y que muchos niños los hayan convertido en victimas sin serlo. Hay una costumbre en el ICBF y es que tiene Instituciones adscritas que intervienen al menor sin que haya una comprobación Forense del Abuso Sexual, parece ser que son los psicólogos de dichas instituciones quienes determinan el abuso con sus pruebas no forenses…. Es curioso pero nunca usaban los protocolos de Medicina Legal. Muchos jueces asumían que lo que dicen en dicha institución es verdad y que la evaluación del menor como víctima es correcta y por ello han condenado muchas personas, no sé, pero solo porque hay que “creer” en un relato sea  suficiente para condenar a una persona me parece grave, muy grave.

Yo he trabajado en programas de prevención del Abuso, Maltrato, Violencia Intrafamiliar y siempre he utilizado los protocolos forenses para evaluar  el Abuso (se encuentran en la red en la página de medicina legal) y en investigaciones de casos de abuso y en realidad es muy diferente la situación, la investigación se basa en hechos y no en creencias, se basa en pruebas y no en una apreciación de un psicólogo, en fin, hay que manejar valoraciones reales del abuso y no se está haciendo, ¿se preguntaran entonces como se valora el abuso?, pues sencillo, se recaudan pruebas de ADN, de lesiones, se analizan testimonios con respecto a una escena de los hechos, se evalúa las secuelas del abuso y lo principal, determinar el abuso, bajo el punto de vista forense… así de sencillo, cuando un médico de Medicina Legal dice que “la menor presenta lesiones que indican penetración y que se encontró fluidos seminales en la cavidad vaginal”, el psicólogo dice que la menor presenta estrés postraumático, depresión, etc., derivado de los hechos ocurridos  ¿eso qué es? Pues sencillo, es un abuso sexual, pero si dice: “la menor no presenta lesiones, presenta himen intacto y elástico, aunque refiere penetración y manipulación, no se descartan maniobras de abuso sexual” y el Psicólogo dice que el relato del menor es creíble, tiene coherencia interna y externa, Validez, etc.,” o sea que probablemente el niño dice la verdad, pero no hay una relación de hechos, ¿esto qué sería?, Pues sencillo, técnicamente en términos Forenses NO existe el Abuso Sexual.

Bueno, no hablaré más sobre ello, pero ahora le dio a todo el mundo de compulsar copias por la actuación de los Psicólogos, y en verdad creo que es necesario, sin embargo, esto demuestra que a los Psicólogos no les creen y que en última instancia la gente no confía en ellos, bueno, menos mal que hay conceptos de la Corte Suprema de Justicia, Tribunales de Bogotá y Cundinamarca que respaldan mis conceptos sobre valoración de víctimas y sobre Abuso Sexual, siempre me baso en la ciencia y en los protocolos y doy mi opinión pericial.

He visto muchas entrevistas grabadas de menores y dentro de un análisis sencillo se puede ver relatos inverosímiles que son validados por psicólogos, me acuerdo de un caso donde una señora se soñó que el vecino había manoseado a su hijo y lo denunció ante la Fiscalía y detuvieron al señor, lo más interesante del asunto es que la Psicóloga del ICBF, “VALIDÓ” el relato y la llevaron como perito al Juicio Oral, condenaron al señor por Abuso y el tribunal del Meta lo absolvió…. La juez le creyó a la Psicóloga, ese es el Problema, la psicóloga le cree al niño o denunciante, el fiscal le cree a la psicóloga, el juez le cree a la psicóloga y al menor y cree que el niño es abusado y que el acusado es un agresor sexual y resulta que no se demostraron hechos…… solo especulaciones….. ¡Para reflexionar…!

Nota: Este artículo es escrito con mi derecho de opinión consagrado por la Constitución Nacional.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

miércoles, 12 de septiembre de 2018

Síndrome de Alienación Parental: Un enfoque Forense. Ps Ricardo Alberto Suarez Castro.

En días pasados fui contactado para realizar una valoración inusual en su solicitud, ya que me pidieron que evaluara un Síndrome de Alienación Parental (SAP), la solicitud era específica en esta evaluación, quedé pensativo ya que nunca se solicita dicha valoración y le pregunte al abogado que porque quería que hiciera dicha valoración; las razones me dejaron más intrigado ya que me comentó que el padre del menor pidió que se valorara dicha Alienación para un proceso de Custodia, ya que él quiere la custodia del menor.

Me pareció interesante la solicitud ya que el mismo juzgado de familia le había solicitado a Medicina Legal que hiciera la valoración de dicho SAP y le habían respondido que no tenían un “especialista” en evaluarlo… Yo vi la respuesta y quede sorprendido de su contenido.

Me pregunto ¿Medicina legal no tiene como evaluar el SAP?, o ¿será que desconoce que existe?, ya estoy escuchando por ahí las voces de la Psiquiatra Isabel Cuadros y de la gente de Creemos en Ti, que siempre han dicho que el SAP no existe y que hay que creerles a las mujeres y a los niños y que ellos NUNCA mienten y que las mujeres no Manipulan a sus hijos en contra de los padres; me dedique con la ayuda de mi colega de MEDINET el prestigioso Psicólogo Edgar León a buscar el material pertinente para el caso y me envió unos protocolos interesantes para detectar el SAP, tanto para padres e hijos y una literatura española sobre el tema, así mismo revise el DSM5 en su quinta edición y me encontré como solucionar el problema de los efectos del SAP en los menores y la llamada manipulación o alienación. Así mismo, revise aspectos jurídicos del caso y los protocolos de Medicina Legal especialmente el referente a la Custodia y conflicto de pareja.

Me di cuenta que Medicina Legal SI puede evaluar el SAP y que la negativa a hacerlo me deja pensativo ya que se ha dejado de evaluar dicha entidad por la negligencia de las Instituciones.

Para la valoración le di un enfoque forense y recopilé material de video sobre el menor y la madre, su relación con la madre, hice visitas domiciliarias, entreviste unos seis conocidos de los padres del menor, se valoró al menor en su casa, se observó la conducta del mismo en su casa paterna, también revise unas valoraciones Psicológicas del Bienestar Familiar de hace unos tres años, donde decían que había una dependencia del menor con la madre y que era normal la situación del menor y que no pasaba nada, que el menor tenia Ansiedad por Separación, situación supuestamente asociada a la separación de pareja, concepto que me dejo preocupado ya que el menor NUNCA ha vivido con el padre y ellos nunca fueron pareja y desde que nació están en conflicto permanente por las visitas y la custodia, el menor ahora tiene 5 años y siempre ha estado en el medio de esta situación. Sin entrar a discutir sobre esos informes de las Psicólogas del ICBF -no quiero que me investigue el Colegio de Psicólogos por dar mi opinión- bueno, es un sarcasmo, pienso que es evidente el SAP y sus efectos tanto en los padres como en el menor, nunca se diagnosticó el maltrato evidente tanto al menor como al Padre.

Había una situación que marcaba el derrotero de la valoración y es que la madre denuncio al señor por Violencia Intrafamiliar y lesiones Personales, los cuales crearon una tensión entre ellos y como resultado de ello es que no existía dicha violencia y tampoco lesiones (un hematoma porque le cogió duro el brazo a la madre), o sea que era una falsa alegación, la madre manipula las visitas, grita, tiene conductas de violencia contra el señor, en fin, según la información la Madre siempre le ha querido afectar la vida al señor, ya que no se quiso casar con ella y se casó con otra chica y tiene un hijo con ella; cuando el menor esta con el padre le coloca mensajes o llamadas cada 10 minutos para saber cómo esta, que le pase al menor, etc., etc., en fin, lo que se llama una mujer intensa….!

Es evidente la alienación y la manipulación de la Madre, no entiendo como el ICBF y Medicina Legal nunca pudieron observar, detectar dicho maltrato hacia el menor y el padre del mismo, en verdad no entiendo… ¿será que no ven lo evidente, dado que según muchos psicólogos el SAP no existe?, ¿o porque no está en la clasificación del DSM5?, ¿o del CIE-10?, ¿Sera necesario que este en el DSM5?... Bueno, ese SAP tiene su controversia, sin embargo, como profesional RECONOZCO que el SAP existe, y reconozco que la definición del SAP está acorde con una realidad, Richard Gardner lo describió muy bien y con el tiempo ha sido evidente dentro del contexto de divorcios, custodias, etc., para mi concepto es un tipo de maltrato psicológico bastante grave y se puede diagnosticar y esto si aparece en el DSM5 en la última edición, si revisamos bien aparece el maltrato y la tensión y afectación en los menores por tensión familiar; o sea, SI podemos diagnosticar, evaluar, detectar el SAP y no se necesita un especialista en ello.

Me he estado preguntando y es ¿que tipo de especialista quiso decir Medicina Legal que no tenía?, ¿Sera un Forense?, ¿será un especialista en SAP? ¿Dónde dictan dicha especialización?, hace muchos años desde el 96, he estado trabajando en casos de Violencia Intrafamiliar, Maltrato Infantil, y afines y he visto muchos casos ajustados al SAP, yo llamo esto extorsión afectiva que genera un maltrato grave en los menores y en los padres afectados por esta acción.

Alguna vez conocí un caso donde la madre de un par de niñas le hizo como 20 denuncias al señor padre, lógico todas falsas, fue desde violencia intrafamiliar hasta abuso sexual…. A las menores las “evaluaron” 23 veces por psicólogos de diferentes instituciones, yo evalué a las menores y determiné el maltrato (SAP) y fui cuestionado por ello ya que la gente de Fundación Afecto “respaldaba” a la madre alienadora e inclusive cuando llegue al juzgado me encerraron en un pasillo con carteles y consignas sobre las “victimas” de los hombres, decían que el denunciado era un maltratador y violento, cuando en realidad era una persona pasiva, sin conducta violenta o de agresor sexual; me toco salir con escolta policial. El tribunal de Bogotá exonero al señor de la acusación de abuso sexual, y fue exonerado en primera instancia de las otras acusaciones. Lo curioso del asunto es que si no le funcionaba la denuncia en la Fiscalía, se iba al ICBF, comisaría de familia, y convencía a las psicólogas que las niñas estaban afectadas por la acción del padre, ella a las niñas las entreno para odiar al padre y era evidente la manipulación ya que las menores hablaban de cosas que en mi investigación era imposible que hubiese sucedido, en fin, toda una película de horror e intrigas.

Me pongo a reflexionar sobre el asunto y veo que ese cuento que hay que creerles a los niños y a las mujeres , hay “profesionales” de la salud que especulan sobre el asunto, que no evalúan a fondo, que no investigan a fondo, que crean victimas falsas de abuso sexual, en fin, es curioso pero en “creemos en ti” y Fundación Afecto  le hacen tratamiento por abuso sexual a niños y niñas que no son considerados víctimas de abuso sexual por un Juez de la República, ¡ah! y eso sin decir de los conceptos del ICBF que determinan lo mismo y después los jueces no encuentran el abuso…. Preocupante ….. ! 

Para información la poca credibilidad de la definición de SAP es porque Gadner fue acusado de Pedofilia por una falsa denuncia y que ahora muchas mujeres argumentan que su concepto no es válido porque el si era pedófilo……

¡Para reflexionar……!

Como siempre les cuento que en este artículo estoy ejerciendo mi derecho a expresar mi opinión, derecho consagrado en la Constitución Nación.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

lunes, 27 de agosto de 2018

Perfil Criminal de un sacerdote suicida acusado de Abuso Sexual de menores. Psicólogo Ricardo Alberto Suarez Castro.


En el día de ayer estuve viendo el Programa Cuatro Caminos de RCN Televisión en Colombia, en el cual presentaron el caso de un presunto sacerdote abusador de menores de edad de su comunidad religiosa, esto debido a unas denuncias de unas chicas que se sintieron afectadas por la conducta sexual de dicho “sacerdote”, haré un análisis Forense, un Perfil Criminal y una reflexión sobre el tema, muy de moda en la actualidad ya que al parecer se está cuestionando la conducta sexual de los miembros de las iglesias a nivel mundial, que hasta el Papa Católico ha pedido “Perdón” por lo que está sucediendo; Mi sobrino vio el programa me comento que los “curas” eran unos abusadores y que usaban su investidura para abusar de los menores y respeto su posición, sin embargo, no podemos ni generalizar, ni estigmatizar a las comunidades religiosas, como muchos saben no soy creyente en ninguna religión, por lo tanto dicho análisis y perfil es eminentemente  científico y derivado de mi experiencia en estos casos.

En dicho programa se evidencio la investigación realizada por los periodistas, ya que se pudo entrevistar a las partes, tanto al “sacerdote” como a las presuntas víctimas y esto es suficiente información para realizar el análisis y el Perfil Criminal del presunto abusador, es importante resaltar que mi análisis y perfil es derivado de dicha información y de la observación de las entrevistas y evidencias mostradas en los medios de comunicación.

Dentro de la información obtenida se observa que el “sacerdote” tenía una investidura que era falsa ya que dijo que era católico, después anglicano, así mismo, que era de diferentes iglesias y que a la final nadie lo reconoció como un verdadero religioso ante la comunidad y ante la ley, al margen de esos requisitos (en Colombia es legal montar una iglesia con sus propios parámetros) se observa que su conducta es cuestionable y lo analizare bajo ese punto de vista.

Tomare algunos aspectos relevantes para hacer el Perfil a saber:

·        En primera instancia observamos que el citado es una persona que tenía una imagen de una persona con valores personales y religiosos ante la comunidad, se observa la manipulación con las personas de su comunidad, ya que sin ser un sacerdote verdadero, actúa como tal ante sus “feligreses”.
·         Es una persona que presenta una conducta que se denomina Histriónica, o sea que representa una conducta teatral o exagerada, se observa en sus oficios religiosos todo un espectáculo de fe (muy común en las comunidades religiosas) donde invoca la necesidad de creer en lo que él dice y además se muestra como un dios o al menos como su enviado, esto con el fin de que se rinda culto a su persona.
·         Se pudo observar que escogía a sus presuntas víctimas, ya que solo tenía un rango de niñas para su “catequesis” esto con el objeto de tener el control de una población de su preferencia sexual, observemos que mantenía un rango de niñas entre los 14 y 17 años que fueran vírgenes; cabe destacar que aquí les exigía el “secreto” de las acciones, ya que les decía que se iban al infierno si decían algo.
·         Se denota que es una persona que tenía una conducta criminal, ya que fue condenado por estafa y el acepto haber estado en la cárcel, esto es un indicador de una conducta criminal explicita.
·         Se pudo evidenciar que la conducta instrumental dentro el abuso es muy específica ya que solicitaba preferencialmente la realización del sexo oral.
·         Es interesante como pudo elaborar su suicidio en medio de la audiencia de acusación, quiere decir que premeditadamente tenía una conducta trastornada o psicológicamente alterada, en fin hasta el último momento hizo el teatro ante sus feligreses y ante la comunidad.
·         Una situación interesante es que este “sacerdote” tenía una familia constituida paralela a su vocación “religiosa”.

Bueno, bajo el punto de vista Forense podemos encontrar que se muestra una conducta típica de un abusador sexual, dirán muchos que no se condenó al “sacerdote” y no se puede hablar de culpabilidad y tendrán razón, sin embargo, lo Judicial es diferente a lo Forense en este contexto, las características mostradas en este caso puede generar un análisis y un perfil que se ajusta a lo conocido científicamente como un Agresor Sexual.

Es interesante la visión del Fiscal Mario Gómez, delegado para la Violencia de Niños, Niñas y Adolescentes, ya que al preguntarle sobre la credibilidad de las versiones de las menores fue muy cauto al responder sobre el tema diciendo que “habría que analizar muy bien esa situación para que sea material probatorio dentro del caso”, ¿qué quiso decir en realidad?, no sé, pero por experiencia dudo que tuviera las evidencias que mostraron los periodistas del programa, en Colombia la Fiscal  no investiga el Abuso Sexual en realidad, solo presentan los testimonios de las denunciantes y las entrevistas Forenses o Judiciales y ya….!, no se evalúa el verdadero Abuso Sexual. Para reflexionar.

Nota: El perfil es realizado derivado de la información obtenida en el programa citado y es parte del análisis realizado por este profesional con base a lo conocido a nivel forense y científico sobre abusadores sexuales; el perfil expresa la opinión como perito en estos casos; la foto presentada fue sacada de la red y presentada por los medios de comunicación; este perfil no implica situación de culpabilidad sobre los hechos sino una opinión sobre el perfil según el ámbito forense y la percepción de este profesional en el tema.

Artículo escrito por:  
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá, Colombia.

miércoles, 15 de agosto de 2018

La Opinión Pericial: Enfoque Actual /Sentencia SP-27092018 (50637), Julio 11/18. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


En el día de ayer estuve en una audiencia muy particular ya que en la presentación mía en la Audiencia, el juez, ya conocido me “avaló” de alguna forma mi condición de Perito, ya que había estado en su estrado en un caso de homicidio y ya era conocido, me interrumpió al estar hablando de mi idoneidad y le dijo a la audiencia que él me reconocía en calidad de perito por ese juzgado, pidió a las partes si tenían objeción y no hubo ninguna; realmente me sentí muy bien ya que soy reconocido en los estrados judiciales por mis intervenciones en cada uno de ellos. Eso me hace recordar de mi primer juicio, por allá en el año 2005, donde la fiscal del caso trato de desacreditarme de forma irrespetuosa y el juez le llamo la atención y pidió respeto para mí y su frase fue: “señora fiscal le pido respeto para el perito, que es el único que ha dicho algo que vale la pena en este juicio” (eso está grabado), en fin, interesantes situaciones como perito.

Al margen de lo anecdotario del asunto, he sido atacado de forma reiterativa para tratar de minar mi credibilidad como científico o experto en los casos que trabajo, sin embargo creo que he manejado bien las cosas; he sido serio, irreverente, un tanto agresivo, convincente, argumentativo, y sobre todo, siempre me baso en la ciencia, y mis conocimientos dentro del ámbito forense, de la investigación criminal y de la Psicología, y ante todo mi experiencia de campo dentro de mi trabajo como profesional; muchas veces me cuestionan si ¿la Psicología es una ciencia?, ¿que si es exacta?, ¿que si la comunidad científica avala mis conceptos?, en fin, cuestionamientos poco serios para desacreditarme como perito, pero así es el asunto.

Como algunos saben he sido parte de la casación 29117 de 2008, 33833 de 2010, 40478 de 2015 de la Corte Suprema de Justicia en donde mis conceptos han incidido en dichas sentencias, así como de tribunales de Bogotá y Cundinamarca, y se podría decir que tengo alguna experiencia en este campo y que después de 13 años de labores he aprendido mucho sobre el ámbito de las pericias, siempre las he presentado de acuerdo a las normas vigentes como bajo los parámetros científicos.

Concretando sobre la sentencia anunciada en este artículo, hay unas nuevas reglas sobre la apreciación de la base de opinión pericial, sin embargo, esas reglas ya estaban dadas, como son:

·    - Decir que su opinión Pericial tiene base científica y que es aceptada por la comunidad científica.
·      - Que su base de opinión pericial ha usado técnicas de orientación, probabilidad o certeza. http://akalpadev.blogspot.com/2015/10/la-opinion-pericial-en-colombia-una.html
·    - Que su opinión pericial esté relacionada con los hechos investigados y que puedan orientar la decisión judicial.
·      -  Que la opinión pericial le sirva al Juez para realmente tener una base científica y que no se preste a especulaciones.

Como vemos se pide al perito que sea científico y que sustente de esa forma su base de opinión pericial, bueno, ¿Parece lógico?, sin embargo, creo que esta sentencia cambio las reglas de juego, especialmente para los psicólogos, ya que se terminaría tanta opinión especulativa que se presentan en los estrados judiciales, como los que dan las Psicólogas de “Creemos en ti”, Fundación Afecto, ICBF, CTI, que hablan de “coherencia del relato”, y de la “Credibilidad del testimonio” http://akalpadev.blogspot.com/2013/11/evaluaciones-de-credibilidad-del.html, “trastornos psicológicos no derivados del hecho”, en fin, que los niños no dicen mentiras, que el señor fulanito de tal tiene características de agresor sexual, TODO esto sin sustentación científica y solo dando una opinión de papel según teorías psicológicas no muy válidas o que realmente no determinan nada….

Me alegra mucho que los jueces me reconozcan mis argumentos (no digo que me crean), también que los magistrados de tribunales y que también la Corte Suprema de Justicia, eso quiere decir que hubo argumentos válidos para emitir sus sentencias, pero me pregunto ¿Por qué pusieron esas reglas?, Bueno, solo digo que es porque muchos Psicólogos en general estaban determinando el supuesto abuso sin hacer ninguna investigación, así mismo, decían que los niños decían la verdad, en fin, que el protocolo SATAC es una evaluación del Abuso Sexual, en verdad, me da un poco de vergüenza ajena ver como Psicólogas le preguntan a un menor que si sabe la diferencia entre verdad y mentira y le preguntan ¿si yo digo que este lápiz es de color verde (siendo azul) es verdad o mentira? Y de acuerdo a la respuesta determinan que eso es validar un relato de abuso sexual http://akalpadev.blogspot.com/2016/06/relatos-de-abuso-sexual-en-menores.html he visto a muchas Psicólogas sustentando la validez del relato basados en ello….. Sin comentarios.  

Esperemos que estas nuevas disposiciones o parámetros para presentar los informes periciales sean coherentes tanto con la Ciencia como con los hechos investigados y no sean situaciones de especulación por parte de los peritos; No olvidemos que por ley podemos dar conceptos periciales pero estos deben ser sustentados científicamente.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal

domingo, 29 de julio de 2018

Abuso Sexual: El papel de la defensa en los procesos. Una Reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


Hace un par de días me llaman para que les colabore en un caso de un presunto Abuso Sexual, yo les dije que no había problema, sin embargo, al indagar sobre el caso me toco decirle al señor que no podía hacer mucho ya que estaban en etapa de juicio y la preparatoria lógicamente ya había pasado; le fui sincero y le dije que no podía sino de pronto preparar unas preguntas a los peritos de la Fiscalía y de pronto como interrogar a la menor y los supuestos testigos.

La persona estaba muy afligida y me contó que había contratado un abogado que realmente no tomo ninguna acción y dejo pasar los momentos procesales sin aportar o proponer una defensa técnica adecuada; esta persona me decía que nunca habían estado en esa situación y que era una falsa acusación de la madre de la menor en perjuicio del padre de la misma; me quede muy pensativo y me puse a reflexionar sobre el asunto, mi pregunta es ¿Por qué algunos abogados no presentan aportes al caso o no piden el aporte de expertos peritos o investigadores?... Pues lo que pasa es que consideran que pueden en los interrogatorios desacreditar a la supuesta víctima, a los peritos, a los denunciantes, sin… ¡tener ningún argumento, sino una mera apreciación de lo que pudo haber pasado!.....

En los casos de Abuso Sexual la Defensa debe tener un papel activo y no pasivo dentro del proceso, muchos abogados defensores “esperan” a ver que presenta la Fiscalía y pierde un tiempo precioso en aportar una investigación de lo que pasó realmente y si la denuncia es cierta, o sea que esperan que la Fiscalía arme su entramado y “muestre” sus “pruebas”, que muchas veces no lo son y son simples entrevistas o denuncias sin investigación de fondo y que a la final repercute en los alegatos y en la decisión de los jueces, o sea que la defensa se queda sin argumentos inclusive en la misma preparatoria y solo tiene chance de “cuestionar” las pruebas de la Fiscalía.

En el caso que me comentaron el señor me dijo que el abogado no aporto ninguna prueba, peritaje, análisis o posibles testigos de que su cliente no cometió el delito, eso debe hacerse ya que el procesado se presume inocente hasta que no se le compruebe lo contrario y no al revés, la Fiscalía acusa pero eso no quiere decir tenga la verdad sobre los hechos, asi mismo los jueces pueden tener la última palabra pero no quiere decir que tengan la razón, no hay que olvidar que los jueces dan veredictos de lo que tienen en su proceso y si la defensa no aporta nada solo puede tener en cuenta lo que presenta la Fiscalía.
Alguna vez conocí un caso que un señor fue acusado de un acceso carnal, fue condenado por ello y sin embargo el ADN que se presentó en el juicio… ¡NO era de él..!!, sin embargo se “comprobó” en el juicio que fue el…!... Para pensar.

En los casos de Abuso Sexual en menores hay una serie de procedimientos que usa la Fiscalía que no necesariamente son pruebas de un hecho, por ejemplo, la “prueba” SATAC, emblemática del CTI, donde en realidad es una simple entrevista Judicial (la hacen investigadores judiciales del CTI, DIJIN, SIJIN, pero que no tiene fuerza probatoria dentro del caso, lo mismo pasa con las entrevistas realizadas por el ICBF, la Institución “Creemos en ti”, CAIVAS, CAVIF, entre otras, en realidad no son valoraciones del Abuso Sexual, son solo entrevistas que se usan especialmente en la etapa de Indagación e Investigación del proceso iniciado por las autoridades, pero digamos que se presentan “valoraciones” psiquiátricas o psicológicas, esto no quiere decir que sean tampoco “pruebas” del hecho, son solamente elementos que ayudan al caso; Si un acusado, por ejemplo, es o se presume inocente.. ¿Por qué no aporta pruebas?.... Debe hacerlo ya que muchas acusaciones son falsas, hay denuncias falsas, hay manipulación de los menores, hay entrevistas dirigidas que no aportan nada o están mal realizadas, hay contaminación en los testigos o denunciantes, en fin, no toda denuncia es un hecho probado…. Para reflexionar.

No olvidemos que el derecho de defensa es eso, un DERECHO, también el debido proceso, el tener adecuada asesoría o apoyo en la defensa también lo es, también es un derecho ser tratado como inocente hasta que se pruebe lo contrario; en Colombia se señala mucho de culpables a las personas, sin embargo, en muchísimos casos son inocentes y en realidad es porque la Fiscalia acusa pero no aporta muchas veces las pruebas suficientes, ya que en muchas veces solo se basa en la denuncia…. Falta mucha Investigación Criminal de verdad

He recibido muchas peticiones de asesorías en estos casos, con gusto lo hare, para ello me pueden contactar a través del correo electrónico investigacionescriminales@yahoo.com y con gusto los atenderé.  


Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo Perito e Investigador Criminal
Bogotá, D.C., Colombia

jueves, 26 de julio de 2018

¿La Opinión Pericial Forense, es científica a la luz de los jueces?: Una Reflexión. Ps. Ricardo Alberto Suarez Castro.


En estos días estuve citado a una audiencia en el sistema civil con base al Código General del Proceso y me pareció interesante ya que se condiciona de forma particular, me preguntaron sobre si había publicado artículos científicos, que si en tan corto tiempo en hacer las entrevistas puedo dar conceptos, que si pertenecía a los auxiliares de la justicia, que si estaba capacitado a dar esos conceptos, que si necesitaba aplicar pruebas de resonancia magnética para dar el concepto, etc., etc., era un caso que determiné como estrés post- traumático y que la usuaria tenía un trauma permanente y de memoria sobre los hechos ya que duro en coma un tiempo, lo curioso del caso es que ¡NUNCA estuve sustentando mi opinión pericial….! Me preguntaron de forma fraccionada diciéndome que le habían realizado unos exámenes de la memoria y no habían encontrado nada, o sea me estaban refutando con base en unos exámenes de memoria cuando yo había determinado estrés postraumático con afectación de la memoria…. En fin……

Me referiré a una sentencia de primera instancia donde la juez en un caso de abuso sexual le compulsa copias a un Psicólogo porque en su parecer, dicho Perito había dicho que no existía el Abuso Sexual bajo el punto de vista forense y este tenía la certeza del 100% sobre su opinión pericial después que hizo un somero estudio de las evidencias presentadas en el juicio, además dijo que había sido irrespetuoso con la perito de Medicina Legal (una Psiquiatra) y que no había hecho sino criticarla por su trabajo y que dicho perito no había entrevistado al menor y a la denunciante….  lo interesante del asunto es que le compulso copias al Colegio Colombiano de Psicólogos ….. ¡Para que evaluara su comportamiento…!

Interesante el asunto, pero ¿Qué está pasando?... Porque los jueces hacen dichos pronunciamientos y porque se basan en pericias no sustentadas?.. si no son sustentadas se suponen ciertas y se estipulan y no se cuestionan, entonces sin sustentar mi opinión pericial ¿porque me cuestionan apartes que no he sustentado?... o sea, hicieron otros informes y con base a ellos me cuestionaron sin tener yo conocimiento de la situación y sin poder defender mis argumentos, lo anecdótico es que quien me solicito fue la parte demandada, (yo era el perito de la víctima) la cual es una Clínica Estética. Para mi gusto no entiendo como a nivel científico no se puede sustentar pero se puede cuestionar bajo el punto del derecho si existía afectación psicológica en la victima (¿?) … bueno, el Juez es Perito de Peritos y me imagino que saben de todas las ciencias entre ellas la Psicología y decidirá sobre su sapiencia en el tema…  

Ahora en cuanto a lo del Psicólogo que hablo de certeza la juez en su sentencia dice que es muy atrevido por tener la certeza de la no existencia de un Abuso Sexual; si a un Perito experto le preguntan su opinión sobre un supuesto abuso ¿Por qué no puede decir que no existe el abuso?, si el perito tiene elementos suficientes a nivel Forense sobre el caso ¿Porque no puede expresar su opinión pericial en términos de certeza?, ¿Por qué la juez determinó que la Psiquiatra tenía razón sobre la supuesta víctima a la cual no le pudo hacer examen mental y que esta dijera que el agresor tenia perfil de abusador sin evaluar su conducta sexual?.... El psicólogo había realizado entrevistas al acusado, había analizado las pruebas de la Fiscalía, había visto las pericias forenses, versiones de la denunciante… ¿Por qué el perito no podía dar su opinión? …..

Algunos dirán que los peritos no pueden determinar la existencia de un hecho y es verdad, esto le corresponde a los jueces, sin embargo puede determinar las características de un Abuso Sexual, puede determinar secuelas, conductas concomitantes a un abuso sexual, características del abuso y demás aspectos en el ámbito forense y esto es válido, ya que la función del Perito es aclarar situaciones referentes al tema…. Lo puede hacer en términos de utilización de técnicas de orientación, probabilidad o certeza (lo dice el código de procedimiento penal) entonces, ¿porque se le compulsan copias a un colegio de psicólogos que no tiene competencia para evaluar su comportamiento?.... ¿Qué pasa, no podemos opinar?.... Para reflexionar…

Hay que tener en cuenta que los Peritos no pueden hablar sobre los hechos, pero si pueden determinar con certeza si existe una situación de conducta o secuelas o de un supuesto hecho….. Además, los peritos psicólogos no necesariamente se limitan a la psicología sino a un conocimiento de otras  áreas relacionadas como Medicina, Sociología, Antropología, Investigación Criminal, en fin, en la sentencia dicen que se presentó como Perito Experto, ¿no podía opinar como experto?..... La Ciencia es Ciencia.... La Psicología es una Ciencia y puede dar conceptos de certeza.

Artículo escrito por:
Ricardo Alberto Suarez Castro
Psicólogo, Perito e Investigador Criminal
Bogotá D.C., Colombia.